tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post1264171022707641797..comments2024-03-27T01:46:32.024+01:00Comments on DerechoMercantil: Cómo reducir la corrupción (II): el escándalo andaluzJESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-47794036424575133042013-02-01T12:30:14.828+01:002013-02-01T12:30:14.828+01:00Una estupidez que se me ha ocurrido al hilo de est...Una estupidez que se me ha ocurrido al hilo de este post:<br />http://www.inquietanzas.blogspot.com.es/2013/02/levantando-diques.html<br /><br />ElenaAnonymousnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-73334129706116900942013-02-01T12:10:45.909+01:002013-02-01T12:10:45.909+01:00Siempre he considerado que podría plantearse (a ni...Siempre he considerado que podría plantearse (a nivel teórico y retórico porque ningún partido lo llevaría a cabo) modificar las normas que rigen los cargos públicos (electos, de confianza y asimilados) y el código penal de manera similar a la denostada ley de violencia de género, de manera que los cargos públicos y asimilados a los que se les formule acusación por corrupción, cohecho, prevaricación (o bien acotando los delitos que pudieran dar lugar ello) bien mediante querella o diligencias previas incoada de oficio sean los que tengan que apechugar con la demostración del origen lícito de su patrimonio y bienes, de manera que por disposición legal pese sobre ellos la presunción de ilicitud de la procedencia de los bienes y patrimonio de los que no aporten cumplida justificación (tanto de su adquisición/tenencia como de su correspondencia con los medios económicos de que hayan dispuesto para su posible adquisición/tenencia) salvo prueba en contrario. <br />Y ya puestos a soñar, si el cambio normativo se aplica a todos los cargos públicos y asimilados existentes a su entrada en vigor, buenooooJNGRhttps://www.blogger.com/profile/05344824337561181058noreply@blogger.com