martes, 13 de septiembre de 2022

La transmisión del capital humano y el capital social entre generaciones puede ser más relevante para la movilidad social que la transmisión del capital físico (herencia)


 

Tomemos como ejemplo la historia familiar de Guangyu Huang, cuya familia vivió las (dos) revoluciones (la comunista de 1949 y la revolución cultural de los años sesenta del siglo XX). Guangyu nació en 1969. Su abuelo, un rico terrateniente de Guangdong, perdió sus tierras y bienes durante la Revolución Comunista. El padre de Guangyu, Changyi, creció en medio de las revoluciones comunista y cultural, por lo que no recibió ni herencia de riqueza ni educación formal, y se ganaba la vida extrayendo aceite de caqui.

… Uno de los principales objetivos de la Revolución cultural era eliminar por completo cualquier ventaja de la élite prerrevolucionaria… y evitar que transmitiera sus privilegios a sus descendientes…

Guangyu creció después de las revoluciones, pero vivió recogiendo basura con sus hermanos durante su primera infancia. Con el tiempo, Guangyu fue admitido en la Universidad Renmin, una de las más prestigiosas de China. Su destino cambió en 1987, cuando aprovechó la oportunidad de la primera oleada de auge de la empresa privada durante la era de la reforma en China, y fundó GOME Electronics. GOME se convirtió en un gran éxito, convirtiendo a Guangyu en uno de los hombres más ricos de China continental entre 2004 y 2018, con un patrimonio neto de 36.000 millones de RMB (aproximadamente 5.000 millones de dólares).

A pesar de la extraordinaria represión, los descendientes de la élite prerrevolucionaria se encuentran hoy en día en una situación mucho mejor que los de los hogares no pertenecientes a la élite.E

En 2010, los individuos cuyos abuelos formaban parte de la élite prerrevolucionaria tenían unos ingresos superiores en un 16 por ciento y años de escolarización un 11 por ciento más que los individuos que no pertenecían a la élite pre-comunistas. En otras palabras, aunque las revoluciones pretendían explícitamente eliminar las diferencias de estatus socioeconómico entre los hogares de la élite y los de la no élite, no consiguieron hacerlo más allá de una generación… Ante el temor de que la élite anterior a la revolución pudiera mantener su influencia a través de la educación formal, la Revolución Cultural suprimió la educación secundaria y superior. Casi todas las escuelas de 1966 a 1968, y la mayoría de las universidades permanecieron cerradas hasta 1972… y la admisión a los pocos centros que seguían impartiendo formación se basaba en la clase social, no en el mérito.

Los individuos cuyos abuelos pertenecían a la élite antes de la revolución tienen un 14,5% de posibilidades de encontrarse hoy en el decil superior. Esta cifra es superior a la tasa de persistencia en dicho decil superior (extrapolada a partir de la matriz de transición de dos generaciones) en Taiwán (10,1%), Canadá (11,1%), Rusia (13,0%) y EE.UU. (14,1%), lo que sugiere que las revoluciones chinas no elevaron la movilidad social de China por encima de los niveles alcanzados por varias economías capitalistas ejemplares o por una economía que hizo la transición fuera del sistema socialista.

¿Cómo se explica? La tesis de los autores es que los factores que permiten predecir que un individuo alcanzará los deciles superiores en riqueza, ingresos y estatus social no se limitan a la riqueza o ingresos de su familia ni a las posibilidades de acceder a una educación formal. Hay algo más y más influyente que también se ‘hereda’ (se transmite culturalmente en realidad) como consecuencia de pertenecer a una familia que dispone de él. Y, lo mejor, el Estado no puede quitártelo aunque te quite todos tus bienes (recuérdese lo de los judíos): el capital humano y el capital social. El primero, transmitido de manera informal por los padres a los hijos, incluye no solo los conocimientos o las habilidades, sino también los valores (por ejemplo, como con los judíos, valorar la formación y la adquisición de conocimientos).

… Se observa que la élite anterior a la revolución obtiene mejores resultados en las pruebas de lectura estandarizadas que sus compañeros no pertenecientes a la élite, independientemente del nivel de estudios formal. Además, la élite anterior a la revolución muestra valores y actitudes sistemáticamente diferentes en la actualidad: en particular, es más probable que consideren que el esfuerzo es importante para el éxito, y estas diferencias en la ética del trabajo expresada son evidentes incluso entre los adolescentes que no han completado la educación formal ni han participado en el mercado laboral. Estos valores y actitudes se reflejan en su comportamiento: la élite anterior a la revolución trabaja más horas durante los días laborables y dedica menos tiempo al ocio durante los fines de semana. Estos patrones son mucho más fuertes para aquellos de la generación infantil que conviven con sus padres, y están ausentes para aquellos cuyos padres han fallecido prematuramente, lo que es coherente con las ideas de que la transmisión vertical de valores (y del capital humano en general) requiere pasar tiempo juntos entre generaciones.

El capital social, gracias a la conservación de los contactos con los miembros de la familia extensa, esto es, en China, el clan, lo que se traduce, también, en la selección del cónyuge:

Las familias de la élite prerrevolucionaria también están más unidas: los miembros de los hogares de la élite prerrevolucionaria tienen más probabilidades de participar en el emparejamiento asortativo en el matrimonio, formando hogares en los que ambos cónyuges pertenecen a familias de la élite prerrevolucionaria; los individuos de la generación de los hijos tienen más probabilidades de convivir con los padres e incluso con los abuelos, y son más propensos a relacionarse con otros miembros de la familia. Más allá de las familias individuales, descubrimos que el repunte de la élite anterior a la revolución es más sustancial en los condados que tienen una mayor presencia de clanes, un tejido vital de la sociedad rural tradicional en China Por el contrario, la élite comunista posterior a la revolución se ve perjudicada por las fuertes redes de parentesco, ya que muestra una menor prima de ingresos en esos condados.

La conclusión

El capital humano transmitido por vías no educacionales y el capital social enraizado en los clanes son dos ingredientes destacados para un rendimiento económico sobresaliente. Ambos se conectan con las familias, y ni siquiera revoluciones tan agresivas y exitosas como la comunista y la cultural logran arrebatárselos a la élite... incluso si muchos de los factores de transmisión formal se cortan deliberadamente, la persistencia intergeneracional podría seguir produciéndose a través de la transmisión del capital humano en el seno de la familia y en las redes sociales basadas en el parentesco

Los autores dan cuenta de otros estudios que alcanzan resultados semejantes (p. ej., los miembros de las élites pre-comunistas tras la caída del comunismo). Pero el suyo es más brutal, porque al abuelo le quitaron todo y el padre fue privado de cualquier posibilidad de ascenso social.

