tag:blogger.com,1999:blog-11438583776412982952024-03-18T21:47:36.155+01:00DerechoMercantil“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger.
"La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky
«Nulla dies sine linea» Antonio Guarino.
"Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.comBlogger8298125tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-77559916475638473742024-03-18T13:07:00.004+01:002024-03-18T13:18:48.366+01:00La conjura contra España (LXII): la transformación de la enseñanza universitaria. No más 'innovación docente' por favor<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhLOeVIxZslfgnYjB5hRxUUC7VRdcf993-gDoQn-t9sdytSkX1NU3PHb2x7d6xCW8EYLZkNeMd30akaRWP47zn2h7Zn7jNI7Up1d8n6I3Tquis-PWXWBVrRb4tN5gPhFmtgnTzcbZ2eKbxzUBX_S-nDsYXLeU0FnQhl_1BYAGjyKa6dipEgNOsx0hFcUiA/s1125/Photo_by_Javier_Mantrana.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1125" data-original-width="900" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhLOeVIxZslfgnYjB5hRxUUC7VRdcf993-gDoQn-t9sdytSkX1NU3PHb2x7d6xCW8EYLZkNeMd30akaRWP47zn2h7Zn7jNI7Up1d8n6I3Tquis-PWXWBVrRb4tN5gPhFmtgnTzcbZ2eKbxzUBX_S-nDsYXLeU0FnQhl_1BYAGjyKa6dipEgNOsx0hFcUiA/w320-h400/Photo_by_Javier_Mantrana.jpg" width="320" /></a></div><br /><p style="text-align: justify;">foto de Javier Mantrana <a href="https://commons.wikimedia.org/w/index.php?curid=94601410" target="_blank">De Trisulloa2020 - Trabajo propio, CC BY-SA 4.0,</a> </p><p style="text-align: justify;">Lo que sigue son extractos de un artículo publicado por <b><a href="https://twitter.com/aden_barton?lang=es" target="_blank">Aden Barton </a></b>(un estudiante de Económicas en Harvard) <a href="https://www.harvardmagazine.com/2024/03/university-people-the-undergraduate-balance?utm_source=substack&utm_medium=email" target="_blank">en el Harvard Magazine</a>. Aunque el contexto es muy diferente, el fondo de la cuestión está presente también en España. </p><p style="text-align: justify;">La enseñanza universitaria se ha infantilizado y se ha instrumentalizado. Lo de aprender por aprender y lo de aprender cosas difíciles - porque las fáciles no necesitan que uno despliegue esfuerzo alguno para aprenderlas - parece estar en decadencia en la universidad. <b><span style="color: #3d85c6;">Hemos eliminado cualquier riesgo que tuvieran que asumir los estudiantes y la 'seguridad jurídica' es el máximo valor.</span></b> Los estudiantes exigen conocer hasta el último detalle qué es lo que tienen que hacer para aprobar la asignatura para poder 'cubrir el expediente' y pasar a la siguiente. Se regula hasta dar diecisiete bocados a un cañamón la realización y revisión de exámenes. Los exámenes tipo test - muy poco indicados para Derecho, por ejemplo, se han generalizado como 'medida defensiva' de los profesores frente a esos procesos de revisión de exámenes que han llegado hasta los tribunales (recuérdese,<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2016/07/los-costes-sociales-del-robo.html" target="_blank"> basta con un par de casos para que se generalice una conducta defensiva</a>). Cada vez hay menos estudiantes extraordinarios pero no porque estas cohortes sean más tontas, sino porque las clases y las asignaturas les interesan menos. Es inaudito que asistan regularmente a clase más de un 30 % de los estudiantes matriculados en la asignatura si la asistencia no se establece como obligatoria. Pero uno recibe justificantes ¡médicos emitidos por un servicio de urgencias! si se le ocurre pasar lista aleatoriamente o si se trata de seminarios en los que la asistencia es obligatoria. </p><p style="text-align: justify;">A todo lo anterior, hay que añadir <b><span style="color: #3d85c6;">el 'destrozo' de las asignaturas en los planes de estudios tras las sucesivas reformas de las últimas décadas. </span></b>Todo son 'pildoritas', dosis homeopáticas de conocimiento que impiden profundizar en ninguna cuestión compleja y prometedora intelectualmente. Naturalmente, eso hace que las asignaturas 'troncales' y 'obligatorias' sean menos atractivas para los estudiantes con mayor curiosidad intelectual que dedican ésta a actividades extracurriculares en el mejor de los casos. Y, en fin, los estudiantes han perdido la confianza en que lo que se explica y se enseña en las clases es lo que hay que 'saber'. Se han convertido en unos descreídos respecto del valor de aprender. Y este destrozo perjudica especialmente a los más inteligentes y curiosos intelectualmente que no necesitan esforzarse lo más mínimo para obtener un sobresaliente. Un indicio es que algunas de las mejores calificaciones en los exámenes las obtienen estudiantes que apenas han aparecido por clase. Eso es algo que sólo me ha ocurrido, en más de treinta años de docencia, en los últimos años. Lo que me sorprendió, hace 25 años, es que Tristán Ulloa aprobase el examen sin aparecer en todo el semestre por el aula. Pero hace dos, lo que me sorprendió es que el mejor examen lo había hecho una estudiante que tampoco había aparecido. </p><p style="text-align: justify;">Esto es lo que cuenta Aden Barton</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i> Para muchos estudiantes, en lugar de ser la parte central de la universidad, las clases son simplemente un elemento más en su lista de tareas, no muy distinto de su participación en una asociación o de su actividad en la redacción de textos para la revista universitaria. Harvard se ha convertido cada vez más en un lugar en Cambridge para que se reúnan estudiantes brillantes, que casualmente ofrece clases en paralelo... Por el contrario, el profesor James Engell me dijo que cuando él era estudiante de Harvard, "había una sensación... que la razón principal de tu estancia en la Universidad era cursar asignaturas y dedicar mucho tiempo a las clases"... los datos de la encuesta de último año de Crimson indican que los estudiantes dedican casi tanto tiempo colectivamente a actividades extracurriculares, deportivas y laborales como a sus clases. <span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Buena parte de la culpa es de <b><span style="color: #3d85c6;">la inflación de calificaciones.. que </span></b>permite que los trabajos mediocres obtengan notas altas y los estudiantes han reaccionado reduciendo el esfuerzo académico. Son incontables las ocasiones en las que he entregado un trabajo por debajo de mi capacidad conscientemente porque tenía la seguridad de que me pondrían la nota más alta... </span><span style="text-align: left;">la falta de esfuerzo incluso de algunos de los estudiantes más inclinados por el trabajo académico y más curiosos intelectualmente sorprendería a muchos. </span></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i style="text-align: left;">Una de las víctimas de estos sobresalientes fáciles ha sido la cantidad de lectura que hacen los estudiantes.... En la clase final (de un curso sobre Rusia), se le pidió a cada estudiante que citara sus lecturas favoritas de todo el curso y el profesor se sorprendió de que tantos eligieran lecturas de las primeras unidades. No porque los estudiantes estuvieran más interesados en el material de esas clases, sino porque los estudiantes sólo leyeron los materiales indicados en las primeras semanas... </i><i style="text-align: left;">A pesar de lo cual... todos recibimos un sobresaliente. </i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i style="text-align: left;"><b><span style="color: #3d85c6;">"Los estudiantes sienten la necesidad de distinguirse fuera del aula porque son prácticamente indistinguibles dentro del aula".</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span><a _istranslated="1" href="https://scholar.harvard.edu/claybaugh/home" style="text-align: left;" target="_blank">Amanda Claybaugh</a><span style="text-align: left;"> </span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i style="text-align: left;"> El profesor (de estudios rusos)... me escribió que "<b><span style="color: #3d85c6;">los estudiantes de hoy... quieren complacer, quieren entender lo que se espera de ellos en el curso y cumplir con esas expectativas".</span></b> Pero ese enfoque "se produce a costa de la curiosidad intelectual por sí misma y de la originalidad intelectual e incluso de la audacia"... </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i><a href="https://www.amazon.com/Real-World-College-Higher-Education/dp/0262046539" target="_blank">Fischman y Gardner </a>lo llaman un "modelo transaccional" de universidad. Según su libro, un llamado estudiante transaccional <b><span style="color: #3d85c6;">"va a la universidad y hace lo que (y solo lo que) se requiere para obtener un título y luego asegurar la colocación en la escuela de posgrado y/o un trabajo</span></b>; La universidad es vista principalmente, tal vez en su totalidad, como un trampolín para ambiciones orientadas al futuro".</i></span></p></blockquote>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-17785427349107307892024-03-18T11:43:00.007+01:002024-03-18T11:43:55.988+01:00Citas: RTVE, López Burniol, Mollick, Montano, Tik tok, meritocracia, ESG, filósofos<p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;"><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"></span></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEitDAIY_bfefiP6ATO9j9c2vsQMzGY486vKpL1qFehKZA72vfsR62TU8kogLKAgqT6avDDPe-d9AhiQ_3tRSicLcup1FrUp-N5TL3HXe5shZDzI-LZCd_ydnEXXNVboiCySpu4tK5BBwH84wG2YjVDxn5pgKGRsTKw9Mpar7FiP_GwopaT9gtiwPpWC5pI/s800/N-0788-01-000022-wpu.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="800" data-original-width="335" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEitDAIY_bfefiP6ATO9j9c2vsQMzGY486vKpL1qFehKZA72vfsR62TU8kogLKAgqT6avDDPe-d9AhiQ_3tRSicLcup1FrUp-N5TL3HXe5shZDzI-LZCd_ydnEXXNVboiCySpu4tK5BBwH84wG2YjVDxn5pgKGRsTKw9Mpar7FiP_GwopaT9gtiwPpWC5pI/w168-h400/N-0788-01-000022-wpu.jpg" width="168" /></a></span></div><div style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Carlo Cravelli</span></div><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><b><br /></b></span><p></p><p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;"><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><b><i><a href="https://www.elmundo.es/television/2024/03/14/65f319ace9cf4a64578b459f.html" target="_blank">RTVE pudre todo lo que toca</a>. Ni siquiera se atrevieron a llamarlo "100 grandes españoles".<a href="https://es.wikipedia.org/wiki/100_Greatest_Britons" target="_blank"> 100 Greatest Britons</a></i></b></span></p><p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;"><a href="https://jeanmtwenge.substack.com/p/are-books-dead-why-gen-z-doesnt-read?utm_source=substack&utm_medium=email" target="_blank"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El declive en la lectura de libros por parte de los adolescentes</span></i></b></a></p><p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><a href="https://www.elmundo.es/opinion/2024/03/18/65f5ad87fdddfffc4f8b459f.html" target="_blank">López Burniol se cae</a>, gracias a dios, <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2024/01/la-conjura-contra-espana-xlii-los.html" target="_blank">del burro del nacionalismo</a>. Montano sigue <a href="https://theobjective.com/opinion/2024-03-17/monigotes-servicio-asurbanipal/" target="_blank">frivolizando</a>.</span></i></b></p><p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Cómo mejorar las preguntas que hacemos a la inteligencia artificial</span></i></b></p><p _msthash="0" _msttexthash="68596411" style="text-align: justify;">Según <a href="https://www.oneusefulthing.org/p/captains-log-the-irreducible-weirdness?utm_source=%2Finbox&utm_medium=reader2" target="_blank">Ethan Mollick</a>, "agregar contexto", por ejemplo, decirle a la IA que desempeñe un papel ("<i>eres un maestro de primaria"</i>) y que tiene que hacer una tarea ('<i>explicar a niños de primaria cómo se.</i>..') o que tiene que hacerlo con un formato determinado. También es útil darle ejemplos de lo que quieres conseguir. Y por último indicar a la máquina cómo tiene que proceder, qué pasos ha de dar, dándole instrucciones de procedimiento: "<i>primero muestra los resultados, luego redacta un borrador, luego revisa el borrador y, por último, escribe el documento final</i>" IA no es especialmente útil para obtener información ordenada. Dice Arnold Kling <a href="https://arnoldkling.substack.com/p/claudes-shmuck-is-bigger?utm_source=post-email-title&publication_id=338673&post_id=142541233&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">al final de su post </a>en el que describe dos fusiones fracasadas, Sears-Reynolds y Time Warner-AOL que ha utilizado chatGPT4 para escribir esa historia porque facilita y acelera el trabajo, pero no cree que obtener información ordenada sea el uso más importante y rentable de la inteligencia artificial. </p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Vivimos en una meritocracia. <a href="https://www.josephbronski.com/p/americas-elite-is-mostly-a-meritocracy?utm_source=post-email-title&publication_id=606411&post_id=142502551&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">El status socioeconómico no se hereda</a>. </span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><a href="https://www.bloomberg.com/opinion/articles/2024-03-12/tiktok-needs-to-sell-while-bytedance-can-still-get-top-dollar?utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_term=240312&utm_campaign=sharetheview" style="text-align: left;" target="_blank"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Tik tok bajo control chino no tiene futuro en Occidente (Bloomberg)</span></i></b></a></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i> No hay futuro para un TikTok de propiedad china en Estados Unidos. La amenaza de la recolección de datos, y la propaganda, ha demostrado ser tan grande que un Congreso notoriamente dividido en cualquier otro asunto, va a aprobar la ley casi por unanimidad... Durante el fin de semana, una fuente de TikTok me dijo que la compañía considera inviable separar el TikTok estadounidense del producto a nivel mundial porque se trata de una gran comunidad. No estoy seguro de creerlo: los usuarios estadounidenses intentan en su mayoría llegar a otros estadounidenses, y lo mismo puede decirse de los anunciantes. Pero si la compañía realmente cree que un TikTok solo para EE. UU. no puede funcionar, debe centrar su atención en vender todo el negocio mundial (excluyendo China, donde ByteDance posee una aplicación similar a TikTok separada, Douyin). Una venta completa de TikTok tiene más sentido teniendo en cuenta que si los legisladores forzaran la venta de TikTok en Estados Unidos, otros mercados occidentales podrían sentirse obligados a seguir su ejemplo.</i><i style="text-align: left;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"> </span></b></i></p></blockquote><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">¿Qué enseñar en época de la inteligencia artificial (o por qué en educación hay que ser conservador)? </span></i></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Si no se dejó de enseñar matemáticas cuando aparecieron las calculadoras, ¿por qué aceptamos que los estudiantes se puedan licenciar sin haber redactado nunca un texto más largo que un mensaje de WhatsApp? </i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><a href="https://www.elmundo.es/opinion/columnistas/2024/03/14/65f1cb3421efa0d85c8b4597.html" target="_blank">David Jiménez Torres</a>.</p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Divulgación de información sobre ESG por las empresas: efectos sobre los consumidores</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="195301327" style="text-align: justify;"><i>Los consumidores aumentan su intención de compra cuando se les presentan exógenamente señales positivas divulgadas por la empresa sobre actividades ambientales, sociales y, en menor medida, de gobernanza. Los informes ESG completos solo tienen un impacto en los consumidores que eligen verlos, mientras que los informes financieros y la información de ganancias no tienen ningún efecto. Después del experimento, los consumidores aumentan sus compras reales de productos, pero estos efectos son pequeños, de corta duración y solo se materializan cuando se ven los informes ESG y las señales sociales positivas. </i></p></blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="195301327" style="text-align: center;"><b></b></p><blockquote style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Leonelli, Sinja and Muhn, Maximilian and Rauter, Thomas and Sran, Gurpal, <a href="https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=4687694" target="_blank"><i>How Do Consumers Use Firm Disclosure? Evidence from a Randomized Field Experiment</i></a>, 2024</span></b></blockquote><p></p><p _msthash="1" _msttexthash="2421250" style="text-align: justify;"><a _msthash="0" _msttexthash="4262934" href="https://www.aporiamagazine.com/p/what-if-we-lost-our-smartest-5?utm_source=post-email-title&publication_id=828904&post_id=131494884&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=false&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank"><i><b><span style="font-size: medium;">¿Cuánto tiempo podría sobrevivir una nación sin sus ciudadanos más inteligentes?</span></b></i></a></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El valor del lado de la demanda y el valor del lado de la oferta: por qué la mentalidad progresista nos hace a todos más pobres</span></i></b></p><p style="text-align: justify;"></p><blockquote><span _msthash="3" _msttexthash="30803396" style="text-align: left;"><i>"Estimamos que <a href="https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=4693148" target="_blank">el valor del lado de la oferta de un sistema operativo ampliamente utilizado</a> es de 4.150 millones de dólares, pero que el valor del lado de la demanda es mucho mayor, de 8,8 billones de dólares"</i></span></blockquote><p></p><div><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">¡Vaya vista la de los filósofos! Byung-Chul Han. La sociedad del cansancio, 2010</span></i></b></div><div><div style="text-align: justify;"><span style="font-family: inherit;"></span></div></div><blockquote><div><div style="text-align: justify;"><i><span style="font-family: inherit;">Toda época tiene sus enfermedades emblemáticas. Así, existe una época bacterial que, sin embargo, toca a su fin con el descubrimiento de los antibióticos. <b><span style="color: #3d85c6;">A pesar del manifiesto miedo a </span></b></span><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-weight: bold;">la pandemia gripal, actualmente no vivimos en la época viral. </span><span style="font-family: inherit;">La hemos dejado atrás gracias a la técnica inmunológica. <b><span style="color: #3d85c6;">El comienzo del siglo xxi, desde un punto de vista patológico, no sería ni bacterial ni viral, sino neuronal. </span></b>Las enfermedades neuronales como la depresión, el trastorno por déficit de atención con hiperactividad (tdah), el trastorno límite de la personalidad (tlp) o el síndrome de desgaste ocupacional (sdo) definen el panorama patológico de comienzos de este siglo.</span></i></div></div></blockquote>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-58401835677448409162024-03-18T10:53:00.006+01:002024-03-18T10:54:51.692+01:00 La eficiencia del franchising<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiKmi_riSGYtEfdgefGrBkADNU_CSFaWFp2Qas0TgtWPMrWCHLTO4grzTYiTEjznbDgzxK4U03f_7pEtkA2ZUbSsO4Y3oiUx_i5oVmITlxVedl0jO-PmkiNMC0G0VX5M12Q5BCBNIORAyj2UNN4Ug7koCKf2C2TWh0e-OANXWSrlgCsRJ0PZ3DH3JeP7VQ/s800/N-0788-06-000011-wpu.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="800" data-original-width="528" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiKmi_riSGYtEfdgefGrBkADNU_CSFaWFp2Qas0TgtWPMrWCHLTO4grzTYiTEjznbDgzxK4U03f_7pEtkA2ZUbSsO4Y3oiUx_i5oVmITlxVedl0jO-PmkiNMC0G0VX5M12Q5BCBNIORAyj2UNN4Ug7koCKf2C2TWh0e-OANXWSrlgCsRJ0PZ3DH3JeP7VQ/w264-h400/N-0788-06-000011-wpu.jpg" width="264" /></a></div><br /><p style="text-align: center;">San Francisco, CarloCravelli, National Galery</p><div><div id="preview-section-abstract" style="box-sizing: border-box; margin: 0px; padding: 0px;"><div class="Abstracts u-font-serif text-s" id="abstracts" style="--sd-ui-line-height: calc(1em + 10px); box-sizing: border-box; line-height: var(--sd-ui-line-height); margin: 0px; padding: 0px;"><div class="abstract author" id="ab0010" style="box-sizing: border-box; margin: 0px 0px 8px; padding: 0px;"><div id="as0010" style="box-sizing: border-box; margin: 0px; padding: 0px;"><blockquote><p _msthash="4" _msttexthash="360405305" id="sp0130" style="box-sizing: border-box; margin: 0px 0px 16px; padding: 0px; text-align: justify;"><i><span style="font-family: inherit;"><span style="color: #1f1f1f;">Tras ser objeto de adquisición, una cadena de restaurantes de comida rápida vendió todas sus tiendas en propiedad a franquiciatarios.... </span><b><span style="color: #3d85c6;">franquiciar un restaurante aumenta sus ingresos en un 7 por ciento.</span></b><span style="color: #1f1f1f;"> Una parte sustancial de este aumento de ingresos se produce</span><b><span style="color: #3d85c6;"> a expensas de las cadenas nacionales competidoras.</span></b><span style="color: #1f1f1f;"> También encuentro que franquiciar una tienda produce una ganancia de utilidad </span><b><span style="color: #3d85c6;">para el consumidor igual a la ganancia que resultaría de una reducción de 2.8 millas en la distancia desde el hogar del individuo hasta la tienda.</span></b></span></i></p><div style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"><span>Jeff Ackermann, </span><a href="https://www.sciencedirect.com/science/article/abs/pii/S0167718724000109" target="_blank"><i>The effects of franchising on stores, competitors, and consumers</i></a><span><i>, </i>2024</span></span></b></div></blockquote></div></div></div></div></div>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-10368437598326220652024-03-18T10:48:00.000+01:002024-03-18T10:48:01.923+01:00No hay comidas gratis (I): si haces una carrera Mickey Mouse, no aprenderás a entender qué es lo mejor para ti<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://www.ft.com/content/fd270cb1-8d14-4639-a152-7f2dad453480" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;" target="_blank"><img border="0" data-original-height="620" data-original-width="1014" height="196" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhJvYdxb3fL5VYxRAQEusKCV1difLdMYLD46xP5hT4nise71cuMFRomVd6Z-hyXFnCtJbxs28UdmCrQVC_Ldtfkb954OlNsozMnfXog8ohLHflUDXzTV0Gs2q7rQXEEVDxekOa_W0ZZ-sp_PtQktvLE3F5P0NkDbKNNPxUVQ6CWesdR9QfMrYEu_qgRLhs/s320/iioo.jpg" width="320" /></a></div><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="134240028" style="text-align: justify;"><i>En un video ampliamente compartido, Brittany Pietsch se filmó a sí misma siendo despedida como ejecutiva de cuentas de Cloudflare después de solo tres meses. Pietsch, después de escuchar de sus compañeros de trabajo lo que estaba sucediendo, grabó su conversación con un directivo de recursos humanos y otro que le dijo que después de haber "completado las evaluaciones del rendimiento de 2023, no se han cumplido las expectativas de rendimiento de Cloudflare. Hemos decidido despedirte".</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="134240028" style="text-align: justify;"><i>La publicación del video obligó a Matthew Prince, director ejecutivo de Cloudflare, a responder en twitter diciendo que "claramente hemos estado lejos de ser perfectos" y que el video era "doloroso de ver". Y añadió: "<b><span style="color: #3d85c6;">Cualquier organización sana necesita que las personas que no se están rindiendo adecuadamente sean despedidas. No es ese el error que hemos cometido en este caso. El error fue no ser más amables y humanos que lo que hemos sido"</span></b>. Ann Francke, directora ejecutiva del Chartered Management Institute, dice que los videos pueden ser una "llamada de atención a los líderes sobre posibles deficiencias de gestión". "Es mucho más probable que los empleados más jóvenes sean transparentes sobre cómo ven a su empleador". Pero eso también puede traer riesgos para el trabajador. "Cualquier empleado que hable mal de su empleador públicamente podría ser visto como un 'alborotador', lo que podría afectar sus futuras oportunidades de empleo", agrega Francke. "<b><span style="color: #3d85c6;">Mi consejo es que seas consciente de las posibles consecuencias, independientemente del lado de la cámara en el que estés</span></b>".</i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><a href="https://www.ft.com/content/fd270cb1-8d14-4639-a152-7f2dad453480" target="_blank">Financial Times</a></p><p style="text-align: justify;">Se añade en la crónica del Financial Times que los departamentos de recursos humanos están actuando a la defensiva (¿recuerdan lo de las tres rectoras de las universidades norteamericanas? y ¿recuerdan los estudios sobre los efectos que las acusaciones de acoso sexual estaban teniendo sobre la disposición a 'mentoring' a mujeres jóvenes por parte de investigadores senior varones?) y que ahora emiten cartas de despido en lugar de mantener conversaciones con los trabajadores despedidos. </p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-42870776277811848132024-03-18T09:46:00.001+01:002024-03-18T10:56:07.641+01:00 El dominio dividido y el concepto de propiedad<p></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj2iEAbhbkJOaFoDay7Vu8Zt4rB4CaclhZbW6loPRtCEdkHXRTSS5IGUZdQ4J-XrOlolbt9nVAqdtt4w4aY5biDVVoFSQiV2_hoqy9MeRyyM3iKLhEqBurLcnP1gEps7HUCVBB8HsXfIxHd8C1A0v9S1PnTkvra_I8CWiZJb-VgnQtn3gK_aS9J863enpk/s800/N-0788-09-000011-wpu.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="800" data-original-width="534" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj2iEAbhbkJOaFoDay7Vu8Zt4rB4CaclhZbW6loPRtCEdkHXRTSS5IGUZdQ4J-XrOlolbt9nVAqdtt4w4aY5biDVVoFSQiV2_hoqy9MeRyyM3iKLhEqBurLcnP1gEps7HUCVBB8HsXfIxHd8C1A0v9S1PnTkvra_I8CWiZJb-VgnQtn3gK_aS9J863enpk/w268-h400/N-0788-09-000011-wpu.jpg" width="268" /></a></div><div style="text-align: center;">Carlo Crivelli, Santo Tomás de Aquino, National Gallery</div><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><br /></div><br /><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Concepto estricto (derecho de propiedad) y concepto amplio (derecho subjetivo) de "dominio"</span></i></b><p></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>En efecto, mientras los juristas siguiendo a Bartolo definían el dominum como<b><span style="color: #3d85c6;"> ius de re corporali perfecte disponendi</span></b>, nisi lex obsistat, designando así el <b><span style="color: #3d85c6;">derecho de propiedad en su perfección y plenitud</span></b>, los escolásticos habían dado al mismo vocablo un sentido muy lato. En Santo Tomás el dominium se aplica <b><span style="color: #3d85c6;">a toda clase de manifestaciones de la voluntad o de exteriorizaciones de la personalidad. </span></b>El dominium no supone la apropiación de las cosas, antes bien conviene <b><span style="color: #3d85c6;">a todo poder del hombre sobre una cosa, y aun a toda autoridad sobre una persona</span></b>. El <a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Tom%C3%A1s_de_Aquino" target="_blank">Doctor Angélico</a> denomina proprietas a la propiedad individual (en sentido pasivo) de los modernos, y communitas rerum a los diversos tipos de propiedad colectiva </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Domingo de Soto señala... que, si se cuentan tantos dominios cuantas son las cosas sobre las cuales el poder del hombre puede ejercerse, podría y débería llegarse hasta el infinito... Por otra parte, <b><span style="color: #3d85c6;">en el lenguaje corriente se aplicaban sin escrúpulo los términos dominium, dominus -proprius, propietas- <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2024/03/historia-del-derecho-europeo-de-paolo.html" target="_blank">a las innumerables desmembraciones de la propiedad señorial o eclesiástica</a>:</span></b> precarios, tenencias, censos, enfiteusis, etc., de carácter consuetudinario o contractual...</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Habiendo extendido así la noción de dominium, Molina toma de Covarrubias la división tripartita de los dominia, dada por Bartolo... El glosador llamaba</span><span style="text-align: left;"> dominium iurisdictionis </span><span style="text-align: left;">al poder de gobernar, juzgar y defender a los súbditos; oponía al </span><span style="text-align: left;">dominium particulare</span><span style="text-align: left;"> el</span><span style="text-align: left;"> dominium locorum seu rerum pertinentium ad universitatem, ratione universitatis. </span><span style="text-align: left;">Molina hacía notar que estos tres dominios se reducen de hecho a dos: el uno, que abarca </span><b style="text-align: left;"><span style="color: #3d85c6;">el dominio de la jurisdicción entendida en su sentido más lato; el otro, el dominio de la propiedad, que puede ser individual o colectivo.</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La propiedad de la tierra dividida: dominio directo y dominio útil </span></i></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">o, la proprietas (la nuda propiedad) pertenece al titular del </span><span style="text-align: left;">dominium directum:</span><span style="text-align: left;"> dominio de propiedad sin el usufructo. El ius utendi et fruendi re aliena salva ipsius substantia~</span><b style="text-align: left;"><span style="color: #3d85c6;"> tal como lo detenta el<a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Enfiteusis" target="_blank"> enfiteuta </a>o el feudatario, es el dominium utile.</span></b><span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Cuando nuestros autores glosan los términos: perfecte disponendi, de la definición de Bartolo, no mencionan nunca la trilogía (el derecho a usar, disfrutar y abusar): ius utendi, fruendi, abutendi aunque dan al dominio pleno de propiedad el sentido más amplio. Lessio, por ejemplo, ofrece esta glosa: Proprium est perfecte dominii ut possis re tua uti pro tuo arbitratu, eam vel tibi servando, vel vendendo, vel donando, vel vastando (servirse de, vender, donar, destruir). </span><span style="text-align: left;">Ni que decir tiene que el ius perfecte disponendi no es aplicable sino al dominio de propiedad pleno y perfecto, sin desmembración ni división.