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lunes, 24 de noviembre de 2025

La acción social de responsabilidad como mecanismo de rendición de cuentas de los políticos 'colocados' en consejos de administración de empresas públicas

 




La Azienda Trasporti Funicolari Malcesine (ATF) ejercita acción de responsabilidad ex art. 2476 c.c. contra Stefano Passarini, ex presidente del consejo de administración, reclamando € 874.991,87 más intereses por los daños derivados del despido discriminatorio del Director General Franco Falcieri, declarado nulo por sentencia firme. El despido (05/11/2012) siguió a un procedimiento disciplinario iniciado el 10/10/2012. Falcieri impugnó el despido y aportó una grabación que revelaba motivaciones políticas; la Corte de Apelación confirmó la nulidad y condenó a ATF.

Esto es muy interesante. La ATF ejerce una acción de responsabilidad pidiendo que Passarini indemnice los daños que ha sufrido la ATF al tener que indemnizar, a su vez, a un Director General despedido, no ya improcedentemente, sino por motivos que podríamos calificar de contrarios al orden público. Según la prensa de la época, esta empresa pública era parte del botín de los partidos políticos locales en la provincia de Verona y, cuando cambiaba la correlación de fuerzas, cambiaban los cargos en la compañía. Los miembros del consejo de administración se 'plegaban' al viento y nombraban o despedían al director general que contara con las simpatías/antipatías de los políticos locales. 

El coste para la ATF era brutal. ATF acabó pagando a Falcieri (en Italia el derecho al "reingreso" tras un despido improcedente es todavía más rígido que en España) 635.000 €. Afortunadamente, el Derecho de Sociedades y el cambio de mayorías políticas proporciona los incentivos a los "nuevos" accionistas de control - el partido vencedor de las elecciones en la provincia - para interponer la acción social de responsabilidad frente al último responsable de la decisión de despedir a Falcieri. 

Passarini se defendió negando la naturaleza discriminatoria, alegando prescripción, falta de nexo causal y culpa concurrente de ATF y reclamando que se demandara y condenara con él a los demás miembros del consejo de administración. Estos (Benedetti, Rabagno, Andreis) alegaron desconocer que hubiera motivos políticos detrás de la decisión de despedir a Falcieri. Lloyd’s Insurance Company S.A., rechaza cobertura por falta de adhesión y por temporalidad de la póliza, además de considerar el evento ajeno al riesgo asegurado.

El Tribunal de Venecia descarta la prescripción porque considera como dies a quo el de la fecha de la sentencia definitiva de la Corte de Apelación (17/05/2017) por lo que la demanda de ATF (2021) se interpuso en tiempo.

En cuanto al valor de la sentencia laboral en el pleito mercantil, el Tribunal señala que, aunque no es cosa juzgada, el Tribunal mercantil ha de tenerla en cuenta. 

El Tribunal considera acreditado el carácter discriminatorio y político del despido, apoyándose en la transcripción de la conversación del 25/10/2012 (doc. 161), donde Passarini admite actuar en defensa propia y menciona presiones de grupos políticos (“la partida se ha movido más arriba”, “un grupo quiere eliminar a otro” “la partita si è spostata più in alto perché un gruppo vuole eliminare un altro”, lo que revela que el despido fue una mossa strategica in vista di imminenti elezioni. Las fuentes periodísticas hablan de logiche politiche che inquinano le dinamiche aziendali di enti pubblici, con enfrentamientos entre corrientes del centro-derecha veronés (ex Forza Italia, áreas ligadas a figuras como Venturini y Miozzi) y otros grupos locales). 

La existencia de motivos disciplinarios no excluye la calificación del despido como discriminatorio si concurre móvil político (Cass. civ. n. 6575/2016; Cass. n. 460/2025). 

Se descarta la responsabilidad de los otros consejeros porque estaban informados solo de la existencia de irregularidades contables, no de las motivaciones políticas. Y se absuelve a la aseguradora la póliza cubría únicamente responsabilidad administrativa/contable por daño al patrimonio público, no la responsabilidad de los administradores frente a la sociedad.

El presidente del Consejo de Administración - Passarini - es condenado a indemnizar a la sociedad responde únicamente por el primer despido y sus consecuencias, es decir, solo se consideraron imputables a Passarini los daños derivados del primer despido discriminatorio (2012), porque fue él quien promovió el procedimiento disciplinario con motivaciones políticas y personales. Los demás perjuicios reclamados (el segundo despido, y la imposibilidad de reingreso de Falcieri por reorganización interna lo que obligó a darle una compensación adicional) ocurrieron cuando Passarini ya no estaba en funciones, por lo que no podían atribuirse a su conducta. Así que se le condenó a pagar a ATF 332.839,22 € más intereses legales y actualización monetaria, una partida muy curiosa que se llama en italiano "rivalutazione monetaria" que supone derogar el principio nominalista, claro (art. 1170 CC). En cuanto a las costas, a Passarini se le condena a pagar a ATF €3.372 (gastos) + €28.000 (honorarios) y €28.000 a los otros consejeros que resultaron absueltos y a los que él llamó a juicio y éstos, que llamaron a su vez a Lloyd's son condenados a abonar las costas de la aseguradora por valor de €22.457.

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