La conclusión interesante para el debate sobre la meritocracia es que la insistencia de cierta izquierda en denunciar que vivimos en una sociedad en la que los individuos compiten por los ingresos y el alto status social como si de una competición deportiva se tratase en la que unos parte con ventaja respecto de otros, es cada vez menos respetable. Naturalmente que no hay igualdad de los individuos cuando nacen y naturalmente que no todos disfrutan del mismo estatus socioeconómico durante su infancia y juventud. Pero ni el ‘juego de la vida’ es un juego suma cero, y por tanto, el símil de la competición deportiva debe dejar de utilizarse, ni, sobre todo, son la herencia económica y los ingresos de los padres los determinantes del éxito económico de los hijos – o de los nietos – .

Es intuitivo pensar que elementos como el capital humano ampliamente entendido (incluyendo la inteligencia y la paciencia heredadas pero también los conocimientos, habilidades y valores transmitidos culturalmente) y el capital social (un grupo amplio de individuos con mucha dotación de capital humano dispuestos a cooperar contigo) pueden ser más importante que la riqueza heredada para el ascenso social y, por tanto, que no es definitivo para explicar la movilidad social, como creen los economistas, “el capital físico y el capital humano adquirido a través de la educación formal”. Y más llamativo:

mientras que las élites anteriores y posteriores a la revolución disfrutan de una prima de ingresos similar, las élites posteriores no expresan una ética del trabajo más intensa ni pasan más horas trabajando que el resto de la población (como hemos visto que ocurre con las primeras).


Alberto F. Alesina/ Marlon Seror/ David Y. Yang/ Yang You/ Weihong Zeng, Persistence Despite Revolutions, 2021

lunes, 12 de septiembre de 2022

Un apunte sobre la aplicación de las restricciones estatutarias a la transmisión de acciones y participaciones en caso de fusión o escisión


Según la doctrina mayoritaria, si Andamios Andaluces SA es socia de Barreras Barcelonesas SL, y Canteras Cordobesas SA absorbe a Andamios Andaluces, las participaciones de Barreras Barcelonesas han pasado de ser titularidad de Andamios Andaluces, a ser titularidad de Canteras Cordobesas y en principio, dicha transmisión quedará cubierta por las cláusulas restrictivas contenidas en los estatutos de Barreras Barcelonesas, es decir, es una transmisión a los efectos de la aplicación de la restricción estatutaria. Es evidente que la individualidad del socio (Andamios Andaluces) se altera cuando se fusiona con Canteras Cordobesas. El título de la transmisión (singular o universal) no excluye la existencia de una violación de la restricción (SAP Madrid 14-II-2008).

Ahora bien, en principio, dice la doctrina mayoritaria, estas transmisiones no son voluntarias. Andamios Andaluces, al fusionarse con Canteras Cordobesas no “quiere” transmitir sus participaciones en Barreras Barcelonesas. La transmisión es un efecto inevitable de la fusión. En consecuencia, parece lógico aplicar las reglas legales previstas para las transmisiones involuntarias (art. 109 LSC) y considerar aplicable, en estos casos, un derecho de rescate de las participaciones a favor de la sociedad emisora (Barreras Barcelonesas). Una excepción -en la que no procede aplicar las restricciones- vendría dada en el caso de que la sociedad disuelta tuviera un único socio o en el caso de que, como consecuencia de la disolución, las participaciones vuelvan al socio que las aportó.

Una alternativa pasaría por considerar que, dado que no hay transmisión, sino sucesión universal, las restricciones estatutarias a la transmisibilidad no se aplican salvo fraude o previsión expresa en los estatutos al caso de fusión o escisión. Con ello, se equipararía el régimen de éstas con el de las transmisiones indirectas.

viernes, 9 de septiembre de 2022

Algunas lecciones de la enseñanza en el MIT



Lo que sigue es un resumen del artículo de igual título que se cita al final con algunas acotaciones personales. La conclusión es que debemos obligar a todos nuestros estudiantes universitarios a que, al menos un 20 % de la carga lectiva de sus estudios, consista en asignaturas de matemáticas, física, química, biología o ingeniería. Al contrario de lo que predican los rent seekers, no hay que enseñar humanidades a los de STEM. Hay que ‘civilizar’ a los estudiantes de humanidades y ciencias sociales obligándoles a cursar matemáticas, estadística etc. Véanse las ventajas de una educación científico-técnica y piensen en las enormes posibilidades de estafar a los estudiantes que proporcionan las carreras de ciencias sociales y humanidades que se imparten al 75 % de nuestros jóvenes universitarios.

¿Cómo se da una clase magistral a 300 alumnos?

Cada oración emitida por el profesor debe estar perfectamente enunciada, preferiblemente dos veces. Los ejemplos en la pizarra deben ser relevantes, si no pueden ser directamente fascinantes. Cada 15 minutos más o menos, se espera que el disertante se vaya un poco por las ramas y cuente un chiste, o una anécdota histórica o exponga una aplicación extravagante del concepto que se está explicando. Cuando un profesor no se ajusta a estos requisitos inexorables, los estudiantes manifestarán su descontento cogiendo sus libros y abandonando el aula.

Si la carga de trabajo de los estudiantes es elevada (como ocurre en las dobles), no hay que preocuparse porque adquieran la “disciplina del trabajo intensivo y constante”. No les quedará otra. Mantener la atención de los estudiantes a lo largo del curso al nivel de los primeros días es imposible. Al contrario, que se empiecen a dormir en clase o que dejen de venir es señal de que están trabajando duramente para superar el examen. 

Aprendes lo que no sabes que estás aprendiendo”.