</span></i></p></blockquote><div _msthash="2" _msttexthash="12090325"><blockquote style="text-align: center;"><i>"El dominio útil lleva consigo un derecho mayor que el dominio directo. Este último, mientras dure el otro, es más un derecho personal que un derecho real" </i></blockquote></div><div _msthash="3" _msttexthash="131716" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Barbeyrac</span></b></div><div><br /></div><blockquote><div _msthash="4" _msttexthash="82046081" style="text-align: center;"><i>"El dominio directo no es más que un dominio de superioridad y no es más que un derecho que tienen los señores a ser reconocidos como señores por los dueños y poseedores de las herencias que les son poseídas y a exigir ciertos deberes y regalías reconocibles del señorío... <b><span style="color: #3d85c6;">Al que tiene el dominio directo solo se le llama señor... No es él, sino el señor útil, quien es el verdadero dueño de la herencia</span></b>". </i></div></blockquote><div _msthash="5" _msttexthash="95953" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Pothier</span></b></div><div _msthash="5" _msttexthash="95953" style="text-align: center;"><br /></div><blockquote><div style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"><b>Charles Mounier, <i><a href="https://dadun.unav.edu/bitstream/10171/13785/1/IC_II-II_03.pdf" target="_blank">El concepto de 'dominium' y 'proprietas' en los canonistas y moralistas del siglo XVI a XIX</a>, </i>1962</b></span></div></blockquote>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-42221746501453156442024-03-18T09:27:00.003+01:002024-03-18T09:27:25.095+01:00 Efectos de las medidas antipandemia sobre la supervivencia de ricos y pobres<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjnIgZrhYFi4BX7j4m2AmPvGCn4vSVxD_qxxeihcUy5aKgP7qrBBI0lXE00mAZI3WNkmyiEPIORKMobi07wM0rHBsYjWP0ceACXDEUc6f6z1OEOvbM3oKoyR77_lvA4HNwiWDDNhZ5F5LXWYRim61ZXc70dP7Nt-9YPRjDvW9Iv_qV4Jpg0n_B_tu9kUgA/s1716/IMG_E1826%5B1%5D.JPG" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="965" data-original-width="1716" height="271" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjnIgZrhYFi4BX7j4m2AmPvGCn4vSVxD_qxxeihcUy5aKgP7qrBBI0lXE00mAZI3WNkmyiEPIORKMobi07wM0rHBsYjWP0ceACXDEUc6f6z1OEOvbM3oKoyR77_lvA4HNwiWDDNhZ5F5LXWYRim61ZXc70dP7Nt-9YPRjDvW9Iv_qV4Jpg0n_B_tu9kUgA/w482-h271/IMG_E1826%5B1%5D.JPG" width="482" /></a></div><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;">En el siglo XVII, las ciudades y estados italianos eran las más eficaces en el control de los episodios de peste. En 1630, la ciudad de Carmagnola adoptó medidas para evitar los contagios de sus ciudadanos pero no pudo evitar que la peste entrara en la ciudad. 244/1000 de sus habitantes murieron. Montó un lazareto, 1583 de los 7600 habitantes fueron ingresados en él.</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Las muertes en el lazareto ascendieron a 443 (216 hombres y 227 mujeres), alrededor del 28 por ciento de los internados: número sorprendentemente bajo si se tiene en cuenta que los hospitalizados estaban infectados o se sabía que habían estado expuestos directamente a la infección. Esto sugiere que las condiciones de vida y el nivel de atención en el lazareto eran relativamente buenos... en comparación con otros casos de los que tenemos información... ya que alrededor del 55 por ciento de los internados en el lazareto de Florencia en 1630-31 murieron, y de manera similar en otras ciudades toscanas, mientras que durante la peste de 1575-77 murieron alrededor del 50 por ciento de los pacientes en el lazareto de Padua, y hasta el 73 por ciento de los internados en Venecia. Estas cifras, sin embargo, deben interpretarse con cuidado, ya que no solo reflejan las condiciones dentro del lazareto, sino también <b><span style="color: #3d85c6;">el estado de los pacientes en el momento del internamiento.</span></b> Según nuestras estimaciones, la mayoría absoluta de los enviados al lazareto de Carmagnola entraron sanos, lo que redujo la tasa de mortalidad general (ya que no todos se infectaron a partir de entonces), pero... en las ciudades más grandes... una mayor proporción de la capacidad de los hospitales de aislamiento de la peste tenía que reservarse para los realmente enfermos... Cada vez que se encontraba a una persona infectada, ella y toda su familia eran trasladados al lazareto. Aunque el internamiento podría haber tenido un impacto positivo en las posibilidades individuales de supervivencia, la experiencia seguramente no se consideró muy deseable, especialmente para los más acomodados. Aunque los niveles de atención médica e higiene mantenidos en los lazzaretti italianos eran relativamente altos, el de Carmagnola era una estructura temporal, que carecía de las comodidades a las que estaban acostumbrados los ricos y que también presentaba crecientes problemas de calefacción a medida que avanzaba la temporada. Parece razonable concluir que la élite local trató de evitar el internamiento, utilizando su influencia económica y política para este fin. Esto parece haber resultado en una hospitalización relativamente tardía, lo que llevó a tasas de mortalidad más altas para ellos y sus familias</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Es decir, para los ricos, ir al lazareto aumentaba el riesgo de morir, pero para los pobres lo disminuía porque ambos grupos sociales se enfrentaban a probabilidades de muerte distintas <i>fuera </i>del lazareto (mayores en general para los pobres que para los ricos, de modo que la provisión pública de cuidados médicos redujo la diferencia en la mortalidad según el status socioeconómico SES)</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i> Encontramos que en el lazareto, los estratos más pobres experimentaron mejores posibilidades de supervivencia y los más ricos menores posibilidades de supervivencia en comparación con todos los demás. Esto contrasta con la conexión generalmente estable entre la pobreza y las epidemias a lo largo de la historia (con los pobres sufriendo más que otros), que se desprende con bastante claridad de la literatura histórico-epidemiológica. ... en Carmagnola, los pobres como grupo lograron escapar de su aparente destino de ser las principales víctimas. En una época y una zona caracterizadas por grandes desigualdades en el acceso a los recursos económicos (como el norte de Italia del siglo XVII... un factor importante... parece haber sido la disponibilidad de atención sanitaria de buena calidad, proporcionada de forma universal y gratuita por las instituciones públicas. Esto parece haber <b><span style="color: #3d85c6;">erosionado las posibles diferencias en la supervivencia por SES, </span></b>un proceso al que también contribuyeron los ricos, según nuestra hipótesis de que intentaron evitar la hospitalización y eso resultó contraproducente.</i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Finalmente, durante la peste de 1630, <b><span style="color: #3d85c6;">tratar de mejorar las condiciones de los pobres parece haber sido un medio para limitar los efectos de la pandemia en toda la sociedad.</span></b> A la misma conclusión se puede llegar aún más claramente si consideramos el caso del cólera: este gran susto pandémico del siglo XIX proporcionó el estímulo político crucial para mejorar significativamente las condiciones de vida de los residentes más pobres de las ciudades, con efectos duraderos en términos de un reequilibrio de los diferenciales de salud generales basados en el estatus. Al menos desde este punto de vista, solo podemos esperar que la historia se repita.</i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"><a href="https://doi.org/10.1080/00324728.2023.2197412" target="_blank">Alfani/Bonetti/Fochesato,</a> <i>Pandemics and socio-economic status. Evidence from the plague of 1630 in northern Italy</i>, 2024</span></b></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-1952746078404083142024-03-18T09:23:00.006+01:002024-03-18T09:23:37.555+01:00Los estereotipos funcionan para realizar inferencias correctas más que los estudios de los científicos sociales. <div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEggkrEkJDaoEa_C_YRP1lucvuGBUx0aabQUp92BKtob-EAqSTjthc3PialKVAgliVw15Ggwy7xnToq2QOdme4B5nOjoFXmogDkzOGHExIll5wVWTJKyJhkthfrj9QENpOH689cheSrKSemRkJ3US1cqpNol7W1RJyvkduVpLtEDfG2isp1Ce5EPKAWVFUM/s1329/-1x-1.png" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1329" data-original-width="882" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEggkrEkJDaoEa_C_YRP1lucvuGBUx0aabQUp92BKtob-EAqSTjthc3PialKVAgliVw15Ggwy7xnToq2QOdme4B5nOjoFXmogDkzOGHExIll5wVWTJKyJhkthfrj9QENpOH689cheSrKSemRkJ3US1cqpNol7W1RJyvkduVpLtEDfG2isp1Ce5EPKAWVFUM/w265-h400/-1x-1.png" width="265" /></a></div><br /><blockquote><p style="text-align: justify;"> <span style="font-family: inherit; text-align: justify;"><i>Sabemos que los seres humanos son máquinas de <a href="https://cnbguatemala.org/wiki/Ense%C3%B1anza_de_la_comprensi%C3%B3n_lectora/Fichas_de_estrategias_de_comprensi%C3%B3n_lectora/Establecer_inferencias#:~:text=La%20inferencia%20se%20usa%20para,para%20hacer%20conjeturas%20e%20hip%C3%B3tesis." target="_blank">hacer inferencias.</a> Con muy poca información, las personas <a href="https://www.semanticscholar.org/paper/Detecting-psychopathy-from-thin-slices-of-behavior.-Fowler-Lilienfeld/53b98d3319cf81c306baab52e716465736b6f9c1" target="_blank">pueden adivinar con tasas superiores al azar si alguien es un psicópata. </a>Con un videoclip de 10 segundos, las personas pueden adivinar si alguien es gay el 81 por ciento de las veces. Para muchos, "estereotipo" es una palabra prácticamente sinónima de "falso",<a href="https://nautil.us/why-did-a-major-paper-ignore-evidence-about-gender-stereotypes-237075/" target="_blank"> pero la precisión de los estereotipos es uno de los hallazgos más replicados en psicología.</a> Cuando no conoces bien a alguien, puedes inferir con precisión mucho simplemente sabiendo su etnia, sexo o país de origen... </i></span><span style="text-align: justify;"> </span> </p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="font-family: inherit; text-align: left;"><i><span _istranslated="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;">Para la mayoría de las características, parece que la genética es mucho </span><a _istranslated="1" href="https://mitpress.mit.edu/books/blueprint" rel="" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; text-decoration-line: none;">más importante</a><span _istranslated="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;"> que la educación o la crianza. Un gran </span><a _istranslated="1" href="https://books.google.com/books?id=sXy-DwAAQBAJ&pg=PT153&lpg=PT153&dq=%22when+both+risks+were+high,+the+rate+shot+up+to%22&source=bl&ots=DsASeu9fi9&sig=ACfU3U1jHWJTJwBjhwkqRhJsCvfR_F7tVw&hl=en&sa=X&ved=2ahUKEwizz96Yku_sAhXNK80KHYBlCg8Q6AEwAHoECAIQAg#v=onepage&q=%22when%20both%20risks%20were%20high%2C%20the%20rate%20shot%20up%20to%22&f=false" rel="" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; text-decoration-line: none;">estudio</a><span _istranslated="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;"> encontró que, para los niños adoptados, su tasa de criminalidad era del 12 por ciento si sus padres biológicos eran criminales pero sus padres adoptivos no eran criminales, pero solo del 6 por ciento si sus padres adoptivos eran criminales y sus padres biológicos no lo eran. Cuando ambos grupos de padres, biológicos y adoptivos, eran criminales, la tasa de criminalidad se disparó hasta el 40 por ciento. Hay un patrón similar cuando se trata de adicciones a las drogas o al alcohol. Si sabemos que Pete es un criminal con un problema de drogas, es mucho más probable que su padre Jack también tenga estos problemas...</span></i></span><span style="text-align: left;"> </span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i style="font-family: inherit; text-align: left;"><span _istranslated="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;">También </span><span _istranslated="1" _mstmutation="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; background-color: white; color: #404040;"> </span><a _istranslated="1" _mstmutation="1" href="https://www.google.com/books/edition/Early_Development_and_Leadership/5nasAgAAQBAJ?hl=en&gbpv=1&dq=leadership+adoption+study+heritability&pg=PA59&printsec=frontcover#v=snippet&q=%22heritability%20of%20leadership%22&f=false" rel="" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; background-color: white; text-decoration-line: none;">el liderazgo</a><span _istranslated="1" _mstmutation="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; background-color: white; color: #404040;">, como las demás características psicológicas, tiene probablemente un </span><a _istranslated="1" _mstmutation="1" href="http://www.people.virginia.edu/~ent3c/papers2/three_laws.pdf" rel="" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; background-color: white; text-decoration-line: none;">sustancial</a><span _istranslated="1" _mstmutation="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; background-color: white; color: #404040;"> componente genético y es quizá por eso que </span><span _msthash="1" _mstmutation="1" _msttexthash="163655388" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;"><span _istranslated="1" _mstmutation="1" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0;">se prestaba tanta atención a la paternidad de los hijos de los reyes. Un niño cuyo padre no fuera el rey tendría características menos predecibles. Esta también puede ser la razón por la que los </span></span><a _mstmutation="1" href="https://www.esquiremag.ph/the-good-life/pursuits/royal-bastards-a1866-20180317-lfrm2" rel="" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; text-decoration-line: none;">bastardos reales</a> <span _msthash="0" _mstmutation="1" _msttexthash="68990441" style="--tw-border-spacing-x: 0; --tw-border-spacing-y: 0; --tw-ring-color: rgb(59 130 246 / 0.5); --tw-ring-offset-color: #fff; --tw-ring-offset-shadow: 0 0 #0000; --tw-ring-offset-width: 0px; --tw-ring-shadow: 0 0 #0000; --tw-rotate: 0; --tw-scale-x: 1; --tw-scale-y: 1; --tw-scroll-snap-strictness: proximity; --tw-shadow-colored: 0 0 #0000; --tw-shadow: 0 0 #0000; --tw-skew-x: 0; --tw-skew-y: 0; --tw-translate-x: 0; --tw-translate-y: 0; color: #404040;">a menudo terminaban en posiciones políticas prominentes. A pesar de que eran formalmente ilegítimos, se consideraba que tendrían cualidades de liderazgo similares a las del padre que los engendró,</span></i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: large;"><b><a href="https://www.aporiamagazine.com/p/intuitive-behavioral-genetics?utm_source=post-email-title&publication_id=828904&post_id=142577357&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=false&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">Diana Fleischman </a>, Aporía Magazine</b></span></p></blockquote>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-73820955657677992462024-03-14T18:19:00.002+01:002024-03-14T18:19:17.717+01:00Derecho del prestamista a una compensación que cubra los intereses no percibidos porque el prestatario reembolse anticipadamente el capital prestado<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJ8eGk3c5LRt8j2GG1Fr3HdYF_3uso1ipLMazXYbNvz3gkJQaEdEfQDXlDn7m464W1Yhn0utnNbibIJyKfmoekKwnY51CRGVvFEaQoFsBX7nIKp4s_GAP1M4gONewFRzDiegXNmbxTk-B-rUeq-0BsJPDQifTeINHdg-l8AS5lfo321CbN7Ns5QXuRSSM/s1024/puerta-del-sol-para-web-1024x708%20urrabieta.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="708" data-original-width="1024" height="276" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiJ8eGk3c5LRt8j2GG1Fr3HdYF_3uso1ipLMazXYbNvz3gkJQaEdEfQDXlDn7m464W1Yhn0utnNbibIJyKfmoekKwnY51CRGVvFEaQoFsBX7nIKp4s_GAP1M4gONewFRzDiegXNmbxTk-B-rUeq-0BsJPDQifTeINHdg-l8AS5lfo321CbN7Ns5QXuRSSM/w400-h276/puerta-del-sol-para-web-1024x708%20urrabieta.jpg" width="400" /></a></div><div style="text-align: center;">Vicente Urrabieta</div><p style="text-align: justify;">Es la <a href="https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=283830&pageIndex=0&doclang=ES&mode=req&dir=&occ=first&part=1&cid=578170" target="_blank">sentencia del TJUE de 14 de marzo de 2024</a></p><p style="text-align: justify;">Aunque no lo parece, lo más relevante de esta sentencia es que considera contrario al Derecho europeo que el legislador nacional <b><span style="color: #3d85c6;">proteja ineficientemente al consumidor si las normas protectoras pueden provocar una reducción de la cantidad o calidad de la oferta disponible del producto o servicio </span></b>objeto de regulación por el Derecho europeo y con ello, perjudicar a los consumidores en general. </p><p style="text-align: justify;">La sentencia se ocupa del derecho del prestatario a reembolsar anticipadamente el capital que ha recibido. Si el consumidor, haciendo uso de su derecho, termina anticipada y unilateralmente el contrato de préstamo y devuelve el principal (reembolso anticipado), el prestamista tiene derecho a liquidar la relación exigiendo al prestatario el pago de una cantidad que compense tanto los gastos asociados al reembolso como, sobre todo, los intereses que habría percibido si el contrato hubiera tenido la duración pactada. El TJUE considera que <a href="https://www.boe.es/doue/2014/060/L00034-00085.pdf" target="_blank">el artículo 25.3 de la Directiva 2014/17 </a>demuestra que, en el cálculo de la compensación "<i>por los posibles costes directamente derivados del reembolso anticipado</i>" puede incluirse "<i>la... posible pérdida financiera </i><span style="text-align: left;"><i>que está ligada a los intereses que, por el reembolso anticipado, el prestamista ya no percibirá</i>" y no sólo los "costes administrativos" ligados al reembolso anticipado. </span></p><p style="text-align: justify;">El TJUE añade otros argumentos sistemáticos y en particular<a href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2008-80895" target="_blank"> el art. 16.4 de la Directiva 2008/48/CE</a>. Pero el más importante es que se trata de una cuestión que el legislador europeo dejó expresamente en manos de las legislaciones nacionales</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>46 una interpretación que excluyera la posibilidad de que los Estados miembros establecieran una compensación por el lucro cesante del prestamista en caso de reembolso anticipado sería contraria a la finalidad de la Directiva 2014/17. En efecto, el artículo 1 de dicha Directiva establece que esta se limita a establecer un marco común para regular ciertos aspectos de los contratos de crédito celebrados con consumidores en relación con bienes inmuebles de uso residencial y <b><span style="color: #3d85c6;">la penúltima frase de su considerando 66 precisa que el cálculo de la compensación debe efectuarse de conformidad con las normas nacionales de compensación.</span></b> Así pues, de los artículos 1 y 25, apartado 3, de la Directiva 2014/17, interpretados a la luz de su considerando 66, resulta que <b><span style="color: #3d85c6;">el legislador de la Unión dejó en manos de los Estados miembros la elección de los elementos admisibles de los costes, siempre que se trate de una compensación justa y objetivamente justificada por los posibles costes directamente derivados del reembolso anticipado del crédito, que no constituya una penalización y que no supere el importe de la pérdida financiera del prestamista</span></b>.</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Y dice algo que nuestro legislador progresista-nacional olvida frecuentemente: cuanto más protectora sea una legislación para una parte de un intercambio, más riesgo hay de que ese mercado desaparezca porque no haya, del otro lado, operadores dispuestos a celebrar los correspondientes contratos en los términos exigidos por el legislador. Los legisladores-progresistas se olvidan de que el mayor daño que causan esas normas es el que no se vé: todos los contratos que dejan de celebrarse. Lo vemos con los contratos de alquiler de viviendas cuando se empeora la posición de los arrendadores injustificadamente y lo podemos ver también cuando, como es el caso de la sentencia, el legislador concede, de un lado, un derecho al reembolso anticipado al prestatario pero no permite al prestamista, en tal caso, recibir una compensación por los intereses dejados de percibir como consecuencia de la terminación anticipada del contrato. Si tal es el régimen legal, el prestamista se protegerá elevando el tipo de interés que exige a cualquier prestatario, lo que reducirá necesariamente la demanda de crédito y pondrá en una posición peor a los prestamistas nacionales respecto de los de otros países cuyas reglas sobre reembolso anticipado no sean tan 'progresistas'. Así lo dice expresamente el TJUE</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>(Ante)... un régimen que no autorice a los prestamistas a ser compensados por la pérdida de los intereses contractuales que habría seguido devengando el préstamo, <b><span style="color: #3d85c6;">es imaginable que estos opten por estrategias con efectos potencialmente indeseados sobre los objetivos de la Directiva 2014/17, como la limitación de la gama de productos de crédito en oferta o el cobro de intereses más altos al conjunto de los consumidores</span></b>.</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Este razonamiento deberían aplicárselo los que elaboran leyes como la de la vivienda. Porque lo que dice el TJUE es que el afán de proteger a los actuales prestatarios - a los que ya tienen un préstamo - puede llevar a perjudicar a los futuros prestatarios. Y hacer algo así, viene a decir el TJUE, es contrario al Derecho europeo. Por esta razón, el TJUE concluye: </p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>48 ... el artículo 25, apartado 3, primera frase, de la Directiva 2014/17 debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional que, en aras de la compensación al prestamista en caso de reembolso anticipado de un crédito al consumo para bienes inmuebles de uso residencial, <b><span style="color: #3d85c6;">tiene en cuenta el lucro cesante soportado por el prestamista que se derive directamente de dicho reembolso anticipado y, en particular, la pérdida financiera sufrida por dicho prestamista, en su caso ligada a los intereses que quedaran por devengar y que ya no se percibirán,</span></b> con la condición de que se trate de una compensación justa y objetiva, de que no se imponga penalización alguna al consumidor y de que la compensación no supere dicha pérdida financiera.</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Pero si el prestamista puede recuperar todos los intereses que quedaran por devengar y que ya no se percibirán ¿de qué sirve el derecho al reembolso anticipado? De mucho. Porque esa "compensación" sólo puede cubrir los intereses realmente dejados de percibir por el dinero prestado. Se supone que el prestamista que recibe el capital antes de lo pactado puede volver a prestar - o invertir de cualquier forma - esas cantidades de manera que se enriquecería injustamente (no se trataría de una "compensación justa y objetiva") si pretendiera que la compensación cubriera todos los intereses que habría cobrado si el préstamo no se hubiera reembolsado anticipadamente. Así, la determinación de lo que constituye una "compensación justa y objetiva" es objeto de la segunda cuestión prejudicial. En concreto, el tribunal alemán pregunta si es conforme con la Directiva que (como dice el Derecho alemán), </p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>el prestamista calcule ese lucro cesante tomando en consideración la diferencia entre la pérdida de los intereses contractuales que habría seguido devengando el préstamo y <span style="color: #3d85c6;"><b>el rendimiento a tanto alzado del importe reembolsado anticipadamente si este se reinvirtiera en el mercado de capitales en valores seguros con un vencimiento coherente con el del préstamo</b>.</span></i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">El TJUE no se pronuncia sobre si esa forma de calcular la compensación es conforme o no con la directiva porque ésta sólo exige, como ha dicho, que la compensación sea "justa y objetiva" y no suponga imponer una pena contractual al consumidor por ejercer su derecho. De manera que el TJUE se niega a pronunciarse sobre el uso de la "discrecionalidad" que la Directiva atribuye al legislador alemán y dice simplemente que "<i>pueden existir varios métodos para calcular la compensación por reembolso anticipado</i>"; que la "<i>Directiva no contiene ninguna otra indicación concreta sobre el cálculo de la posible compensación, dejando así a la discreción de los Estados miembros los detalles de ese cálculo</i>"; que sería conforme con la Directiva que el legislador nacional - como hace el alemán - incluya un parámetro hipotético ("<i>el rendimiento... del importe reembolsado anticipadamente si... se reinvirtiera en el mercado de capitales en valores seguros</i>") y, en fin, que toca al juez nacional examinar que tal forma de cálculo de la compensación es justo y objetivo.</p><p style="text-align: justify;">De la sentencia se deduce que la muy detallada regulación española - <a href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2019-3814&p=20231228&tn=1#ar-23" target="_blank">art. 23 Ley 5/2019</a> - es conforme con la Directiva.</p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-16897403121902507742024-03-13T18:31:00.001+01:002024-03-13T18:31:59.675+01:00Michael Tomasello: la evolución de la agencia en los seres vivos (III): simios y humanos<p> </p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjiltVX2rFa98mgSmrFl8oCoqVihv1oM5RZ5Bq_yT9Id9oHmhPzsDpASjrSpEiNtgp0TjXXVGvuuTFoeb7k6qbKBqK1xL7m0mDoHOtqsu9OHZtwCqgs2cVVqedwyfO8b_zUUVZKKRMkaN8fMMqrm1MHd0EuHLswruc_TQyr3axOIS2Jfq592XWNyF2vafU/s400/The_Unincorporated_Man%20(1).jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="400" data-original-width="259" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjiltVX2rFa98mgSmrFl8oCoqVihv1oM5RZ5Bq_yT9Id9oHmhPzsDpASjrSpEiNtgp0TjXXVGvuuTFoeb7k6qbKBqK1xL7m0mDoHOtqsu9OHZtwCqgs2cVVqedwyfO8b_zUUVZKKRMkaN8fMMqrm1MHd0EuHLswruc_TQyr3axOIS2Jfq592XWNyF2vafU/s320/The_Unincorporated_Man%20(1).jpg" width="207" /></a></div><br /><p></p><h2><span _msthash="3" _msttexthash="78689" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA;"><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: medium;"><i>Simios</i></span><o:p></o:p></span></h2><p class="MsoNormal">Tienen una agencia individual muy superior al de los mamíferos en general </p><blockquote><p _msthash="6" _msttexthash="212581642" class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><i>Los grandes simios toman decisiones individuales de manera distinta, dependiendo tanto del contexto como de su estado interno. Por ejemplo, en términos de estado interno, los chimpancés en la naturaleza<b><span style="color: #3d85c6;"> se involucran más frecuentemente en la actividad de alto riesgo de cazar monos cuando hay abundancia de recursos vegetales y frutales disponibles. Esto presumiblemente les permite tener opciones alternativas en caso de que la caza falle.</span></b> Así, los grandes simios toman decisiones que son sensibles tanto al contexto como al estado interno, ejerciendo de esta manera su agencia individual.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="6" _msttexthash="212581642" class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Pero quizás la mayor diferencia en la toma de decisiones entre mamíferos y grandes simios reside en cómo los individuos monitorean y gestionan su incertidumbre. Las ratas, por ejemplo, pueden optar por evitar una opción incierta con una gran recompensa potencial y elegir una alternativa más segura con una recompensa menor. Los simios también hacen esto; sin embargo, no solo supervisan su incertidumbre de manera ejecutiva, sino que también reflexionan y controlan el proceso de toma de decisiones en sí. <b><span style="color: #3d85c6;">Intentan identificar la causa de su incertidumbre y actuar al respecto si es posible... metacognición...</span></b> diagnostican que les falta información y luego determinan cómo mitigar su ignorancia. Buscar información para facilitar una toma de decisiones más informada implica no solo que los grandes simios están monitoreando y controlando reflexivamente el proceso, sino también que están ejerciendo <b><span style="color: #3d85c6;">un tipo de racionalidad computacional, </span></b>ya que deben decidir si la información potencialmente disponible justifica el esfuerzo requerido para obtenerla."</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="6" _msttexthash="212581642" class="MsoNormal" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Los simios son agentes racionales. Planifican metas futuras que actualmente no están experimentando; realizan inferencias lógicamente estructuradas basadas en una comprensión de las relaciones causales e intencionales externas que explican el porqué de los acontecimientos; son autocríticos con sus propios procesos de toma de decisiones, analizando causalmente problemas o conflictos e interviniendo para resolverlos; y demuestran notables habilidades de control inhibitorio y resolución de conflictos de objetivos durante la etapa de ejecución de la acción. Para ello, requieren de procesos ejecutivos más avanzados y mejorados en comparación con los mamíferos en general.</i></span></p></blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="208068146" class="MsoNormal"> </p><h2><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: medium; mso-bidi-language: AR-SA;"><i>Los humanos<o:p></o:p></i></span></h2><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;">La psicología humana es semejante a la de los grandes simios – agentes racionales – solo que <b><span style="color: #3d85c6;">la integración de cada individuo humano en el grupo del que forma parte es mucho más intensa que la de los individuos de las especies de grandes simios. </span></b>Los grupos humanos son organizaciones mucho más integradas que los grupos de grandes simios. <span style="text-align: left;">Dice Tomasello, p 91</span></p><p class="MsoNormal" style="text-align: justify;"></p><blockquote style="text-align: justify;"><a name="_Hlk140930490" style="text-align: left;"><i>Durante los últimos tres mil millones de años de vida en el planeta, se han producido un puñado de transiciones importantes en la organización de las formas de vida, por ejemplo, la aparición de cromosomas, la aparición de organismos multicelulares y la aparición de la reproducción sexual. En cada caso, la transición se produjo de la misma manera básica: <b><span style="color: #3d85c6;">entidades previamente independientes se unieron para actuar como una sola unidad...</span> </b>La aparición de los humanos y su dominio de otros mamíferos se ajustan a este mismo patrón general:<b><span style="color: #3d85c6;"> los individuos se unieron para formar agentes sociales, sistemas sociales de control de retroalimentación, que podrían perseguir objetivos compartidos que ningún individuo podría alcanzar por sí solo</span></b>.</i></a></blockquote><p></p><i><span style="mso-bookmark: _Hlk140930490;"></span></i><p class="MsoNormal">¿Cómo se desarrolló la psicología humana a partir de la común con los grandes simios? (p 91 ss.)</p><h2><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: medium; mso-bidi-language: AR-SA;"><i>Coordinación a través de la reciprocidad y coordinación a través de reglas culturales</i></span> </h2><p class="MsoNormal"><span _msthash="9" _mstmutation="1" _msttexthash="644548203"></span></p><blockquote style="text-align: justify;"><span _msthash="9" _mstmutation="1" _msttexthash="644548203"><span _istranslated="1" _mstmutation="1" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA;"><i>El paso inicial fue que los primeros individuos humanos (antes de la aparición del Homo sapiens) llegaran a colaborar entre sí en interacciones cara a cara para perseguir objetivos cooperativos, especialmente en el contexto de la búsqueda de alimento. <b _istranslated="1"><span style="color: #3d85c6;">Los primeros individuos humanos formaron con otros individuos una agencia conjunta (actuación conjunta, acción colectiva, actuación de varios como si fueran uno)</span></b>.