jueves, 9 de septiembre de 2010

Pide sólo lo que puedas probar

El caso de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante de 15 de julio de 2010 es una compraventa de naranjas (¡a 0,28 € el kilo! y se discutía si el precio era 0,17 €) incumplida por el comprador. El vendedor reclama, además del precio, el lucro cesante y aporta un peritaje. La Audiencia reduce la indemnización por este concepto señalando que el peritaje está mal:
pese a admitir el perito que no es usual que se aproveche el 100/100 de la cosecha, basa sus conclusiones en esa circunstancia, sin reseñar siquiera un margen de error estadístico; la muestra de árboles que tiene en consideración, cuatro, resulta insignificante cuando en la parcela existen según sus propios datos más de cinco mil, y por último, no procede a descontar de lo que teóricamente se recogería, el fruto no aprovechable, como era costumbre y se demuestra con la documentación de pesaje aportada por la demandada, razones que imponen que se estime el recurso en este particular
El problema es el de las costas.

1 comentario:

Christian S. dijo...

¡Menudo perito! Se nota claramente que era imparcial y objetivo.

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