Esto parece que quiere decir que el aprendizaje es, casi siempre, inconsciente. Y dice algo que creo que los estudios de psicología evolutiva han demostrado. A saber, que los estudiantes tienden a trabajar en grupitos pequeños. En Matemáticas, eso significa que el o la más brillante del grupo resuelve por sí solo los problemas difíciles y “deja que los otros estudiantes los copien”. Pero, de nuevo, el profesor no debe enfadarse porque eso ocurra. Porque “

al hacer el esfuerzo de comprender la solución de un problema verdaderamente difícil cuando la solución la ha descubierto uno de sus compañeros, los estudiantes aprenden más de lo que aprenderían al resolver (por sí solos o escuchando al profesor) un ejercicio menos exigente.

En general, "saber cómo" es más importante que "saber qué"

Hace medio siglo, el filósofo Gilbert Ryle propuso distinguir entre los cursos de "saber cómo" (matemáticas, ciencias exactas, ingeniería, tocar un instrumento musical, incluso deportes) y los cursos de "saber qué" son los de las ciencias sociales, las artes creativas, las humanidades y aquellos aspectos de una disciplina que se describen como de valor social…

Sin duda, el contenido de los cursos de "saber qué" suele ser el más memorable. Un estudio serio de la historia de la Constitución de los Estados Unidos o del Rey Lear bien puede dejar una huella más fuerte en el carácter de un estudiante que un curso de termodinámica. Sin embargo, en el MIT, tanto profesores como estudiantes valoran más "saber cómo" que "saber qué". ¿Por qué?

Mi teoría es que se reverencia el "saber cómo" porque se puede comprobar. Se puede probar si un estudiante puede aplicar la mecánica cuántica, comunicarse en francés o clonar un gen. Es mucho más difícil evaluar la interpretación de un poema, la negociación de un compromiso técnico complejo o la comprensión de la dinámica social de un grupo de trabajo pequeño y diverso. Donde pueden realizarse pruebas de evaluación de lo aprendido, puede establecer un alto estándar de competencia en el que todos estén de acuerdo; donde no se puede evaluar con precisión, la competencia se convierte en una especie de juicio.

En consecuencia, en los cursos de “saber cómo” es mucho más difícil engañar (al profesor y a los estudiantes que cursan esa asignatura) que en un curso de “saber qué”. En Derecho, uno puede haber aprendido un montón de estupideces, haber obtenido una matrícula de honor y acabar con menos conocimiento útil que cuando empezó. Eso no ocurre con una formación en ingeniería o ciencia que son una “formación en honestidad intelectual

Los estudiantes no pueden dejar de saber si han aprendido realmente o no. Una vez que han realizado su primera prueba, todos los estudiantes universitarios del MIT saben que pagarán un alto precio si se engañan a sí mismos creyendo que saben más de lo que saben.

No tienes que ser un genio para hacer un trabajo creativo.

En este punto, Rota dice algo que ya había señalado Ramón y Cajal en sus escritos en los que trataba de fomentar las vocaciones científicas en España a principios del siglo XX. Los modelos de Beethoven, Einstein o Feynman “crean una idea falsa del trabajo científico”. Cuando los estudiantes trabajan con científicos, “aprenden que… un profesor puede comportarse perfectamente como un torpe idiota”. Los estudiantes de humanidades y ciencias sociales no tienen esa suerte, porque no tienen forma de distinguir entre el profesor y la materia que explica el profesor. Un estudiante de matemáticas tiene la ventaja de saber, en todo momento, que el problema no está en la materia que está estudiando. ¿Cómo puede saber eso un estudiante de Derecho Administrativo o Didáctica de la Geografía?

Pero, si es así, ¿qué más da estudiar cálculo en el MIT que hacerlo en una oscura universidad de provincias?

uno aprende mucho más cuando aprende cálculo de alguien que está investigando en análisis matemático que de alguien que nunca ha publicado una palabra sobre el tema. Pero esta no es la explicación correcta… algunos profesores que nunca han investigado son mucho mejores para transmitir las ideas del cálculo que los matemáticos más brillantes.

Lo que más importa es el ambiente en el que se imparte el curso; un estudiante superdotado prosperará en compañía de otros estudiantes superdotados. Un estudiante universitario del MIT se verá desafiado por el nivel de competencia que se espera de todos en el MIT, estudiantes y profesores. La expectativa de altos estándares es inconscientemente absorbida y adoptada por los estudiantes, y la llevan consigo de por vida.

O sea, lo de los jesuitas: procura ser siempre el más tonto de la habitación y lo que se decía más arriba sobre que aprendemos mucho más de nuestros compañeros coetáneos que del profesor. Y, en sentido contrario, un buen profesor que tiene alumnos exigentes da lo mejor de sí mismo. Eso ocurre en los mercados. Los que hacen buenas a las empresas son clientes exigentes.

En un entorno incierto y cambiante, refúgiate en los clásicos

Traducido a los conocimientos, clásicos son los temas que tienen “valor permanente”.

Algunos de los informáticos más destacados de nuestros días recibieron sus doctorados en lógica matemática, una rama de las matemáticas que alguna vez se consideró la más alejada de las aplicaciones, pero que resultó ser la clave para el desarrollo del software actual. Varias de las principales figuras de la biología molecular experimental recibieron sus doctorados en física. Los cambios drásticos de carrera que hace solo unos años eran la excepción se están volviendo comunes.

Compárese con la Evolución: si el entorno de un ser vivo es muy estable, aquellas especies que estén mejor adaptadas a ese entorno (especialistas) proliferarán. Pero, como no hay comidas gratis, la superior adaptación a ese entorno hace que si el entorno cambia bruscamente, esas especies intensamente adaptadas se extinguirán porque no dispondrán, en su ‘arsenal’ genético y cultural de herramientas que les permitan sobrevivir en el nuevo entorno. Pero, como hemos dicho que el entorno es estable, no hay problema. Ahora bien, si el entorno es muy inestable, las especies que sobrevivirán seran las ‘generalistas’, es decir, las que disponen de herramientas que, aunque no les permiten extraer exhaustivamente los recursos que les ofrece el entorno, les permite extraer los recursos suficientes para sobrevivir en escenarios diferentes. La especie ‘generalista’, por ejemplo, será omnívora aunque esto suponga disponer de un estómago menos eficiente para extraer la energía que hay en las plantas.

El plan de estudios que la mayoría de los estudiantes universitarios del MIT eligen seguir se centra menos en las habilidades ocupacionales actuales que en aquellas áreas fundamentales de la ciencia y la ingeniería que, con menos probabilidad, se verán afectadas por los cambios tecnológicos.