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><span _msthash="9" _mstmutation="1" _msttexthash="644548203"><span _istranslated="1" _mstmutation="1" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA;"><i>El segundo paso fue que los humanos modernos (primeros Homo sapiens sapiens, antes de la agricultura y la civilización) llegaron a formar <b _istranslated="1"><span style="color: #3d85c6;">grupos culturales distintos</span></b>, cada uno persiguiendo sus propios objetivos colectivos con sus propias prácticas culturales. Los individuos humanos modernos formaron, con otros en su grupo cultural, <b _istranslated="1"><span style="color: #3d85c6;">una agencia colectiva. </span></b>Ambas son verdaderas agencias porque, en ambos casos se trata de una nueva forma de autorregulación socialmente constituida -la autorregulación normativa- que <b><span style="color: #3d85c6;">obliga a los individuos a dirigir y controlar sus acciones no sólo individualmente, sino también a comportarse con los estándares normativos de la agencia compartida en la que participan</span></b>. </i></span></span></blockquote><span _msthash="9" _mstmutation="1" _msttexthash="644548203"><span _istranslated="1" _mstmutation="1" style="color: #3d85c6; font-size: medium; mso-bidi-language: AR-SA;"><b><i><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/01/de-las-coaliciones-asesinas-de-machos.html" target="_blank">Los individuos que actúan en agencias compartidas son agentes socialmente normativos</a>.</i></b></span></span><p></p><p class="MsoNormal"></p><blockquote style="text-align: justify;"><span _msthash="10" _msttexthash="210126995" style="mso-bidi-language: AR-SA;"><i>Por ejemplo: los grandes simios buscan alimentos en compañía de otros pero actúan individualmente: “cada individuo intenta capturar el mono – en el caso de los chimpancés – para sí mismo y, al hacerlo, tiene en cuenta tanto las acciones del mono como las acciones probables de los demás chimpancés. <b><span style="color: #3d85c6;">Desde un punto de vista psicológico, cada individuo usa a los demás compañeros de caza como ‘herramientas sociales’ para sus propios fines</span></b>.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><i><span style="mso-bidi-language: AR-SA; text-align: left;">Los humanos, por el contrario,… hace un millón de años… comenzaron a cazar cooperativamente. </span></i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><i><span _msthash="11" _msttexthash="1798648475" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA; text-align: left;">Este período estuvo marcado por una gran expansión de los monos terrestres, como los babuinos, que<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2018/03/la-expulsion-del-paraiso-nos-hizo.html" target="_blank"> podrían haber derrotado a los humanos apoderándose de su alimentos</a> - frutos y vegetación - empujándolos a un nuevo nicho de forrajeo.</span></i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><i><span _msthash="11" _msttexthash="1798648475" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA; text-align: left;">La cosa pudo comenzar con o podría haber sido la carroña, esto es, la recolección de carne de los cadáveres, lo que probablemente habría requerido una especie de coalición de individuos para ahuyentar a otros animales interesados en la misma comida. Pero en algún momento, los primeros humanos comenzaron a colaborar más activamente en la caza mayor y en la obtención de algunos alimentos vegetales, por lo general en actividades cooperativas mutualistas del tipo de los juegos 'caza del ciervo' en las que ambos individuos podían esperar beneficiarse de la colaboración si de alguna manera lograban coordinar sus esfuerzos.</span></i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><i><span _msthash="11" _msttexthash="1798648475" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA; text-align: left;">A medida que los primeros humanos comenzaron a obtener la mayor parte de su comida a través de dicha colaboración, se convirtió en una obligación, de modo que los individuos se volvieron dependientes unos de otros, interdependientes, de maneras especialmente inmediatas y urgentes.</span></i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><i><span _msthash="11" _msttexthash="1798648475" lang="EN-US" style="mso-ansi-language: EN-US; mso-bidi-language: AR-SA; text-align: left;">Otra dimensión de esta interdependencia fue la elección de compañero para desarrollar actividades cooperativas. Los individuos poco dotados para o poco dispuestos a cooperar, por ejemplo, porque no podían comunicarse de manera efectiva, no eran elegidas como compañeros. Del mismo modo, los individuos que no estaban motivados para cooperar -por ejemplo, que eran egoístas y trataban de acaparar todo el alimento capturado - también eran rechazados como compañeros. El resultado fue que hubo una selección social extremadamente fuerte que benefició a los individuos cooperativamente competentes y motivados. Los primeros humanos <span style="color: #3d85c6;"><b _istranslated="1">adaptaron sus habilidades de agencia racional de los grandes simios a los desafíos de la búsqueda colaborativa de alimentos</b>. </span>mediante el desarrollo de la capacidad de formar una agencia conjunta con un socio racional. Esto requirió tres conjuntos de adaptaciones que no poseían los grandes simios...</span></i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><h2 style="background-color: white; margin: 0px; position: relative; text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: large;">Michael Tomasello, <i>The Evolution of Agency</i>, 2022</span></h2><div><br /></div>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-66886761911384512402024-03-13T17:09:00.005+01:002024-03-13T18:12:32.708+01:00Historia del Derecho Europeo de Paolo Grossi (i)<p><span style="text-align: justify;"></span></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><span style="text-align: justify;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgH9r2Awnaugzt-fTuuyZxFwSb2C7eZT8AegWhDTj2dftvTqWK4vk8IWZ9lkT_OFG2ycP_7y00N-YmQvaPoDLplo8oZFjXNP57XYwyy5cnDcEmqpAt_GMBadFkDppkE6r8gUJ_h-afDcbXsQ4owODd0bEJxPxpU3bJjjKWpD5gFFmPbKR71_9h0e2X-b0c/s863/jj.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="863" data-original-width="580" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgH9r2Awnaugzt-fTuuyZxFwSb2C7eZT8AegWhDTj2dftvTqWK4vk8IWZ9lkT_OFG2ycP_7y00N-YmQvaPoDLplo8oZFjXNP57XYwyy5cnDcEmqpAt_GMBadFkDppkE6r8gUJ_h-afDcbXsQ4owODd0bEJxPxpU3bJjjKWpD5gFFmPbKR71_9h0e2X-b0c/s320/jj.jpg" width="215" /></a></span></div><span style="text-align: justify;"><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">2010 traducción de la edición italiana, 2007. </div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><br /></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;">Hay autores a los que se entiende mejor cuando los traducen a una lengua más sobria. Eso ocurre con Paolo Grossi pero también, por ejemplo, con <a href="https://www.hup.harvard.edu/books/9780674047334" target="_blank">Aldo Schiavone</a>. Sus trabajos están redactados, para mi gusto, demasiado literariamente. Sus textos son barrocos y, a menudo, cursis. La misma idea se expresa de tres o cuatro formas diferentes y el mismo concepto se cualifica con dos o cinco adjetivos (<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2021/03/el-principio-mayoritario-50-anos.html" target="_blank">Unanimitas es insufrible de leer</a>) Pero Paolo Grossi era uno de los grandes, de una extraordinaria inteligencia y cultura y sus intuiciones y elaboraciones sobre el Derecho y la historia del pensamiento jurídico son de primer nivel. Leer esta "Historia del Derecho Europeo" es un placer. Grossi consigue contar una historia iluminadora a partir de unas pocas ideas que, el lector conviene, tienen una gran potencia explicativa. </div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><br /></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El Derecho en la Edad Media Europeo-occidental: el protagonismo de la comunidad (de las asociaciones basadas en el parentesco y de las de adhesión voluntaria) por la incapacidad del poder político para garantizar la seguridad física de los individuos. Sus efectos sobre la participación de los individuos en la vida social de acuerdo con su status.</span></i></b></div><blockquote><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><i>Este mundo altomedieval, poblado por muy pocos habitantes, marcado por un perenne desorden político y social, carcomido por las constantes punzadas del hambre, dominado por una naturaleza indómita y afligido... por una profunda falta de fe en la colectividad, no podía dejar de tener un profundo efecto.. sobre la posición y el papel de la humanidad en el mundo físico e histórico. Se observa, por tanto, <b><span style="color: #3d85c6;">la falta de autosuficiencia del individuo medieval y su imperfección natural, su necesidad de enterrarse en el seno de una comunidad hospitalaria y protectora. </span></b>En una realidad social confusa y conflictiva, que carece de la seguridad de un poder político completo, <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/10/citas-la-continuidad-entre-roma-y-la.html" target="_blank">el individuo no tiene medios para existir pacíficamente.</a></i><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/10/citas-la-continuidad-entre-roma-y-la.html" target="_blank"> </a></div></blockquote><blockquote><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><i>La incompletitud del poder trae consigo dos consecuencias que están estrechamente relacionadas entre sí. El primero es <b><span style="color: #3d85c6;">la proliferación de intermediarios sociales</span></b>, grupos comunitarios... Los intermediarios sociales funcionan como refugios que permiten al sujeto individual prosperar y <b><span style="color: #3d85c6;">disfrutar al menos de una medida de representación</span></b>.</i> </div></blockquote><blockquote><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><i><b><span style="color: #3d85c6;">Suponiendo que sobreviva, el individuo sobrevive como un socius ('miembro' de una sociedad), no como un singulus ('individuo'); Es parte de una comunidad y no un ser solitario, indefenso y frágil...</span></b></i> </div></blockquote><blockquote><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><i>Las comunidades de las que formaba parte el individuo medieval eran muy variadas: desde núcleos de unas pocas familias, hasta casas nobles, pasando por gremios, que podían ser religiosos, benéficos, profesionales o micropolíticos. La realidad sociopolítica de la Edad Media estaba compuesta por un complejo de comunidades extremadamente fragmentado, una sociedad formada por sociedades. <b><span style="color: #3d85c6;">Esta estructura sería duradera y, de hecho, seguiría prosperando en vísperas de la Revolución Francesa</span></b>.</i></div></blockquote></span><div><p _msthash="1" _msttexthash="322051444" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La Iglesia como confesión religiosa dominada por la idea de una comunidad de salvados: no hay salvación individual: extra Ecclesiam nulla salus.</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="322051444" style="text-align: justify;"><i>y por una visión de salvación eterna que era problemática para un creyente individual llegar de forma aislada, pero más permeable a una comunidad poseída de materiales sacramentales eficaces, una situación que no puede sino haber contribuido a la concepción tenaz del individuo como incompleto y, por lo tanto, estructuralmente frágil. Los sacramentos mismos nos muestran la distinción entre la Edad Media y la modernidad:</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="322051444" style="text-align: justify;"><i>la cosmovisión comunitarista medieval (<b><span style="color: #3d85c6;">extra Ecclesiam nulla salus,</span></b> 'no hay salvación fuera de la Iglesia') será reemplazada por la sacralización del diálogo directo entre creyente y deidad. Este cambio es el sello distintivo de la Reforma Protestante moderna por excelencia.</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La explotación de la tierra, el parentesco y la eficacia jurídica del paso del tiempo como las instituciones jurídicas básicas</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>Tres hechos en particular juegan un papel determinante en la concepción del nuevo orden jurídico: la Tierra, la sangre y el tiempo. La Tierra... es productiva y proporciona subsistencia. La sangre une indivisiblemente a los sujetos humanos y difunde entre ellos su herencia de virtud y riqueza por medios que no pueden ser comunicados externamente. El tiempo es duración, pero también es <b><span style="color: #3d85c6;">el martilleo de meses y de años que crea, extingue y altera.</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>Estos tres hechos primordiales... <b><span style="color: #3d85c6;">reducen la contribución del individuo y elevan a la naturaleza y al grupo a la categoría de protagonistas.</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>La Tierra es el recurso al que el hombre medieval puede recurrir para evitar el hambre mediante el cultivo y la producción...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>pero estos procesos los lleva a cabo el grupo, no los individuos ya sean familias o unidades más grandes. Estos grupos se suceden en el tiempo como tales grupos... porque sólo colectivamente la humanidad puede esperar el éxito. La sangre se entiende como un precioso significante de identidad en un círculo cada vez más amplio de lealtades que comienza con la familia y termina con la natio ('raza', 'clan'), un grupo mayor de individuos que descienden de un solo tronco para formar un solo pueblo.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>El tiempo se entiende como una duración continua y, como tal, sólo puede manifestarse en la sucesión de las generaciones; Por lo tanto, e<b><span style="color: #3d85c6;">l individuo se borra cuando se convierte en un mero punto en una línea. </span></b>Al igual que la memoria, el tiempo en la Edad Media es mejor concebido por la colectividad...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="1887000830" style="text-align: justify;"><i>... todos enfatizan la incompletitud del individuo con respecto a la completitud de la comunidad. Sangre compartida significa derechos compartidos; Sangre diferente significa una división absoluta bajo la ley. De este modo, <b><span style="color: #3d85c6;">la ley queda reducida a un accesorio del nacimiento. </span></b>El principio que está en juego aquí es lo que los historiadores del derecho denominan personalidad jurídica: la personalidad ante la ley.</i></p></blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="1027729326" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El protagonismo de la costumbre como fuente del Derecho</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="1027729326" style="text-align: justify;"><i>¿Qué es la costumbre? Una imagen explicativa simple pero útil es la de un camino que atraviesa un bosque. <a href="https://www.espoesia.com/poesia/antonio-machado/caminante-no-hay-camino-antonio-machado/" target="_blank">El camino no existe hasta que un sujeto emprendedor da los primeros pasos en una determinada dirección</a>; luego, es seguido por una multitud de imitadores, todos convencidos de que la suya es la forma más rápida de cruzar el bosque. Por lo tanto, el camino no es más que una serie de pasos, repetidos constantemente a lo largo del tiempo. Lo mismo ocurre en la formación de la costumbre, que es <b><span style="color: #3d85c6;">una acción que se repite a lo largo del tiempo en el contexto de una comunidad, ya sea pequeña o grande</span></b>. La acción se repite <b><span style="color: #3d85c6;"><a href="https://almacendederecho.org/introduccion-al-derecho" target="_blank">porque los miembros de esa comunidad perciben algún valor positivo en ella</a></span></b>. Y, por lo tanto, los filósofos tienen razón al definirla como una acción normativa: una acción que, por alguna cualidad peculiar, comienza a repetirse durante un largo período de tiempo<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2020/11/el-concepto-de-derecho-segun-paolo.html" target="_blank"> y se convierte en la norma</a>. costumbre... <a href="https://almacendederecho.org/introduccion-al-derecho" target="_blank">expresa la identidad de un grupo</a>, de una colectividad, generalmente pequeña en el momento en que se forma la costumbre, pero que puede ampliarse mucho con el paso del tiempo. Debido a sus tendencias naturales de localización, <b><span style="color: #3d85c6;">la costumbre es uno de los factores de la territorialización de la ley...</span></b> La costumbre constituye las diversas comunidades sociopolíticas de la Edad Media, dando a cada una estabilidad y su propia forma individual.</i></p></blockquote><p _msthash="2" _msttexthash="16460665" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Los príncipes no son los productores de la ley... El rasgo que define a un príncipe... es aequitas ('justicia'). Un príncipe es un príncipe por su capacidad de impartir justicia, de ahí que la ley se defina como producto de la razón, no de la voluntad del príncipe</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="49375001" style="text-align: justify;"><i>El protagonista de la experiencia medieval del derecho no es, por tanto, el legislador ni el erudito, sino el notario: <b><span style="color: #3d85c6;">el área de los contratos agrícolas</span></b>, que eran documentos de la más alta importancia para los medievales... </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="49375001" style="text-align: justify;"><i>El príncipe debe impartir justicia, y específicamente debe impartir una forma de justicia modelada en el mundo de la naturaleza y de las cosas. En su lectura e interpretación del mundo natural, el príncipe puede estar seguro de dos cosas: encontrará allí las instrucciones para administrar una justicia verdaderamente equitativa; y podrá descubrir la ley, que las costumbres han filtrado del mundo natural con el paso del tiempo... Sin embargo, en realidad, (se trata de)... una constitución formada a partir de costumbres que el príncipe no creó ni promulgó y que, además, <b><span style="color: #3d85c6;">incluye al príncipe mismo bajo su jurisdicción tanto como al más humilde de sus súbditos...</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span><i>La vida cotidiana de los ciudadanos en tiempo de paz sigue estando regulada por el antiguo marco de las costumbres, mientras que el rey es ante todo el "guardián de las costumbres"...venerabilior est vetustas: lo antiguo merece un respeto mayor</i></p></blockquote><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="49375001" style="text-align: justify;"><i>El príncipe no es la voluntad suprema que goza de un poder arbitrario sobre sus súbditos, sino más bien un actor de atención a la naturaleza, el gran texto en el que están escritas las lecciones de justicia. Por eso el mismo Santo Tomás, en su definición de lex ('ley'), la identifica como <b><span style="color: #3d85c6;">un producto de la razón y del pensamiento:</span></b> la ley no se utiliza para proyectar una voluntad despótica sobre una comunidad de súbditos, sino para mantener esa comunidad en orden (es una 'estructura razonada dirigida hacia el bien común').</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><p><i style="text-align: justify;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La sustitución de la propiedad romana por la posesión, el uso y explotación de la tierra</span></b></i></p><blockquote><p _msthash="5" _msttexthash="289060616" style="text-align: justify;"><i>La civilización romana... se fundó sobre el ideal de la propiedad privada individual. </i><i>La... la propiedad privada excedió el ámbito... económico y adquirió... importancia política. El término legal romano para los llamados derechos de propiedad real, es decir, los derechos de las personas a poseer res ('cosas'), es <b><span style="color: #3d85c6;">dominium</span></b>. Dominium describe un derecho de propiedad que <b><span style="color: #3d85c6;">vincula fuertemente una cosa a su dueño</span></b>; La independencia y la libertad del propietario para disfrutar de su propiedad son respetadas y salvaguardadas por la ley, que garantiza sus derechos potestativos («discrecionales») sobre el objeto en cuestión...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="5" _msttexthash="289060616" style="text-align: justify;"><i>todo este marco legal fue abandonado por la nueva cultura reicéntrica de la Edad Media... hechos como el uso, el disfrute, el comercio, o incluso <b><span style="color: #3d85c6;">el simple hecho material de la proximidad física con un objeto...</span></b> ocupan su propio lugar y significado a los ojos de la ley. Esto ocurre especialmente <b><span style="color: #3d85c6;">una vez que el paso del tiempo ha hecho eficaces estas situaciones de hecho</span></b>... la constitución medieval no se ocupa tanto de la validez... como de la eficacia</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El Derecho medieval es derecho agrario, no derecho civil o de los cives</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="7" _msttexthash="1201859945" style="text-align: justify;"><i>El derecho romano es ante todo un derecho civil y, por lo tanto, se basa en partes abstractas: el civis ('ciudadano'). El derecho medieval temprano, por su parte, es predominantemente un derecho agrario: se basa en ... el cultivo y la producción y en las partes jurídicas que se supone que son cultivadores, criadores, leñadores o similares. El derecho medieval... busca maximizar las cosechas en cuya consecución pueden sacrificarse cualesquiera otros objetivos o derechos como los títulos de propiedad... privilegia... la explotación efectiva de la tierra... Muchos poseedores de tierras ajenas... obtienen un estatus de cuasipropiedad gracias a una erosión... continua de los derechos de propiedad formales</i><i>... Interpretaron los textos romanos con tal audacia... que desarrollaron dos formas distintas de derecho de propiedad a partir del concepto único de dominium. De este modo, el uso práctico de los bienes fue reconocido como dominium utile («propiedad por el uso»), dando lugar a la <a href="https://www.tdx.cat/bitstream/handle/10803/405309/gig1de1.pdf?sequence=1" target="_blank">teoría de la propiedad divisible</a>, que persistió hasta la Revolución Francesa.</i></p></blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="19637397" style="text-align: justify;"><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El Derecho canónico: origen y coexistencia con el Derecho feudal y la formación del ius commune</span></b></i></p><blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="19637397" style="text-align: justify;"><i>El creyente individual necesitaba una estructura... en la cual encontrar su lugar lo que exige un sistema de leyes para gobernar a la comunidad cristiana.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="19637397" style="text-align: justify;"><i>... El concepto medieval de persona combina al ciudadano y al creyente para hacer un sujeto político que se rige igualmente legítimamente por las leyes de la religión hegemónica: el derecho canónico. Un jurista moderno consideraría esto como un conjunto de leyes que pertenecen a una organización distinta del Estado, con su propia existencia independiente de cualquier Estado o grupo de Estados. Pero en la Edad Media tal distinción es impensable, ya que<b><span style="color: #3d85c6;"> la ley de la Iglesia Romana complementa la del antiguo imperio, proporcionando un... segundo pilar de validez.</span></b> El jurista es, pues, el intérprete no sólo del Corpus iuris civilis, sino también del derecho canónico.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="19637397" style="text-align: justify;"><i>La fuente en la que aparece el derecho canónico de este período es la decretal. Decretal es un adjetivo, que significa decisivo, que presupone el sustantivo carta (epistola decretalis, 'carta que contiene una resolución o decisión'), y significa la respuesta dada por el Papa a una petición de aclaración definitiva de un punto dudoso del derecho canónico...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><p _msthash="2" _msttexthash="3111381" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Feudalismo: personas unidas por lazos mutuos de protección y lealtad.</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="225036175" style="text-align: justify;"><i>El poseedor de tierras tiene acceso a la única fuerza decisiva en la Edad Media y, en un proceso muy lento, va acumulando los cargos de juez, comandante militar y recaudador de impuestos en sus propias tierras... las divisiones entre lo privado y lo público se borran por completo... Surgieron los territorios feudales... con el resultado de que ciertos poderes públicos (conocidos como honores) venían con el suelo y los que adquirían la propiedad de la tierra adquirían con ella los poderes... Estas reglas se aplicaban a ciertos asuntos y en ciertas regiones, por lo que fueron adquiriendo las características de un cuerpo de derecho autónomo que podríamos llamar derecho feudal. Esta autonomía se consolidó con la creación de tribunales especiales para resolver las disputas relativas a las personas de esas tierras o a las tierras mismas.</i></p></blockquote></div>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-78691441489396827232024-03-13T13:23:00.013+01:002024-03-13T18:26:58.657+01:00La conjura contra España (LXI): a Lola Pons no le gustan sus alumnas<p align="justify"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0SQnlyi3q_J0hGqc-dnp13gmzEG0MChXcDlYhcNztesQRt7KkYoGM1hAn7mS0kcqdM_fYseXjYjhAztJnL-pnU4dt1zz96yY__bIw6dgencvV2vfloQdwKbF4Dib63WSeQYxNaMstx30uYKRnDaiWrc_WiyFat2xxjE0lsxHAsiN95_XKi-rX7u-eB84/s1920/thumbnail_IMG_1806.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1440" data-original-width="1920" height="300" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEi0SQnlyi3q_J0hGqc-dnp13gmzEG0MChXcDlYhcNztesQRt7KkYoGM1hAn7mS0kcqdM_fYseXjYjhAztJnL-pnU4dt1zz96yY__bIw6dgencvV2vfloQdwKbF4Dib63WSeQYxNaMstx30uYKRnDaiWrc_WiyFat2xxjE0lsxHAsiN95_XKi-rX7u-eB84/w400-h300/thumbnail_IMG_1806.jpg" width="400" /></a></div><p></p><p style="text-align: justify;"><a href="https://www.elconfidencial.com/espana/2024-03-13/lucia-daniel-experimento-profesores-espanoles_3847466/" style="text-align: left;">Hector García Barnés</a><span style="text-align: left;"> es uno de los cientos de periodistas esforzados (se ‘curran’ lo que escriben) que, lamentablemente, no estudiaron STEM y siguen creyendo en explicaciones causales literarias – retóricas, míticas – de los fenómenos sociales de los que se ocupan en sus crónicas. La última de éstas se refiere a los estereotipos en los maestros. Los maestros tienden a poner notas más altas a las chicas, a los alumnos que proceden de entornos culturales más elevados y a los inmigrantes. Hasta ahí, nada que objetar. Es otra forma de decir que somos humanos y que los maestros son humanos. Cualquier antropólogo o psicólogo evolucionista explicaría, por ejemplo, que la tendencia a proteger a las mujeres está incrustada en los varones y en las propias mujeres y que también lo está la tendencia a ayudar al que se percibe como más necesitado (sobre todo si puede hacerse sin coste significativo para el que presta la ayuda), por la intensa interdependencia de unos humanos respecto de otros en toda la historia evolutiva de nuestra especie.</span></p><p align="justify">Donde hay más objeciones es en deducir, sin pruebas, <strong><font color="#4f81bd">que los estereotipos causan daños reales, efectivos a los sujetos que los sufren</font></strong>. Así, por ejemplo, Barnés dice, en un momento que los estereotipos de los profesores respecto de sus alumnos – esos que les llevan a poner notas más altas a las chicas, a los inmigrantes o a los estudiantes de entornos más cultivados – son sorprendentes:</p><blockquote><p align="justify"><em>los docentes favorecen a las chicas y los estudiantes de alto capital cultural a la hora de evaluar sus trabajos, pero que discriminan a los chicos, los inmigrantes y los estudiantes de clase baja a largo plazo, generando un posible efecto pigmalión:<span style="color: #3d85c6;"> <b>no confían en que vayan a llegar muy lejos</b>.</span></em></p></blockquote><blockquote><p align="justify"><em>… el experimento muestra que la confianza a largo plazo hacia los estudiantes de origen migrante, de clase trabajadora o de los varones es muy inferior cuando se les pregunta si llegarán a Bachillerato. Lo que puede funcionar como un </em><a href="https://es.wikipedia.org/wiki/Efecto_Pigmali%C3%B3n"><em>efecto pigmalión</em></a><em>, <strong><font color="#4f81bd">empujándolos a fracasar.</font></strong></em></p></blockquote><p align="justify">Estos dos párrafos parecen contradictorios. O bien los estereotipos de los maestros son beneficiosos para los que los sufren <strong><font color="#4f81bd">porque compensan la menor autoconfianza de los estudiantes</font></strong>, menor autoconfianza que les llevaría a abandonar los estudios ya que, al aprobarlos ‘por la cara’, los estudiantes compensan y siguen estudiando (2º párrafo) o bien nos está diciendo Barnés que los sesgos de los docentes perjudican a los chicos al reflejar que “no confían en que vayan a llegar muy lejos” minando su autoestima. Que Barnés tiene querencia por la creencia en que los sesgos producen daños reales es mi interpretación preferida a la luz de este otro párrafo </p><blockquote><p align="justify"><em>Por ejemplo, las chicas y los estudiantes que muestran en sus redacciones un nivel cultural más alto son valorados de forma más positiva (aunque no se esté evaluando eso), tal y como se espera por <b><span style="color: #3d85c6;">la teoría de la reproducción social</span> </b>y cultural de </em><a href="https://www.elconfidencial.com/alma-corazon-vida/2013-04-06/fui-a-una-fiesta-de-la-clase-alta-me-senti-como-un-negro-en-una-reunion-de-racistas_198292/"><em>Pierre Bourdieu</em></a><em>: la educación reproduce las desigualdades sociales existentes premiando a aquellos que tienen ventaja de partida.</em></p></blockquote><p align="justify">Esta explicación de los efectos de los sesgos y los estereotipos es semejante a una tesis muy extendida hace años en el Derecho Mercantil respecto al fundamento de la prohibición de la publicidad engañosa. Si definimos publicidad engañosa como toda aquella que es susceptible de inducir a error a algunos consumidores y prohibimos ‘inducir a error’ en la publicidad, estaremos privando a los consumidores de mucha información valiosa. La que recibirían - de no prohibirse la publicidad - todos aquellos que no son inducidos a error por ella. Un legislador sensato – no un progresista español –<strong><font color="#4f81bd"> prohibirá sólo la publicidad engañosa que, además de ser susceptible de inducir a error a algunos de sus destinatarios, puede, con significativa probabilidad, causar daño económico a los consumidores.