miércoles, 15 de julio de 2026

Una excelente sentencia de la AP Barcelona: los conflictos matrimoniales vistos a través del Derecho de Sociedades

Foto de Keith Luke en Unsplash

Es la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 15 de mayo de 2026 

La sentencia distingue entre pacto parasocial y práctica seguida por los socios. Lusan era una sociedad holding familiar en la que Jose Ángel tenía el 59,708 % del capital y María Cristina el 40,208 %, con participaciones residuales de dos hijos. Hasta la ruptura de la pareja, ambos socios principales habían ejercido la administración mancomunada y trabajado en el grupo. La actora alegaba que existía un pacto verbal por el que los dos debían participar en la administración y percibir la misma cantidad. La Audiencia lo rechaza: “ha existido una práctica social consolidada y acomodada a las particularidades de la sociedad, constituida entre dos esposos, lo que no equivale a un pacto de socios”. Añade que “un pacto de socios presupone una voluntad de los socios de vincularse en el tiempo”, voluntad que no se había probado. La práctica seguida mientras existía la relación personal no obligaba a mantener el mismo régimen después de la ruptura. La sentencia lo expresa así: “Las prácticas no vinculan a los socios a seguir un determinado comportamiento en el futuro y se acomodan a las circunstancias personales a las que se ven sometidas las relaciones entre los socios”. Por eso, rota la relación personal, también podía cambiar la relación societaria. La Audiencia separa ambos planos: mientras la quiebra de la relación personal se ve sometida a unas reglas, las del derecho matrimonial, las relaciones societarias se ven sometidas a las propias del derecho de sociedades. Uno y otro ámbito no interfieren, o cuando menos, no pueden confundirse”.

En cuanto al cese de María Cristina como administradora, la sentencia confirma que el acuerdo no era impugnable por falta de causa. El cese no necesitaba figurar en el orden del día y no requería justificación, porque corresponde a la junta decidir sobre la continuidad de los administradores. La Audiencia añade que no procede examinar si existía una causa material para cesarla, ya que no se la ha cesado por ello sino como simple expresión de la voluntad de la junta de socios”. La misma conclusión aplica al cese de Justiniano y al cambio a un sistema de administrador único: No tienen relevancia alguna los motivos a los que obedeció ese cese [...] de manera que resulta irrelevante que los argüidos en su momento pudieran no haber sido ciertos”.

La cuestión principal se plantea con la retribución del administrador. La junta de 28 de abril de 2022 aprobó una remuneración máxima de 150.000 euros anuales para el administrador, mantenida para ejercicios sucesivos salvo acuerdo contrario. La actora alegó que esa retribución era excesiva para una sociedad patrimonial cuyos beneficios habían sido de 29.430,07 euros en 2020 y 56.878,36 euros en 2021. Es decir, la remuneración aprobada multiplicaba por más de cinco el beneficio de 2020 y por más de dos veces y media el beneficio de 2021. Además, la sociedad tenía por objeto la tenencia de valores y productos financieros, y su única actividad era esa; en 2021 había obtenido ingresos financieros de 163.721,14 euros, cifra muy próxima a la remuneración aprobada para el administrador. Estos datos explican la apreciación de desproporción: no se trataba de una retribución elevada en abstracto, sino de una remuneración prácticamente equivalente a la totalidad de los ingresos financieros de la holding y muy superior a sus beneficios anuales recientes.

La Audiencia anula el acuerdo, en primer lugar, por una razón formal: “Del acta de la junta de 28 de abril de 2022 se deriva que la fijación de la retribución del administrador no se encontraba entre los puntos del orden del día, lo que constituye razón suficiente para que deba considerarse nulo el acuerdo”. Pero también entra en el fondo. Rechaza que el acuerdo pueda justificarse porque Jose Ángel pasara a cobrar lo que antes se abonaba a María Cristina. Lo que había ocurrido hasta entonces era otra cosa: los socios (y administradores) habían decidido repartir dividendos a través de las retribuciones fijadas en concepto de administrador o de cualquier otro concepto. Esa situación, que resulta común en sociedades familiares, es admisible mientras todos los socios la aceptan, pero deja de serlo en cuanto se rompe el consenso entre los socios, como en el caso ha ocurrido”. Una forma de extracción de beneficios mediante sueldos o retribuciones puede mantenerse mientras todos los socios participan o consienten el sistema, pero no puede conservarse unilateralmente tras la ruptura del consenso si pasa a beneficiar sólo al socio que controla la administración.