Pero ¿no es esto contradictorio con la preferencia por “saber cómo” respecto a “saber qué”? Al fin y al cabo, es más probable que los cambios tecnológicos afecten más a cómo se hacen las cosas que a qué significan los hechos históricos o las instituciones sociales o los textos literarios. La respuesta es que no. Porque salvo cambios disruptivos que necesitan décadas para ‘ocupar’ un sector de la vida económica o social, las innovaciones técnicas son incrementales, de manera que aprender cómo se hace algo es, normalmente, útil aunque cambie la forma en que tal cosa se hace en el futuro.

Si Rota tiene razón, deberíamos suprimir todos los grados universitarios ‘inventados’ en las últimas décadas y volver a una universidad donde se den unos pocos grados y se reserve la especialización para el posgrado: humanidades, derecho, economía  (o ciencias sociales sustituyendo a derecho y economía), ciencias, ingeniería,

El exceso de trabajo se combate dejando de hacer las cosas menos interesantes.

La carga de trabajo en un centro educativo excelente siempre es excesiva y nadie logra estar al día. Pero eso no es tan malo

Los estudiantes del MIT a menudo se quejan de estar sobrecargados de trabajo, y tienen razón. Cuando miro los horarios de cursos que mis asesorados proponen al inicio de cada trimestre, me pregunto cómo pueden planificar tanto trabajo. Mi carga de trabajo no era como esa cuando era estudiante.   Los tópicos sobre la desaparición del ocio son, por desgracia, ciertos, y los profesores del MIT están tan agobiados como los estudiantes. Sin embargo, hay cierta satisfacción para un miembro de la facultad al encontrarse con un recién graduado que se maravilla de la poca carga de trabajo que llevan en la facultad de medicina o de derecho en relación con el agotador horario que tuvieron que mantener durante sus cuatro años en el MIT.

Las últimas dos lecciones – recuérdese que este texto fue escrito en 1997 – son que “el futuro pertenece a los que saben informática” y que las matemáticas siguen siendo la reina de las ciencias”

Respecto de esta última, Rota lo justifica diciendo que

  "Si te especializas en matemáticas, puedes cambiarte a X cuando quieras, pero no al revés."  Los exalumnos… se quejan de no haber tenido más asignaturas de matemáticas cuando eran estudiantes universitarios. Es un hecho, confirmado por la historia de la ciencia desde Galileo y Newton, que cuanto más teórico y alejado de las aplicaciones inmediatas parece ser un tema científico, más probable es que finalmente encuentre las aplicaciones prácticas más llamativas. Considere la teoría de los números, que hace solo 20 años se creía que era el capítulo más inútil de las matemáticas y hoy es el núcleo de la seguridad informática. La factorización eficiente de números enteros en números primos, un tema de una oscuridad aparentemente impresionante, ahora es cultivado con igual pasión por diseñadores de software y descifradores de códigos.  A menudo me preguntan por qué hay tan pocos matemáticos aplicados en el departamento del MIT. La razón es que todo el MIT es un enorme departamento de matemáticas aplicadas; puedes encontrar matemáticos aplicados en prácticamente todos los departamentos del MIT excepto matemáticas.

Y esto coincide perfectamente con la intuición que he expresado en alguna ocasión respecto al sentido de la ‘enseñanza reglada’: en la escuela deben enseñarse las cosas que los niños no pueden aprender por su cuenta. Y mi impresión es que todo, excepto las matemáticas, puede uno aprenderlo por su cuenta. No es que no haya autodidactas en matemáticas. Es que el coste de ser autodidacta en matemáticas es mucho mayor que en cualquier otra materia. ¿Por qué? Naturalmente por su abstracción pero también porque uno puede entrar en el Derecho Penal o en la Teoría de la Evolución o en la Literatura medieval por donde uno quiera (por “Doce hombres sin piedad” o “De las penas” de Beccaria; por los documentales sobre animales o por los libros de Stephen Jay Gould; por las canciones de Paco Ibáñez o por las películas de Pasolini del Decameron y los cuentos de Canterbury), pero uno no puede entrar en las matemáticas por cualquier parte. Tiene que conocer el uso de las herramientas necesarias para entender lo que pueda leer por su cuenta.


Gian-Carlo Rota, 10 Lessons of an MIT Education, 1997


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lunes, 5 de septiembre de 2022

17 de octubre, fiesta nacional: día de Cajal*


Karsten Witte

He terminado de leer la espléndida y emocionante biografía de Santiago Ramón y Cajal que ha publicado – en inglés – Benjamin Ehrlich. (The Brain in Search of Itself. Santiago Ramón y Cajal and the Story of the Neuron, New York, 2022). No hay duda de que a Ehrlich el personaje le cae bien. Lo sitúa a la par con lumbreras como Pasteur, Darwin o Einstein. Y para un español, es emocionante leer tal cosa. Porque, a diferencia de cualquier otra gloria española (Cervantes y Velázquez son los dos únicos personajes históricos a su altura en sus respectivos campos aunque la nómina se ampliaría si incluimos militares – Cortés, Juan de Austria – marinos – Elcano – o reformadores sociales – Ignacio de Loyola – o teólogos juristas - Escuela de Salamanca -), Ramón y Cajal es el padre de la Ciencia en español. El científico que nos explicó la anatomía del cerebro (y que las neuronas son células físicamente separadas unas de otras) nació, vivió e investigó en un país con un 75 % de analfabetismo y sin ayudas públicas durante buena parte de su carrera.