</font></strong> </p><p align="justify">Por ejemplo, una publicidad que dice <a href="https://www.lechepuleva.es/la-leche/leche-desnatada-fundamental-dietas" target="_blank">“<em>la leche desnatada Puleva tiene todo lo bueno de la leche sin nada de grasa</em>”</a> hace creer que la leche desnatada conserva las vitaminas liposolubles, lo que es falso y, por tanto, susceptible de inducir a error a los consumidores. Pero el contexto en que se realiza esa publicidad es uno competitivo: hay muchos otros productores de leche desnatada. Esto permite predecir que el error será corregido por los otros productores, que anunciarán que su marca de leche añade vitamina <strong>A </strong>que es la vitamina liposoluble más presente en la leche y que desaparece, claro, si se extrae la grasa de la leche. Un legislador sensato se limitará a no declarar engañosa la publicidad de Puleva. Es decir, a no hacer nada. <strong><font color="#4f81bd">Porque no hacer nada es lo que debe hacer un legislador que persiga maximizar el bienestar general (<em>primum non nocere, </em>lo primero es no dañar). </font></strong><span style="text-align: left;">El juego del mercado hará que la 'inducción a error' de Puleva no cause daño a los consumidores. Al contrario, desencadenará una dinámica que mejorará la situación de <i>todos los consumidores </i>que ahora saben eso de las vitaminas liposolubles. </span></p><p align="justify"><span style="text-align: left;">Pues bien, estos periodistas y buena parte de los <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/09/citas-antropomorfizacion-la-misandria.html" target="_blank">pretendidos científicos-sociales </a>cercanos a la política legislativa suelen omitir este segundo paso del razonamiento. Es decir, deducen de la existencia de estereotipos y sesgos en el razonamiento y la conducta humanos </span><strong style="text-align: left;"><font color="#4f81bd">la producción de daños – discriminación – para los que ‘soportan’ tales estereotipos o sesgos.</font></strong><span style="text-align: left;"> Y la realidad es que en la inmensa mayoría de los casos, los sesgos y los estereotipos ‘nos sirven bien’, es decir, nos ayudan a tomar decisiones eficientes (rápidas) y productivas y, si en determinados contextos pueden producir daños, hay que confiar en que tales daños se evitarán como resultado de las reacciones de los demás ‘partícipes’ en los juegos sociales en los que tales estereotipos y sesgos se despliegan. Se lo advierte a Barnés el autor del estudio:</span></p><blockquote><p align="justify"><em>“Todos tenemos una serie de sesgos implícitos de los que necesariamente no somos conscientes. No por tener ese sesgo implícito quiere decir que te vayas a comportar de forma racista: por ejemplo, los profesores tienen sesgos implícitos respecto a los inmigrantes, pero eso no se traduce en el comportamiento real”.</em></p></blockquote><p align="justify">Yo diría más: aunque se traduzcan en comportamiento real, no es probable que ese comportamiento real cause daño a nadie. </p><p align="justify">Otro ejemplo es el del artículo de <a href="https://elpais.com/opinion/2024-03-09/jimena-hablando-y-tu-callada.html">Lola Pons en EL PAÍS</a>. Pons es catedrática de universidad. El más alto escalón de la academia española. Deberíamos exigirle que razone científicamente aunque sea profesora de Literatura y Lingüística y no de Física Teórica. Cuenta la profesora sevillana que </p><blockquote><p align="justify"><em>Una vez más, tengo delante de mí en el aula <strong><font color="#4f81bd">una mano levantada de un estudiante y a su alrededor a 40 alumnas calladas.</font></strong> </em></p><p align="justify"><em>… por qué las intervenciones más extensas son las de ellos y no las de ellas. No hablo de calificaciones ni de resultados académicos: hablo de levantar la mano para preguntar, o de contestar de forma resuelta (equivocada o acertadamente) a una pregunta lanzada por el profesor, o de tomar la palabra sin estar deseando soltarla al segundo de asumir el turno</em></p></blockquote><p align="justify">Pons trata de explicarnos que lo suyo es “científico”</p><blockquote><p align="justify"><em>Quiero incluir aquí algunos datos estadísticos por respeto a los lectores, … la socióloga Janice McCabe expuso en un trabajo científico de 2020 <strong><font color="#4f81bd">cómo en clases universitarias los alumnos varones hablan en público 1,6 veces más que las mujeres. … </font></strong>Sí, el tópico nos retrata a las mujeres como locuaces y parlanchinas, pero parece que en las clases <strong><font color="#4f81bd">nos sentimos menos cómodas para hablar.</font></strong> Y si salimos del aula no varía el reparto de tiempo en el turno de palabra: en entornos de conversación recreada (la producción audiovisual), los diálogos reservan constantemente menos guion a las mujeres; en ámbitos muy igualitarios como las cámaras parlamentarias (equilibradas incluso por cuotas en las listas electorales), la <strong><font color="#4f81bd">producción discursiva femenina, contada en minutos, es siempre menor que la masculina</font></strong>.</em></p></blockquote><p align="justify">Hasta aquí (con algún cabo suelto ‘nos sentimos menos cómodas para hablar’), Pons describe hechos: las mujeres hablan menos en público que los hombres, en promedio en situaciones en las que participan juntos hombres y mujeres. En las aulas, en las tertulias televisivas, en los guiones cinematográficos.</p><p align="justify"><span style="color: #3d85c6;"><strong><font>¿Dónde abandona la escena la Pons académica y entra la Pons/Barnés <em>woke </em>y posmoderna?</font></strong></span> Cuando redescribe los hechos en términos valorativos: que los hombres hablen más que las mujeres en promedio es “mal”. Es perjudicial para las mujeres. Es discriminatorio. Lo ‘bueno’, lo ‘correcto’ debería ser que – en sus clases de literatura en donde confiesa que hay 1 chico y 40 chicas – el chico ‘ocupara’ sólo el el 2,5 % del tiempo que hablen los estudiantes en clase y su mano debería levantarse sólo una de cada 40 manos que se levanten en clase. En efecto, dice Pons que <em><span style="color: #3d85c6;">“</span></em><font><strong><em><span style="color: #3d85c6;">algo no termina de funcionar”</span></em></strong><font><em><span style="color: #3d85c6;">,</span></em> es decir, sugiere que es un estado de cosas insatisfactorio porque las mujeres deberían hablar en público tanto como los hombres y que si no lo hacen es porque <span style="color: #3d85c6;">“<strong><font><em>hay una parte de la comunicación femenina que está por afianzarse</em></font></strong>”,</span> es decir, que hay algo que les “falta” a las mujeres.<strong><font> <span style="color: #3d85c6;">Que a las mujeres les debería “gustar” hablar en público tanto como a los hombres</span></font></strong> (en promedio) de la misma forma que les debería gustar jugar al fútbol tanto como a los hombres de manera que el 50 % de todos los jugadores de fútbol fueran mujeres. Pons acaba su artículo con una ‘llamada a la acción’ ¡Adelante, chicas, no podéis seguir calladas! ¡se lo debemos a las chicas de toda la historia del mundo que quisieron hablar y no se lo permitieron! ¡aunque nadie os lo impide ahora y no os apetece, tenéis que hablar por el bien de la mitad de la humanidad! ¡Al sacrificio por la hermandad de todas las mujeres desde Eva hasta Ana, la niña que ha nacido hoy en Madrid!</font></font></p><blockquote><p align="justify"><em>Llegados a este punto creo que depende de nosotras levantar la mano, arriesgarnos a decir una absoluta necedad o una rotunda verdad (en la misma proporción que ellos), no pedir disculpas anticipatorias por ello: hablar y, si es el caso, no permitir que nos interrumpan. Por eso ahora soy yo la que tiene la mano levantada para preguntarles a mis estudiantes universitarias por qué siguen calladas. Porque estoy delante en la pizarra esperando que alguna de vosotras levante la mano y hable, pregunte o diga, <strong><font color="#4f81bd">en homenaje a todas las mujeres que no pudieron ocupar un pupitre universitario y para que no suene la voz femenina en nuestras clases solo por boca de la enamorada de las jarchas o de Jimena, esposa del Cid</font></strong>.</em></p></blockquote><p align="justify"><font><font>El problema es que a Pons no le gustan sus alumnas y quiere cambiarlas. Al contrario que muchas feministas, que quieren cambiar a los chicos para que <a href="https://www.lorenzofromoz.net/p/not-a-rules-but-a-moral-caste-based" target="_blank">dejen de ser 'chicas defectuosas'</a>, Pons quiere cambiar a las chicas. Porque <b><span style="color: #3d85c6;">Pons cree que las chicas de su clase no intervienen más porque hay algo en ellas que está mal.</span></b> Si hablara con Barnés, éste le diría que son los estereotipos que han ‘mamado’ en casa y en la escuela que les meten en sus preciosas cabezas de largos cabellos que están mejor calladas Es decir, los Barnés y Pons de este mundo <b><span style="color: #3d85c6;">han encontrado una explicación acientífica pero que se corresponde con sus propios prejuicios, </span></b>lo que Nozik llamaba ‘<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2018/08/sociologia-normativa.html">sociología normativa’</a> o <a href="https://www.datanalytics.com/2018/07/18/sociologia-normativa-el-estudio-de-cuales-deberian-ser-las-causas-de-los-problemas-sociales/">dar por buenas como causas de un fenómeno las que nos gustaría que fueran las causas de ese fenómeno</a>: la violencia en la pareja está causada por el machismo; el aumento de la delincuencia es producto de la inmigración; las mujeres no estudian matemáticas porque su enseñanza las aleja de ellas y las chicas no hablan en clase porque les han metido en la cabeza que ‘<a href="https://fr.wiktionary.org/wiki/sois_belle_et_tais-toi">tais toi et soit belle</a>.</font></font></p><p align="justify">De nuevo, una explicación basada<a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/01/la-madre-de-todas-las-diferencias-entre.html" target="_blank"> en la psicología evolutiva permitiría a Pons reconciliarse con sus alumnas.</a> Las chicas hablan menos en clase que los chicos porque no les gusta tanto hacerlo como a los chicos. En el mercado del apareamiento, los chicos han nacido para ‘pavonearse’, para ‘lucirse’ ante las chicas (¿qué es el deporte competitivo sino una orgía de lucimiento masculino frente a las chicas que permanecen como espectadoras?) Recuérdese el chiste del varón que mete la tripa y al cabo de un rato pregunta ‘¿se han ido las chicas?’ y cuando le dicen que sí, respira y deja que su vientre se expanda y muestre la barriga cervecera en toda su gloria (¿se entiende por qué <a href="https://www.eldebate.com/deportes/futbol/20231007/futbol-femenino-no-encuentra-aficionados-estadios-datos-desinteres_143699.html" target="_blank">el fútbol femenino sólo atrae a los padres y a las novias y novios de las jugadoras?</a>) Hablar en clase es una decisión racional para los chicos (no tienen tanto sentido del ridículo y, si les sale bien, aumentan sus posibilidades de mejorar su nota y de éxito en el mercado romántico del apareamiento). Las chicas han nacido para seleccionar, para evaluar, para juzgar qué varones son preferibles como pareja. ¿Por qué se van a arriesgar las chicas a meter la pata hablando espontáneamente en clase si no tienen nada que ganar de hacerlo ni en términos de una mejor calificación – el profesor se dará cuenta de lo que saben cuando corrija el examen o los trabajos – ni en términos de apareamiento – los chicos tenderán a considerar a la chica que habla en clase como una competidora, no como una posible pareja -?</p><p align="justify">Naturalmente, no estoy seguro de que ésta – la mía – sea una buena explicación de por qué las chicas no levantan la mano en clase. <font><font>Pero podrían diseñarse estudios que la refutaran. Por ejemplo,<b><span style="color: #3d85c6;"> ¿intervienen más las chicas cuando no hay chicos presentes?</span></b> y, viceversa ¿el nivel de intervención de los chicos es el mismo en clases de solo chicos? </font></font>Pero estoy convencido de que <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2023/10/citas-la-continuidad-entre-roma-y-la.html" target="_blank">es una mejor explicación </a>que la de Pons (“<font><em><strong><span style="color: #3d85c6;">hay una parte de la comunicación femenina que está por afianzarse”</span>). </strong></em></font></p><p align="justify">La tercera pieza de convicción es <a href="https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=4730878">un estudio sobre el lenguaje en los documentos de las llamadas ‘start-ups’,</a> esto es, las empresas de base tecnológica en las cuales, el predominio masculino entre fundadores y ‘emprendedores’ es abrumador. Los autores encuentran que hay</p><blockquote><p align="justify"><em><b><span style="color: #3d85c6;">una diferencia de género medible en el contenido lingüístico de los estatutos entre las empresas fundadas por mujeres y las fundadas por hombres.</span></b> Más específicamente, empleamos metodologías de aprendizaje automático computacional para mostrar que los estatutos de las startups fundadas por mujeres se parecen sustancialmente menos a los estatutos de las fundadas por hombres que lo que se parecen entre sí los estatutos de las fundadas por hombres, </em></p></blockquote><p align="justify">de lo que deducen (!) que </p><blockquote><p align="justify"><em>Las mujeres fundadoras se enfrentan a un panorama de gobernanza formal que, como era de esperar, es distinto al de sus homólogos masculinos</em></p></blockquote><p align="justify">Pero, a continuación, explican que esas diferencias en el lenguaje <strong><font color="#4f81bd">no se traducen en un “peor trato” de las mujeres-emprendedoras en comparación con los hombres-emprendedores</font></strong> por <b><span style="color: #3d85c6;">parte de las empresas de </span></b><em><b><span style="color: #3d85c6;">venture capital </span></b>(‘capitalistas de riesgo’) </em>que financian las start-ups</p><blockquote><p align="justify"><em>Si bien las mujeres fundadoras parecen llevarse la peor parte en algunas áreas de gobernanza (como la mayor frecuencia de dividendos acumulativos y derechos de nombramiento de consejeros para los capitalistas de riesgo, así como la menor frecuencia de las disposiciones de "pago por juego"), reciben un trato más favorable en otras (como los derechos de participación de las acciones preferentes </em>(las que se quedan los capitalistas de riesgos)<em>, ciertos derechos de veto preferentes, y exenciones fiduciarias para los inversores de capital de riesgo (</em>que puedan competir con la start-up<em>). </em></p></blockquote><p align="justify">Es más, esas diferencias </p><blockquote><p align="justify"><em>son numéricamente modestas y no estadísticamente significativas. En conjunto, no descubrimos patrones sistemáticos de género en nuestro análisis de las disposiciones sustantivas de gobernanza, un hallazgo que nos parece sorprendente y que contrasta con las predicciones que suelen surgir de las teorías económicas de la discriminación en entornos de mercado.</em></p></blockquote><p align="justify">De nuevo, aunque los <em>venture capitalists </em>tuvieran estereotipos de género sobre las mujeres fundadoras de empresas y pretendieran proyectarlos (comportándose de una forma más paternalista cuando la fundadora es una mujer, por ejemplo) sobre la financiación de la empresa, <strong><font color="#4f81bd">cabe esperar que el mercado – muy competitivo – del <em>venture capital</em> elimine cualquier efecto de dichos estereotipos</font></strong>. Simplemente, los <em>venture capitalists </em>que no los sufran, podrán hacer mejores ‘deals’ cuando la fundadora de la <em>start up </em>es una mujer que sus competidores.</p><p align="justify">Y es que, <a href="https://www.iea.org.uk/sites/default/files/publications/files/upldbook391pdf.pdf" target="_blank">como cuenta Veljanovski</a> que dijo un periodista económico australiano de una propuesta legislativa del tipo de las que nos tienen acostumbrados los progresistas españoles, se trataba de una propuesta</p><blockquote><p align="justify"><em>… altamente intervencionista, propia de una mente jurídica. Ignora muchas de las consecuencias económicas… y <strong><font color="#4f81bd">recurre a la convicción del jurista de que todos los problemas del mundo pueden resolverse si tuviéramos las leyes adecuadas</font></strong>. </em></p><p align="justify"><em><strong><font color="#4f81bd">Encontrar un jurista que entienda y respete las fuerzas del mercado es tan difícil como encontrar un fabricante de ropa para bebés que entienda y respete el celibato</font></strong>. </em><em style="text-align: left;">La mente entrenada jurídicamente no puede comprender que nunca es posible derrotar a las fuerzas del mercado, solo distorsionarlas para que reaparezcan de maneras inesperadas</em></p><p></p><p></p></blockquote><p align="justify">Los juristas hemos dado la batalla por perdida y ya no pretendemos que cualquier problema puede resolverse con la legislación adecuada. Ahora son los politólogos, filósofos, filólogos, sociólogos, pedagogos y periodistas que han sustituido a los juristas en las camarillas que rodean a los políticos, los que creen que todos los problemas se deben a las causas en las que ellos son especialistas y que se resuelven con fórmulas magistrales propias, no de los boticarios, sino de los alquimistas. Por desgracia, los primeros actúan sometidos al juramento hipocrático y los últimos son fervientes creyentes en los milagros y en la homeopatía. </p><p align="justify"></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-78438414168061908602024-03-13T13:13:00.002+01:002024-03-13T13:13:28.755+01:00Adam Smith ante los tribunales<blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="1093812239" style="text-align: justify;"><i></i></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><i><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiKCdp4EMfs7XfEQhBoDXmJW7aILcID4gYtaI2KNubSTSyEOSSCAPqs43AmwPKgcPT-AfdKxgT24A56cwZYcpy4TPOS0Aj2ceaX2IOi7aXhJESWJhm1hOHPprsmIGOk7f5g6gMRmZMVIrCBB9Qrc7DQM0-K5pDRZnoy0p0yiOnT8BHdbo-RYyDe-p8fEls/s4032/IMG_1619%5B1%5D.JPG" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="3024" data-original-width="4032" height="240" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiKCdp4EMfs7XfEQhBoDXmJW7aILcID4gYtaI2KNubSTSyEOSSCAPqs43AmwPKgcPT-AfdKxgT24A56cwZYcpy4TPOS0Aj2ceaX2IOi7aXhJESWJhm1hOHPprsmIGOk7f5g6gMRmZMVIrCBB9Qrc7DQM0-K5pDRZnoy0p0yiOnT8BHdbo-RYyDe-p8fEls/s320/IMG_1619%5B1%5D.JPG" width="320" /></a></i></div><i><br /><div style="text-align: justify;"><i>Alfred Taubman, ex presidente de Sotheby's, la casa de subastas de arte, apeló sin éxito su condena por participar en un cártel de fijación de precios con su rival Christie's. Los fiscales... citaron las palabras de Smith en La riqueza de las naciones: "Las personas del mismo oficio rara vez se reúnen, ni siquiera para divertirse, sin que la conversación termine convertida en una conspiración contra los consumidores, o en algún artificio para aumentar los precios". Los abogados de Taubman argumentaron que "el riesgo de que el jurado pudiera dar el salto inadmisible del mero hecho de las reuniones (</i>entre Taubman y el CEO de Christie's) <i>a la culpabilidad de Taubman aumentó exponencialmente cuando el gobierno decidió utilizar el testimonio cuasi-experto del renombrado economista Adam Smith". El tribunal rechazó este argumento, afirmando que "el fiscal no utilizó la cita de Smith como si estuviera citando una regla jurídica. Al contrario, el fiscal explicó específicamente al jurado que Smith "no era un testigo" y que su cita no era más que una observación perspicaz que resultó ser correcta en el caso juzgado porque, efectivamente, se había demostrado que Taubman y el de Christie's habían hablado de precios en sus reuniones. Los abogados defensores de Taubman bien podrían haber incluido (pero sin que esto hubiera servido de nada) el resto de la cita de Adam Smith: "En todo caso, un Derecho que pretenda ser practicable y compatible con la libertad y la justicia es incapaz de impedir tales reuniones".</i><span> </span></div></i><p></p></blockquote><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="1093812239" style="text-align: justify;"><i><a href="https://casetext.com/case/us-v-taubman-2" target="_blank">US v A. Alfred Taubman 297 F.3d 161, 59 Fed. R. Evid. Serv. 21</a></i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Veljanovski, <a href="https://www.iea.org.uk/sites/default/files/publications/files/upldbook391pdf.pdf" target="_blank">The Economics of Law,</a> 1990 </span></b></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-81189054179551813092024-03-12T11:50:00.011+01:002024-03-12T12:31:08.868+01:00Citas: los más pobres de Europa en 2030 gracias al progresismo, los irlandeses son más sabios que los españoles, algoritmos, medicina de género, Ramón y Cajal, desinformación y la mala suerte de ser el hermano pequeño<p align="justify" style="background-color: white; color: #666666;"><em></em></p><p style="text-align: justify;"></p><div class="post-header" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #666666; font-family: "Trebuchet MS", Trebuchet, Verdana, sans-serif; font-size: 10.8px; font-style: normal; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; line-height: 1.6; margin: 0px 0px 1.5em; orphans: 2; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: 2; word-spacing: 0px;"><div class="post-header-line-1"></div></div><div class="post-body entry-content" id="post-body-6461497805655859274" itemprop="description articleBody" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #666666; font-family: "Trebuchet MS", Trebuchet, Verdana, sans-serif; font-size: 13.2px; font-style: normal; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; font-weight: 400; letter-spacing: normal; line-height: 1.4; orphans: 2; position: relative; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: 2; width: 546.023px; word-spacing: 0px;"></div><p></p><h3 class="post-title entry-title" itemprop="name" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; font-feature-settings: normal; font-kerning: auto; font-optical-sizing: auto; font-stretch: normal; font-variant-alternates: normal; font-variant-east-asian: normal; font-variant-numeric: normal; font-variant-position: normal; font-variation-settings: normal; line-height: normal; margin: 0.75em 0px 0px; orphans: 2; position: relative; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; widows: 2;"><span style="background-color: transparent; text-align: justify;"><span><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><div class="separator" style="clear: both; color: #666666; font-size: large; font-style: italic; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; font-weight: bold; letter-spacing: normal; text-align: center; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgS347bNJYnMwsOzglDeVGn2jJiWrkiyBsQ2_AGkr3tcJ0ERs8eDyrUjaHTA5I9gyNADQR0K4ESZGJFZxCWSEUytvyDgspIRvrs7CqfXaMFGl4zyfD4LH4cxkdcThq3x-PvOd7n-1O7S06PimE8Iw2bq-d5b5bRzj8dyn7LA_UI1r6kYAjthssJykj24dg/s658/ooooo.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="501" data-original-width="658" height="244" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgS347bNJYnMwsOzglDeVGn2jJiWrkiyBsQ2_AGkr3tcJ0ERs8eDyrUjaHTA5I9gyNADQR0K4ESZGJFZxCWSEUytvyDgspIRvrs7CqfXaMFGl4zyfD4LH4cxkdcThq3x-PvOd7n-1O7S06PimE8Iw2bq-d5b5bRzj8dyn7LA_UI1r6kYAjthssJykj24dg/s320/ooooo.jpg" width="320" /></a></div><div class="separator" style="clear: both; font-size: large; font-style: italic; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; letter-spacing: normal; text-align: justify; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;"><b style="background-color: transparent; text-align: justify;"><div style="color: black; font-size: medium; font-style: normal; font-weight: 400;"><div class="separator" style="clear: both; color: #666666; font-size: large; font-style: italic; font-weight: bold;"><b style="background-color: transparent;"><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Otra garantía de que seremos el país más pobre de Europa en 2030: la extensión de los permisos de maternidad a los padres y su ampliación reduce la desigualdad entre padres y madres pero también reduce los incentivos para volver a trabajar</span></i></b><span style="background-color: transparent; color: black; font-family: inherit; font-size: medium; text-align: left;"> </span></div></div><div style="font-size: medium; font-style: normal;"><i style="text-align: left;"><span style="font-family: inherit; font-size: small;"><blockquote style="text-align: justify;"><span style="font-weight: 400;">un estudio publicado por la Fundación Iseak tras los dos primeros años de equiparación de los permisos (2021 y 2022)... constata que la ampliación del derecho redujo en un 3% la probabilidad de los padres de seguir trabajando un año después. Sorprendentemente, también se redujo la probabilidad de las madres de seguir trabajando entre un 4 y un 6%. Esto significa que </span><i style="background-color: transparent; text-align: left;"><span style="font-family: inherit; font-size: small;"><i><span style="font-family: inherit; font-size: small;"><span style="color: #3d85c6;">afectó de forma negativa al empleo de los padres sin beneficiar a las madres: </span><span style="font-weight: 400;">“Lo cual puede coincidir con la hipótesis de que permisos de maternidad más largos no mejoran necesariamente el nivel de empleo de las mujeres”, escriben los autores del estudio, Imanol Lizarraga y Lucía Gorjón. Sin embargo, este nuevo derecho generó un beneficio para las mujeres en forma de </span><span style="color: #3d85c6;">menor parcialidad en el empleo</span><span>. </span><span style="font-weight: 400;">En total, el número de madres que redujo su jornada laboral para cuidar al bebé fue un 8% menos, con el impacto que este fenómeno tiene en sus carreras profesionales. Además, esta caída en la reducción de jornada de las mujeres no afectó al horario de los padres. En consecuencia, los autores concluyen que “la brecha de género en la reducción de la jornada laboral asociada a la llegada de hijos se ha reducido ligeramente debido a la aplicación de esta política, si bien aún lejos de la paridad”.</span></span></i></span></i></blockquote></span></i></div></b></div><div class="separator" style="clear: both; font-size: large; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; font-weight: bold; letter-spacing: normal; text-align: center; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;"><span style="background-color: transparent; font-family: inherit; font-size: medium;"><span style="color: #3d85c6;"> <a href="https://www.elconfidencial.com/economia/2024-03-12/hombres-aprovechan-permiso-paternidad-16-semanas_3846743/" target="_blank">Javier Jorrin. El Confidencial</a></span></span></div><div class="separator" style="clear: both; color: #666666; font-size: large; font-style: italic; font-variant-caps: normal; font-variant-ligatures: normal; font-weight: bold; letter-spacing: normal; text-align: center; text-transform: none; white-space: normal; word-spacing: 0px;"><span style="background-color: transparent; font-family: inherit; font-size: medium;"><br /></span></div><div class="separator" style="clear: both; color: #3d85c6; font-size: large; font-style: italic; text-align: justify;"><b style="background-color: transparent; color: #666666;"><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La sabiduría de los votantes irlandeses: s<a href="https://www.politico.eu/article/irish-voters-reject-bid-to-rewrite-constitutions-view-women-family/" target="_blank">i quieres cambiar el lenguaje de la Constitución, hazlo con pericia y cuidado</a>. No seas <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2024/01/citas-nos-toman-por-tontos-y-nos-lo.html" target="_blank">chapuzas ni posmoderno como el legislador español</a></span></i></b></div></div></span></span></h3><h3 class="post-title entry-title" itemprop="name" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #666666; font-feature-settings: normal; font-kerning: auto; font-optical-sizing: auto; font-stretch: normal; font-variant: normal; font-variation-settings: normal; letter-spacing: normal; line-height: normal; margin: 0.75em 0px 0px; orphans: 2; position: relative; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: 2; word-spacing: 0px;"><b style="background-color: transparent; text-align: justify;"><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><br /></span></i></b></h3><h3 class="post-title entry-title" itemprop="name" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #666666; font-feature-settings: normal; font-kerning: auto; font-optical-sizing: auto; font-stretch: normal; font-variant: normal; font-variation-settings: normal; letter-spacing: normal; line-height: normal; margin: 0.75em 0px 0px; orphans: 2; position: relative; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: 2; word-spacing: 0px;"><b style="background-color: transparent; text-align: justify;"><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">¿Debemos preocuparnos por los <a href="https://www.ft.com/content/3501800d-c1b1-410b-98d6-5c066c612f29" target="_blank">algoritmos que ofrecen precios distintos en función de la demanda</a>? </span></i></b></h3><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;">La columnista del FT cree que sí. Y que debería prohibirse la discriminación a los consumidores, pero la vigencia desde hace ya más de treinta años del art. 16 LCD que la prohíbe demuestra que no se pueden poner puertas al campo. Como <a href="https://www.econlib.org/archives/2009/11/price_discrimin_2.html" target="_blank">dice siempre Arnold Kling</a>, toda estrategia de comercialización de un producto por parte de un empresario se explica como una estrategia de discriminación de precios. Es evidente que cualquiera que desee maximizar los ingresos ha de cobrar a cada cliente el precio máximo que éste esté dispuesto a pagar. Y <a href="https://almacendederecho.org/precios-personalizados-discriminacion" target="_blank">lo que protege a los consumidores frente a la discriminación 'injusta' es la competencia</a>. Así que, nihil novum sub sole. Persigamos la colusión (o sea, los cárteles de precios en forma de utilización de un algoritmo común por parte de distintos oferentes con el objetivo de repartirse los clientes reduciendo la competencia entre ellos).</div><div style="text-align: justify;"><br /></div><h3 class="post-title entry-title" itemprop="name" style="-webkit-text-stroke-width: 0px; background-color: white; color: #666666; font-feature-settings: normal; font-kerning: auto; font-optical-sizing: auto; font-stretch: normal; font-variant: normal; font-variation-settings: normal; letter-spacing: normal; line-height: normal; margin: 0.75em 0px 0px; orphans: 2; position: relative; text-align: start; text-decoration-color: initial; text-decoration-style: initial; text-decoration-thickness: initial; text-indent: 0px; text-transform: none; white-space: normal; widows: 2; word-spacing: 0px;"><b style="background-color: transparent; text-align: justify;"><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La '<a href="La medicina de género es, simplemente, delictiva" target="_blank">medicina de género</a>' es, simplemente, una forma de delincuencia</span></i></b></h3><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><br /></span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Otro <a href="https://www.elmundo.es/opinion/editorial/2024/03/11/65edff08e85ece89178b458c.html" target="_blank">efecto de la feminización</a> </span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><span><i></i></span></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><span><i> un 20% de las personas de entre 18 y 35 años está preparando o ha preparado oposiciones, y otro 32% más planea hacerlo.