tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post7014227892520731699..comments2024-03-27T01:46:32.024+01:00Comments on DerechoMercantil: Cuando se incapacita al administrador y socio único de varias sociedades y la tutora no lo hace bienJESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger6125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-85601936452420497782017-07-11T14:56:40.386+02:002017-07-11T14:56:40.386+02:00Oiga, que el propio autor de este blog ha indicado...Oiga, que el propio autor de este blog ha indicado en alguna ocasión que la peculiar forma de redactar de este ponente le impedía comprender los razonamientos del Tribunal. Si le parece, censuramos también al Sr. Alfaro y le cerramos el blog. Creo que no se ha faltado el respeto a nadie por el primer comentarista Anónimo. Aducir que son obra de algún litigante frustrado equivaldría a sostener que los laudatorios (igualmente anónimos) ha sido redactados por el propio ponente. Digo yo que se podrá sostener de forma legítima -aunque no se comparta por sus fans- que este estilo telegráfico -bajo la apariencia de la simplicidad y la ordenación sistemática- dificulta la comprensión e impide el desarrollo de razonamientos más o menos complejos o sofisticados. Yo también lo afirmo. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-25647872769404539462017-07-10T09:33:14.757+02:002017-07-10T09:33:14.757+02:00La solución por la sentencia que comentáis, dada a...La solución por la sentencia que comentáis, dada al problema de fondo, parece racional. No se puede tener por presente en la junta a la sociedad que es socia de otra por el hecho de que concurra a tal junta el socio único de aquella, y no su administrador. ¿Donde se habilita la representación social a favor del socio único, y no del administrador?, no?. A mi la tesis de la sentencia me parece no solo razonable, sino la única legal. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-49207787322282051672017-07-09T12:39:28.389+02:002017-07-09T12:39:28.389+02:00Como abogado, siempre me preocupa la máxima clarid...Como abogado, siempre me preocupa la máxima claridad en los escritos procesales. Y desde tal perspectiva este magistrado es un ejemplo. Si tú estás acostumbrado a estilos más rancios de redacción y presentación de textos será problema tuyo. No se puede seguir haciendo el discurso jurídico como hace cincuenta años. No me parece una crítica hecha con formas aceptables, e impropia de este blog, quizás por ello atribuible a alguna animosidad personal. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-50174427801088931352017-07-08T20:36:44.450+02:002017-07-08T20:36:44.450+02:00Desde luego, no es el viejo estilo de párrafos de ...Desde luego, no es el viejo estilo de párrafos de uno o dos folios y frases subordinadas de subordinadas. Es loable la sistematización que presenta este ponente, Lo que ocurre es que el caso, creo, presenta unos hechos alambicados en sí mismos, sin perjuicio de que se comparta o no la solución dada por el tribunal. Las ponencias de este magistrado son un ejemplo de claridad. Quizás la crítica a él provenga de algún revés en algún recurso. Ya se sabe, el anonimato....Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-69842532603696109742017-07-08T20:29:56.781+02:002017-07-08T20:29:56.781+02:00En cambio, creo que están bien estructuradas las p...En cambio, creo que están bien estructuradas las ponencias, y la argumentación es clara y directaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-9506529553066087602017-07-05T10:20:20.641+02:002017-07-05T10:20:20.641+02:00Leer las sentencias de este ponente produce dolor ...Leer las sentencias de este ponente produce dolor de cabeza y es difícil seguir el hilo de su argumentación. Pero supongo que será difícil para el resto de miembros del tribunal convencerle para que cambie su estilo de redacción, pero al final las resoluciones las firman todos. Una lástima, ya que esa Sección cuenta con magistrados magníficos. Anonymousnoreply@blogger.com