tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post5872852806539189678..comments2024-03-27T01:46:32.024+01:00Comments on DerechoMercantil: La AP Madrid confirma su doctrina sobre impugnación de acuerdos de aprobación de cuentas que incluyen transacciones vinculadas con administradores o socios mayoritarios: no son impugnables por esa razónJESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger1125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-6057151732174414152016-12-30T21:16:23.402+01:002016-12-30T21:16:23.402+01:00Muy buen post !!
Se me plantea la siguiente cuest...Muy buen post !!<br /><br />Se me plantea la siguiente cuestión: <br /><br />La negativa de la junta a la aprobación de las cuentas anuales, más que un "acuerdo contrario" tendría - en mi opinión - carácter de "no-acuerdo" (art. 272.1 LSC). <br /><br />Si en el caso de autos la decisión de la junta hubiera sido la negativa a aprobar las cuentas por el motivo erróneo indicado en la sentencia (las cuentas no se pueden impugnar si reflejan fielmente lo sucedido, aunque lo sucedido sea ilícito), me pregunto si se podría impugnar el "no-acuerdo" por ser contrario a la ley.<br /><br />Piénsese que dejar cuentas anuales sin aprobar por una errónea comprensión de los socios sobre la función de aquellas, puede perjudicar gravemente a la sociedad y a los socios que las comprendan rectamente.<br /><br />MegawatioAnonymousnoreply@blogger.com