Sin embargo, y por una vez en la historia de España, Cajal fue ‘profeta en su tierra’. La biografía de Ehrlich da exhaustivas pruebas de que Cajal fue considerado un héroe nacional ya antes de que se le concediera el premio Nobel – injustamente compartido con Golgi, a decir del autor –. En concreto, cuando se le dio, unos años antes de 1906, la medalla de Moscú. Me viene a la memoria la biografía de Humboldt y cómo la autora se maravilla por la popularidad del geógrafo alemán en todo el mundo. Cajal fue apreciado, admirado y agasajado por todos los españoles. Desde el rey Alfonso XIII hasta los vecinos del pequeño pueblo del Alto Aragón donde nació (Petilla de Aragón) pasando por políticos de todo signo (el dictador Primo de Rivera tragó carros y carretas con tal de no enemistarse con Cajal; Castelar trató mucho a Cajal; le hicieron senador vitalicio; quisieron hacerle ministro de educación en uno de los gobiernos liberales de la Restauración) y se creó un instituto excelentemente dotado para que pudiera desarrollar sus investigaciones y ‘crear escuela’. Se le hizo presidente de la Junta de Ampliación de Estudios que incluía la Residencia de Estudiantes. Los estudiantes de Medicina lo adoraban y dieron frecuentes muestras de su admiración (a pesar de que no era la alegría de la huerta dando clases, al parecer). El pueblo llano también participaba de esa admiración por el primer ‘sabio español’, incluida la guardia de fronteras entre España y Portugal. A su muerte, en 1934, en medio del caos y desórdenes que caracterizaron la corta vida de la II República, el pueblo de Madrid se lanzó a la calle para seguir su féretro. Con su oposición, se le erigió una estatua en el Retiro de Madrid ¡en vida! Hoy, no hay ciudad española que no tenga una calle dedicada a Cajal. Hay hospitales, centros de investigación, colegios e institutos de bachillerato que llevan su nombre.

Falta el Museo Cajal. Duque, el ministro astronauta, prometió que se abriría en esta legislatura. Pero no se ha abierto. Ehrlich se queja de las dificultades para acceder a su legado. Cajal no paraba de escribir y dibujar. No paró de hacerlo hasta el día de su muerte y empezó a hacerlo cuando contaba pocos años de edad. Y se ha conservado buena parte de lo que escribió y dibujó. Cuando tenemos Museos dedicados a cualquier nadería, que no haya un Museo Cajal es una desgracia fácilmente remediable (Madrid, Barcelona, Zaragoza y Valencia tienen títulos para ser la sede. Yo abriría una subasta para tomar tal decisión y adjudicaría el Museo a la ciudad que más fondos privados recaudara para la fundación titular del mismo).

Pero lo del Museo Cajal es una cuestión menor. Lo importante es que Cajal representa una oportunidad inigualable para reconstruir la cooperación entre españoles tan dañada en las últimas décadas por el auge del nacionalismo periférico y la deriva populista y hacia la extrema izquierda del PSOE.

Respecto de lo primero porque Cajal era un modelo de patriota español. Y respecto de lo segundo porque uno de los rasgos más destacables de los populistas (y de los nacionalistas, naturalmente) es el desprecio por la Ciencia como guía de las políticas públicas, especialmente en materias como la organización de la asistencia sanitaria y, sobre todo, la educación y la investigación. Los populistas – como el PSOE – se niegan a seguir los dictados de la Ciencia cuando de promulgar leyes se trata. Practican lo que se ha llamadosociología normativa’ que consiste en afirmar que las causas de los fenómenos que son objeto de regulación (pongamos por ejemplo, el fracaso escolar, o la violencia entre cónyuges pero también el aborto o el reducido número de mujeres en carreras técnicas) son las que los populistas querrían que fuesen (el fracaso escolar porque hay demasiados alumnos por clase, la violencia entre cónyuges por la cultura machista, el aborto porque no hay educación sexual suficiente en las escuelas, o la ausencia de mujeres en las ingenierías porque se les dice a las niñas que no valen para esas carreras) y no las que realmente son.

Aquí es, especialmente, donde Cajal puede ayudarnos después de muerto. Si todos los españoles admiramos a Cajal, todos los españoles deberíamos acordar que las políticas sociales, educativas y económicas deben guiarse por la Ciencia (y el Derecho). Eso es lo que Cajal predicó y practicó toda su vida. Y lo hizo luchando contra sus propios prejuicios. Llegando a conclusiones sólo tras haber comprobado empíricamente si su ‘prejuicio’ se confirmaba en el experimento y si el experimento estaba bien diseñado y ejecutado (una de sus grandes aportaciones a la Ciencia lo fue a las técnicas para asegurar que lo que se veía al microscopio eran células reales y no ‘artefactos’ creados por el tinte o producto químico utilizado para preparar las muestras objeto de análisis).

Hay que resucitar a Cajal y resucitarlo de forma permanente. No basta abrir el Museo Cajal. Hay que establecer una fiesta nacional que lleve su nombre. Murió el 17 de octubre y nació el 1 de mayo. Como la segunda es una fecha ya ‘cogida’, deberíamos convertir el 17 de octubre en fiesta nacional (puede suprimirse cualquier fiesta religiosa que no sea de primera relevancia). El día de Cajal. Que sea, también, el día de la Ciencia. Que sea el día en el que los españoles recordemos que, si no fuera por Cajal y por su inmensa labor en la creación de una ‘escuela española’ de Biología, España no tendría título alguno para presentarse en el mundo cuando se demanda por la aportación de cada país al avance del conocimiento. No hay ningún premio Nobel de Ciencias español. Tras la Segunda Escolástica (siglo XVI), España desapareció de la construcción de la Ciencia y la Tecnología hasta, prácticamente, el siglo XXI. Cajal representó la única interrupción en ese proceso de ‘salida’ de España de la Historia de Europa. Nunca un solo hombre hizo tanto. El Museo Cajal debería tener como objetivo, no tanto difundir la obra de este genio como asegurar que los españoles no daremos nunca más la espalda a la Ciencia. Y eso ha de traducirse, en el ámbito educativo y universitario, en concentrar todos los esfuerzos en asegurar la centralidad del conocimiento científico y su transmisión en escuelas y universidades abandonando cualquier pretensión de moldear las emociones y valores de los educandos. No es que no sea deseable – yo no lo creo, pero reconozco que es discutible –, es que nadie que acepte que la Ciencia y el Derecho deben guiar las políticas ha presentado prueba alguna de que la escuela puede lograr tal objetivo.

Cajal, en definitiva, es la prueba de que todos los males – menos la muerte por ahora – tienen remedio. Y el mal que aqueja a los españoles es el de su incapacidad para cooperar a gran escala y su abandono de la Ciencia. 

