sábado, 4 de abril de 2020

Universalización y problemas de umbral



Los autores definen este tipo de problemas – problemas de umbral – por su estructura. Esta es tal que si sólo unas pocas personas se apartan de la regla (en lo que sigue, “desertan”), nadie sale perjudicado, pero cuando muchas personas desertan (es decir, los desertores superan un determinado número o "umbral") todos salen perjudicados.

Es sabido que la moral kantiana se basa en la idea de la universalización: actúa como si pudieras convertir tu regla de conducta en universal o ¿qué pasaría si todos hicieran lo mismo?

Pues bien, estos autores dicen que hay problemas sociales – muchos que tienen que ver con problemas de acción colectiva – en los que la regla kantiana no se aplica linearmente.

Por ejemplo, dicen los autores, imagínese que en una zona geográfica cuyos habitantes son pescadores que explotan un caladero y que en la zona se introduce una innovación. Aparece un nuevo tipo de anzuelo que permite multiplicar las capturas. “Si sólo un pescador utiliza el nuevo anzuelo” se produce una mejora de Pareto: nadie está peor y el pescador-innovador está mejor porque aumenta sus capturas. Nadie está peor porque el pescador individual no puede influir, con el cambio de su técnica de pesca en el ecosistema en su conjunto. Aunque duplicase sus capturas, si – supongamos – hay 100 pescadores, las capturas sólo aumentarían en un uno por ciento. Si el caladero no está en los límites de la sobreexplotación, los pescadores no juzgarían negativamente el comportamiento del pescador-innovador. Ahora bien ¿qué pasaría si todos los pescadores hicieran lo mismo? O, sin llegar tan lejos, ¿qué pasaría si 25 de los 100 pescadores utilizaran el nuevo anzuelo? Aunque dependería del nivel de explotación actual del caladero, en cualquier caso, habría un “umbral” traspasado el cual se actualizaría la “tragedia de los comunes”, se sobreexplotaría el caladero y todos acabarían peor.

Esta idea es la que los autores explican mediante el gráfico que precede a esta entrada.
En los problemas umbral existe un rango crítico de personas agentes para el que la utilidad U(n) disminuye, pero fuera del cual no lo hace. Así pues, la utilidad puede no verse afectada (o aumentar) si sólo una persona realiza una acción, pero disminuir si lo hacen muchas personas. Llamamos a este rango el umbral de daño, porque es el umbral más allá del cual se produce el daño.
Otros dilemas sociales – que los autores llaman “problemas de agregación” - no tienen un “umbral del daño”. Así, por ejemplo, el robo: no hay un nivel de robo, un número de ladrones o de robos, por debajo del cual, esa conducta individual aumente el bienestar de alguien sin reducir el bienestar de otros y lo haga, hay que añadir, reduciendo el bienestar total del grupo:
cada acción (cada robo) disminuye la utilidad total en aproximadamente la misma cantidad” robada.
En fin,
En los problemas de coordinación, U(n) se maximiza cuando todos actúan de manera idéntica. Los ejemplos incluyen conducir por la derecha o hacerlo por la izquierda de la calzada”.
Estos problemas de coordinación no se “gestionan” por las mentes humanas recurriendo a la universalización
No explicaríamos por qué está mal robar a una persona, o conducir por el lado izquierdo de la carretera, preguntando: "¿Y si todos hicieran eso?"
Pues bien, el utilitarismo puede explicar fácilmente por qué valoramos negativamente desde el punto de vista moral la conducta divergente individual (la deserción) respecto de la norma en los problemas de agregación y coordinación. Si todos nos dedicáramos a robar o si cada uno condujera por el lado de la calzada que le dé la gana, el resultado sería catastrófico para el bienestar colectivo. Luego, una lógica utilitaria (más bienestar para el mayor número posible) justifica que recurramos a la universalización. En ambos casos
la deserción unilateral es inadmisible… porque una sola persona que realiza una acción empeora a los demás (es decir, U(1) < U(0)).
Pero el utilitarismo tiene más problemas para
explicar por qué la deserción unilateral es inadmisible en los problemas de umbral, porque una sola persona que realiza una acción no empeora a nadie mientras se mejora a sí misma
En el caso del pescador innovador, es precisamente la universalización de la conducta la que explica por qué la conducta del pescador innovador puede ser enjuiciada negativamente desde el punto de vista moral: si todos usaran el nuevo anzuelo, el caladero se agotaría.

Los autores deducen que los individuos enjuiciarán como moralmente reprobable una conducta cuando su universalización – todos hacen lo mismo – daña al bienestar del grupo. Ponen el ejemplo de ir a votar. No votar es reprobable moralmente porque si todos hicieran lo mismo, el sistema democrático desaparecería. Concluyen los autores que
“la gente juzgará negativamente en términos morales una acción, cuando la utilidad agregada es menor cuando todos actúan de la misma forma que cuando nadie lo hace”
Como la utilidad que extraen del caladero es mayor en el segundo caso (nadie utiliza el anzuelo innovador) que en el primero (todos utilizan el anzuelo innovador), la utilización del anzuelo innovador se considerará inmoral como una conducta dañina.

Y terminan explicando que “universalizar” es un mecanismo cognitivo de entre los varios que utiliza la especie humana para realizar juicios morales. Por tanto, ha de colocarse junto a la negociación y a la evolución cultural y biológica. La negociación o el acuerdo produce reglas justas y mutuamente beneficiosas (volenti non fit iniuria). Del mismo modo – sugieren los autores – la universalización cumple una función parecida a la del consentimiento contractual porque tiene en cuenta los efectos de la pauta de conducta individual sobre todos los afectados por la misma, esto es, internaliza los efectos sobre terceros de la conducta individual igual que los internaliza el contrato bilateral entre las dos partes que lo celebran.
En otras palabras, al universalizar, las personas pueden simular un proceso de negociación virtual para determinar las libertades y limitaciones morales con las que todos estarían de acuerdo.

El jurista avispado habrá deducido ya que los autores se están refiriendo a un fenómeno que nosotros conocemos como la “voluntad hipotética de las partes” como recurso argumentativo para justificar qué conducta es la debida cuando no existe un acuerdo explícito o tácito de las partes afectadas por el contrato. Resulta, pues, – y una vez más – que el Derecho no puede explicarse sino por referencia a la evolución.

Sydney Levine Max Kleiman-Weiner Laura Schulz Joshua Tenenbaum Fiery Cushman Universalization Reasoning Guides Moral Judgment 2020

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