El demandante, don Marcial , presentó demanda de impugnación de la junta y, subsidiariamente, del acuerdo de ampliación de capital, alegando, en esencia: a) abuso de derecho y fraude de ley en la convocatoria, con infracción de los artículos 7 y 6.4 del Código Civil , al haberse convocado la junta conforme a las previsiones legales pero sin previa comunicación verbal o escrita al socio demandante como siempre se había hecho en la sociedad;
Don Marcial gana. El juez de lo mercantil anula la junta. La Audiencia desestima el recurso de apelación.
Por esta razón no basta el mero cumplimiento de requisitos formales de la convocatoria, puesto que, si atendidas las circunstancias… se evidencia un intento de obstaculizar de algún modo dicho conocimiento por parte del socio, los acuerdos adoptados habrán de reputarse nulos y a esta solución se acude atendiendo a la vulneración del principio de buena fe o al abuso del derecho…