lunes, 23 de abril de 2018

Muy concreto y útil

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Letra O del Jaimecedario de @thefromthetree

“Los grupos de sociedades mercantiles son conceptualmente problemáticos, al interferirse en el mismo las nociones propias del Derecho Mercantil vigente e in fieri (Anteproyecto de Código Mercantil), la de consolidación de cuentas del Derecho mercantil contable, la de grupo de empresas elaborado por la jurisprudencia laboral y la idea misma de persona jurídica. Semejante circunstancia provoca inseguridad jurídica en los agentes económicos, que se extiende al sistema de economía de mercado ya mundializado, con repercusiones nada despreciables en la sociedad global, y consecuencias perversas para el desarrollo económico y el bienestar general. Apelar a la ordenación del derecho de los grupos de sociedades mediante una rigurosa aplicación de la lógica del discurso normativo (lógica deóntica jurídica) sería valioso. Asimismo la teoría axiomática de conjuntos sería un buen comienzo pero habrá que definir los elementos que modele, que desde luego no pueden ser las normas jurídicas positivas resultantes de los sistemas voluntaristas actuales (culturales) de producción del Derecho. Pero es ni más ni menos que el resultado de una reconstrucción científica del Derecho, el gran reto del futuro para un mundo habitable y sin las violentas confrontaciones sociales permanentes que lo han caracterizado y continúan en la actualidad

Conclusiones de un estudio sobre la “Problemática conceptual del grupo de sociedades mercantiles”.

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