tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post7453299533789578066..comments2024-03-27T01:46:32.024+01:00Comments on DerechoMercantil: ¡Déjenos vivir, señor Catalá!JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger13125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-72263719418853792012015-12-01T22:41:52.141+01:002015-12-01T22:41:52.141+01:00Acabo de intentar obtener un certificado de nacimi...Acabo de intentar obtener un certificado de nacimiento.....y un año después, lo mismo.....el mismo error que indica.....vamos, un desastre....la administración de justicia, cuanto más lejos, mejor.......Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-60496493796643165642014-11-06T23:35:02.040+01:002014-11-06T23:35:02.040+01:00Hola,
me dedico con mucha frecuencia al tema de l...Hola,<br /><br />me dedico con mucha frecuencia al tema de las herencias y tengo que decir que en mi modesta opinión la página web del ministerio funciona muy bien; lo que pasa es que necesita ir a la opción de "solicitar sin certificado electrónico". Yo he solicitado incluso certificados de nacimiento en el extranjero (de los que se inscriben en los consulados) y en 15 días te llegan por correo, y la ventaja es que puedes pedir varios ejemplares y es gratis. Por cierto, que un sistema similar existe con las autoridades británicas, y allí es previo pago.<br /><br />En cuanto al papeleo lo que si me parece un timo es lo de obligar a la declaracion de ultimas voluntades ante notario en caso de que falte testamento; aunque Hacienda no lo exige en todo caso (les basta esa declaracion jurada a la que hacia referencia), muchos bancos lo exigen para levantar el bloqueo de las cuentas la declaracion notarial de herederos ab intestato (además de la presentación del impuesto) aunque lo que se herede sea mínimo y el saldo de la cuenta sea inferior al coste de dicha declaración notarial (cuesta mas el collar que el perro).<br /><br />En la práctica se dan muchos casos en los que o se cumplen las obligaciones perdiendo dinero, o te lo tienes que gastar de todas formas renunciando ante notario, lo que también tiene un coste (hacienda no admite nunca la renuncia en documento no notarial!). Y no hacer nada es especialmente gravoso, porque el banco se termina quedando el saldo vía comisiones y encima a los herederos los sanciona hacienda: aquí en Andalucia el deporte nacional son las sanciones por falta de presentacion de las correspondientes declaraciones, y el negocio les está saliendo tremendo: imaginense una viuda con seis o siete hijos que no presenta los pertinentes modelos en el plazo de seis meses; imagínense también que la herencia está exenta (a 175000 € exentos por cabeza siempre que hereden descendientes o viudo y siempre que tengan un patrimonio preexistente inferior a 402000 y pico euros, echen cuentas). Pues bien, la Junta de Andalucía gira la sanción por falta de presentación de declaración SIN perjuicio económico, resultado: 100 euros x 7 hijos mas la viuda = 800 euros de sanción que ingresan los de hacienda por una herencia que encima está exenta (bueno a lo mejor son 75 y no 100 si no presentan alegaciones). No se puede negar que es diabolico...especialmente cuando en los últimos 15 años eso no se ha hecho.<br /><br />Y el otro timo es el de exigir los modelos cuando en la mayor parte de los casos está exento. En mi opinion, eso sólo sirve para pillar a la gente, aprovechándose de la falta de familiaridad que tiene la mayoría de la gente con el Isucesiones (afortunadamente no se nos mueren parientes todos los dias).<br /><br />En cuanto al tema de las ultimas voluntades, yo sí lo veo bien. Es muy practico saber cual es el ultimo testamento. En otros paises hay que buscarlo y es un sistema mas complejo y caro, ademas de inseguro.<br /><br />Y podríamos hablar tambien de la plusvalia municipal y del abuso del sistema de comprobación de valores por referencia a catastro, pero ya sería extenderme mucho.<br /><br />Un saludo y enhorabuena por la web.Alvaronoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-1062762998049459532014-11-06T21:16:56.065+01:002014-11-06T21:16:56.065+01:00Por cierto a los anónimos (me sospecho que notario...Por cierto a los anónimos (me sospecho que notarios en su mayoría), ¿por qué no me mandáis una entrada BREVE sobre el sentido EFICIENTISTA del registro de últimas voluntades y cómo podría organizarse la cosa?JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttps://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-75874334342296293962014-11-06T21:12:30.832+01:002014-11-06T21:12:30.832+01:00Gracias. Comprendido. Gracias. Comprendido. JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttps://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-829397267439849492014-11-06T18:29:28.512+01:002014-11-06T18:29:28.512+01:00Estimado Jesús:
