martes, 26 de julio de 2016

¿Deberían ser más altas las indemnizaciones por daños extracontractuales a cargo de personas jurídicas?

Lynn Stout piensa que sí:

“La mayor parte de la gente tiene un incentivo <<interno>>, en forma de cargo de conciencia, para tomar medidas razonables para evitar causar daños a otros. Las compañías pueden no tener tal incentivo… La tendencia del Derecho de daños a infracompensar a las víctimas no plantea necesariamente un problema cuando estamos tratando con individuos, la gran mayoría de los cuales tiene conciencia. Para las personas físicas, un sistema jurídico que imponga responsabilidad sólo parcial por los daños causados a terceros puede ser suficiente, si se le añade la sanción interna que deriva del cargo de conciencia por el daño, para generar en cada uno la motivación suficiente para tener cuidado de no dañar a otros. Pero el mismo patrón de infracompensación puede producir un efecto preventivo insuficiente si lo aplicamos a las compañías… Puede que queramos que las compañías – las personas jurídicas – paguen indemnizaciones a las víctimas que sean superiores a las que tengan que pagar los demandados – personas físicas”. 

Añade  Bowles que

“El argumento de Stout no es que los individuos que toman las decisiones en el seno de las compañías sean menos morales que otros. Es otro: que, cuando deciden sobre el nivel apropiado de cuidado que deben desplegar para evitar daños a terceros (en el diseño de los juguetes que fabrican, por ejemplo), el deber de los administradores de maximizar los beneficios en interés de los accionistas les puede inducir a considerar probable que los jueces acaben concediendo indemnizaciones por daños causados por los productos que infracompensen a las víctimas, si los daños llegan a producirse. Lo que llevará a los administradores societarios – si son agentes leales de los accionistas y tratan de maximizar la riqueza de estos – a tener en cuenta de forma insuficiente los costes que puede imponer a terceros un diseño defectuoso de los productos, prefiriendo un diseño más barato pero con más probabilidades de causar daño. Stout esta repitiendo simplemente el argumento de Milton Friedman… acerca de que “sólo los individuos pueden tener responsabilidades”.

Stout podría haber añadido que, los experimentos realizados… indican que la difusión, en el sentido de dispersión, de la responsabilidad por las decisiones tomadas en el seno de una organización cuando el proceso de toma de decisiones es complejo y las presiones competitivas que soportan los gestores de una empresa que lucha por su supervivencia apuntan en la misma dirección”

Lynn Stout, Cultivating Conscience: How Good Laws Make Good People, 2011, pp 171-172, apud Samuel Bowles, The Moral Economy, 2016, p 212-213

1 comentario:

Anónimo dijo...

es en el fondo lo de la banalidad del mal... yo no le pegué un tiro a nadie en la cabeza, sólo era un funcionario del ministerio encargado de poner los horarios de los Trenes a treblinka...

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