Este video ha inspirado el texto de esta entrada. La entrevistada compara cómo resolvió Australia un caso gravísimo de abusos sexuales cometidos por inmigrantes de origen libanés en comparación a cómo - no - lo hizo el Reino Unido en el caso de Rotherham (donde los agresores eran pakistaníes). Y no he podido dejar de pensar en el libro de Soto Ivars 'Esto no existe'. La tesis de Soto Ivars es que no hay más condenas de mujeres que denuncian falsa o instrumentalmente a su ex-pareja simplemente porque la policía y los jueces no quieren "meter la pata" y que la mujer denunciante acabe muerta, lo que les proporciona incentivos pavorosos para detener inmediatamente al varón cuando se produce una denuncia y, cuando se le absuelve o se archiva la denuncia, a no continuar con la investigación para determinar si la denuncia era falsa. Esto se traduce en una enorme desprotección para los varones inocentes que pasan un fin de semana en el calabozo, sufren en su reputación social y, sobre todo, soportan medidas cautelares que les impiden disfrutar de sus bienes - su casa - o de la compañía y el contacto con sus hijos durante meses o años. Al no perseguirse las denuncias falsas, los incentivos de las mujeres menos decentes para interponerlas se exacerban si se tiene en cuenta que, como cuenta también Soto Ivars, la simple presentación de una denuncia proporciona a la mujer un "estatuto de víctima" privilegiado incluso por el Tribunal Constitucional en cuanto que hace impune a la mujer del delito de sustracción de menores. La clave de este abandono de los hombres inocentes es que su condición de varón hacía imposible que fueran vistos como víctimas y, por tanto, que se les brindara la protección que merecían.
Le he dicho a Copilot que me haga un informe y ha hecho esta birria:
La actuación policial no se desarrolla en un vacío normativo, sino en un contexto político y social que condiciona la aplicación efectiva de la ley. Este ensayo analiza tres escenarios: Reino Unido, España y Australia, para mostrar cómo la lógica institucional se ve moldeada por factores extrajurídicos como el riesgo reputacional, la presión mediática y las prioridades políticas.
Reino Unido: inhibición por corrección política
Los informes oficiales sobre los casos de Rotherham, Rochdale y Oxford (Informe Jay, 2014) revelan que la policía y los servicios sociales ignoraron denuncias durante más de una década. Las causas identificadas fueron: temor reputacional, miedo a ser acusados de racismo o islamofobia, política multicultural que priorizó la imagen pública sobre la protección efectiva de las víctimas, y omisión sistemática de deberes. Esto ilustra cómo la corrección política puede generar una parálisis institucional donde el riesgo de daño reputacional supera el deber de protección.
España: sobrerreacción preventiva y ausencia de depuración
La Ley Orgánica 1/2004 contra la violencia de género instauró un modelo de protección reforzada, con medidas cautelares inmediatas. La policía actúa bajo el principio de prevención del riesgo grave, lo que implica detención automática tras la denuncia, prioridad política para evitar daños irreparables, y falta de investigación posterior cuando el acusado resulta absuelto. Ello responde a la política pública (evitar desincentivar denuncias reales) y a la dificultad probatoria para acreditar dolo.
Australia: neutralidad y aplicación estricta de la ley
Un grupo liderado por Bilal Skaf y su hermano Mohammed Skaf, ambos de origen libanés-australiano operaban en el área de Bankstown. Entre agosto y septiembre de 2000, varias mujeres jóvenes fueron engañadas o forzadas a acudir a parques y áreas aisladas, donde sufrieron agresiones sexuales en grupo.Las víctimas eran adolescentes y mujeres jóvenes, algunas menores de edad. Se identificaron al menos seis ataques distintos con más de una docena de agresores implicados. Número de víctimas. Las investigaciones judiciales confirmaron al menos siete víctimas en los juicios principales, aunque se sospecha que hubo más. Bilal Skaf: condenado inicialmente a 55 años de prisión, reducidos en apelación a 31 años. Mohammed Skaf: condenado a 19 años, con reducciones posteriores. Otros miembros del grupo recibieron penas entre 10 y 25 años (compárese con los violadores de la manada). Los procesos incluyeron múltiples apelaciones por errores procesales y revisiones de sentencia. La policía actuó con rapidez tras las denuncias, evitando cualquier consideración cultural como atenuante. Es decir, la policía australiana adoptó un enfoque pragmático: aplicó igualitariamente la ley sin considerar la identidad cultural de los delincuentes; rechazó inhibirse por razones culturales y se procesó y condenó rápidamente a los culpables, lo que demuestra que es posible aplicar la ley sin sesgos derivados de la corrección política ni de la sobrerreacción preventiva.
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