El Tribunal de Justicia en la Sentencia de 1 de junio de 2010 considera justificadas las restricciones a la libertad de apertura de establecimientos de farmacia.
porque son “infraestructuras sanitarias” que “pueden ser objeto de una planificación” y porque para “garantizar una asistencia sanitaria” puede estar justificado limitar la apertura como una forma de evitar que existan “aglomeraciones que pueden ser percibidas por numerosos farmacéuticos como muy rentables y, en consecuencia, más atractivas, como las situadas en las zonas urbanas. En cambio, otras partes del territorio nacional pueden considerarse menos atractivas, como las zonas rurales, geográficamente aisladas o que de alguna otra manera se hallan en una situación desventajosa. En estas circunstancias, no puede excluirse que, a falta de toda regulación, los farmacéuticos se concentrasen en las localidades consideradas atractivas, de manera que algunas otras localidades menos atractivas no dispondrían de un número suficiente de farmacéuticos para garantizar una atención farmacéutica segura y de calidad”.
Obsérvese que el abastecimiento de la población no “exige” tal cosa. Basta – margen de apreciación de los Estados – con que “no pueda excluirse” que si no se garantiza una exclusiva territorial a cada farmacia (250 metros y 2800 habitantes) los particulares no tengan incentivos para abrir farmacias en zonas rurales.
Destacable la forma en que el TJ rechaza que el sistema de exclusivas territoriales sea desproporcionado en comparación, por ejemplo, con un sistema de libertad de apertura una vez que se hubiera alcanzado un mínimo (parr. 105-112)
Por otra parte, considera discriminatorias las normas del baremo de Asturias que daban puntos extras a los farmacéuticos por el ejercicio de su profesión en Asturias.
El TJ no ha seguido la Opinión de Poiares Maduro que se expresó en términos mucho más duros con la legislación asturiana porque consideraba que perseguía los fines – legítimos – que decía perseguir, de forma incoherente.
Imagen: ERNEST DESCALS, Farmacias Antiguas en Manresa
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
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5 comentarios:
El razonamiento del TJCE es totalmente absurdo. Si no es rentable abrir una farmacia en una zona rural, allí no habrá ninguna, con derecho de exclusiva o sin él. Pero si es rentable, habrá una o más de una. Si se liberalizara el sector (desaparición del numerus clausus de farmacias por zona y de la limitación del número de farmacias de las que uno puede ser titular) no desaparecerían las farmacias del mundo rural. Probablemente sucedería lo contrario: que aumentara su número allí (y, desde luego, en otros lugares). Los farmacéuticos que están ganando dinero en un Municipio rural no lo abandonarían para irse a la ciudad. En primer lugar, porque también tendrían la posibilidad de seguir ganando dinero allí y abrir otra farmacia en la ciudad. En segundo lugar, porque la libertad de abrir farmacias en la ciudad y el correlativo aumento del número de farmacias urbanas acabaría provocando que no fueran más rentables que las rústicas.
¿Acaso han desaparecido las gasolineras de las zonas rurales después de que hace ya bastantes años se liberalizara este sector?
Aquí tienen un enlace interesante sobre el tema:
http://www.ajs.es/downloads/vol1603.pdf
De acuerdo. Es más, el TJ no debería aceptar como justificadas las restricciones estatales a las libertades comunitarias por el simple argumento de que se podría producir una situación de desabastecimiento. Los Estados que quieran imponer restricciones deberían justificar que efectivamente la libertad de entrada generaría desabastecimiento, lo cual resulta bastante contraintuitivo.
Hola, me gustaria mucho que pudieras poner en nombre del autor de la pintura de la Farmacia,mi nombre ERNEST DESCALS y el título Farmacias Antiguas en Manresa, te lo agradeceré, saludos.
hecho
Gracias y hasta luego.
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