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lunes, 7 de noviembre de 2016

Titularidad de derechos y remedios protectores

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La catedral de Rouen, Claude Monet Fuente
 

Harrison sobre Calabresi/Melamed

John C Harrison, un profesor de la Universidad de Virginia hace la siguiente crítica de la famosa clasificación de las reglas de protección de los derechos subjetivos que debemos a Calabresi y a Melamed. Lo que sigue es una traducción del resumen de la posición de Harrison que se contiene en este post
“Calabresi y Melamed organizan las titularidades jurídidas mediante una clasificación tripartita: derechos protegidos por una regla de propiedad (property rule), derechos protegidos por una regla de responsabilidad (liability rule)y derechos inalienables. Un derecho está protegido por una regla de responsabilidad cuando, si un tercero se entromete en el derecho, las normas jurídicas requieren sólo que el que se ha entrometido pague una determinada cantidad de dinero, el valor del derecho afectado por la intromisión, normalmente, en forma de indemnización de daños”
Por el contrario, si el derecho está protegido por una regla de propiedad, la interferencia del tercero requiere del consentimiento del titular y el titular puede impedir la interferencia (si ésta no se ha producido todavía) mediante una orden de prohibición o cesación y puede ejercer, contra el que se ha interferido una acción reivindicatoria y una acción de enriquecimiento injusto. Recuérdese que el art. 1902 CC no protege derechos subjetivos.

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