* Esta entrada está destinada a unirse a los escritos publicados para pedir la apertura del Museo Cajal en la página Acalanda

viernes, 2 de septiembre de 2022

Qué es una peña (tertulia) según Ramón y Cajal


Una peña era como un organismo, pensaba Cajal, con sus propias funciones especializadas y adaptativas. Uno podía hablar de ciencia, otro de negocios y otro de actualidad; uno podía mostrar su pasión por el arte, mientras que otro aportaba frivolidad y humor. De vez en cuando, alguien podía incluso hacerse pasar por conservador, defendiendo la religión, la monarquía o las normas sociales, sólo para variar. Para evitar la pedantería, los expertos tenían prohibido hablar de sus propios campos. La peña tenía que ser pequeña, decía Cajal, ya que los hombres sólo expresaban opiniones sinceras en un ambiente íntimo, mientras que en presencia de un público tendían a actuar. El papel más importante lo desempeñaba un árbitro silencioso, al que los debatientes acudían instintivamente en busca de afirmación. Los contertulios... debían poseer temperamentos complementarios; Cajal consideraba que cualquiera que alterara el equilibrio en la mesa era más peligroso que un chismoso o un matón. Para conservar el ambiente cordial de una peña", explicaba Cajal, "nunca hay que escalar las discusiones ni tratar de tener razón en todas las situaciones discutibles". Al final de cada tertulia, limitada estrictamente a una hora, Cajal se preguntaba: "¿He aprendido algo noble, útil o agradable? ¿Salgo de la tertulia mejor o peor que cuando entré? ¿El agotamiento mental y la emoción provocados por las discusiones irritantes obstaculizarán o interferirán en mi trabajo diario?

Benjamin Ehrlich. The Brain in Search of Itself. Santiago Ramón y Cajal and the Story of the Neuron, New York, 2022, pp 139-140

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La previa obtención de la licencia administrativa no es requisito previo para la inscripción de un derecho de superficie (parque fotovoltaico)



Por Marta Soto-Yarritu

Resolución de la DGSJFP de 21 de junio de 2022)

Se plantea si cabe inscribir un derecho de superficie constituido en escritura pública que habilita al superficiario para

«la promoción, construcción, montaje, puesta en marcha, mantenimiento, operación y explotación y, en su caso, cesión o venta a un tercero, de un Parque Fotovoltaico para la generación de energía eléctrica y su posterior vertido a la red y/o venta, en los términos previstos en la legislación vigente aplicable (en adelante, el “Parque Fotovoltaico”)».

El registrador suspende la inscripción porque, a su juicio, debe aportarse la correspondiente licencia urbanística y además una autorización administrativa especial, que ha de ir precedida de la correspondiente declaración de impacto ambiental.

El notario recurrente considera que es suficiente para que el derecho de superficie quede válidamente constituido que se cumpla lo establecido en los artículos 53 y 54 del texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana. Afirma que la calificación está confundiendo los requisitos legalmente exigibles para la constitución del derecho de superficie (que serán siempre los mismos cualquiera que sea el destino y finalidad que con ello persigan los interesados) con los requisitos que deben cumplir las edificaciones, instalaciones, construcciones o actividad que, en actuación del contenido del derecho de superficie adquirido, queda habilitado el superficiario para realizar.

La DGSJFP señala que respecto del derecho de superficie no hay precepto alguno en la legislación estatal (artículos 53 y 54 de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana), ni en la legislación autonómica (en este caso, la Ley de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía), que imponga la previa obtención de ningún tipo de licencia administrativa como requisito para que los notarios pueda autorizar y los registradores inscribir escrituras en virtud de las cuales se constituya un derecho de superficie, cualquiera que sea el contenido de este. Lo que quedará sujeto a la obtención de las licencias administrativas correspondientes (municipales, y en su caso, autonómicas) serán las obras, edificaciones, y, en definitiva, los usos a que efectivamente vaya a destinarse la finca objeto del referido derecho real de superficie según la específica naturaleza de los mismos (en este caso, la construcción de una placa solar fotovoltaica para la instalación eléctrica de alta tensión) y de acuerdo con la legislación sectorial que resulte aplicable. Por tanto, la DGSJFP estima el recurso y revoca la calificación registral.

En el incidente extraordinario de oposición a la ejecución hipotecaria por cláusulas abusivas no cabe alegar el carácter usurario del préstamo


Por Marta Soto-Yarritu

Es la Resolución de la DGSJFP de 21 de junio de 2022)

En el marco de un procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado en 2010, el Juzgado que lo tramitaba concedió en 2020 a los prestatarios un nuevo plazo para la interposición del incidente extraordinario de oposición basado en el carácter abusivo de una cláusula contractual, en virtud de la disposición transitoria tercera de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de contratos de crédito inmobiliario (LCCI). Los prestatarios interpusieron el incidente solicitando la nulidad del préstamo hipotecario por su carácter usurario, que fue estimado por el Juzgado. En consecuencia, el préstamo y la hipoteca fueron declarados nulos, dictando el Juzgado un mandamiento en ele que se ordenaba la cancelación de la inscripción de la hipoteca y de la nota marginal relativa a la ejecución de la misma.

El Registrador se opuso a ello alegando que el procedimiento utilizado sólo permitía alegar la abusividad de alguna cláusula del préstamo hipotecario pero no su carácter usurario. La DGSJFP da la razón al Registrador. Establece que la DT 3ª LCCI solo permite reabrir el plazo del incidente de oposición a la ejecución hipotecaria para examinar el carácter abusivo de una cláusula contractual que constituya el fundamento de la ejecución o que hubiese determinado la cantidad exigible, pero no para admitir la oposición del ejecutado fundada en otras causas.

La DGSJFP rechaza además hacer una asimilación de la oposición por razón de usura y por razón de protección del consumidor, ya que ambas figuras tienen distintos ámbitos de control y alcance.

Cláusula de un préstamo declarada abusiva con posterioridad a la adjudicación del inmueble tras la ejecución hipotecaria



Por Marta Soto-Yarritu

Resolución de la DGSJFP de 10 de junio de 2022

En un procedimiento de ejecución hipotecaria se adjudicó el inmueble hipotecado a tres sociedades mediante resolución judicial firme. Posteriormente, se resolvió un incidente de oposición a dicha ejecución que culminó con la declaración de nulidad, por abusiva, de la cláusula de vencimiento anticipado que fundamentó la ejecución. Como consecuencia de ello, se dictó un mandamiento judicial ordenando la cancelación de la inscripción de la titularidad del inmueble a favor de las sociedades que lo habían adquirido en el procedimiento de ejecución. La Registradora se negó a ello argumentando que, una vez producida la transmisión de la propiedad a un tercero, la cancelación de la inscripción practicada a su favor sólo podría hacerse a través de una demanda de rectificación del Registro por ineficacia del título.