La Audiencia añade que el cese de María Cristina obligaba a revisar el régimen retributivo, porque el sistema anterior descansaba sobre una situación que ya no existía: “La exclusión de la Sra. María Cristina del órgano de administración [...] ha determinado que todo el sistema de retribución de la sociedad debiera haber sido reconsiderado porque se basaba en presupuestos que no se seguían cumpliendo a partir del momento del cese”. Por tanto, no bastaba con decir que el importe total seguía siendo el mismo. El pago había cambiado de función económica: antes operaba dentro de un arreglo aceptado por los socios principales; después se concentraba en el administrador designado por la mayoría.

La sentencia califica la remuneración como “tóxica” por dos razones. La primera es que “no está justificada por el desempeño”, ya que se trata de “una sociedad patrimonial cuyo objeto social consiste exclusivamente en la tenencia de dos sociedades operativas, de manera que la dedicación que exige el cargo de administrador es muy limitada”. La segunda es que la remuneración es “desproporcionadamente elevada a la vista de los resultados que produce la sociedad, de forma que prácticamente absorbe todos los beneficios obtenidos, desposeyendo a los socios minoritarios de toda participación en los mismos”.

La sentencia puede resumirse así:

  1. una práctica seguida por los socios, aunque sea estable, no equivale a un pacto parasocial si no se prueba una voluntad de vinculación para el futuro; 
  2. el cese de administradores no exige causa y puede acordarse por la junta; 
  3. pero la mayoría no puede mantener como retribución de administrador lo que antes funcionaba como mecanismo consensuado de reparto de beneficios si, tras la ruptura del consenso, esa retribución absorbe los resultados sociales y excluye de hecho a la minoría. 
  4. El carácter tóxico de la retribución se aprecia, en este caso, por la combinación de tres elementos: sociedad patrimonial con escasa exigencia de gestión, remuneración de 150.000 euros y beneficios societarios de sólo 29.430,07 euros y 56.878,36 euros en los dos ejercicios anteriores.

Morley y los conflictos intertemporales de los miembros de una corporación

A propósito de Morley, John D., Generational Conflict in Business and Society (June 24, 2026). 


Morley llama business firms with impermanent equity a las que yo llamo corporaciones societarias de doble vínculo, es decir, básicamente y para lo que sigue a las cooperativas (de productores, de consumidores o de trabajadores), a las mutuas (cooperativas de asegurados y ahorradores-prestatarios, o sea, de seguros y crédito) y a las sociedades profesionales (básicamente, despachos de abogados, empresas de auditoría y consultoría). 

De estas empresas me he ocupado en las siguientes entradas: Lo que podemos aprender de las mutuas para entender mejor las sociedades anónimas: «el otro vínculo» de los miembros de una corporación. Lo que podemos aprender de la cooperativa sobre el ánimo de lucro en el contrato de sociedad. El "doble vínculo" del mutualista: el acuerdo de la asamblea general no es una cláusula limitativa de los derechos de los asegurados (art. 3º LCS). Aunque creo que la metáfora del "doble vínculo" es útil para expresar que los miembros de estas sociedades-corporaciones están unidos entre sí por un vínculo societario y con la corporación - sociedad por un vínculo de otra naturaleza (contrato de trabajo en el caso de la cooperativa de trabajo asociado o en la sociedad profesional, contrato de seguro en la mutua, contrato de compraventa en el caso de la cooperativa de vivienda etc), la comparación con la institución de las prestaciones accesorias podría llevar a negar que exista un doble vínculo en sentido propio y, más bien, que nos encontremos ante un tipo de organización que es idónea para los entornos en los que el contenido obligatorio de la posición de socio va más allá de la aportación de capital típica de la sociedad anónima o limitada. Los tipos corporativos o societarios señalados permiten articular jurídico-societariamente este mayor contenido obligatorio a pesar de la estructura corporativa que tiene la sociedad anónima o limitada.

No creo que Morley acierte al examinar los problemas que examina como efectos de pretendidos conflictos intertemporales de los miembros de una corporación. 

Otras entradas sobre trabajos de John Morley, La sociedad anónima y el Estado y una versión en inglés en The Modern State and the Rise of the Business Corporation; Salida a cambio de voto: los fondos de inversión; La falta de teoría detrás del trust; El business trust (o la extended partnership) como sociedad anónima irregular.

Las corporaciones, a diferencia de las sociedades, constituyen un diseño organizativo que permite independizar a la organización de sus miembros. Es decir, éstos devienen fungibles y, por tanto, anónimos e irrelevantes para lograr el objetivo que llevó a la constitución de la corporación 

v., La independencia del objetivo de la corporación respecto de las preferencias de sus miembros: efectos jurídicos, Almacén de Derecho, 2025.