</i></span></p><p style="text-align: justify;"></p></blockquote><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><br /></span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Religión, patriotismo y Derecho aseguran el cumplimiento de las normas que sostienen la cooperación, por eso no puede dejarse un país en manos de sus elementos más progresistas</span></i></b></p><blockquote style="text-align: justify;"><em><span style="font-family: inherit;">¡Cuán desconsolador para un corazón de patriota es, después de cuarenta y nueve años, reconocer que todavía buena parte de nuestros militares, empleados y hasta próceres políticos siguen entregados al saqueo del Estado! Y es que para muchos españoles el Estado es pura entelequia, vacuo ente de razón. Estafarle equivale a no estafar a nadie. ¡Singular paradoja, creer que no se roba a nadie cuando se roba a todos!...<b><span style="color: #3d85c6;"> Perdido el sentimiento religioso, que antaño contuvo algo inveteradas codicias, no hemos sabido substituirlo con el patriotismo, la religión fuerte y moralizadora de las naciones poderosas</span></b>.</span></em></blockquote><p></p><div style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Santiago Ramón y Cajal</span></b></div><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><span>Interpretación de las omisiones (o del silencio): </span>Si nadie o casi nadie roba, <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2019/05/lo-primero-es-controlar-el-volumen-de.html" target="_blank">la omisión deja de ser una conducta difícil de interpretar. </a>Es la conducta debida. </span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El Derecho español <a href="https://www.elmundo.es/espana/2024/03/10/65eb743fe4d4d878368b4581.html" target="_blank">protege al delincuente cuando el delincuente es un político o un trabajador a sueldo</a> y lo <a href="https://www.elmundo.es/deportes/futbol/2023/04/26/6448e73721efa0a4598b45fd.html" target="_blank">machaca cuando el delito es sexual</a></span></i></b></p><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><span><a href="https://www.ft.com/content/59c7c432-5827-4bed-a59f-71c3787bd7e6?desktop=true&segmentId=7c8f09b9-9b61-4fbb-9430-9208a9e233c8#myft:notification:daily-email:content" target="_blank">Shoppers visiting stores want to be inspired</a>: </span><span style="background-color: white; font-family: inherit;">Por qué Zara está reduciendo el número pero aumentando el tamaño de sus tiendas</span></span></i></b><span style="text-align: left;"> </span></p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Meritocracia y democracia </span></i></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Es importante <b><span style="color: #3d85c6;">distinguir entre los sistemas de selección meritocráticos para los empleos altamente cualificados y una sociedad meritocrática</span></b>. Los primeros son a la vez necesarios y deseables: es mejor tener expertos competentes para gestionar nuestros programas nucleares, por ejemplo. Pero la segunda no lleva la marca de una buena sociedad, e incluso es potencialmente una fuente de descontento colectivo”. Sobre todo, porque… Los que están dotados de las mejores capacidades cognitivas, sienten menos obligaciones hacia los menos inteligentes que antaño los ricos respecto a los pobres.</i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">David Goodhart, citado en <a href="https://www.planetadelibros.com/libro-la-tirania-de-la-mediocridad/387235" target="_blank">La tiranía de la mediocridad, Sophie Coignard</a></span></b></p></blockquote><p> </p><p align="justify"><a href="https://sootyempiric.blogspot.com/2023/09/arguments-in-philosophy.html"><b><i><span style="font-size: medium;">Elogio de la argumentación rigurosa</span></i></b></a></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Primero, es como comer las verduras. No es la parte emocionante, pero si no lo haces, estarás mucho peor y, en última instancia, menos en condiciones de apreciar las partes emocionantes. Creo que alguien que solo trata de "¡ser interesante!" sin hacer ejercicios, o atarse a los estándares, que lo restringen y disciplinan...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>... simplemente sé aburrido. <b><span style="color: #3d85c6;">Lo opuesto al rigor no es la creatividad, es solo una especie de lodo aburrido y pseudo-profundo en el que uno dice sus opiniones largo y tendido y pretenciosamente.</span></b> Véase, por ejemplo, artículos como <a href="https://onlinelibrary.wiley.com/doi/full/10.1111/jopp.12290">este</a> o el tipo de "trabajo" que pasa la prueba <a href="http://sootyempiric.blogspot.com/">aquí</a>.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>... temo mucho las consecuencias de... hacer una métrica de lo interesante... Puesto que es necesario algún medio de evaluarse mutuamente cuando los recursos son limitados como lo son, es mejor que sea para una habilidad intelectual que esté relacionada y al menos algo sujeta a ser discernible.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>En tercer lugar, y lo más importante,<b><span style="color: #3d85c6;"> los argumentos revelan el contenido... </span></b>A través de la argumentación aprendemos qué es lo que estamos diciendo. </i></span></p></blockquote><p><br /></p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Responsabilidad de los Estados por infracciones del Derecho Internacional</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="79460589" style="text-align: justify;"><i>Los artículos no componen un tratado (como los Convenios de Ginebra, por ejemplo). Pero son una guía aceptada para el derecho internacional consuetudinario, que la Corte Internacional de Justicia de La Haya ha citado como autorizada. Por ejemplo, son la base sobre la cual Sudáfrica, un tercer país, tiene "legitimación" ante la corte para acusar a Israel de cometer genocidio en la Franja de Gaza.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="8" _msttexthash="79460589" style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Como era de esperar, los artículos sobre la responsabilidad tienen mucho que decir sobre <b><span style="color: #3d85c6;">las contramedidas que Ucrania puede tomar legalmente contra Rusia. </span></b>Pero el texto también deja claro que <b><span style="color: #3d85c6;">Rusia, al causar crisis internacionales de refugiados, alimentaria y de seguridad, también ha perjudicado a muchos otros países, y que estos Estados están igualmente en su derecho de responder.</span></b> Además, es crucial que los artículos estipulen que algunas atrocidades son tan graves que equivalen a ataques contra la comunidad internacional en su conjunto. En la frase técnica, estos crímenes, incluidos el genocidio y las guerras de agresión, equivalen a ataques "contra todos", en latín, </span><span _istranslated="1" style="text-align: left;">erga omnes.</span></i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Andreas Kluth, </span></b><a href="https://www.moneycontrol.com/news/opinion/seizing-russias-frozen-300-billion-is-legal-urgent-and-right-12282231.html" style="font-weight: bold;">Articles on Responsibility of States for Internationally Wrongful Acts</a></p><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><a href="https://www.conspicuouscognition.com/p/debunking-disinformation-myths-part?utm_source=post-email-title&publication_id=2203516&post_id=142477328&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">Cinco mitos sobre la desinformación</a> (Dan Williams)</span></i></b></p><p style="text-align: justify;"></p><ol><li><i>Estamos viviendo una "era de la desinformación" o "posverdad" sin precedentes.</i></li><li><i>Identificar la desinformación es una tarea políticamente neutral.</i></li><li><i>Las noticias falsas están muy extendidas y tienen un gran impacto.</i></li><li><i>La gente se deja engañar fácilmente por la desinformación.</i></li><li><i>La desinformación es la principal causa de las percepciones erróneas populares.</i></li></ol><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">y cambien Trump por Sánchez</span></b></i><p></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Más importante aún, la mayoría de las mentiras de Trump son transparentes e idiotas... la idea... de que Trump es un maestro manipulador que lava el cerebro a millones de estadounidenses para que lo apoyen hace que las cosas retrocedan. La gente acepta sus mentiras porque le apoya y porque desprecia a las élites liberales y al establishment, no al revés. Las causas de tales simpatías y antipatías son, a su vez, increíblemente complejas y específicas del contexto, incluida una intensa polarización afectiva (es decir, votantes a los que no les gustan mucho los partidarios del otro partido) y altas tasas de desconfianza institucional entre muchos republicanos, factores que a su vez tienen causas profundas y complejas que no pueden reducirse a la "desinformación". Así que incluso si piensa, como yo, que Trump es una mala persona, una amenaza para la democracia estadounidense y considerablemente peor que el político promedio, la idea de que ha creado una nueva era de lavado de cerebro a gran escala no es una buena teoría de la política estadounidense moderna.</i></p></blockquote><p><span style="background-color: white;"><i><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: medium;"><b>Propaganda: cuando se trata de intentos de persuasión masiva, el fracaso es la regla y no la excepción (<a href="https://www.persuasion.community/p/propaganda-almost-never-works" target="_blank">Hugo Mercier</a>)</b></span></i></span></p><p style="text-align: justify;"><span style="background-color: white;"><i><span style="font-family: inherit;"></span></i></span></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="background-color: white;"><span style="font-family: inherit;"><i>la propaganda autoritaria... sirve bien para algunos propósitos, como mostrar el poder del régimen, u ocupar las ondas de radio y hacer que sea más difícil para la población escuchar puntos de vista alternativos.</i></span></span></p></blockquote><p style="text-align: justify;">L<span style="background-color: white; font-family: inherit;">o que no impide que los ciudadanos que viven bajo la bota de un dictador se comporten externamente </span><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2021/03/cuando-hace-falta-un-lider-y-por-lo.html" style="background-color: white; font-family: inherit;" target="_blank">como si la propaganda fuera eficaz</a><span style="background-color: white; font-family: inherit;">, pero eso significa que la propaganda cumple la función de </span><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2021/06/el-rompecabezas-de-los-ninos-que-tenian.html" style="background-color: white; font-family: inherit;" target="_blank">un focal point</a><span style="background-color: white; font-family: inherit;">, informa a todos de la conducta que cada ciudadano puede esperar de los demás, </span><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2021/03/y-si-todos-hicieran-lo-mismo.html" style="background-color: white; font-family: inherit;" target="_blank">Binmore</a><span style="background-color: white; font-family: inherit;">). </span></p><p style="text-align: justify;"><span style="background-color: white; font-family: inherit;">Y tampoco es incompatible con que la propaganda sea eficaz cuando se dirige<a href="https://tomstafford.substack.com/p/propaganda-is-dangerous-but-not-because?utm_source=post-email-title&publication_id=25440&post_id=142285773&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank"> a grupos específicos de la población que son "persuadibles"</a> (ej., en España, el núcleo duro de los votantes de Sánchez que se dejan persuadir por el argumento de que Sánchez es preferible a un gobierno del PP en el que Vox tuviera alguna influencia. Si ese grupo de 'persuadibles'-'progresistas' sigue votando a Sánchez, la formación de una mayoría alternativa a la del PSOE con nacionalistas y comunistas deviene más difícil.</span></p><p style="text-align: justify;"><span style="background-color: white; font-family: inherit;">Y recuerden, finalmente, lo de <a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2022/10/el-derecho-como-punto-focal-iv-ruanda.html" target="_blank">Ruanda y la Radio de las mil colinas</a>. </span> </p><p style="text-align: justify;"><br /></p><p style="text-align: justify;"><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><span style="text-align: left;"><a href="https://www.cremieux.xyz/p/what-happens-when-you-use-a-biased" target="_blank">Si quieres reducir las ventajas de los ricos, usa pruebas estandarizadas de acceso</a> </span><span style="text-align: left;">y vigila que el tipo de pruebas no beneficia a los ya privilegiados</span></span></b></i></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Yale, Dartmouth y el MIT han vuelto a introducir las pruebas estandarizadas en el proceso de admisión. Para los estudiantes brillantes pero pobres, esto es un regalo del cielo. El hecho es que todo, excepto las pruebas, es inútil o está seriamente sesgado, desde las entrevistas hasta las actividades extracurriculares, las cartas de recomendación y prácticamente todo lo demás. Con los mismos niveles de rendimiento en las pruebas estandarizadas, las probabilidades de asistir a una universidad Ivy-Plus eran mucho más altas para los estudiantes con los antecedentes más ricos.</i></p></blockquote><p> </p><p style="text-align: justify;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><i>En Alemania, aumentar las plazas universitarias no reduce <a href="https://www.cesifo.org/en/publications/2021/working-paper/social-mobility-germany" target="_blank">la diferencia en conseguir el título de bachillerato </a>entre familias ricas y modestas</i></span></b></p><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="142605840" style="text-align: justify;"><i>A nivel nacional, un aumento de 10 percentiles en el rango de ingresos de los padres se asocia con un aumento de 5,2 puntos porcentuales en la probabilidad de obtener un título de A-Level. Esta relación se mantuvo estable para las cohortes recientes, a pesar de un despliegue masivo de la educación secundaria superior en el período 1997-2018. Por lo tanto, una ampliación del acceso a la educación superior por sí sola puede no ser suficiente para reducir la brecha de oportunidades entre los niños de hogares de ingresos altos y bajos.</i></p></blockquote><p> </p><p style="text-align: justify;"><a href="https://www.maximegravoueille.com/research/JMP_Gravoueille.pdf" target="_blank"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Subsidios a los salarios más bajos</span></i></b></a></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>un aumento en la generosidad de los subsidios salariales aumenta el número de horas trabajadas, aunque compensado por una disminución en el salario por hora... Específicamente, las elasticidades a nivel del mercado laboral para los salarios (respectivamente el empleo) son aproximadamente cero para la tasa neta de impuestos. En resumen, los efectos sobre los salarios y el empleo presentan magnitudes similares pero signos divergentes, lo que lleva a que los ingresos laborales muestren poca capacidad de respuesta a los subsidios salariales. Estas respuestas sugieren una transferencia de los subsidios salariales a los salarios equivalente al 28% en promedio.</i></p></blockquote><p> </p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Por qué los hermanos pequeños ganan menos de adultos que los hermanos mayores</span></i></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i> Los niños en edad preescolar se enferman con frecuencia y transmiten la enfermedad a otros miembros de la familia. A pesar de la universalidad de esta experiencia, existe una evidencia causal limitada sobre las magnitudes y consecuencias de estas externalidades, especialmente para los hermanos pequeños con sistemas inmunológicos y cerebros en desarrollo. Con datos administrativos daneses se documenta que, <b><span style="color: #3d85c6;">antes de cumplir un año, los hermanos menores tienen tasas de hospitalización por afecciones respiratorias de 2 a 3 veces más altas que los hermanos mayores. </span></b>Combinamos el orden de nacimiento y la variación dentro del municipio en la prevalencia de enfermedades respiratorias entre los niños pequeños, y encontramos<b> <span style="color: #3d85c6;">impactos diferenciales duraderos de la exposición a enfermedades respiratorias en los primeros años de vida en los ingresos de los hermanos menores, el logro educativo y los resultados relacionados con la salud mental</span></b><span style="color: #3d85c6;">.</span></i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><b></b></p><blockquote style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">N. Meltem Daysal/Hui Ding/Maya Rossin-Slater/Hannes Schwandt, <i>Germs in the Family: The Short- and Long-Term Consequences of Intra-Household Disease Spread, </i>2023</span></b></blockquote><p></p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Pero <a href="https://parentdata.org/younger-siblings-sicker-worse-off/" target="_blank">la gran Emily Oster </a>aclara: </span></i></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>El impacto es bastante pequeño... inferior al 1%; En términos numéricos, es de unos 280 dólares al año sobre una base de 45.000 dólares... Los impactos en consultas de salud mental son ligeramente mayores, pero solo del 4%; un aumento de una visita en 20 años. Los autores argumentan que estos impactos son causales, pero no son, de ninguna manera, deterministas. Hay mucha superposición en la distribución de los ingresos de los niños mayores y los más pequeños, y entre los niños que están enfermos en el primer mes y los que no lo están. Es, pues, un factor, pero menor" </i>y añade que los padres puede lavarse las manos más frecuentemente y vacunar a los niños contra el Virus Respiratorio Sincitial.</p></blockquote><p> </p><p><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Los efectos de aumentar el impuesto sobre el patrimonio sobre la emigración de los más ricos, los ingresos fiscales del Estado y la inversión y el empleo en Suecia </span></b></i></p><p style="text-align: justify;"></p><blockquote></blockquote><p></p><blockquote style="text-align: justify;"><i>Si el 2% más rico paga un punto porcentual más en el impuesto sobre el patrimonio, el número de contribuyentes ricos se reduce en un máximo del 2% a largo plazo. Esto también provoca una disminución de como máximo 0,03% en el empleo total y de como máximo 0,1% en el valor añadido total. Así, nuestros resultados indican que la migración de los ricos por motivos fiscales tiene efectos de goteo, pero son muy pequeños.</i></blockquote><div style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Jakobsen, Katrine and Kleven, Henrik and Kolsrud, Jonas and Landais, Camille and Munoz, Mathilde,<i> <a href="https://ssrn.com/abstract=4731062" target="_blank">Taxing Top Wealth: Migration Responses and Their Aggregate Economic Implications</a></i> (February 2024). </span></b></div><p style="text-align: justify;"></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-23391047387848640272024-03-12T10:26:00.003+01:002024-03-12T10:28:51.303+01:00¿Préstamo o cuentas en participación?<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://www.youtube.com/watch?v=SpIVDt-MbdM&list=OLAK5uy_m9pHbvjLDdkaOucVWIxM5LY8pmeftsJD8" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;" target="_blank"><img border="0" data-original-height="3000" data-original-width="3000" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg3i6G1iWHHl3gv-ZkF5DgsgNXoeAJq_3b-aU3husFoO5JlFY4DC1Yr4RuGqpVGnmqqP24e3ARMfkozL-IPm46QJrqseTPr5KWkoLZsYvpXWQYqHfRZht5-tgoasKHJAA-x0LwcFKBNKRdXYO8Gnax-Z4Jo49ZHpr_n3A5cykRSpN0EE9ZB0NxXPnrSo5k/s320/marble_sounds_-_the_ever_after_-_artwork.jpg" width="320" /></a></div><p align="justify"><span style="text-align: left;">Matt Levine </span><a href="https://www.bloomberg.com/opinion/articles/2024-03-11/cash-advance-looks-a-lot-like-a-loan?srnd=undefined" style="text-align: left;">cuenta hoy</a><span style="text-align: left;"> en Bloomberg </span><a href="https://www.bloomberg.com/news/articles/2024-03-05/cash-advance-pioneer-yellowstone-capital-sued-by-new-york-for-1-4-billion?cmpid=BBD031124_MONEYSTUFF&utm_medium=email&utm_source=newsletter&utm_term=240311&utm_campaign=moneystuff" style="text-align: left;">un proceso judicial por usura dirigido por la fiscalía de Nueva York contra una empresa llamada Yellowstone</a><span style="text-align: left;"> que financia a comerciantes adelantándoles fondos contra el pago, a corto plazo – un año – de una porción de los ingresos del comerciante. Este pago tiene un límite establecido en el contrato como una proporción de dichos ingresos. P. ejemplo, “te doy 45.000 $ hoy por el 10 % de tus ingresos del próximo ejercicio, con un máximo de 60.000 $”. Esto suena como </span><a href="https://almacendederecho.org/las-cuentas-participacion" style="text-align: left;">unas cuentas en participación</a><span style="text-align: left;"> del artículo 239 del Código de Comercio. Si consideramos que el cuentapartícipe y el gestor están en condiciones de defender sus propios intereses, esas cifras reflejarán un ajuste equilibrado de los intereses de ambos. Es decir, que el 10 % de los ingresos brutos es una retribución de mercado para una inversión de capital como la que representan esas cifras en el negocio del gestor. Poner un máximo a la retribución del cuentapartícipe simplemente reflejaría el hecho de que unos ingresos extraordinariamente elevados no serían imputables de manera proporcional a la inversión de capital, sino a otros ‘insumos’ (fondo de comercio, habilidad o inteligencia comercial del gestor) que no han sido aportados por el cuentapartícipe. En fin, el cuentapartícipe asume el riesgo de que los ingresos del ejercicio sean especialmente bajos y no reciba más que una parte de lo que aportó (ej., si los ingresos son de 400.000 $, solo recibiría 40.000). Se dan, pues, los elementos de las cuentas en participación: un comerciante se </span><em style="text-align: left;">“interesa</em><span style="text-align: left;">” en “</span><em style="text-align: left;">las operaciones</em><span style="text-align: left;">” de otro, “</span><em style="text-align: left;">contribuyendo para ellas con la parte del capital que convinieren</em><span style="text-align: left;">, y haciéndose partícipe de sus “</span><em style="text-align: left;">resultados prósperos o adversos en la proporción que determinen</em><span style="text-align: left;">”. En el ejemplo, si las cosas le van muy bien al gestor, el cuentapartícipe obtendría un 34 % de rentabilidad para su inversión más o menos.</span></p><p align="justify">Pero si cambiamos las cifras – nos propone Matt Levine – y redactamos el pacto diciendo que “te doy 45.000 $ por el 50 % de tus ingresos del próximo ejercicio con un máximo de 60.000, el elemento de compartición de riesgos desaparece y la operación se parece mucho a un préstamo. La razón: es altísimamente improbable que los ingresos del gestor sean inferiores a 120.000 $ a la vista de los ingresos de ejercicios anteriores y las tendencias del mercado. Los contratantes estarían celebrando, realmente, un contrato de préstamo disimulado como uno de cuentas en participación. Es más, la proporción de los ingresos del comerciante podían llegar al 100 % (o incluso superarlo, porque un mismo comerciante podía recibir varios préstamos simultáneamente cada uno con un límite propio de cantidad a devolver en términos de los ingresos del comerciante: ej: cinco préstamos cada uno con un límite del 25 % de los ingresos del comerciante) lo que significaba que el comerciante debía destinar todos sus ingresos preferentemente a devolver el préstamo hasta cubrir el capital – 45.000 – y los intereses – 15.000, lo que, si se lograba antes de la llegada del término pactado – un año – significaba que los intereses realmente pactados eran mucho más elevados que el 34 % anual.</p><p align="justify">El contrato sería usurario si concebimos objetivamente el supuesto de hecho de la usura (es decir, basta con que el interés pactado sea claramente superior al precio del dinero en el mercado) y no lo sería si requerimos un elemento subjetivo (que el prestamista se aproveche de las limitadas capacidades mentales del prestatario o de su situación angustiosa). </p><p align="justify">Pero la ‘causa’ del contrato – si es un contrato de sociedad interna o un préstamo – puede determinarse atendiendo a si se comparte el riesgo del negocio (no el riesgo de solvencia del gestor, ese es un riesgo que corre tanto el cuentapartícipe como el prestamista). Si el que contribuye con capital asume el riesgo de la variabilidad de los ingresos del comerciante, estaríamos ante unas cuentas en participación y la acusación de usura se desvanecería porque la remuneración del cuentapartícipe estaría ajustada al riesgo asumido y estaríamos ante un préstamo – cuyo interés habría que calificar – si el que contribuye con capital no asume el riesgo de variabilidad de los ingresos del comerciante.</p><p align="justify">La fiscalía pretende condenar a Yellowstone a pagar 1.400 millones de dólares – habrían hecho préstamos por 500 millones – y uno no puede evitar pensar lo fascinante que es Estados Unidos. Una vez más: haga usted lo que quiera para ganar dinero. No ponemos límites a las ganancias que pueden obtener aquellos que asumen riesgos. Pero como le pillemos haciendo trampas, lo hundiremos en la miseria y dará con sus huesos en la cárcel. Una cultura que induce a jugar en los límites del terreno de juego para maximizar los beneficios sociales de la asunción de riesgos y de la innovación (incluida la financiera) debe incorporar sanciones terribles para los que, dolosamente, juegan fuera del campo de juego. </p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-72967539802566182562024-03-11T20:29:00.004+01:002024-03-12T12:38:46.286+01:00Compañías comerciales en el mundo antiguo<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg9Iz2vGPBl3T3pQVFxthknEzzj9CAgeXuLYls69wfVHU7kzpVvjpbAHCR3e4-FMFl9sfU9Ed-bAoKUh6ATfnN8DAjLniHxaHdBTgy7G1okT5P439IBAI7cimDYX6SpwdqSWrDkEqHcVdGCIpFphIBHKSvh1qJumpeRp49Zw7zkkY8tKSWRqEy3fIOEhWg/s5184/Lugares%20absurdos.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="3888" data-original-width="5184" height="300" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg9Iz2vGPBl3T3pQVFxthknEzzj9CAgeXuLYls69wfVHU7kzpVvjpbAHCR3e4-FMFl9sfU9Ed-bAoKUh6ATfnN8DAjLniHxaHdBTgy7G1okT5P439IBAI7cimDYX6SpwdqSWrDkEqHcVdGCIpFphIBHKSvh1qJumpeRp49Zw7zkkY8tKSWRqEy3fIOEhWg/w400-h300/Lugares%20absurdos.jpg" width="400" /></a></div>Foto: Pedro Fraile <blockquote><p style="text-align: justify;"><i>En las sociedades preindustriales, los comerciantes y artesanos podían satisfacer sus necesidades de capital y de diversificación de riesgos sin recurrir a ninguna organización empresarial de tipo societario. Incluso las actividades económicas que implicaban más capital y mayor asunción de riesgos, como el comercio a larga distancia, a menudo se realizaban dentro del ámbito familiar. Además, cuando el Estado --- o una persona o familia muy rica --- disponía de suficiente capital y capacidad para asumir riesgo, no era necesario ni siquiera crearlas. Un posible ejemplo sería el Egipto faraónico.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><b><span style="color: #3d85c6;">Hay pruebas de la existencia de sociedades mercantiles en Mesopotamia ya a finales del tercer milenio a.C. </span></b>y, siglos más tarde, en Assur, se conoce el desarrollo de dos tipos: el ellutum y el tapputum para dedicarse al comercio de caravanas de larga distancia... Eran compañías de un solo viaje... eran.. fácilmente terminables (se disolvían por voluntad o muerte de cualquiera de los socios) y eran estrictamente personalistas... </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>El <b><span style="color: #3d85c6;">ellutum </span></b>era una sociedad constituida para un solo negocio para compartir el riesgo entre varios socios capitalistas que designaban a un socio gestor que dirigía el negocio... Tenemos noticia de un ellutum formado por quince mercaderes de Asiria que <a href="https://papers.ssrn.com/sol3/papers.cfm?abstract_id=4723722" target="_blank">aportaron diversas cantidades de plata con el propósito de comprar cobre,</a> cambiarlo por lana y volver a cambiar ésta por plata. </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i> El <b><span style="color: #3d85c6;">tapputum</span></b> era una asociación de un solo negocio con un máximo de cuatro partes que compartían instalaciones y bienes y que se representaban mutuamente en las operaciones por cuenta conjunta. Por ejemplo, el taputo era utilizado por los terratenientes para obtener un fuente adicional de ingresos más allá de la inversión agrícola. El taputo terminaba con la muerte del gestor.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>A finales del primer milenio antes de Cristo, los neobabilonios desarrollaron el <b><span style="color: #3d85c6;">harrānu </span></b>(literalmente, "contrato de la caravana"). Había un socio financiero senior y un socio gestor junior... La participación en la sociedad podía heredarse y algunos harrānu duraban más de cuarenta años. Las harrānu no se limitaban al comercio de larga distancia como un viaje marítimo sino que podía referirse a actividades locales como la producción textil o la elaboración de cerveza. Además, se utilizaron como elementos en grupos o redes empresariales más grandes...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i> A principios del segundo milenio, los mercaderes de Assur desarrollaron el <b><span style="color: #3d85c6;">naruqqum </span></b>("saco" o "bolsa de dinero") para reunir capital y compartir riesgos, principalmente en relación con el comercio de caravanas... no se limitaba a un solo negocio y... de hecho, parece ser el primer ejemplo de sociedad con partes transmisibles... se constituía por escrito... Los inversores pasivos o ummeanum aportaban una suma de oro u otros activos. ... Muchos mercaderes tenían participaciones en varios naruqqum... muchos negocios asirios antiguos sobrevivieron durante varias generaciones... las participaciones eran heredables... muchos naruqqum pertenecían a los miembros de un grupo familiar... </i></span><i style="text-align: left;">El número de socios oscilaba entre diez y veinte... </i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i> Los atenienses formaban <b><span style="color: #3d85c6;">koinonía </span></b>o <a href="https://almacendederecho.org/commenda-y-prestamo-a-la-gruesa-ventura-o-riesgo-de-mar" target="_blank">sociedades tanto para fines comerciales </a>como no comerciales. Por ejemplo, la koinonía se utilizaba en el comercio marítimo para allegar capital que cubriera los costes de adquirir mercancías en un puerto extranjero que se transportarían a Atenas y se venderían en el emporion...</i></span><span style="text-align: left;"> </span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;"><b style="color: #3d85c6;">El mundo islámico desarrolló varias formas de sociedades, entre las que se destacan el mudaraba (o qiridi), el inan y el mufawada. </b>Estas formas de sociedades tienen quizás el récord mundial por su duración y su extensión geográfica. Se usaron en el mundo islámico durante más de mil años, hasta el siglo XX, y algunas de ellas siguen vigentes en la actualidad. El mudaraba o qirid era un tipo de sociedad que se empleaba para negocios locales, como tiendas o almacenes. Este tipo de sociedad combinaba elementos de un contrato de asociación y un contrato de agencia. Se le ha comparado con la commenda italiana, que surgió más tarde. El mudaraba consistía en un acuerdo contractual por el cual uno o más inversores (rabb al-mal) aportaban capital o bienes a uno o más agentes (mudarib). El rabb al-mal era un inversor pasivo que no intervenía directamente en las actividades del mudarib. Era habitual que el rabb al-mal solo retirara las ganancias después de cada viaje y transfiriera el capital original al mismo mudarib para una nueva mudaraba, lo que facilitaba las inversiones a largo plazo...