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viernes, 3 de julio de 2026

Imposibilidad de fundar la resolución contractual del art. 1124 CC en el incumplimiento precontractual del deber de información

Por Antonio Cámara

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 891/2026, de 10 de junio de 2026

En una demanda por mala comercialización de productos complejos a minoristas, el demandado había solicitado nulidad absoluta del contrato, subsidiariamente anulabilidad por error vicio, y es segunda subsidiaria, resolución por incumplimiento contractual, todas ellas fundadas en defectos en el deber de información por parte del banco. Primera y segunda instancias accedieron a la segunda petición subsidiaria, argumentando que la venta parcial de valores por el demandante impedía la nulidad total.

El TS estima el recurso extraordinario por infracción procesal del banco, pues la sentencia de instancia habría incurrido en incongruencia en la selección de la acción a estimar. Al asumir la instancia y resolver los recursos de apelación pendientes, la sala: (1) reitera que la falta de información precontractual no puede fundar la resolución del contrato por incumplimiento del art. 1124 CC, que exige un incumplimiento contractual en sentido estricto; (2) revoca la excepción de falta de legitimación activa apreciada en primera instancia por la venta parcial de las acciones: la enajenación en condiciones normales de los títulos obtenidos en el canje de un producto financiero complejo no priva al adquirente de la acción de anulabilidad, sino que únicamente modula los efectos restitutorios. En el fallo, declara aplicable la nulidad por error vicio con los correspondientes efectos restitutorios, que si bien en la práctica son idénticos a la sentencia de primera instancia, se basan en una distinta fundamentación legal.

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