No se cuelga on line porque los d...Estimado Jesús: <br />No se cuelga on line porque los datos son secretos, ya que no puede revelarse ni siquiera si se ha hecho testamento. <br />Eso es absolutamente secreto y eso exclusivamente lo conoce el testador.<br />Únicamente se conoce el día en que por desgracia falta, y acreditando el fallecimiento con el certificado de defunción.<br /><br />El trámite no es difícil.<br /><br />Un saludoAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-12055535328067683552014-11-06T13:56:14.203+01:002014-11-06T13:56:14.203+01:00¿por qué no lo cuelgan on line con acceso a todo e...¿por qué no lo cuelgan on line con acceso a todo el mundo? (no los detalles, sino simplemente si hay o no testamento posterior al que uno tiene)? JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttps://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-46245859866550677802014-11-06T11:56:51.730+01:002014-11-06T11:56:51.730+01:00Tiene razón en que se puede intentar hacer más efi...Tiene razón en que se puede intentar hacer más eficiente telemáticamente pero en absoluto en lo del control ex post.<br /> Imaginemos que se sustituye por una declaración responsable y resulta que en el testamento han sido desheredados todos los hijos y nombrado heredero un sobrino que debería pagar impuestos.<br /> O imaginemos que luego se vende el piso heredado por los aparentes herederos y resulta que no eran auténticos propietarios.<br />O simplemente se obvia el usufructo del viudo.<br /> Siempre es mejor el control ex ante que ex post, incluso desde la óptica del análisis económico del derecho, cuando el primer control sea barato en relación al coste de los riesgos que ahorra.<br /> El sistema es bueno, hasta el punto que el Registro General de Actos de última voluntad ha sido copiado en otros países, lo que debe mejorarse es la rapidez en su expedición. <br /> Eso no cambia que sea un fastidio que junto al dolor de la pérdida se tenga que hacer un engorroso -aunque necesario- papeleo.Carlos Péreznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-83143164837774943592014-11-04T17:49:18.701+01:002014-11-04T17:49:18.701+01:00Felices en Madrid? Y la plusvalía municipal qué!Felices en Madrid? Y la plusvalía municipal qué!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-4496467238137928762014-11-04T16:17:08.202+01:002014-11-04T16:17:08.202+01:00Al menos el final en Madrid es feliz.
En otros ter...Al menos el final en Madrid es feliz.<br />En otros territorios después viene el sablazo, a pesar que sólo se herede bienes inmuebles (no líquidos)Catalan o Andaluznoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-19222104467621642302014-11-04T16:08:27.544+01:002014-11-04T16:08:27.544+01:00En efecto, no se hereda NADA todos los días.
Ya he...En efecto, no se hereda NADA todos los días.<br />Ya he empezado los trámites para solicitar el certificado FNMT<br />Pero hay que repensarse todo el sistema de controles ex ante y sustituirlos por controles ex post. Simplemente, es muy caro e incómodo y las ganancias no compensan.<br />JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttps://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-41380745170548044942014-11-04T15:43:37.090+01:002014-11-04T15:43:37.090+01:00Sr Alfaro, lo que usted dice es uno de los trámite...Sr Alfaro, lo que usted dice es uno de los trámites más sencillos y seguros que pueden hacerse.<br />Ni en Delaware es más sencillo, y no es nada caro. <br />En Francia hay empresas que se dedican a buscar herederos por la inxistencia de este sistema y la inseguridad que producen las declaraciones de quienes están convencidos que son herederos.<br />Mucho más sencillo que montar la estantería Billy de Ikea.<br />Mucho más sencillo que matricularse en una universidad (muchísimo más).<br />Un poquito de paciencia, pero es que no se hereda todos los días. Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-85645549224706564462014-11-04T15:31:45.058+01:002014-11-04T15:31:45.058+01:00Qué raro! En Canarias (las Palmas, Calle Reyes Cat...Qué raro! En Canarias (las Palmas, Calle Reyes Católicos, Gerencia de Justicia) lo dan en el día!Anonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-20332102716853352852014-11-04T11:41:35.532+01:002014-11-04T11:41:35.532+01:00Algo no anda bien. No es que la sede electrónica s...Algo no anda bien. No es que la sede electrónica sea un dechado de virtudes, pero hace 3 años pude pedir y obtener por web el certificado de defunción y el certificado de últimas voluntades de mis progenitores. Es cierto que luego intenté repetir el trámite para unos clientes y no pude obtener el certificado de defunción. En ambos casos me bastó con el certificado de la FNMT.JNGRhttps://www.blogger.com/profile/05344824337561181058noreply@blogger.com