En el derecho romano clásico, no hubo actio pro socio durante la existencia de una societas. Al contrario, si se ejercía la acción contra otro socio, su planteamiento generaba la disolución de la sociedad. Por tanto, un socio se enfrentaba al dilema de no ejercitar, manente societate una pretensión por incumplimiento del contrato de sociedad contra otro socio o de interponer la infamante actio pro socio contra él provocando la disolución. Para evitar este resultado, los juristas que asesoraban a los hombres de negocio recomendaron que se añadiera al contrato de sociedad una cláusula penal recíproca (stipulatio poenae) que garantizara el cumplimiento de las obligaciones derivadas de la societas, de forma que, ante un incumplimiento, se podía exigir por el otro socio el pago de la pena sin que se siguiera la disolución de la sociedad ni se considerara infame al consocio condenado a pagar la pena. Es curioso que el ejemplo que figura en el Digesto al respecto es el de una sociedad de dos maestros de gramática que querían poner en común las ganancias de las lecciones que impartían.
Fleischer, Holger, Kautelarpraxis und Privatrecht: Grundfragen und gesellschaftsrechtliche Illustrationen, RabelsZ, 2018
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
lunes, 24 de diciembre de 2018
Plura negotia quam vocabula
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