La DGSJFP da la razón a la Registradora: Recuerda que el TJUE, en su Sentencia de 17 de mayo de 2022 (asunto C-600/19), reconoce la posibilidad, con ciertas condiciones, de enjuiciar la abusividad de una cláusula del préstamo que dio pie a la ejecución aun después de haber concluido ésta por resolución judicial firme, pero deja siempre a salvo de los efectos de dicha declaración de abusividad a los terceros adquirentes ajenos a la relación contractual.

Concluye, por tanto, la DGSJFP que, si el incidente de abusividad se resuelve después de que la titularidad del inmueble se haya transmitido a un tercero como consecuencia de la ejecución, solo se podrá acordar la reparación al deudor de las consecuencias económicas que le haya ocasionado la aplicación de la cláusula abusiva, pero no podrá verse afectada la titularidad transmitida a favor de tercero, especialmente si éste está protegido por la fuerza del Registro de la Propiedad.

No se inscribe un aumento de capital por no constar el NIF del socio extranjero que suscribe el aumento



Por Marta Soto-Yarritu

Resolución de la DGSJFP de 28 de junio de 2022

Se rechaza la inscripción de un aumento de capital de una SL, entre otros defectos, por no constar el NIF del socio, persona jurídica de nacionalidad estadounidense, que suscribe el aumento por compensación de créditos.

La DGSJFP recuerda que, a los efectos de identificación de personas jurídicas extranjeras que deban constar en la hoja abierta a la sociedad, sólo cuando lo exija la normativa tributaria será obligatorio que conste un número de identificación fiscal. Tras analizar la normativa fiscal señala:

Como puede comprobarse de la normativa expuesta, la legislación tributaria utiliza conceptos muy amplios, como el de «naturaleza o trascendencia tributaria», en los que se impone la necesidad de hacer constar el número de identificación fiscal, tanto de personas físicas, como jurídicas, o incluso entidades sin personalidad jurídica, sin distinción entre nacionales o extranjeros. Considera que de la reducción de capital derivan relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria, En consecuencia, confirma la calificación.”

La DGSJFP desestima el recurso y confirma la calificación.

La refundición de estatutos debe cumplir el requisito de votación separada (art. 197 bis LSC)



Por Marta Soto-Yarritu

Es la Resolución de la DGSJFP de 27 de julio de 2022

Se convoca junta de una SL para pronunciarse, entre otros asuntos, sobre la «aprobación de la propuesta de nuevos estatutos de la sociedad, cuyo texto ha sido redactado por refundición». Durante el desarrollo de la sesión de la junta, que se constituye con la presencia de sus dos únicos socios, el socio administrador, mayoritario, y el representante del otro socio, minoritario, se vota en su conjunto la propuesta de sustituir los estatutos vigentes por los en ella contenidos. El registrador califica negativamente por incumplimiento de la previsión del art. 197 bis LSC que exige la votación separada de los artículos propuestos y porque afectando la modificación estatutaria al régimen de transmisión de las participaciones, no contiene el título previsión alguna en relación al derecho de separación. El administrador de la sociedad recurre.

La DGSJFP concluye que en este caso se produce una violación del art. 197 bis LSC, ya que en el desarrollo de la junta se impone al socio minoritario un pronunciamiento en globo sobre la totalidad de la refundición estatutaria. No obsta a lo anterior el hecho de que el socio, en el desarrollo de la sesión, solo hiciera manifestación por medio de su representante del aspecto relativo al cambio introducido en la remuneración del órgano de administración. Considera que lo trascendente es que en el desarrollo de la sesión se ha violado el mandato del art. 197 bis LSC y con él, el derecho individual del socio a pronunciarse sobre el asunto de la modificación de estatutos en el modo previsto en la ley. Por tanto, desestima el recurso.

La supresión de actividades (aunque nunca se hayan desarrollado por la sociedad) es una modificación sustancial del objeto social y no es inscribible sin haber publicado el acuerdo a los efectos del posible ejercicio del derecho de separación (art. 348 LSC)



Por Marta Soto-Yarritu

Es la Resolución de la DGSJFP de 29 de junio de 2022

En junta general no universal, se aprueba por mayoría una modificación del objeto social de una SL, consistente en eliminar dos de los apartados de la cláusula estatutaria reguladora del objeto social. A juicio del Registrador dicho acuerdo hace nacer un derecho de separación de los socios que no hubieran votado a su favor, debiéndose publicar el mismo (arts. 346.1 a) y 348 LSC). Para el recurrente no se trata de una modificación sustancial del objeto social, ya que sólo consiste en eliminar dos actividades que nunca ha desarrollado la sociedad.

La DGSJFP concluye que la supresión de actividades incluidas en el objeto social debe ser considerada como una modificación sustancial del mismo. Añade que la valoración de las circunstancias o motivos de tal modificación no corresponde a la DGSJFP:

existe una modificación sustancial cuando esta resulta de la comparación de los textos, antes y después del acuerdo, y que la alegación de que esas actividades se vinieran ya desarrollando, o no, por la sociedad debe alegarse en su momento procesal oportuno, en la demanda, o en la contestación a la misma, en que se dilucida si existe o no derecho de separación.” En consecuencia, desestima el recurso y confirma la calificación.

La fecha relevante a efectos del cálculo del periodo de los dos años anteriores a la declaración del concurso es la del otorgamiento de la hipoteca, no la de su inscripción en el Registro



Por Mercedes Agreda

Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid sección 28, número 277/2022, de 22 de abril de 2022

En el concurso de la sociedad GORANE, se instó la rescisión de la hipoteca otorgada por la concursada, como hipotecante no deudora, a favor de ABANCA. Las fechas relevantes son: la hipoteca se otorgo mediante escritura pública de 16 de febrero de 2017 y se inscribió en el Registro de la Propiedad el 16 de junio de 2017. El concurso de GORANE fue declarado el 4 de mayo de 2019. A efectos de la acción rescisoria concursal, se discute si la fecha del acto impugnado es la del otorgamiento de la hipoteca (en este caso, habrían transcurrido más de dos años hasta la declaración del concurso) o la de su inscripción.

