tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post3972355691138745414..comments2024-03-27T01:46:32.024+01:00Comments on DerechoMercantil: Cómo se determina si se ha infringido una patenteJESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-20312407989331372372019-02-14T10:57:39.073+01:002019-02-14T10:57:39.073+01:00Es bueno insistir en que para la infracción litera...Es bueno insistir en que para la infracción literal (o por equivalente) deben darse todos los elementos técnicos de una reivindicación independiente, uno a uno. Si no se dan todos y cada uno (literales o por equivalente) no hay infracción, sin perjuicio de lo que ocurra con el resto de las reivindicaciones dependientes. El titular es libre de configurar sus reivindicaciones como desee (con el límite del estado de la técnica), así como el problema técnico planteado que sirve de marco de la solución técnica. La reivindicación independiente es el modo más amplio de explotar la invención; las dependientes, -decididas por el solicitante-, son añadidos, realizaciones alternativas, especificaciones del modo más amplio de explotación que es la reivindicación de la que dependen. <br /><br />Algunos Juzgados de lo Mercantil no tienen las ideas claras en este punto, nada claras, y se dejan llevar por la apariencia del producto (no por sus características técnicas), concepto determinante en los diseños industriales, pero no en las invenciones.Jose Garridonoreply@blogger.com