Deirdre McCloskey escribió en 1998 este breve trabajo en el que empieza insultando a Stigler y continúa recordando que si el teorema de Coase es lo que Stigler dijo que dijo Coase, se trata de una de las ideas más antiguas de la Economía, la de que los recursos fluyen naturalmente hacia sus destinos o usos más valiosos y acaban en manos de los que los valoran más si los costes de transferirlos (los de transporte, por ejemplo) no son elevados. La clarividencia de Coase se encuentra – dice Mc Closkey – en llamar la atención sobre el hecho de que si los costes de transacción son suficientemente elevados, tal reasignación de los recursos no se produce. Y que lo que encontramos en el mundo real es una ineficiente asignación de los recursos en una enormidad de supuestos, precisamente, porque los costes de transacción, son elevados, de ahí la importancia de las reglas de responsabilidad, que serían irrelevantes en un mundo de costes de transacción inexistentes.
En el famoso ejemplo, la fábrica que contamina y las familias que tienden su ropa cerca de la chimenea, si la primera valora más poder contaminar, “comprará” a las familias una secadora y, viceversa, si las familias valoran más poder tender al aire libre, “comprarán” a la fábrica los filtros correspondientes para eliminar el humo que ensucia sus ropas. Es irrelevante que la fábrica tenga “derecho” a contaminar o que sean las familias las que tienen derecho a que el aire esté libre de humo. Pero si los costes de transacción son elevados (porque son muchas familias y la negociación con la fábrica es costosa, por ejemplo), entonces es muy importante lo que diga el Derecho, es decir, a quién se le asigna el derecho.
Y, sobre todo, lo que Coase quería, era poner de manifiesto que la solución pigouviana – ponerle un impuesto a la fábrica contaminante para que “internalice” el coste de contaminar – no es una solución que garantice la eficiencia en los casos en los que, lo eficiente sea que las familias se compren secadoras (pagadas por la fábrica). El problema es que no sabemos, salvo que tenga lugar la negociación, el coste de contaminar porque no hay una transacción real que revele las preferencias de familias y fábrica. O sea, que las externalidades pueden ser corregidas a través de impuestos o a través de mecanismos de mercado y los primeros no pueden ser eficientes porque no sabemos los precios que nos permitan valorar la externalidad. .
“El verdadero teorema de Coase significa que no se puede, en general, internalizar eficientemente una externalidad gravando o subvencionando al que esté generando la externalidad negativa/positiva porque, si se tienen en cuenta los costes de transacción, tal actuación no conducirá, por regla general en que el derecho sobre el recurso afectado por la externalidad vaya a parar al que más lo valora”
Dicho de otra forma, la externalidad precisa, no solo de la fábrica que contamina, sino de las familias que viven en el entorno de la fábrica. Si ninguna familia viviera en el entorno, la emisión de humo por la fábrica (ceteris paribus) no podría considerarse una externalidad, ya que el humo no causa ningún efecto externo porque no hay ningún “externo”. Y la solución más eficiente, si hay familias que viven alrededor de la fábrica puede ser trasladarlas a otro lugar. Un impuesto o una subvención no garantizan la eficiencia de la asignación del derecho a contaminar. Pero asignar los derechos a una u otra parte es extremadamente difícil también. Por eso, si los costes de transacción son bajos, mejor no hacer nada y si son altos…
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