viernes, 30 de septiembre de 2016

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Los historiadores discuten la entidad de la decadencia de la Carrera de Indias en el siglo XVII. Aunque el monopolio es cada vez menos capaz de controlar el comercio con América, se ha puesto en duda que hubiera una reducción significativa de las remesas de plata o que el comercio de otras mercancías – tabaco, cacao, - no aumentara extraordinariamente.

La discusión se centra en las fuentes de información sobre las remesas de plata en el siglo SVII. Según la contabilidad de la Casa de Contratación, las remesas de plata disminuyeron en un 84% a lo largo de la segunda mitad del siglo XVII” y, al final del msmo, representaban 40 veces menos de lo que habían representado a finales del siglo XVI, Oliva Melgar, Monopolio, p 37 ss quien da cuenta de otros estudios que indicarían que las cifras serían mucho más elevadas para la segunda mitad del siglo XVII pero que no quedaban reflejadas en la contabilidad de la Casa de Contratación, es decir, llegaba mucha más plata que la que se registraba lo que indicaría la descomposición del sistema administrativo del monopolio y la extensión del contrabando. Indicios de que tal fue lo que ocurrió se encuentran en que la producción minera en América no disminuyó (a finales del siglo XVIII era del 70/80 % de la producción de principios de siglo.


La reducción en la producción peruana se compensó con la mayor producción de plata mexicana), ergo, la producción debió de desviarse a la propia América, a Filipinas – a través del Galeón de Manila – y a Europa a través del contrabando: “El propio éxito del comercio inglés y del holandés con Extremo Oriente no podría explicarse sin el incremento de la plata americana como mejor medio de pago”. Y, sobre todo, que las exportaciones desde España no disminuyeron, pero sí lo hizo la de plata que era el precio de tales mercancías: “es imposible no preguntarse cómo es que se importa cada vez menos plata, hasta niveles ínfimos, mientras aumenta en tanta proporción la exportación de las mercancías que tienen en aquella su principal contrapartida”. Según Oliva Melgar, los registros de la Casa de la Contratación representaban apenas el 5 % de las remesas de plata efectivamente llegadas a Sevilla en la segunda mitad del siglo XVII según la información proporcionada por los cónsules extranjeros en Sevilla. Lo que parece es que la plata traída por particulares y en manos de particulares no descendió en el siglo XVII. “De 1600 a 1648 se registraron 38 quiebras de casas mercantiles; de 1649 a 1670, ninguna, y durante los cuarenta años que van de 1670 a 1709 sólo se produjeron ocho quiebras”. Las fortunas de mercaderes también aumentaron. Concluye Oliva Melgar que “quedan sin el menor fundamento tantas rotundas afirmaciones sobre el hundimiento de la Carrera de Indias y del Monopolio en el siglo XVII”

Es decir, que, en el siglo XVII, el comercio no disminuyó, lo que casi desapareció es el control por parte de la Corona de ese comercio. O sea, una liberalización “de facto”. El monopolio murió a manos del contrabando y del fraude. 

El contrabando – comercio llevado a cabo por extranjeros o al margen de la Carrera – era rampante, a través de “navíos sueltos”, de barcos que salían de otros puertos europeos distintos de Sevilla y comerciaban en las colonias españolas, de comerciantes “peruleros” o sea, americanos que traían plata para comprar manufacturas que cargar en Sevilla y del comercio intraamericano y del contrabando a gran escala practicado por los comerciantes portugueses durante la primera mitad del siglo XVII que, como consecuencia de la anexión de Portugal, habían pasado a ser súbditos del Rey Católico. Parece también que, en este marco, el “sobrecargado” Galeón de Manila conseguía sacar buena parte de la plata peruana y que, incluso los comerciantes nacionales de países con los que España estaba en guerra – y, por tanto, que podían ser objeto de “represalia” – pudieran seguir con su actividad sin problemas a cambio de cantidades pactadas por el Consulado con la Corona.

Y, dentro de la Carrera, el fraude, esto es, la elusión de los impuestos reales, estaba muy extendida y era practicada por los distintos grupos privilegiados en el sistema del Antiguo Régimen, esto es, desde las ciudades y los pueblos al Consulado pasando por los concesionarios de los impuestos reales. Todo se pactaba, el fraude se legaliza y el cálculo de los impuestos no se hacía sobre las mercancías realmente cargadas y los impuestos eran sustituidos por donaciones o contribuciones para subvenir las necesidades de la Monarquía en cada momento. El Consulado se convierte en el “titular residual” y pacta las cantidades que entregará al Monarca para costear la armada que acompaña a la flota y calcular lo que corresponde al Monarca en el comercio americano
“al regreso de los galeones, los dirigentes del Consulado, sin encubrir el delito, suelan ocuparse de negociar con la Corona la composición por el fraude ya cometido o por el que se piensa cometer… en abril de 1655, 150.000 pesos fueron suficientes para que la Real Hacienda aceptara que «...entrase libremente toda la plata y géneros que vinieran sin registrar....”
Mientras tanto, “las dependencias de la Casa de Contratación… ya no almacenan montañas de plata sino montañas de reales cédulas apiladas”. El resultado es que en el “siglo XVII, especialmente en sus cuatro últimas décadas, … los beneficios obtenidos mediante el Monopolio fueron más altos que nunca para los comerciantes mientras descendían dramáticamente los de la Real Hacienda”.
Es más, el propio significado de los términos que definían el delito -descaminos, descaminar- ha invertido por completo su sentido. Ahora (a finales del siglo XVII, estos términos, en vez de hacer referencia a las mercancías que eluden la fiscalidad y a la forma de lograrlo, se aplican al decomiso de ellas y a su paso por la Aduana, dando a entender que el camino ilegal es el legítimo y natural y que el camino legal es el ilegítimo e irregularRaimundo de Lantery empleaba de tal forma estos términos en sus Memorias y no tuvo inconveniente en mostrar en ellas la general valoración positiva que en el entorno de la Carrera merecía el delito y sus autores y la despectiva consideración con que era juzgado el respeto a la legalidad.
Está claro que la sociedad española había dejado de ser capaz de sostener los elevados niveles de cooperación que condujeron a Castilla al Imperio. En el siglo XVII no es que no haya castigo altruista de los gorrones, gallitos y cizañeros, no. En una Sociedad en la que la legalidad no es más que un estorbo, se castiga al que coopera al  enforcement de la legalidad.

José María Oliva Melgar, El monopolio de Indias en el siglo XVII y la economía andaluza. La oportunidad que nunca existió, Huelva 2004

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