La AP de Madrid concluye que la fecha que debe tomarse en consideración es la del otorgamiento de la hipoteca, que es cuando tiene lugar el acto dispositivo, sin perjuicio de que los efectos jurídicos y el nacimiento del derecho de garantía exijan la inscripción registral. Por tanto, se desestima la acción rescisoria concursal por haber transcurrido más de dos años entre la fecha de otorgamiento de la hipoteca y la de declaración del concurso.

En cualquier caso, la AP de Madrid hace un apunte importante: aunque se considerara que la fecha relevante a estos efectos es la de inscripción de la hipoteca, hay que tener en cuenta que el art. 24 de la Ley Hipotecaria retrotrae los efectos de la inscripción a la fecha del asiento de presentación. Por tanto, la fecha a tener en cuenta en este caso no debería ser tampoco el 16 de junio de 2017 (fecha de la inscripción), sino la fecha en la que la escritura de hipoteca fue presentada en el Registro para su inscripción.

Subsidiariamente, se instó también la acción rescisoria pauliana. La AP de Madrid también la desestima, en este caso porque sería necesario que se hubiera alegado y justificado la existencia de derechos de crédito anteriores al acto impugnado que hubieran sido defraudados por éste (aclara eso sí la AP de Madrid que no es necesario, en sede concursal, que el crédito del acreedor instante sea anterior al acto impugnado).

Las restricciones a la movilidad no impedían la celebración de la junta



Por Marta Soto-Yarritu

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona sección 15, número 887/2022, de 27 de mayo de 2022

Uno de los socios de una SL impugna los acuerdos de la junta celebrada el 30 de octubre de 2020 alegando, entre otros, defecto de constitución de la junta y solicita la nulidad de los acuerdos. El socio sostiene que la junta no debió celebrarse, puesto que las restricciones a la movilidad acordadas por las autoridades como consecuencia de emergencia sanitaria provocada por la COVID- 19 le impidieron asistir a la junta.

La AP considera discutible que el socio, de conformidad con las restricciones impuestas (en este caso, por la Resolución SLT/2700/2020, de 29 de octubre del Govern de la Generalitat), no pudiera asistir a esta, puesto que dicha resolución autorizaba desplazamientos justificados. Dado que, en general, la normativa que imponía este tipo de restricciones a la movilidad no incluía expresamente la asistencia a juntas entre los supuestos exceptuados, se planteaba la duda de si era o no un supuesto permitido. La AP concluye que aunque no está incluido expresamente en los supuestos contemplados, podría resultar análoga al "cumplimiento de obligaciones (...) empresariales, institucionales o legales". Añade además que no consta gestión alguna por parte del socio para que se suspendiera la junta o para que se realizara por videoconferencia. En consecuencia, concluye que no se puede considerar que la celebración de la junta fuera ilegal.

La existencia de una prórroga para el depósito de CCAA (normativa Covid) no elimina la presunción del art. 367.2 LSC



Por Marta Soto-Yarritu

Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona sección 15, número 900/2022, de 30 de mayo

La AP concluye que la existencia de una prórroga en la obligación formal de formulación y depósito de las cuentas con ocasión de la declaración del estado de alarma en marzo de 2020 no elimina la presunción del art. 367.2 LSC ni la obligación del administrador demandado de acreditar que al tiempo de contraer las obligaciones la sociedad no estaba incursa en causa de disolución. Por ello, en atención al principio de facilidad probatoria, la falta de formulación y depósito de las cuentas debe perjudicar a quien por su condición de administrador de la compañía tiene acceso directo a dichas fuentes de prueba, por lo que la falta de formulación de las cuentas, en un caso como el enjuiciado (la sociedad había solicitado y obtenido la declaración de concurso y su archivo por falta de masa activa), es motivo suficiente como para presumir que la sociedad deudora se hallaba incursa en esa causa de disolución en el momento del nacimiento de las obligaciones sociales que ahora se reclaman y derivar la responsabilidad por impago de las deudas sociales al administrador de la sociedad.

Momento de nacimiento de la obligación cuando existe un acuerdo transaccional de reconocimiento de deuda a efectos del art. 367 LSC



Por Mercedes Agreda

Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona sección 15, número 925/2022, de 2 de junio de 2022

En el marco de una acción de responsabilidad por deudas con el administrador de una sociedad, por estar incursa en causa de disolución por pérdidas, se discute en qué momento nació la obligación, si durante los años 2016 y 2017, cuando se suministró la maquinaria y se giraron las facturas que resultaron impagadas, o en junio de 2018, cuando se firmó el acuerdo transaccional entre las partes por el que la sociedad reconocía la deuda, comprometiéndose al pago de la misma en varios plazos mensuales.

Se considera que en junio de 2018 la sociedad se encontraba incursa en la causa de disolución por pérdidas, ya que en ese ejercicio la sociedad no depositó las cuentas anuales, lo que constituye un indicio cualificado de desbalance patrimonial, a lo que se añade el importe de las pérdidas de ese ejercicio (superiores 450.000 euros) y el hecho de que al año siguiente la sociedad instara el concurso, archivándose directamente por insuficiencia de masa. Por el contrario, en los años 2016 y 2017 el patrimonio neto contable era superior a la mitad del capital social.

La sentencia de primera instancia consideró que, aunque el acuerdo transaccional contiene un reconocimiento de deuda contraída con anterioridad, existen motivos para estar, a estos efectos, al momento en el que se suscribió la transacción. Con la transacción se novó la obligación anterior, que quedó extinguida, naciendo una nueva obligación sometida a nuevas reglas de pago. En consecuencia, estimó íntegramente la demanda, al haberse contraído la nueva obligación estando la sociedad incursa en causa de disolución.

La AP no comparte estos argumentos. En la transacción la sociedad no contrae nuevas obligaciones, sino que reconoce una deuda fruto de relaciones comerciales previas y se acuerda un nuevo calendario de pagos, dado que esa deuda estaba vencida y era exigible. La novación es meramente modificativa de una obligación previa que se contrajo en los años 2016 y 2017, cuando la sociedad no se encontraba incursa en causa de disolución. En consecuencia, estima el recurso, absolviendo al administrador del pago de la deuda.

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