</span></i><i><span style="text-align: left;">La</span><span style="text-align: left;"> mudaraba se utilizó como elemento de estructuras organizativas más amplias que ampliaron considerablemente la capacidad de acumular capital y distribuir riesgos. Por ejemplo, el capital de una mudaraba podía transferirse a otra mudaraba o utilizarse para formar una sociedad con un tercero...</span></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i style="text-align: left;">La mufawada (era una suerte de sociedad universal)... requería la aportación de todas las actividades comerciales y activos de los socios...</i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Hay pocos testimonios que sobrevivan sobre los detalles de las sociedades comerciales en <b><span style="color: #3d85c6;">la India </span></b>antes de 1800. Sin embargo, a diferencia del antiguo Egipto... la existencia de sociedades está bien respaldada por obras literarias...</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Hubo muchas formas societarias... desde la<b><span style="color: #3d85c6;"> unificación Qin de China en el siglo III a.C.</span></b> ... una... muy interesante fue el heben o hegu (合股)... se utilizaba... para empresas de alto riesgo, como viajes comerciales en el extranjero, o empresas intensivas en capital, como el comercio de sal y té. Lo que distingue al heben de otras sociedades chinas es la transmisibilidad de las partes de socio, aunque no en un mercado bursátil. En ese sentido, el heben se parecía al antiguo asirio naruqqum y a la societas publicanorum romana...</span><span style="text-align: left;">A menudo había un socio de capital (pasivo) y un socio de trabajo (activo) que compartían las ganancias con frecuencia de acuerdo con una división de 50-50 a 70-30.... El socio gestor a menudo tenía amplia discreción para tomar decisiones y asumía pérdidas. </span></i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"><b> <span style="background-color: white; font-family: NexusSansWebPro;">Hawk, Barry E.,<i> Family, Partnerships and Companies, </i>2024</span></b></span></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-35609770699061134532024-03-11T18:58:00.002+01:002024-03-12T12:39:12.089+01:00Patricia Crone, Sociedades preindustriales (i): rasgos de las sociedades preindustriales<p> </p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjepBgXA8KnpzD4AY5YgALwTvjQIUv0fmKiZA8ESaBVFkGDGoiObwF_Q7RRjZNZGRibDs4uU-R8ct3mJ13nJw0csy7cYGN9rTWvIGVHBV1j4qZ73_PxZscGsLLbcIbKS-gBiIRIC2CYpjl6lZ55i1SbawVFQQ5y0tpaZEkSJ7G6AcO_MuKJRUBteM88bf0/s1000/fisico.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1000" data-original-width="622" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjepBgXA8KnpzD4AY5YgALwTvjQIUv0fmKiZA8ESaBVFkGDGoiObwF_Q7RRjZNZGRibDs4uU-R8ct3mJ13nJw0csy7cYGN9rTWvIGVHBV1j4qZ73_PxZscGsLLbcIbKS-gBiIRIC2CYpjl6lZ55i1SbawVFQQ5y0tpaZEkSJ7G6AcO_MuKJRUBteM88bf0/w249-h400/fisico.jpg" width="249" /></a></div><p></p><p style="text-align: justify;">Resumo a continuación el libro. Destaco los pasajes que me parece que encierran lecciones importantes para nuestra sociedad. Por ejemplo, lo que se dice a continuación sobre la división del trabajo - la asignación de tareas - en las sociedades preindustriales es muy relevante para entender los límites (los beneficios y costes) de la meritocracia.</p><p style="text-align: justify;"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><i>Asignación de los recursos por herencia, no por el mercado: quién seas es mucho más importante que lo que sabes hacer, especialmente porque no hay mucha especialización </i></span></b></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Lo que esto significa es que el linaje, y no las fuerzas del mercado, determinaba quién debía hacer qué: el trabajo había sido asignado de antemano al grupo social en el que uno nacía. La ventaja radicaba en el automatismo con que se reclutaba y formaba a las personas para sus puestos de trabajo. No había necesidad de sistemas educativos elaborados (a la gente le enseñaban sus padres), ni de centros de empleo y otras formas de intercambio impersonal de mano de obra; tampoco había necesidad de anunciar un nuevo ocupante del trono cuando moría el gobernante. <b><span style="color: #3d85c6;">Resolvía el problema de la asignación de puestos de trabajo con un mínimo de organización o, en otras palabras, era barato. </span></b>(Por el contrario, consideremos los costes de unas elecciones presidenciales, o incluso el alboroto y la molestia de cubrir un puesto universitario: sería mucho más fácil simplemente nombrar al hijo).</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>También funcionó, en cierto modo, porque <b><span style="color: #3d85c6;">la mayor parte del trabajo no era cualificado y porque las cualificaciones requeridas cambiaban muy lentamente:</span></b> si cualquiera puede hacer un trabajo tan bien como cualquier otro, los elaborados procedimientos de asignación de puestos son superfluos; y si las cualificaciones no cambian de una generación a otra, los padres pueden formar a sus hijos tan bien como cualquier otro. De ahí salieron gobernantes ineptos, aunque también algunos muy impresionantes; y cuando en la Corea del siglo XV incluso los artistas llegaron a ser reclutados por herencia, también salieron pintores ineptos.</i></p></blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Las bondades del nepotismo</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i>En el mundo preindustrial, la confianza siempre tuvo una importancia primordial, con el resultado de que el mercado laboral que existía estaba dominado por las redes personales: yo te recomendaría a mi hijo y tú recomendarías al tuyo; tú recomendarías a tu sobrino y yo recomendaría a mi amigo. La gente se empleaba en el seno de comunidades pequeñas donde todos se conocían. Los padres organizaban el aprendizaje de sus hijos y los maestros que los acogían sabían todo lo que había que saber sobre el aprendiz antes de aceptarlo.<span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i>Para los puestos en la burocracia política, una red extendida de parientes, amigos y aliados era muy deseable, si no indispensable. En una narración musulmana del siglo X, un burócrata de alto rango se lamenta de que el único hijo de un amigo fallecido es tan estúpido que no puede convertirlo en juez ("el muchacho es tan tonto que deshonraría por completo mi recomendación"). como dijo Macauley de un primo en 1833). Pero aunque un mecenas se deshonraría a sí mismo al apoyar a un completo ignorante para un trabajo que requiriese pericia, no había nada vergonzoso en el mecenazgo como tal: beneficiaba tanto al empleador como al empleado. Dondequiera que la confianza importara tanto o más que las habilidades, el nepotismo era una virtud, no un signo de corrupción.</i></p></blockquote><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La concentración del excedente en pocas manos </span></i></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i>Un emperador persa del siglo III supuestamente decretó que los súbditos debían quedarse solo con la cantidad de sus productos cultivados que les bastara para vivir y cultivar sus tierras. Un rey de Kashnur lS del siglo VIII habría ordenado que se vigilara que los aldeanos no tuvieran más provisiones de alimentos que las necesarias para un año, ni más bueyes de los que requerían para arar sus campos. Un documento japonés del siglo XVII afirmaba que los campesinos eran el fundamento del Estado y que cada hombre debía tener bien delimitados los límites de sus campos, y se debía calcular la cantidad que necesitaba para su consumo. El resto se debía pagar como impuesto. No sorprende que los discípulos de Jesús se escandalizaran cuando su maestro cenaba con recaudadores de impuestos ('publicanos') y otros pecadores."</i></p><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><span _msthash="2" _msttexthash="228827196" style="text-align: left;"><i>Dondequiera que la riqueza tomara la forma de tierras y un excedente almacenable, los cuales podían ser confiscados físicamente, un pequeño número de especialistas en violencia tendía a eliminar a otros participantes de la arena política, especialmente cuando la tasa de participación militar era baja, o en otras palabras, donde pocos varones adultos eran llamados a participar en la guerra. Por el contrario, <b><span style="color: #3d85c6;">los medios de producción </span></b>(a diferencia de los productos en sí mismos) <b><span style="color: #3d85c6;">no podían ser confiscados físicamente donde predominaba la riqueza comercial, ni las masas podían ser excluidas de una voz en la política donde la tasa de participación militar era alta</span></b>.</i></span></p></blockquote><p style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La inseguridad individual elevaba enormemente la importancia de la autotutela por los grupos basados en el parentesco o en estructuras corporativas</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i><span _msthash="5" _msttexthash="2344754048" style="text-align: left;">Ya sea que tomaran la forma de familias, linajes, tribus, barrios, aldeas, gremios, comunidades religiosas o una combinación de ellos, eran islas de confianza y solidaridad en un mundo inestable y peligroso (lo que no quiere decir que no pudiera haber divisiones o tensiones dentro de ellas). Por lo general, eran organizaciones autónomas, unificadas frente a terceros, endogámicas, con mecanismos de resolución de disputas entre los miembros e incluso capaces de levantar un ejército...</span></i></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i><span _msthash="5" _msttexthash="2344754048" style="text-align: left;"> Es por esta razón que las personas eran amigas o aliadas, como se mencionó en el capítulo anterior, no una masa indiferenciada de ciudadanos que podían proporcionar mano de obra neutral. Para el Estado, la existencia de tales grupos era una bendición sólo en parte. Mantenían a la gente bajo control, pero también intervenían entre el Estado y sus súbditos, lo que dificultaba el gobierno directo. Podían ser heréticas, y siempre corrían el peligro de rebelarse.... En resumen, la organización política tendía a... una situación en la que los diferentes poderes se contrarrestan y anulan entre sí en lugar de combinarse para lograr un efecto conjunto. <b><span style="color: #3d85c6;">Los estados preindustriales tenían un poder considerable para evitar que las cosas sucedieran, pero muy poco para hacer que sucedieran. </span></b>Por lo tanto, no es sorprendente que los estados fueran estructuras frágiles que colapsaban fácilmente bajo tensión interna o presión externa. <b><span style="color: #3d85c6;">El bajo grado de integración, por un lado, y los mínimos servicios prestados por el Estado, por otro, significaban que había poco que los mantuviera unidos</span></b>.</span><span style="text-align: left;"> </span></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><p><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La importancia del matrimonio monógamo </span></b></i></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="952506061" style="text-align: justify;"><i><span _msthash="6" _msttexthash="3328518973" style="text-align: left;">Siendo los reyes gobernantes de dominios privados, la sucesión al trono era idéntica a la sucesión en la propiedad de la tierra; Y así... la propiedad de la tierra podía ser transmitida tanto por hombres como por mujeres. Al mismo tiempo prevalecía la estricta monogamia. <b><span style="color: #3d85c6;">Fuera de Europa, por el contrario, la sucesión al trono era normalmente distinta de la de la propiedad privada. </span></b>Por lo general, las mujeres no podían transmitir ni la tierra ni los derechos políticos de ningún tipo, mientras que la poligamia, el concubinato o el divorcio fácil <b><span style="color: #3d85c6;">aseguraban que los herederos varones fueran abundantes. </span></b>Por lo tanto, los gobernantes no europeos se limitaban a sellar alianzas políticas mediante sus matrimonios, pero sus homólogos europeos competían constantemente tanto por aliados como por herederos; y <b><span style="color: #3d85c6;">mientras que los reyes no europeos tendían a tener un exceso de herederos potenciales, sus homólogos europeos siempre estaban preocupados por su capacidad para producir uno solo, de modo que los asuntos matrimoniales de los reyes eran temas políticos candentes;</span></b> y aunque las guerras de sucesión a la muerte de los gobernantes están atestiguadas en todo el mundo, <b><span style="color: #3d85c6;">las guerras de sucesión entre monarcas reinantes eran peculiares de Europa,</span></b> donde las reclamaciones dinásticas de territorios específicos basadas en las reglas de la sucesión privada desempeñaron un papel crucial en la política internacional hasta el siglo XVIII.</span><span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La concepción privada del poder político</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="7" _msttexthash="1491093994" style="text-align: justify;"><i> ... una persona dotada de poder supremo, ya sea por herencia o de otra manera, no puede distinguir fácilmente entre su yo privado y público. "La tierra pertenece a Dios, y yo soy el diputado de Dios", dijo el califa Muawiya (661-80). L'Etat c'est moi, diría Luis XIV.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><p _msthash="7" _msttexthash="1491093994" style="text-align: justify;"></p><blockquote style="text-align: justify;"><i>... la falta de transparencia y rendición de cuentas de los actores políticos fomentaba la idea de que la política era un asunto de pactos entre caballeros del mismo club. La ventaja de reducir las decisiones públicas a acuerdos privados era que se simplificaba la comunicación y se aseguraba que las decisiones fueran satisfactorias para los involucrados. En cambio, las normas impersonales complican el proceso de decisión y generan resultados indiferentes o contrarios a los intereses privados de los decisores, que es, por supuesto, su propósito. Sin embargo, las normas impersonales solo se establecen y se cumplen cuando la administración está expuesta al escrutinio de agentes externos, ya sea a través de los tribunales, los parlamentos o los medios de comunicación. A los gobernantes preindustriales rara vez se les exigía responsabilidad ante nadie más que Dios; normalmente, sus servidores solo respondían ante sus superiores; y los medios de comunicación masivos no existían. En resumen,<b><span style="color: #3d85c6;"> el proceso político se mantenía al margen del ojo público, dejando a todos libres para participar en interminables negociaciones privadas tras bambalinas.</span></b>"</i></blockquote><p></p><p style="text-align: center;"><b style="background-color: white; color: #0b5394;"><span _msthash="8" _msttexthash="1541033" style="font-family: inherit; font-size: large;">Patricia Crone, <i _istranslated="1">Sociedades preindustriales,</i> 1989</span></b></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-83664164640714404762024-03-11T12:48:00.006+01:002024-03-11T12:48:49.221+01:00Congreso sobre sostenibilidad y gobierno corporativo<p> </p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><br /></div><br /><p></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7mQaxaBXVvK3qrMKXESqNZyghNOZYC4YdIiVFLWDmEF7ao6qMX7L6Cb8DyqfNB-ebyLKz08U_Xg3fd8T9CCQ3DfW4wAbXCUTCkqTOkkL0Ad09s1rmTiteCw87nfRp9RY-xqC_8dG_7zBmiNxKEPokiDyDE-Nc9P_q9yaSThlZaAk2oVh1HcEPcW4ze9s/s742/ooo.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="539" data-original-width="742" height="232" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj7mQaxaBXVvK3qrMKXESqNZyghNOZYC4YdIiVFLWDmEF7ao6qMX7L6Cb8DyqfNB-ebyLKz08U_Xg3fd8T9CCQ3DfW4wAbXCUTCkqTOkkL0Ad09s1rmTiteCw87nfRp9RY-xqC_8dG_7zBmiNxKEPokiDyDE-Nc9P_q9yaSThlZaAk2oVh1HcEPcW4ze9s/s320/ooo.jpg" width="320" /></a></div><div style="text-align: justify;"><i><blockquote><b><span style="color: #3d85c6;">JUEVES 18 DE ABRIL DE 2024 </span></b></blockquote><blockquote>9.00-9.30 Recepción de asistentes y entrega de materiales y acreditaciones </blockquote><blockquote>9.30-9.45 Apertura del Congreso
• Sra. D.ª María Emilia Adán García; Decana del Colegio de Registradores de España </blockquote><blockquote>9.45-10.30 Lecture/ Conferencia
• Luca Enriques, Professor of Corporate Law, Faculty of Law, University of Oxford – Corporate
Purpose, Sustainability, and Conflicts of Interest in European Company Law </blockquote><blockquote>10.30-12.00 Panel/ Mesa redonda 1: Sostenibilidad corporativa, derechos humanos y competitividad de las
compañías de la Unión Europea en el ámbito internacional/ Corporate sustainability, human rights
and the competitiveness of EU companies in the international arena
• Moderador: Alfonso Martínez-Echevarría y García de Dueñas, Catedrático de Derecho Mercantil,
Universidad CEU San Pablo; Director de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio
de Registradores de España; Socio de Martínez-Echevarría Abogados
• Jesús Quijano González, Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad de Valladolid; Consejero
Académico de Allen & Overy
• Jorge Noval Pato, Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad de Navarra
• Carlos Balmisa García-Serrano, Secretario General Técnico del Colegio de Registradores de España
• Konstantinos Sergakis, Professor of Capital Markets Law and Corporate Governance, University of
Glasgow (United Kingdom) </blockquote><blockquote>12.00-12.30 Coffee break/ Pausa-café </blockquote><blockquote>12.30-14.00 Panel/ Mesa redonda 2: Sostenibilidad corporativa y diligencia debida/ Corporate sustainability and
due diligence
• Moderadora: Geraldine Bethencourt Rodríguez, Profesora Colaboradora Doctora de Derecho
Mercantil, Universidad CEU San Pablo; Investigadora de la Cátedra de Derecho de los Mercados
Financieros-Colegio de Registradores de España
• Dulce Calvo González-Vallinas, Vocal de RSC del Colegio de Registradores de España, Registradora
de la Propiedad – La propuesta de Directiva sobre diligencia debida y su incidencia en el ámbito del
Derecho internacional privado
• Esperanza Gallego Sánchez, Catedrática de Derecho Mercantil, Universidad de Alicante
• Santiago Hierro Anibarro, Catedrático de Derecho Mercantil, Universidad de Alcalá, Of Counsel de
DLA Piper
• Gabriella Iermano, Associate Professor of Business and Company Law, University of Pisa (Italy) </blockquote><blockquote>14.00-16.00 Lunch/ Comida (servida en el vestíbulo de la Universidad/ served in the University foyer) </blockquote><blockquote>16.00-17.30 Panel/ Mesa redonda 3: La presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las
empresas. La Directiva (UE) 2022/2464 y su transposición por medio del Anteproyecto de Ley de
información sobre sostenibilidad/ Corporate sustainability reporting. Directive (EU) 2022/2464
and its implementation through the draft Sustainability Reporting Act
• Moderador: Fernando Díez Estella, Profesor Titular de Derecho Mercantil, Universidad Antonio de
Nebrija; Investigador de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de
Registradores de España
• Hanne S. Birkmose, Professor of Law, University of Southern Denmark (Denmark) – Presentación de
información sobre sostenibilidad (arts. 19 bis y 29 bis Directiva UE 2022/2464)/ Sustainability
reporting (Art. 19a and 29a EU Directive 2022/2464)
• Florian Möslein, Professor of German Civil and Business Law, University of Marburg (Germany) –
Normas de presentación de información sobre sostenibilidad, formato electrónico e informes
relativos a empresas de terceros países (capítulos 6 bis, 6 ter y 9 bis Directiva UE 2022/2464)/
Sustainability reporting rules, electronic format and reporting on third country companies (Chapters
6a, 6b and 9a EU Directive 2022/2464)
• Javier Juste Mencía, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid,
Of Counsel de Cuatrecasas –Artículo primero. APL. Modificación del Código de Comercio, publicado
por el Real Decreto de 22 de agosto de 1885
• Antonio Roncero Sánchez, Catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Castilla La
Mancha, Of Counsel de Écija Abogados – Artículo segundo. APL. Modificación del texto refundido de
la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio.
• María Isabel Martínez Torre-Enciso, Profesora Titular de Economía Financiera y Contabilidad de la
Universidad Autónoma de Madrid – Artículo tercero. APL Modificación de la Ley 22/2015, de 20 de
julio, de Auditoría de Cuentas. </blockquote><blockquote>17.30-19.00 Panel/ Mesa redonda 4: Normas Europeas de Información sobre Sostenibilidad (NEIS). El Reglamento
Delegado (UE) 2023/2772/ European Sustainability Reporting Standards (ESRS). Commission
Delegated Regulation (EU) 2023/2772
• Moderadora: Sara González Sánchez, Profesora Titular de Derecho Mercantil de la Universidad CEU
Cardenal Herrera; Investigadora de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de
Registradores de España
• Dario Latella, Profesor Catedrático de Derecho Mercantil en la Universidad de Messina (Italia) – NEIS
1 “Requisitos generales” y NEIS 2 “Información general”/ NEIS 1 "General Requirements" and NEIS 2
"General Information"
• Pablo Esteban Sánchez, Subdirector General, Spainsif – NEIS E1 Cambio climático, NEIS E2
Contaminación, NEIS E3 Recursos hídricos y marinos, NEIS E4 Biodiversidad y ecosistemas, NEIS E5
Uso de los recursos y economía circular
• Belén Varela Nieto, Responsable de Reporting No Financiero, Inditex – NEIS S1 “Personal propio”,
S2 “Trabajadores de la cadena de valor”, S3 “Colectivos afectados” y S4 “Consumidores y usuarios
finales”
• María José Gálvez Cardona, Head of ESG, Sustainability Services, Ernst & Young, S.L. – NEIS G 1
“Conducta empresarial” </blockquote><blockquote>20.30 Cocktail dinner/ Cena cóctel. Lugar: Casa de América, calle Plaza Cibeles, s/n, Salamanca, 28014, </blockquote><p> </p><blockquote><b><span style="color: #3d85c6;">VIERNES 19 DE ABRIL DE 2024 </span></b></blockquote><blockquote>10.00-11.15 Panel/ Mesa redonda 5: El “Código de buenas prácticas de inversores” de la CNMV 2023/ The CNMV’s
“Good practices Code for Investors” 2023
• Moderador: Rafael del Castillo Ionov, Profesor de Derecho Mercantil, Universidad CEU San Pablo;
Coordinador de la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de
España; Socio Fundador de Stocken Capital
• Javier Zapata Cirugeda, Secretario General de Emisores Españoles
• Nerea Vázquez García, Analista Sénior del Departamento de Información Financiera y Corporativa,
Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV)
• Juan Prieto, Director General de Corporance Asesores de Voto </blockquote><blockquote>11.15-11.45 Coffee break/ Pausa-café </blockquote><blockquote>11.45-13.00 Panel/ Mesa redonda 6: La diligencia debida societaria y la productividad empresarial/ Corporate due
diligence and business productivity
• Moderadora: Irene Navarro Álvarez, Profesora Colaboradora Doctora de Derecho Mercantil,
Universidad CEU San Pablo; Presidenta de la Asociación Multisectorial de Mujeres Directivas y
Empresarias (AMMDE)
• Otilia García-Rivero Gener, Directora de Estrategia y Políticas de Corporance Asesores de Voto
• Ana Martínez-Pina, Socia de Gómez-Acebo & Pombo, Exvicepresidente de la CNMV
• Ramón Hernández Peñasco, Socio Fundador de Legalfield, Consultores y Abogados; Investigador de
la Cátedra de Derecho de los Mercados Financieros-Colegio de Registradores de España
• José María Elías de Tejada, Socio de Deloitte España, Copresidente de la sección de Derecho de
Sociedades, Gobierno Corporativo y Desarrollo Sostenible del ICAM </blockquote><blockquote>13.00-13.45 Lecture/ Conferencia de clausura
• Manuel Conthe, Expresidente de la CNMV, Árbitro </blockquote><blockquote>13.45-14.00 Clausura del Congreso: Excmo. Sr. Dr. D. Agustín Probanza Lobo, Vicerrector de Investigación,
Transferencia y Divulgación Científica de la Universidad CEU San Pablo
</blockquote><p> </p><blockquote><b><span style="color: #3d85c6;">INSCRIPCIÓN
</span></b>Las inscripciones se tramitan enviando el nombre y cargo del asistente a catedra.dmf@ceu.es
• Matrícula gratuita
• Se hará entrega de certificaciones de asistencia </blockquote></i></div>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-67065969317139812002024-03-11T10:16:00.004+01:002024-03-11T10:16:41.853+01:00Citas: el Papa, Hegel, Buffet, Grocio y, cómo no, la 'diversity' mal entendida en las universidades<p _msthash="0" _msttexthash="4068441" style="text-align: justify;"><span _istranslated="1"><span _istranslated="1"></span></span></p><p></p><div class="separator" style="clear: both; font-style: italic; font-weight: bold; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEijXcC7MxJtoxf-J5yydhceTKO3qXidKKaX27IBsSa_6eN87dH91v5IEtBK7z0z5gruwPF1tj_LBuvzB02aSetUblsu8EKWhpmGtKYJ5V0jJh7pdb1e9UNTues-fnWjbmfOB1UcuQvt8KS56IolzY1_L2alTCxg2BYjOarraQ6Ut03vUrXbH3fL-kWeoqY/s800/GansevoortPier3.Familyincar.CopyrightRuthOrkin.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="532" data-original-width="800" height="266" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEijXcC7MxJtoxf-J5yydhceTKO3qXidKKaX27IBsSa_6eN87dH91v5IEtBK7z0z5gruwPF1tj_LBuvzB02aSetUblsu8EKWhpmGtKYJ5V0jJh7pdb1e9UNTues-fnWjbmfOB1UcuQvt8KS56IolzY1_L2alTCxg2BYjOarraQ6Ut03vUrXbH3fL-kWeoqY/w400-h266/GansevoortPier3.Familyincar.CopyrightRuthOrkin.jpg" width="400" /></a></div>Ruth Orkin<br /><span style="color: #3d85c6; font-size: large; font-style: italic; font-weight: bold;"><br /></span><p></p><p style="font-style: italic; font-weight: bold;"><span style="color: #3d85c6; font-size: large;">El Papa tiene que abdicar. No es que diga gilipolleces de vez en cuando. </span><a href="https://www.elmundo.es/internacional/2024/03/10/65ed943de4d4d8f56e8b45b1.html" style="font-size: large;" target="_blank">Es que parece que solo dice gilipolleces</a><span style="color: #3d85c6; font-size: large;">. Y la </span><a href="https://www.vaticannews.va/es/papa/news/2024-03/el-papa-pide-para-ucrania-el-valor-de-la-negociacion.html" style="font-size: large;" target="_blank">rectificación empeora las cosas</a><span style="color: #3d85c6; font-size: large;">.</span></p><p></p><p _msthash="0" _msttexthash="4068441"><b _istranslated="1"><i _istranslated="1"><br /></i></b></p><p _msthash="0" _msttexthash="4068441" style="text-align: center;"><span><span _istranslated="1"><i _istranslated="1">"Nunca trates con un bribón bajo la </i></span><span _istranslated="1"><i _istranslated="1">expectativa de que puedes evitar que te engañe".</i></span></span></p><p _msthash="1" _msttexthash="2340494" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Hugh McCulloch, 1863</span></b></p><p _msthash="1" _msttexthash="2340494" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;"><br /></span></b></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="49828168" style="text-align: justify;"><i>Si bien hacemos hincapié en tratar bien a nuestros empleados, comunidades y proveedores, ¿quién no desearía hacerlo? – Nuestra lealtad siempre será a nuestro país y a nuestros accionistas. Nunca olvidamos que, aunque su dinero se mezcle con el nuestro, no nos pertenece.</i></p></blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="200785" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Warren Buffet</span></b></p><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="26635804" style="text-align: justify;"><i>"Puedo declarar abiertamente que, así como los matemáticos describen las formas haciendo abstracciones de cuerpos que están muy distantes de nosotros, yo, en mi tratamiento del Derecho, he abstraído mis pensamientos de cualquier instancia de hecho"</i></p></blockquote><p _msthash="4" _msttexthash="153478" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Hugo Grocio</span></b></p><blockquote><p _msthash="5" _msttexthash="4457024" style="text-align: justify;"><i>"si los príncipes escriben las leyes, lo único que tendrán en mente es el interés público"</i></p></blockquote><p _msthash="6" _msttexthash="220181" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Muratori (1742)</span></b></p><p _msthash="6" _msttexthash="220181" style="text-align: center;"></p><blockquote><i style="text-align: justify;">La misma palabra "representante" era un truco, según Necker, porque "el término da la impresión de '<b><span style="color: #3d85c6;">otro yo</span></b>", una impresión que él veía como absolutamente falsa</i><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><p></p><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Paolo Grossi </span></b></p><p style="text-align: justify;"></p><blockquote style="font-style: italic;"><span>"Hay jóvenes que no quieren tener hijos porque el mundo va a ir de mal en peor. Por desgracia, vivirán para lamentarlo"</span></blockquote><p style="text-align: center;"><a href="https://www.elmundo.es/papel/el-mundo-que-viene/2024/03/08/65e201b8fc6c8390558b457a.html" target="_blank"><b><span style="color: #3d85c6;">Matt Ridley</span></b></a></p><div style="font-style: italic;"><br /></div><p></p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><a href="https://www.grumpy-economist.com/p/reporting-from-the-bubble?utm_source=post-email-title&publication_id=2178684&post_id=142358492&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">Parece que en Stanford no hay diversidad polí</a></span></i></b><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><a href="https://www.grumpy-economist.com/p/reporting-from-the-bubble?utm_source=post-email-title&publication_id=2178684&post_id=142358492&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&triedRedirect=true&utm_medium=email" target="_blank">tica e ideológica</a></span></i></b></p><p><span style="text-align: justify;">Todo el claustro es progresista y muy progresista. Pero eso no parece molestar a los encargados de asegurar la 'diversidad'</span></p><p><span style="text-align: justify;"><br /></span></p><p style="text-align: justify;"><em style="font-size: large; text-align: left;"><b><span style="color: #3d85c6;">“No solo hay que estar callado cuando no se tiene nada que decir, también hay que callar cuando no se puede expresar algo con precisión"</span></b></em><span style="font-size: large; text-align: left;"> </span></p><p align="justify"></p><blockquote style="text-align: justify;"><em>Jamás alcanzará a usted la plenitud de escritor sí, en el instante en que toma papel y pluma, no está espabilado como un durmiente al que echan un cubo de agua. Usted es un comunicante, no lo olvide. También su situación indecisa debe ser expresada de manera inteligible. </em><span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><em>Espero que no ceda usted al punto de vista alemán de que no se puede escribir rápido. Un buen libro. Yo solo sé escribir bien y rápido. Los alemanes escriben científicamente también los libros poéticos. Sienten científicamente, por eso son lentos. El moroso trabajo de un Flaubert, por ejemplo, estriba en condiciones previas, totalmente distintas, a saber, en la pereza. Desde la escuela sabrá usted que se pueden apoyar todo el día con la mayor de las perezas en el alma”</em> <span style="text-align: left;"> </span></blockquote><blockquote style="text-align: justify;"><em style="text-align: left;">Aunque la relación entre dos personas decentes no se basa en pan y comida, es importante que ambos tengamos pan. <b><span style="color: #3d85c6;">La necesidad es capaz de aniquilar todo lo noble.</span></b> <b><span style="color: #3d85c6;">También la amistad.</span></b> Es importante que ninguno de los dos esté en manos de la vil necesidad”.</em></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">J<span style="text-align: left;">oseph Roth, Cartas</span></span></b></p><p><i><b><span style="color: #3d85c6;"><br /></span></b></i></p><p><i><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La concepción de la propiedad como expresión de la voluntad en el iusnaturalismo racionalista </span></b></i></p><blockquote style="text-align: justify;"><i><span _istranslated="1" lang="EN-US" style="color: black; font-family: "Times New Roman",serif; font-size: 11pt; line-height: 115%; mso-ansi-language: EN-US; mso-themecolor: text1;">"La forma dada a una posesión y su marca son en sí mismas
signos externos sólo por la presencia subjetiva de la voluntad, que es lo que da significado y valor a esos signos externos... la voluntad así expresada... es <span _istranslated="1">un acontecimiento en el tiempo </span><span _istranslated="1">que tiene carácter continuado<b>,</b> en el sentido de no interrumpido)<b>. </b></span>Sin continuidad de la voluntad expresada, la cosa se convierte en
a <span _istranslated="1">res nullius</span>, porque ha sido privada de la voluntad
y posesión actuales. Esto explica por qué se adquiere o se pierde la propiedad a través de la prescripción adquisitiva o extintiva... </span><span _istranslated="1" style="font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 11pt;">La prescripción extintiva... descansa pues... en el carácter fáctico de la propiedad, en el hecho de que la voluntad de ser propietario debe manifestarse. </span><b _istranslated="1" style="font-family: "Times New Roman", serif; font-size: 11pt;"><span style="color: #3d85c6;">La prescripción se basa en la presunción
que he dejado de considerar la cosa como mía. Si una cosa ha de seguir siendo mía,
Mi voluntad debe continuar en ella, y usarla o mantenerla bajo mi control demuestra
la continuidad"</span></b></i></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Hegel, Filosofía del Derecho </span></b></p>
<div style="mso-element: footnote-list;"><!--[if !supportFootnotes]-->
<!--[endif]-->
</div><p></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-38916139814280849142024-03-10T12:46:00.003+01:002024-03-10T12:47:29.753+01:00 Las mujeres no son menos cooperativas que los hombres. Sólo son menos competitivas<p style="text-align: center;"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjEt-xTDGJVLxbfJ994fnwyo70PWly4MW1OFdUAitbIbJ-BFtxyVmy_tdVYO_C4V5RDnBpEHcdQS5zVcCgkorOgTsKFxFD6jwNnmNNk7tpPsThx1R68eWht_zG1AFIsFSGDl_clYnF0-w7t_O0QCzsAHy7kBS7EnJoXMlElvOFDr16ffCIKmdaOteAQL6M/s5184/Droguer%C3%ADa%20Br%C3%BAjula%20(tristes%20cambios).jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="5184" data-original-width="3888" height="400" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjEt-xTDGJVLxbfJ994fnwyo70PWly4MW1OFdUAitbIbJ-BFtxyVmy_tdVYO_C4V5RDnBpEHcdQS5zVcCgkorOgTsKFxFD6jwNnmNNk7tpPsThx1R68eWht_zG1AFIsFSGDl_clYnF0-w7t_O0QCzsAHy7kBS7EnJoXMlElvOFDr16ffCIKmdaOteAQL6M/w300-h400/Droguer%C3%ADa%20Br%C3%BAjula%20(tristes%20cambios).jpg" width="300" /></a></div><div style="text-align: justify;">foto: Pedro Fraile </div><p></p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><i>En resumen, entre los mamíferos, la reproducción de los machos generalmente está limitada por el acceso a las parejas. Esto, combinado con el ritmo de la historia de la vida humana, favorece la participación de los machos en (i) estrategias de alto riesgo, (ii) la protección de la pareja y (iii) la búsqueda de un alto estatus social. Por extensión, se espera que<b><span style="color: #3d85c6;"> los hombres y los niños formen alianzas políticas y participen en la defensa colectiva de la pareja a través de la agresión intergrupal, y se beneficien de la formación de redes sociales amplias y difusas.</span></b></i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><i>... el éxito reproductivo de las hembras de mamíferos generalmente está limitado por el <b><span style="color: #3d85c6;">acceso a los recursos.</span></b> Como consecuencia, <b><span style="color: #3d85c6;">se espera que las mujeres adopten estrategias de bajo riesgo que mejoren su propia salud y supervivencia y la de sus hijos. </span></b>Se espera que las mujeres y las niñas establezcan vínculos vinculados al cuidado de los hijos, sean muy selectivas a la hora de elegir a los socios cooperativos, formen redes sociales estrechas, excluyan a los competidores y cooperen principalmente con parientes cercanos.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>La evidencia de este marco teórico ha sido mixta. En su apoyo, varios estudios señalan que las mujeres y las niñas forman menos amistades con personas de su mismo sexo, invirtiendo más en cada relación, siendo más propensas a terminarlas si se produce una transgresión de las reglas por la otra persona y siendo menos cooperativas que los hombres y los niños en las interacciones entre personas del mismo sexo. Por otro lado, la investigación de la psicología social y de la salud indica que <b><span style="color: #3d85c6;">las mujeres son más propensas a responder a escenarios estresantes buscando y brindando apoyo y participando en estrategias orientadas a los demás a pesar de interactuar con extraños, mientras que los hombres son más propensos a responder de manera egoísta y competitiva.</span></b></i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Además, una revisión sobre el comportamiento prosocial de los niños encontró que l<b><span style="color: #3d85c6;">as niñas a menudo tenían grupos de juego más pequeños, pero eran más prosociales que los niños en la mayoría de los demás aspectos</span></b>.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Un estudio que comparó registros etnográficos de sociedades a pequeña escala argumentó que los hombres a menudo cooperan en grupos más grandes, mientras que las mujeres son más propensas a participar en actividades paralelas no cooperativas.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Por el contrario, en un estudio con cazadores-recolectores Hadza en Tanzania, <b><span style="color: #3d85c6;">los hombres y las mujeres no difirieron en su número de compañeros de campamento preferidos o en el número de individuos con los que compartirían regalos</span></b>.</i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>También se ha encontrado una ausencia de diferencias de género en las redes sociales en otros estudios... <b><span style="color: #3d85c6;">No hay evidencia de diferencias de género en la prosocialidad y la equidad entre los niños en 21 sociedades diversas.</span></b></i></span><span style="text-align: left;"><b><span style="color: #3d85c6;"> </span></b></span></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Según Cassar y Rigdon... <b><span style="color: #3d85c6;">las mujeres pueden suprimir los comportamientos competitivos en un esfuerzo por conservar los beneficios potenciales de las relaciones cooperativas.</span></b> En su resumen, destacan los estudios que muestran que <b><span style="color: #3d85c6;">las niñas con frecuencia prefieren los juegos cooperativos a los competitivos y son menos tolerantes a las diferencias de estatus social entre sus compañeros que los niños. </span></b>Los autores sugieren que <b><span style="color: #3d85c6;">esta es la razón por la que las mujeres son menos competitivas en los juegos experimentales en los que el ganador se lo lleva todo, pero más competitivas cuando los experimentos tienen la opción de que los ganadores compartan con los perdedores.</span></b></span><span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="592670130" style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Starkweather y sus colegas demostraron que las redes cooperativas de cuidado infantil y de trabajo de las mujeres Shodagor en las zonas rurales de Bangladesh diferían <b><span style="color: #3d85c6;">según las actividades económicas de las mujeres.</span></b> También era probable que las mujeres que se dedican al comercio cooperaban cuidando recíprocamente de los hijos de las otras cuando éstas viajaban. Dado que el comercio es incompatible con el cuidado de los niños, este intercambio les permitió resolver el equilibrio entre la asignación de tiempo al cuidado de los niños y las actividades económicas. Por el contrario, la pesca es compatible con el cuidado de los niños, y las mujeres que trabajaban como pescadoras tenían redes de cooperación más reducidas.</i></span></p></blockquote><p style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"></span></p><blockquote style="text-align: center;"><span style="color: #3d85c6; font-size: large;"><b>Fox SA, Scelza B, Silk J, Kramer KL. 2022, </b><i><a href="https://doi.org/10.1098/rstb.2021.0424" style="font-weight: bold;" target="_blank">New perspectives on the evolution of women’s cooperation.</a> </i><b>Phil. Trans. R. Soc. B</b></span></blockquote><p></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-60951476924106945452024-03-08T12:42:00.000+01:002024-03-08T12:42:04.988+01:00Liquidación y extinción de una sociedad que carece de bienes y tiene un solo acreedor<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0NQeG-RcZEcpkEVqFtgwqx9ctAupizj2mZCFS8k_O-9x3A6L9WriqkJOFsyH-MRFQwEVWI2GtYd2iUPWEkZ7ZkrOhEJL67_xgP5Oe-KCT92SgDr0BTzT5u43dtffVaYwNj2q9friihWioC3rzXAyAjNtF6lmaNALPi3W807v1WxiabVj73zobQgTXZhg/s513/l_homme_de_rio_aka_that_man_from_rio-334241779-large.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="513" data-original-width="350" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEh0NQeG-RcZEcpkEVqFtgwqx9ctAupizj2mZCFS8k_O-9x3A6L9WriqkJOFsyH-MRFQwEVWI2GtYd2iUPWEkZ7ZkrOhEJL67_xgP5Oe-KCT92SgDr0BTzT5u43dtffVaYwNj2q9friihWioC3rzXAyAjNtF6lmaNALPi3W807v1WxiabVj73zobQgTXZhg/s320/l_homme_de_rio_aka_that_man_from_rio-334241779-large.jpg" width="218" /></a></div>El hombre de Río <blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Mediante la escritura cuya calificación es objeto del presente recurso se elevan a
público los acuerdos adoptados por unanimidad de los socios en junta general universal
de una sociedad de responsabilidad limitada por los que se aprueba el balance de
liquidación, del que resulta que no existe activo alguno que liquidar, y se declara
liquidada y extinguida la sociedad, con solicitud de la correspondiente cancelación de los
asientos registrales de la sociedad, conforme a lo dispuesto en la Resolución de la
Dirección General de los Registros y del Notariado de 22 de agosto de 2016. En la
misma escritura se expresa por el liquidador que la sociedad tiene un solo acreedor (la
Agencia Tributaria), cuyo crédito no se puede satisfacer por inexistencia de masa activa.
El registrador Mercantil resuelve suspender la práctica del asiento registral solicitado
porque «conforme al artículo 395 de la Ley de Sociedades de Capital, la escritura de
extinción de la sociedad debe contener la manifestación de los liquidadores de que se ha
procedido al pago de los acreedores o a la consignación de sus créditos»... </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>La cuestión planteada debe resolverse conforme al criterio mantenido por este
Centro Directivo en sus Resoluciones de 29 de abril de 2011, 1 y 22 de agosto de 2016
y 19 de diciembre de 2018, según las cuales, sin necesidad de prejuzgar sobre la
procedencia o improcedencia de la declaración de concurso, <b><span style="color: #3d85c6;">en el ámbito estrictamente
registral no existe norma alguna que supedite la cancelación de los asientos registrales
de una sociedad de capital que carezca de activo social a la previa declaración de
concurso</span></b>.</i></span><span style="text-align: left;">... para practicar tal cancelación... se estimó </span><span style="text-align: left;">suficiente que en el balance de liquidación, y bajo la responsabilidad del liquidador, </span><span style="text-align: left;">constara la inexistencia de activo alguno para la satisfacción del acreedor...</span><span style="text-align: left;"> </span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i> <b><span style="color: #3d85c6;"> la cancelación de tales asientos no perjudica al acreedor,</span></b> <a href="https://almacendederecho.org/disolucion-liquidacion-societaria-la-extincion-la-personalidad-juridica-la-terminacion-del-contrato-sociedad" target="_blank">toda vez que se mantiene la aptitud de la sociedad para ser titular de derechos y obligaciones, mientras no se hayan agotado todas las relaciones jurídicas pendientes de la misma</a> (cfr.
artículos 390.1, 391.2, 395.1, 398 y 399 de la Ley de Sociedades de Capital y 228 del
Código de Comercio; y, por todas, la Resolución de 5 de marzo de 1996). L<b><span style="color: #3d85c6;">a cancelación
de los asientos registrales de una sociedad no es sino una fórmula de mecánica registral
para consignar una vicisitud de la sociedad, que en el caso de la disolución es que se
considere terminada la liquidación.</span></b> Por ello, no impedirá la ulterior responsabilidad de la
sociedad si después de formalizarse e inscribirse la escritura pública de extinción de la
sociedad aparecieren bienes sociales no tenidos en cuenta en la liquidación (cfr.
artículo 398 de la Ley de Sociedades de Capital)... </i></span><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><i>Por otro lado, el hecho de que no se puedan aplicar las medidas tuitivas establecidas
en las normas de la Ley Concursal no implica que los acreedores de la sociedad
insolvente se vean privados de suficiente protección. Es indudable que, al margen del
procedimiento concursal, pueden iniciar un procedimiento de ejecución singular contra la
sociedad y contra los socios, administradores o liquidadores si la falta de pago de la
deuda por la sociedad es a ellos imputable, mediante el ejercicio de la acción individual
de responsabilidad (cfr. artículos 397 a 400 de la Ley de Sociedades de Capital), con
posibilidad de ejercitar las acciones previstas en el Código Civil para los actos realizados
en fraude de acreedores (artículo 1291.3.º) o la acción revocatoria o pauliana
(artículo 1111).
En definitiva, a efectos de la cancelación de los asientos registrales, debe admitirse
la manifestación que sobre la inexistencia de activo y sobre la existencia de un único
acreedor realice el liquidador bajo su responsabilidad –confirmada con el contenido del
balance aprobado–, como acontece en otros muchos supuestos contemplados en la
legislación societaria (cfr. artículos 160 bis, apartado 3, 170.4, 201.2.1.º y 2.º, 208.3, 218.1, 227.2.1.ª y 2.ª, 242.3.ª y 246.2.2.ª del Reglamento del Registro Mercantil.
Vid. las Resoluciones de 10 y de abril de 2014 y 23 de junio de 2016)</i></span></p></blockquote><p>Es la<a href="https://boe.es/boe/dias/2024/03/08/pdfs/BOE-A-2024-4591.pdf" target="_blank"> RDGSJFP de 5 de febrero de 2024.</a></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-45599175022663308762024-03-08T12:32:00.001+01:002024-03-08T12:32:03.295+01:00Nombramiento de liquidador en expediente de jurisdicción voluntaria y aceptación del cargo que resulta del mandamiento: inscripción en el Registro Mercantil<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhBGNJP5Qni-zYmUixn3N5NiNV6fh1MNNOz2qnwf4P82qqKeZKmwGi38AAt_xLXt3kaFuHpMWtp-L1Wdj5q1S1iWjDti9mo_M6iwIccdZeBO16BuiP3gSgc5XA-U0Yl461FANLulcnXc6g58Etph76VjWy8k8LPR5exz6ljD4Sf1jo8HmAy3qtQ2i6Ud_0/s360/E-tzF1SWEAMalpb.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="256" data-original-width="360" height="285" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhBGNJP5Qni-zYmUixn3N5NiNV6fh1MNNOz2qnwf4P82qqKeZKmwGi38AAt_xLXt3kaFuHpMWtp-L1Wdj5q1S1iWjDti9mo_M6iwIccdZeBO16BuiP3gSgc5XA-U0Yl461FANLulcnXc6g58Etph76VjWy8k8LPR5exz6ljD4Sf1jo8HmAy3qtQ2i6Ud_0/w400-h285/E-tzF1SWEAMalpb.jpg" width="400" /></a></div><div><br /></div>El hombre de río (1964)<p>Es la <a href="https://boe.es/boe/dias/2024/03/08/pdfs/BOE-A-2024-4595.pdf" target="_blank">RDGSJFP 6 de febrero de 202</a>4. </p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>... en el ámbito de los procedimientos de
jurisdicción voluntaria... la resolución que causa
toma de razón en el Registro <b><span style="color: #3d85c6;">es el mandamiento en el que resulte el decreto firme del
letrado de la Administración de Justicia o, en su caso, la resolución firme del juez
competente de acuerdo con las previsiones de la Ley de Enjuiciamiento Civil</span></b>.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Dicho
documento debe completarse con el que contenga la aceptación del designado.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Por su parte el Reglamento del Registro Mercantil en su artículo 243 dispone que:
«El nombramiento de liquidadores o interventores se inscribirá en virtud de cualquiera de
los títulos previstos para la inscripción de los administradores o en virtud de testimonio
judicial de la sentencia firme por la que se hubieren nombrado. Queda a salvo el caso
previsto por el artículo 238».
Finalmente el artículo 142.1, párrafo segundo, del mismo reglamento dispone: «Si el
nombramiento y la aceptación no se hubiesen documentado simultáneamente, deberá
acreditarse esta última, bien en la forma indicada en el párrafo anterior, bien mediante
escrito del designado con firma notarialmente legitimada».</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>
Resulta en definitiva que para la toma de razón en el Registro Mercantil del cargo de
liquidador designado en procedimiento judicial de jurisdicción voluntaria es preciso
aportar al Registro tanto la resolución judicial firme de la que resulte la designación como
la de su aceptación, por tratarse de actos que se producen en dicho ámbito en
momentos diferentes.</i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>En el supuesto de hecho del presente expediente, la registradora manifiesta en
su informe que «existe un error en la redacción de la nota de calificación que se recurre que se notificó cuando estaba sin completar, pero lo que queda claro es que se pide el
nombramiento del liquidador porque sólo se ha presentado la aceptación».
Sin embargo, en el título presentado en el Registro Mercantil se dice lo siguiente:
«Mandamiento (…) Que en este Juzgado Mercantil de Las Palmas se tramita el
Expediente de Jurisdicción Voluntaria número 145/2018, en el cual se ha designado
como liquidador de la mercantil Procor San Ignacio dos, SL con CIF (…) a Dña. L. L. H.,
con NIF (…), habiendo aceptado el cargo mediante comparecencia en este Juzgado el
día 24/03/2021».
<b><span style="color: #3d85c6;">Es decir, el título presentado es un mandamiento del que resulta el nombramiento y
la aceptación del cargo de liquidador, por lo que el defecto en los términos que ha sido
redactado debe ser revocado</span></b>.</i></p></blockquote>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-84105464267108454232024-03-08T12:24:00.001+01:002024-03-08T12:24:11.438+01:00Auto no firme de suspensión de acuerdos sociales adoptados por una junta de una sociedad en liquidación<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjS9GoPIbwHvGC2JZpvlAYOBErPN6U4JoFJM_BZFsgGCHBuXaLF0wk3WE6MS7T94wDRgLxNLHwQ75uf3pB9O3NQsMC95C_80NJuSzAMJ8WYVbaoCjND-vfjqFO-bVSkUvUyWKlc0ks9yONHdU0iRNub3nxN47_utfWVjj0mfwHM0C7OnIgtxWRBwTr-Vc0/s2048/FplBcqgXEAATeAT.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="2048" data-original-width="2048" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjS9GoPIbwHvGC2JZpvlAYOBErPN6U4JoFJM_BZFsgGCHBuXaLF0wk3WE6MS7T94wDRgLxNLHwQ75uf3pB9O3NQsMC95C_80NJuSzAMJ8WYVbaoCjND-vfjqFO-bVSkUvUyWKlc0ks9yONHdU0iRNub3nxN47_utfWVjj0mfwHM0C7OnIgtxWRBwTr-Vc0/s320/FplBcqgXEAATeAT.jpg" width="320" /></a></div>@thefromthetree <blockquote><p style="text-align: justify;"><i>Una sociedad anónima se encuentra según Registro en estado de disolución con
nombramiento de liquidador inscrito. Instada la nulidad de los acuerdos adoptados en la
junta general que así lo decidió, la propia sociedad presenta una instancia solicitando
que se anote preventivamente en el Registro Mercantil la suspensión de dichos acuerdos
por haber resuelto el Juzgado de lo Mercantil que conoce del procedimiento dicha
medida cautelar. A dicha solicitud se acompaña copia del auto no firme que contiene la
resolución judicial.
El registrador suspende la anotación solicitada porque no se acompaña del
mandamiento del que resulte la firmeza de la resolución. </i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>El registrador plantea en su informe la cuestión de la legitimación de los
recurrentes al tratarse de dos socios de la sociedad objeto de la demanda los que
plantean la alzada, <b><span style="color: #3d85c6;">socios que no son los actores en el procedimiento judicial</span></b> y tampoco
los solicitantes del procedimiento registral.</i><span style="text-align: left;"> </span></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><i><span style="text-align: left;">Los recurrentes entienden que la dicción del precepto reglamentario debe ceder ante
la previsión legal del inciso final del artículo 735 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
«Contra el auto que acuerde medidas cautelares cabrá recurso de apelación, sin efectos
suspensivos», con lo que la anotación debería practicarse aun sin que resulte su firmeza.
Pero esta afirmación no puede ser respaldada por esta Dirección General pues no
debe confundirse el plano procesal y el registral... Así resulta de la propia ley procedimental que en su artículo 738 relativo a la
ejecución de las medidas cautelares establece lo siguiente en el último inciso de su
apartado segundo: «Si se tratare de la anotación preventiva se procederá conforme a las
normas del Registro correspondiente».
<b><span style="color: #3d85c6;">Procede en consecuencia la exigencia de la firmeza de la resolución como hace el
Reglamento del Registro Mercantil. </span></b>Y es lógico que así sea pues como ha quedado
expuesto, los efectos de la anotación no son los propios de un asiento provisional que no
produce cierre del Registro (como ocurre con el supuesto de anotación de demanda de
nulidad del artículo 156 del propio Reglamento del Registro Mercantil), sino que por el
contrario causa el cierre frente a cualquier acto que traiga causa del acto suspendido
(vid. Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 19 de
octubre de 2020).</span><span style="text-align: left;"> </span></i></p></blockquote><blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="text-align: left;"><b><i><span style="color: #3d85c6;">Estos efectos, propios de los asientos de inscripción justifican la
exigencia de firmeza de la resolución que lo ordene. </span></i></b></span></p></blockquote><p> Es la <a href="https://boe.es/boe/dias/2024/03/08/pdfs/BOE-A-2024-4598.pdf" target="_blank">RDGSJFP de 7 de febrero de 2024</a></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-61657228085977106032024-03-08T12:10:00.000+01:002024-03-08T12:10:31.015+01:00Prescripción de la responsabilidad del administrador por las deudas sociales - 367 LSC - y presunción de que se había contraído la deuda estando ya la sociedad en causa de disolución<p style="text-align: justify;"></p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i></i></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><i><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiWj8t3LObeWVmKpxvkZfZ8EEQz9AeadAdfbHRV_N0MVZmWejyVSt2iJvvVBMt_mCK_zgY_L1_QRu60k7llcxIHs4k2jYZAvAP-02yvPWVvI3RXG2MWBPfhU_r6lauHCvPGO_A4xAv83NSt8G6x8U0KiPHL8kMqwjNZPnrJ28XvvlT1OTxDrdbGeKZSzZs/s800/GansevoortPier2.jpg" imageanchor="1" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="531" data-original-width="800" height="265" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiWj8t3LObeWVmKpxvkZfZ8EEQz9AeadAdfbHRV_N0MVZmWejyVSt2iJvvVBMt_mCK_zgY_L1_QRu60k7llcxIHs4k2jYZAvAP-02yvPWVvI3RXG2MWBPfhU_r6lauHCvPGO_A4xAv83NSt8G6x8U0KiPHL8kMqwjNZPnrJ28XvvlT1OTxDrdbGeKZSzZs/w400-h265/GansevoortPier2.jpg" width="400" /></a></i></div><p></p></blockquote><p><a href="https://www.xatakafoto.com/fotografos/ruth-orkin-la-pasion-por-fotografiar-como-un-estilo-de-vida" target="_blank">Ruth Orkin </a></p><p>Es la <a href="https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/bd18619550f5f531a0a8778d75e36f0d/20240307" target="_blank">Sentencia del Tribunal Supremo de 27 de febrero de 2024</a>.</p><blockquote><p style="text-align: justify;"><i>El art. 944 CCom, relativo a la prescripción de "las acciones procedentes de los contratos mercantiles",
establece:
"La prescripción se interrumpirá por la demanda u otro cualquier género de interpelación judicial hecha al
deudor; por el reconocimiento de las obligaciones, o por la renovación del documento en que se funde el
derecho del acreedor. "Se considerará la prescripción como no interrumpida por la interpelación judicial, si el actor desistiese de ella,
o caducara la instancia, o fuese desestimada su demanda.
"Empezará a contarse nuevamente el término de la prescripción en caso de reconocimiento de las obligaciones,
desde el día en que se haga; en el de su renovación, desde la fecha del nuevo título; y si en él se hubiere
prorrogado el plazo del cumplimiento de la obligación, desde que éste hubiere vencido"</i></p><p style="text-align: justify;"><i><b><span style="color: #3d85c6;">La jurisprudencia de esta sala, al interpretar conjuntamente los arts. 944 CCom y 1973 CC, ha extendido a
las obligaciones mercantiles los efectos interruptivos de la reclamación extrajudicial </span></b>( sentencias 1046/1995,
de 4 de diciembre; 1269/1998, de 31 de diciembre; 273/2000, de 21 de marzo; 189/2006, de 8 de marzo; y
119/2020, de 20 de febrero). <b><span style="color: #3d85c6;">Pero en todo lo demás, considera subsistente el art. 944 CCom,</span></b> en sus propios
términos y con las especialidades que contiene... sentencia 630/2009, de 30 de octubre</i></p><p style="text-align: justify;"><i>La relación jurídica que ligaba a Galisur con Coinse, de la que proviene la deuda en disputa, era un contrato
de compraventa mercantil, regido por el art. 325 CCom, por cuanto el destino de la mercancía comprada era su
reventa (una vez transformada) con ánimo de lucro (por todas, sentencia 119/2020, de 20 de febrero). Por lo
que si bien el plazo de prescripción de la acción de reclamación del precio era el de las obligaciones personales
- art. 1964 CC, por remisión del art. 943 CCom- ( sentencia 242/2015, de 13 de mayo, y las que en ella se citan),
su interrupción se rige por el citado art. 944 CCom. </i></p><p style="text-align: justify;"><i>a sentencia recurrida califica correctamente la compraventa como mercantil y como precepto aplicable a
la interrupción de la prescripción el art. 944 CCom. <b><span style="color: #3d85c6;">Considera que como la deuda se contrajo en el año 2000 y
la demanda se presentó en el año 2012, la acción no estaba prescrita, por cuanto en la fecha de presentación
de la demanda el plazo de prescripción era de quince años, conforme al art. 1964 CC</span></b>. </i></p><p style="text-align: justify;"><i>La alusión al efecto interruptivo de la presentación de una primera demanda en 2008 no es correcta, por
cuanto <b><span style="color: #3d85c6;">el proceso a que dio lugar dicha reclamación judicial terminó por caducidad de la instancia, por lo
que, conforme al citado segundo párrafo del art. 944 CCom perdió su efecto interruptivo</span></b>. </i></p><p style="text-align: justify;"><i>Pero esta mención
errónea carece de trascendencia, puesto que, <b><span style="color: #3d85c6;">aun sin esa interrupción fallida, entre que se contrajo la deuda y
se interpuso la demanda inicial de estas actuaciones, no habría transcurrido el plazo legal de prescripción</span></b>. </i></p><p style="text-align: justify;"><i>En cuanto al efecto que tuvo el desistimiento de la acción contra la sociedad deudora dentro del propio proceso
que ahora nos ocupa, no puede ser el pretendido por el recurrente, pues dicho desistimiento carecería de efecto
interruptivo respecto de una reclamación posterior (otro procedimiento), pero no impide que la interposición
de la demanda tuviera ese efecto interruptivo en el propio proceso, como consecuencia o efecto material de
la litispendencia, conforme a los arts. 410 y 413 LEC ( sentencias 419/2018, de 3 de julio, y 79/2019, de 7 de
febrero).
Y en todo caso, en cuanto al administrador social recurrente la presentación de la demanda interrumpió la
prescripción y respecto de él no hubo desistimiento. </i></p><p style="text-align: justify;"><i><a href="https://derechomercantilespana.blogspot.com/2024/03/plazo-de-prescripcion-de-la-accion-de.html" target="_blank">Respecto del plazo de prescripción de la acción de responsabilidad del administrador social por deudassociales, prevista en el art. 367 LSC</a>,... tiene el mismo
plazo de prescripción que la deuda garantizada (la deuda social)... por lo que son aplicables al administrador los mismos efectos interruptivos de la prescripción
que le serían aplicables a la sociedad... con posterioridad a la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, el art. 949 CCom solo
resulta aplicable a las sociedades personalistas reguladas en el CCom... Por lo que debe descartarse la prescripción invocada.</i></p><p style="text-align: justify;"><i>... En este caso, la causa de disolución apreciada en la sentencia recurrida ha sido la de pérdidas que reducen
el patrimonio de la sociedad por debajo de la mitad del capital social [ art. 363.1.e) LSC; en la fecha en que
ocurrieron los hechos, art. 104 e) LSRL].
El párrafo segundo del art. 367 LSC permite presumir que las obligaciones sociales son posteriores a la
aparición de la causa de disolución, de forma que recae sobre el administrador la prueba de que la deuda social
es anterior. Pero esta previsión legal presupone que <b><span style="color: #3d85c6;">antes se ha acreditado por el acreedor la aparición de la
causa de disolución.</span></b> En efecto, al tratarse de un hecho constitutivo de su pretensión, <b><span style="color: #3d85c6;">es el acreedor que ejercita
esta acción de responsabilidad quien debe probar la concurrencia de la causa de disolución y desde cuándo
concurre.</span></b> Sin perjuicio de que cuando la sociedad no tenga depositadas las cuentas en el Registro Mercantil,
y existan indicios de que se encuentra en esa situación de pérdidas, por ejemplo por el cierre de facto o por el
impago generalizado de créditos, en esos casos cabe presumir la concurrencia de la causa de disolución.
<b><span style="color: #3d85c6;">Las deudas impagadas y el cierre de facto son indicios de que la sociedad debe encontrarse en una situación
de pérdidas que habrían reducido su patrimonio por debajo la mitad de su capital social, y no puede acudirse
al medio adecuado para verificarlo, que son las cuentas anuales del deudor, porque no han sido depositadas
en el Registro Mercantil desde el año 2002, ni tampoco han sido aportadas por su administrador</span></b>.</i></p><p style="text-align: justify;"><i>En este caso, se considera acreditado en la instancia, por el propio reconocimiento del demandado, que la
sociedad dejó de tener actividad económica y desapareció del tráfico mercantil en el año 2002, que desde ese
año dejó de depositar las cuentas y que se le cerró la hoja registral en el Registro Mercantil en el 2008.
Es decir, no constan las cuentas anuales desde el año 2002, que hubieran permitido corroborar si la sociedad se
encontraba ya entonces en situación de pérdidas. <b><span style="color: #3d85c6;">Es el incumplimiento por parte del administrador del deber
de formular las cuentas el que impide conocer con certeza si se daba ya esa situación de pérdidas cuando se
contrajo la deuda, como presume la sentencia recurrida. </span></b></i></p><p style="text-align: justify;"><i>.... el administrador
demandado no ha probado, cual le competía, que la sociedad no estuviera incursa en la causa de disolución
invocada. Por lo que la conclusión a la que llega la Audiencia Provincial es plenamente ajustada a Derecho. </i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Según dice la sentencia, <i>"En el año 2000, Galisur S.L. mantuvo relaciones comerciales con la sociedad Aluminios Coinse S.L. (en adelante, Coinse), de las que surgió un crédito a favor de la primera por importe de 76.102,17 €.</i>" Si las relaciones comerciales se mantuvieron en el año 2000 y Coinse dejó de depositar las cuentas a partir de 2001 o 2002, ¿cómo se puede deducir que la deuda es posterior a la producción de la causa de disolución? Parece - se deduce del texto destacado último - que los tribunales dedujeron de la falta de depósito de las cuentas de 2001 que Coinse estaba ya en causa de disolución en el año 2000 que es cuando se contrajo la deuda. ¡No está mal 24 años para cobrar una deuda!</p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-38992755093580250572024-03-08T11:32:00.006+01:002024-03-08T11:48:18.774+01:00Efectos de las fusiones sobre los contratos celebrados por la sociedad absorbida<p style="text-align: justify;"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgHxB6NHTKdkE-o_IY9MNChXbMAggoFY66BKZpfOX1_oUihPMRsUUwgPc1eD8IXiNyVQK3g702OSCSoNSMEuY3tiJovIsNXY9UtvT4tYRMWYdnN2TzLXHZR2UtUjE0R3S1w1KMG4QZymkhyphenhyphenexBaAg5evH64UA8MQZ2XlK1KD-BY-pfoZjjQmgqzB4hvmjw/s360/Eyr_wrSXEAItOiB.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="360" data-original-width="360" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgHxB6NHTKdkE-o_IY9MNChXbMAggoFY66BKZpfOX1_oUihPMRsUUwgPc1eD8IXiNyVQK3g702OSCSoNSMEuY3tiJovIsNXY9UtvT4tYRMWYdnN2TzLXHZR2UtUjE0R3S1w1KMG4QZymkhyphenhyphenexBaAg5evH64UA8MQZ2XlK1KD-BY-pfoZjjQmgqzB4hvmjw/s320/Eyr_wrSXEAItOiB.jpg" width="320" /></a></div><div style="text-align: justify;"><p>@thefromthetree </p><div><br /></div></div><div style="text-align: justify;">Las personas jurídicas son patrimonios organizados - gobernados por arreglos personales entre individuos como un contrato de sociedad o por reglas (corporaciones) que establecen órganos que son ocupados por individuos que se vuelven fungibles porque, existiendo mecanismos de nombramiento o elección de dichos cargos, hay "sucesión perpetua" y la <i>universitas non moritur. </i>Esta organización a base de reglas permite <b><span style="color: #3d85c6;">la continuidad de las relaciones jurídicas a pesar de que se produzca la sustitución de unos miembros de la corporación por otros.</span> </b>Eso se logra sustituyendo la transmisión de los bienes y derechos, créditos y deudas que forman el patrimonio de la persona jurídica por la <b><span style="color: #3d85c6;">sucesión universal</span></b> en la titularidad del patrimonio de una persona jurídica por otra a través de las llamadas<span style="color: #3d85c6;"> <b>modificaciones estructurales </b></span>(fusión, escisión...).</div><p></p><p style="text-align: justify;">Si la persona jurídica es la mayor innovación no tecnológica de la historia, la fusión es una de las piezas más relevantes de esa innovación. El ahorro de costes de transacción que la fusión permite a los particulares que desean transmitir un patrimonio es incalculable. Para transmitir un patrimonio de un individuo a otro, el transmitente había de fallecer. Se producía entonces la sucesión universal a favor de su heredero. Entretanto, la herencia - yacente - no se disgregaba y seguían acreciendo a ella los frutos de los bienes que la formaban (los dividendos de las acciones que formaran parte del caudal relicto, por ejemplo), las rentas de los arrendamientos de inmuebles propiedad del causante y seguían debiendo pagarse los intereses de los préstamos que hubiera contraído el causante si la ley no ordena la terminación del contrato por la muerte de una de las partes. </p><p style="text-align: justify;">Lo sorprendente, como he explicado en otro lugar, es que<b> <span style="color: #3d85c6;">sólo 'inventamos' la fusión a finales del siglo XIX</span></b><span style="color: #3d85c6;">.</span> La razón es que, hasta entonces, no era imprescindible. La compraventa de las acciones o participaciones de una sociedad era un sucedáneo bastante aceptable. Y cuando hay 'productos sustitutivos' suficientemente buenos, la 'competencia' no provoca la aparición de nuevos productos mejores. El 'viejo' producto es bien conocido y los particulares consiguen extraer de sus rasgos todas las ventajas posibles. </p><p style="text-align: justify;">Los países anglosajones nunca tuvieron una 'teoría de las personas jurídicas'. Tenían el <i>trust </i>para separar patrimonios, de manera que, aún hoy, su concepción de las <i>corporations </i>es sorprendentemente arcaica y confusa. La idea de las <i>corporations </i>como personas colectivas sólo se mantiene en los EE.UU. ¿Qué ocurre con las modificaciones estructurales? (fusiones).</p><p style="text-align: justify;"><a href="https://www.bloomberg.com/opinion/articles/2024-03-07/exxon-barges-in-on-hess-deal?srnd=undefined" target="_blank">Matt Levine explica hoy</a> qué pasa con los contratos que una sociedad que se fusiona con otra tenga en vigor. Por ejemplo, Groffe tiene un <a href="https://dpej.rae.es/lema/maquila" target="_blank">contrato de maquila</a> con Tarela para que Tarela le fabrique un medicamento que Groffe comercializa. Tarela se fusiona con (es absorbida por) Salei. ¿Qué ocurre con el contrato de maquila? El Derecho español dice que, puesto que la fusión provoca la sucesión universal (todo el patrimonio de Tarela pasa a formar parte del patrimonio que es Salei), el contrato entre Tarela y Groffe permanece incólume. <b><span style="color: #3d85c6;">No hay cesión de ese contrato.</span></b> Y, por tanto, Groffe no tiene, ni que dar su consentimiento a una cesión que no se ha producido, ni a Groffe le 'han cambiado' a su deudor. Naturalmente, Groffe y Tarela son muy libres de pactar otra cosa en su contrato de maquila y será sensato hacerlo si, por ejemplo, Salei es competidor de Groffe y Groffe no quiere que Salei acceda a conocimientos que ha trasladado a Tarela para que ésta fabrique el medicamento. </p><p style="text-align: justify;">Pero, las más de las veces, estas cláusulas de 'cambio de control' tienen una función más 'oscura'. Los administradores de Tarela pueden protegerse frente al riesgo de que alguien adquiera el control de Tarela y los despida incluyendo cláusulas de 'cambio de control' en los principales contratos de la compañía de modo que, llegada la fusión, Groffe pueda terminar el contrato. Groffe puede no estar interesada en terminarlo a pesar del cambio de control, pero la inclusión de tal derecho en el contrato de maquila permita a Groffe 'chantajear' a Salei: si quieres que no ejercite mi derecho a terminar el contrato - dirá Groffe - mejóramente las condiciones del mismo. Y eso, <i>ex ante, </i>disuadirá a Salei de realizar la oferta de adquisición de Tarela sin el consentimiento de los administradores de Tarela. </p><p style="text-align: justify;">Conclusión: la fusión provoca la sucesión universal. No hay, pues, transmisión de la propiedad de bien alguno, ni cesión de ningún crédito, ni de ninguna deuda, ni cesión de contrato alguno. De modo que si un contrato celebrado por la sociedad absorbida contiene (innecesariamente) una cláusula que prohibe la 'cesión del contrato' sin la autorización de la contraparte, esa cláusula no se aplica al caso de que una de las partes entre en un proceso de fusión con otra. A falta de tal cláusula, el contrato no sería cedible porque a nadie le pueden cambiar a su deudor (sí a su acreedor) sin su consentimiento. </p><p style="text-align: justify;">Vamos ahora con el caso que cuenta Matt Levine. Se pregunta el columnista de Bloomberg si la fusión hace 'saltar" las cláusulas que prohíben la cesión de un contrato. Dice, gráficamente, que dado que "una compañía es, en buena medida, un montón de contratos, si la adquisición provocara la terminación de esos contratos, no habría adquisiciones" porque el comprador estaría comprando 'nada'.</p><p style="text-align: justify;">Los norteamericanos, para evitar este tipo de problemas, estructuran las operaciones de M & A como <i>"reverse triangular merger</i>" (fusiones triangulares inversas).</p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="258588902" style="text-align: justify;"><i>... de forma que la sociedad (la persona jurídica) objeto de adquisición se mantiene intacta y el adquirente se convierte simplemente en titular de sus acciones. </i></p></blockquote><p>En la fusión triangular inversa, </p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="258588902" style="text-align: justify;"><i>una filial (</i>a menudo creada específicamente para ejecutar la operación por lo que recibe el nombre de <i>Special Purpose Vehicle, SPV) del comprador es absorbida por la sociedad objeto de adquisición, cuyo capital aumenta y cuyas nuevas acciones se entregan al comprador como accionista único de la absorbida) </i></p></blockquote><p>de modo que - concluye Levine - </p><blockquote><p _msthash="0" _msttexthash="258588902" style="text-align: justify;"><i>Un contrato que diga "La sociedad X no puede ceder este contrato" no se vería afectado por este tipo de transacción: la sociedad X no ha cedido el contrato a nadie; es la sociedad X la que sigue siendo la parte contractual, sólo que X tiene ahora un dueño - accionista distinto.</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">Se observa que, para lograr tal efecto, la "<i>reverse triangular merger</i>" no es necesaria. El adquirente - la sociedad Y - puede absorber a la adquirida - la sociedad X - tras realizar una OPA dirigida a los actuales accionistas de la sociedad X y, a continuación, proceder a una fusión por absorción de X por parte de Y que sería una fusión simplificada porque estaríamos ante una absorción de una sociedad íntegramente participada (o participada al 90 %).</p><p style="text-align: justify;">Pero si quieres, como querría Graffe, protegerte frente a la eventualidad de que tu más estrecho competidor adquiera el control de tu proveedor fabricante Tarela, necesitas incluir en tu contrato de maquila una cláusula de 'cambio de control'. </p><p style="text-align: justify;">Este régimen es eficiente. Aquellos contratantes que tengan una preferencia 'especial' (no quieren seguir contratando con una compañía cuyos accionistas de control cambian) tienen que expresar esa preferencia mediante la inclusión de la correspondiente cláusula en el contrato. La regla supletoria - <i>default rule </i>- es que para las contrapartes de los contratos de una sociedad es que <b><span style="color: #3d85c6;">el cambio en los accionistas</span></b><span style="color: #3d85c6;"> </span>(se produzca éste cambio por adquisición de las acciones - compraventa de acciones - o se produzca mediante una modificación estructural)<b> <span style="color: #3d85c6;">no afecta a la vigencia de los contratos</span></b>. Esa es una de las grandes ventajas de la personificación jurídica que no debería perderse, en el caso de las organizadas corporativamente, porque haya cambio en las personas - individuos - que ostentan la titularidad de ese patrimonio como miembros con derechos residuales sobre él, cambios directos como consecuencia de la compraventa de las acciones o cambios indirectos como consecuencia de la fusión o escisión. Se reducen así los costes de transacción porque contiene una <i>'majoritarian default rule'.</i></p><p style="text-align: justify;">La forma de incluir cualquier cambio de control como supuesto de hecho de la facultad de terminación pasa por decir en el contrato de maquila que a la 'cesión del contrato' se asimila cualquier sucesión universal. En los EE.UU. se utiliza la expresión "<i>by operation of law". </i>Así, si en lugar de una "reverse triangular merger" como la descrita más arriba, la operación de adquisición se ejecuta a través de una "forward triangular merger" donde la absorbente es la filial del adquirente (la SPV) y la absorbida es la compañía objetivo, los tribunales norteamericanos consideran que la cláusula que prohíbe la cesión se aplica si ha incluido la coletilla transcrita (“by operation of law or otherwise”).</p><p style="text-align: justify;">En la práctica, lo habitual es incluir una cláusula que prohíbe la cesión junto a otra que equipara la cesión a un cambio de control en la compañía se produzca éste por una modificación estructural o por venta de las acciones de Tarela en nuestro ejemplo.</p><p style="text-align: left;">Levine cuenta el siguiente caso:</p><blockquote><p _msthash="2" _msttexthash="746445908" style="text-align: justify;"><i>Hess Corp. es una compañía petrolera. En octubre pasado, firmó un acuerdo de fusión para ser adquirida por Chevron Corp. en una fusión triangular inversa. Al igual que muchas compañías petroleras, Hess posee participaciones parciales en varios yacimientos petrolíferos, que comparte con otras compañías petroleras en virtud de acuerdos de empresas conjuntas. Algunos acuerdos de empresas conjuntas tienen disposiciones que dicen que <b><span style="color: #3d85c6;">Hess no puede transferir sus intereses en esos campos sin otorgar a sus socios un derecho de preferencia para comprar los intereses de Hess. </span></b></i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">La cláusula podría interpretarse (i) como aplicable a la fusión de Hess o (ii) dado que Hess es la compañía absorbente en la fusión triangular inversa, como inaplicable. Los intereses de los consocios de Hess (no acabar compartiendo la propiedad de yacimientos petrolíferos con compañías indeseables como podría ser, hoy en día, una compañía rusa o china) y los intereses de la adquirente - Chevron - (que quiere comprar Hess precisamente por sus activos en forma de campos petrolíferos) colisionan. </p><p style="text-align: justify;">Hay un pleito en este caso en los EE.UU porque Exxon - uno de los consocios de Hess - pretende ejercer sus derechos de adquisición preferente "sobre un gigantesco yacimiento petrolífero en la Guayana" y Chevron se opone. </p><blockquote><p _msthash="3" _msttexthash="225096222" style="text-align: justify;"><i>Exxon cree que el acuerdo de operación conjunta para el<a href="https://www.linkedin.com/pulse/el-bloque-stabroek-elemento-de-la-discordia-entre-y-gamero-lanz/?originalSubdomain=es" target="_blank"> bloque Stabroek </a>frente a Guyana le otorga un derecho de preferencia (ROFR) sobre cualquier transferencia de la participación de Hess en el bloque, <b><span style="color: #3d85c6;">incluso mediante una fusión</span> </b>en la que se adquiera Hess. Hess y Chevron creen que el ROFR no se aplica a las fusiones</i></p></blockquote><p style="text-align: justify;">El contrato que incluye el ROFR no se ha hecho público de manera que no podemos saber quién tiene razón. Levine sospecha que la conducta de Exxon es puramente estratégica (revisar los términos de su relación con Hess a su favor). </p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-1143858377641298295.post-63174055273337625932024-03-07T12:20:00.002+01:002024-03-07T12:27:16.071+01:00Citas: WEIRD, Alvarito y su currículum, alcohol, concentración, autodomesticación, nacionalismo español y religión<p _msthash="0" _msttexthash="179533198" style="text-align: justify;"></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><b><i><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjPXutGbJyeREEMpRrYfq6cP52gV8tkzhkKkiXym9rlBCOoK9nEq6_n287ejlAliK6vQ7XHLsZk6htPHuXlhpBAPAUPn7tDUX93dAybz_m7j5Yc33026QtXWLk4hg18f1j-PZRbZvdanQ_2NOoK99lC-dYRgFmacEMZ01XG8ov6GIyPcG1mTRwxLnHJaVc/s1107/nacionalismo%20y%20religi%C3%B3n%20como%20sustitutos%20thefromthetree.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="1009" data-original-width="1107" height="292" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjPXutGbJyeREEMpRrYfq6cP52gV8tkzhkKkiXym9rlBCOoK9nEq6_n287ejlAliK6vQ7XHLsZk6htPHuXlhpBAPAUPn7tDUX93dAybz_m7j5Yc33026QtXWLk4hg18f1j-PZRbZvdanQ_2NOoK99lC-dYRgFmacEMZ01XG8ov6GIyPcG1mTRwxLnHJaVc/s320/nacionalismo%20y%20religi%C3%B3n%20como%20sustitutos%20thefromthetree.jpg" width="320" /></a></div><br /><span style="color: #3d85c6;"><br /></span></i></b></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La sustituibilidad entre religión y nacionalismo según @thefromthetree</span></i></b></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><p><span style="font-size: medium;"><a href="https://www.elmundo.es/espana/2024/03/05/65e770e6e4d4d8c6658b45c0.html" target="_blank"><i><b><span style="color: #3d85c6;">'Alvarito' pasó de puesto enchufado a puesto enchufado porque obedecía bien. Hasta que lo pillaron</span></b></i></a>:</span> sigamos poniendo a superobedientes sin currículum ni donde caerse muertos a manejar los asuntos y fondos públicos. Porque peor sería que gobernase la derecha. No quedaba un gramo de talento en el PSOE - o en la izquierda en general -. Y ahora <a href="https://www.elmundo.es/economia/2024/03/06/65e88d66e9cf4a63368b4573.html" target="_blank">no queda un gramo de talento en la dirección pública</a>. </p></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">¿Qué ha pasado entre 2015 y 2022? La evolución de las respuestas españolas a la afirmación: "Se puede confiar en la mayoría de la gente"</span></i></b></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><br /></div><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg_p2V7MT159SEiiIw4hj8a7yk0I4oW75y5Wv1HnhlcD_9T4qEoKmKdibwpDSdYeVv_XsiJbUwzF8atGT_27foJi2PpI7QNPx38EcMNNRxbXp2fmXdCPapu4luKy6nCU9U6ZfqyC1IcSS4mEwNgFekSPo50PEVyHm-XiYYaHd1qpxuMKxpL3nT7wRxZMRs/s3400/self-reported-trust-attitudes.png" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;" target="_blank"><img border="0" data-original-height="2400" data-original-width="3400" height="283" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg_p2V7MT159SEiiIw4hj8a7yk0I4oW75y5Wv1HnhlcD_9T4qEoKmKdibwpDSdYeVv_XsiJbUwzF8atGT_27foJi2PpI7QNPx38EcMNNRxbXp2fmXdCPapu4luKy6nCU9U6ZfqyC1IcSS4mEwNgFekSPo50PEVyHm-XiYYaHd1qpxuMKxpL3nT7wRxZMRs/w400-h283/self-reported-trust-attitudes.png" width="400" /></a></div><br /><blockquote><p style="text-align: center;"> https://ourworldindata.org/trust</p></blockquote><p style="text-align: justify;"><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><b><i>No existe un nacionalismo español que sea equivalente a los nacionalismos de las regiones periféricas</i></b></span></p><div class="separator" style="clear: both; text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiAH2K0uzA8C5ZuwjllOtRfP_Ap0DVCuYq6sScIxMzr4ERVLDRFE_7CApjQthznoeSorbHYtTAOIqpnJTzk5kfHIUxwrkIaKfpytbZI3VnKHnvvYh4dytJUA_7JGm36cFCJJcrIuHfUDXnskLbrjl47puBGEWQXL4K80UaY89VbbaCglmv5iIquWUMjifk/s1332/thumbnail_IMG_1819.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" data-original-height="747" data-original-width="1332" height="179" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiAH2K0uzA8C5ZuwjllOtRfP_Ap0DVCuYq6sScIxMzr4ERVLDRFE_7CApjQthznoeSorbHYtTAOIqpnJTzk5kfHIUxwrkIaKfpytbZI3VnKHnvvYh4dytJUA_7JGm36cFCJJcrIuHfUDXnskLbrjl47puBGEWQXL4K80UaY89VbbaCglmv5iIquWUMjifk/s320/thumbnail_IMG_1819.jpg" width="320" /></a></span></b></div><p></p><div style="text-align: justify;"><div><br /></div></div><div style="text-align: justify;"><br /></div><div style="text-align: justify;"><div>Solo el 20 % de los españoles coincide con la afirmación: "Nuestra cultura, aunque no sea perfecta ni esté libre de defectos, es superior a la de las demás". Este es el porcentaje más bajo de 'nacionalismo cultural' en toda Europa. Sin embargo, los progresistas españoles continúan favoreciendo a los nacionalistas periféricos, que llevan décadas difundiendo la idea de que sus nacionalismos se enfrentan al nacionalismo español.</div><div><br /></div></div><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Autodomesticación </span></i></b></p><blockquote style="text-align: justify;"><i>Aunque no me opongo al concepto de "autodomesticación" como una manera simpática de describir el hecho de que la cooperación intensa entre nuestros antepasados favoreció la prosocialidad y desfavoreció ciertas formas de agresión, me parece muy engañoso como una teoría científica seria sobre la evolución humana. En primer lugar, la idea de un "síndrome de domesticación" claro, definido por un conjunto coherente de rasgos entre los animales domésticos, no está bien respaldada por la investigación. Los rasgos relacionados con el síndrome varían mucho y a menudo están ausentes en las especies domesticadas. Además, el experimento clásico que supuestamente lo apoya, en el que Dimitry Belyaev seleccionó por su docilidad a una población de zorros, tiene muchos problemas metodológicos. Por mencionar solo uno, la mayoría de los rasgos que se atribuyen comúnmente a la domesticación ya existían antes del experimento. Pero hay un problema mucho más profundo. Al comprender que la cooperación solo se puede explicar en términos de organismos darwinianos que compiten por maximizar su aptitud, se hace evidente que la cooperación humana implica mucha más complejidad y estrategia que la amistad indiscriminada hacia un grupo interno.</i></blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: center;"><a href="https://www.conspicuouscognition.com/p/the-survival-of-the-friendliest?utm_source=%2Finbox&utm_medium=reader2" target="_blank"><b>Dan Williams</b></a></p><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Beber menos en la adolescencia (18/20) predice mejor salud a los 45 (Vía Marg. Rev)</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"><i>Los resultados muestran evidencia clara de que una regulación más restrictiva del consumo de alcohol en adolescentes condujo a mejoras a largo plazo en la salud adulta. Encontramos que las personas expuestas a <a _istranslated="1" href="https://www.forbes.com/advisor/legal/dui/zero-tolerance-law/" target="_blank">las leyes de Tolerancia Cero con los conductores bebidos menores de 21</a> durante la adolescencia tenían un 3 por ciento menos de probabilidades de reportar una limitación física o cognitiva entre los 40 y los 49 años. Por el contrario, no encontramos efectos significativos entre el grupo de edad de 35 a 39 años, lo que sugiere que los impactos en la salud solo se materializaron después de un retraso prolongado, a medida que los individuos se acercaban a la mediana edad.</i></p></blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;">Tatiana Abboud, Andriana Bellou, Joshua Lewis, <a href="https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0047272724000021" target="_blank">The long-run impacts of adolescent drinking: Evidence from Zero Tolerance Laws</a>, Journal of Public Economics, 2024</span></b></p><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">La mentalidad del mercado de intercambiar tiempo y esfuerzo por beneficios materiales es más prominente en las culturas WEIRD (vía Aporía)</span></i></b></p><blockquote><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"><i>Estudiamos cómo la intensidad del trabajo de las personas en seis países se veía afectada por los incentivos monetarios o los motivadores psicológicos, como la competencia o la colaboración. El dinero tuvo más efecto que las intervenciones psicológicas en Estados Unidos y el Reino Unido que en China, India, México y Sudáfrica (N = 8.133). En nuestro último estudio, manipulamos los marcos culturales mediante el idioma en usuarios bilingües de Facebook en la India (N = 2.065). El dinero incrementó el esfuerzo más que un tratamiento psicológico en un 27% en hindi y un 52% en inglés. Estos resultados se oponen a la lógica económica convencional de que las personas de los países más pobres deberían estar más motivadas por el dinero. Por el contrario, sugieren que la mentalidad del mercado de intercambiar tiempo y esfuerzo por beneficios materiales es más prominente en las culturas WEIRD.</i></p></blockquote><p style="text-align: center;"><b><span style="color: #3d85c6;"> Medvedev, D., Davenport, D., Talhelm, T. et al. <a href="https://www.nature.com/articles/s41562-023-01769-5?utm_source=substack&utm_medium=email" target="_blank">The motivating effect of monetary over psychological incentives is stronger in WEIRD cultures</a>. Nat Hum Behav (2024)</span></b></p><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">El precipicio de cristal: las mujeres ocupan el 42 % de los puestos de consejero en UK</span></i></b></p><p _msthash="1" _msttexthash="68863652" style="text-align: justify;"></p><blockquote style="text-align: justify;"><i>En su estudio de 2005, Michelle Ryan y Alexander Haslam encontraron que las empresas que ya habían tenido un desempeño deficiente tendían a nombrar a mujeres como líderes, dejándolas enfrentar lo que los investigadores llamaron un precipicio de cristal. Otros académicos observaron el mismo fenómeno en la política y el derecho. Algunos también descubrieron que afectaba a los directores ejecutivos de minorías raciales y étnicas. "En 2024, completamos un análisis de todos los estudios realizados sobre el precipicio de cristal y no hay evidencia de que el fenómeno se esté desacelerando", dijo. "De hecho, podemos ver varios ejemplos de alto perfil de nombramientos de precipicios de cristal en este momento".</i></blockquote><p></p><p style="text-align: center;"><a _msthash="1" _msttexthash="222885" href="https://www.ft.com/content/eba72703-8b9a-48d4-b664-efde4cce1136" style="text-align: justify;" target="_blank">Pilita Clark, FT</a></p><p style="text-align: justify;"><a href="https://www.elmundo.es/espana/2024/03/04/65e5d22dfdddffd30b8b4582.html" target="_blank"><b><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;"><i>Un código penal desencajado</i></span></b></a></p><p><b><i><span style="color: #3d85c6; font-size: medium;">Sobre el éxito de su libro Troubled</span></i></b></p><p _msthash="2" _msttexthash="62303423" style="text-align: justify;"></p><blockquote style="text-align: justify;"><i>Para ser honesto, escribir Troubled no fue una experiencia agradable para mí. No me arrepiento de haberlo hecho. Estoy orgulloso de ello. Pero el proceso en sí fue horrible. Sin embargo, ha pasado suficiente tiempo como para que casi haya borrado de mi memoria los desafíos diarios que implicaba, y empiezo a sentirme atraído por la idea de otro libro.</i></blockquote><p></p><p style="text-align: center;"><a _msthash="3" _msttexthash="203138" href="https://open.substack.com/pub/robkhenderson/p/troubled-is-a-national-bestsellerbut?utm_source=post-email-title&publication_id=800237&post_id=142250471&utm_campaign=email-post-title&isFreemail=true&r=1z9r8&token=eyJ1c2VyX2lkIjozMzI1MjIwLCJwb3N0X2lkIjoxNDIyNTA0NzEsImlhdCI6MTcwOTQ3NDE0NCwiZXhwIjoxNzEyMDY2MTQ0LCJpc3MiOiJwdWItODAwMjM3Iiwic3ViIjoicG9zdC1yZWFjdGlvbiJ9.rsRDuD4g6ORFxvfYLa0DxqnV2ldy47yoZfxOc385W1w" target="_blank">Rob Henderson</a></p><p _msthash="0" _msttexthash="24905946" style="text-align: justify;"><b><span style="color: #3d85c6; font-family: inherit; font-size: medium;"><i><span _istranslated="1" style="background-color: white; border: 0px; font-feature-settings: inherit; font-kerning: inherit; font-optical-sizing: inherit; font-stretch: inherit; font-variant-alternates: inherit; font-variant-east-asian: inherit; font-variant-numeric: inherit; font-variant-position: inherit; font-variation-settings: inherit; line-height: inherit; margin: 0px; padding: 0px; text-align: start; vertical-align: baseline;">A pesar del aumento de las posibilidades de mayor distracción, un gran estudio encuentra que en una prueba estandarizada, </span><a _istranslated="1" data-auth="NotApplicable" data-linkindex="0" href="https://urldefense.com/v3/__https://www.sciencedirect.com/science/article/pii/S0191886923003409__;!!D9dNQwwGXtA!W83GEb0YOJo_U4xH8_mOb0QbHV5xklSRXT9v0WTO8ipJe42nr4GLEDaf7n207JM-NaRLP8ZJxx_csl1dhjvps0PynLI$" rel="noopener noreferrer" style="background-color: white; border: 0px; box-sizing: border-box; font-feature-settings: inherit; font-kerning: inherit; font-optical-sizing: inherit; font-stretch: inherit; font-variant-alternates: inherit; font-variant-east-asian: inherit; font-variant-numeric: inherit; font-variant-position: inherit; font-variation-settings: inherit; line-height: inherit; margin: 0px; padding: 0px; text-align: start; vertical-align: baseline;" target="_blank">la capacidad de concentración aumenta</a><span _istranslated="1" style="background-color: white; border: 0px; font-feature-settings: inherit; font-kerning: inherit; font-optical-sizing: inherit; font-stretch: inherit; font-variant-alternates: inherit; font-variant-east-asian: inherit; font-variant-numeric: inherit; font-variant-position: inherit; font-variation-settings: inherit; line-height: inherit; margin: 0px; padding: 0px; text-align: start; vertical-align: baseline;"> (modestamente) para los adultos. Vía Marg.Rev</span></i></span></b></p>JESÚS ALFARO AGUILA-REALhttp://www.blogger.com/profile/13866020531698021530noreply@blogger.com0