Gracias a esta fungibilidad, no solo las preferencias individuales de los miembros sino también sus intereses particulares devienen irrelevantes. La corporación incorpora - valga la redundancia - "de serie" en su diseño organizativo mecanismos para lidiar con estos conflictos intertemporales entre los socios. Estos mecanismos adoptan la forma de deberes fiduciarios de los administradores, privación de derechos de los miembros sobre el patrimonio social, libertad de entrada y salida de los miembros, determinación ex ante de la cuota de liquidación, acuerdos contractuales entre los miembros, 'cosificación' de la posición de miembro etc. 

En definitiva, y como diría Coase, los costes de transacción entre los miembros de una corporación no son elevados y no impiden la contratación eficiente para internalizar los efectos de las decisiones de los miembros de hoy sobre los miembros de la corporación que lo serán en el futuro. Además, el carácter competitivo del 'mercado' de corporaciones (libertad de configuración organizativa y libertad de elección entre una pluralidad de tipos corporativos) y del mercado de los productos y servicios que 'producen' las corporaciones garantiza la eliminación de esas particulares externalidades.

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Morley parte de una distinción que considera fundamental entre participaciones de duración indefinida» y participaciones de duración limitada 

El prototipo de una "participación de duración indefinida" en el sentido de Morley es la acción de una sociedad anónima. Incorpora un derecho que no se extingue mientras dure la sociedad anónima de cuyo capital forma parte o ésta la amortice. Pero no está ligado a la persona del accionista y, por tanto, puede transmitirse inter vivos y mortis causa.

Frente a éstas, dice Morley, se encuentran laparticipaciones de duración limitada. Estas son las que no se han "cosificado" y, por tanto, están vinculadas a la persona del miembro y dependen de la continuidad de la membresía de su titular porque el socio tiene otros lazos o vínculos obligatorios con la sociedad - corporación. Donde mejor se aprecia este conflicto es en un despacho de abogados.

V., estas tres entradas: ¿Son las sociedades de profesionales organizaciones eficientes? (los miembros no tienen incentivos para innovar puesto que no se apoderarán de los beneficios de la innovación y su contrato con el despacho no les remunera por eso); Los fondos de capital privado (private equity) están transformando el sistema de lockstep de las grandes firmas de abogados (sobre el lock-step como sistema de remuneración y) y Cuando la ley no te permite adquirir una empresa, la solución es siempre la misma: dividir la empresa objetivo (cómo pueden los socios de un despacho de abogados "hacer caja" con el goodwill del despacho y, en esa medida, "expropiar" a los futuros socios.

Dice Morley
Piénsese, por ejemplo, en una firma de servicios profesionales propiedad de sus trabajadores, como una sociedad de abogados, auditores, ingenieros o médicos. En una firma de este tipo, el capital pertenece a los profesionales que ejercen en ella como socios. La participación de un socio se extingue, por tanto, cuando éste deja de ejercer en la firma. Cuando una socia de Skadden Arps o de Ernst & Young se jubila, se extingue también su participación en el capital de la firma. La socia no vende su participación a otra persona ni la firma se la recompra. La participación simplemente desaparece.  
Las participaciones de duración limitada aparecen también en las cooperativas de consumo y en las mutuas (de seguros y financieras)... Piénsese en REI Co-op, el mayor minorista estadounidense de equipamiento para actividades al aire libre, o en Liberty Mutual, una de las mayores aseguradoras del país. En estas empresas, si el consejo decide distribuir beneficios, los clientes o los tomadores de seguros suelen tener derecho a recibir esas distribuciones... sin embargo, a diferencia de la acción de una sociedad anónima, la participación... se extingue cuando el cliente deja de comprar o deja de renovar la póliza del seguro. Si un cliente deja de adquirir material de escalada en REI, o si un tomador decide no renovar su seguro de automóvil con Liberty Mutual, ya no tendrá derecho a percibir dividendos futuros.  

Para cualquiera acostumbrado al lenguaje de la dogmática de los títulos-valor y de los derechos de crédito, el interés de semejante distinción es limitado. Refleja, simplemente, que el contenido de la posición de miembro (haz de derechos y obligaciones) es diferente en unos y otros tipos de sociedades y corporaciones. 

El accionista no tiene los mismos derechos y obligaciones que el mutualista o el cooperativista en una cooperativa de consumo o de productores. En una sociedad anónima, la única obligación a cargo del accionista es la de desembolso de la acción. En una cooperativa agrícola, el socio ha de vender su cosecha a la cooperativa cada año; en una mutua, el socio ha de contratar el seguro con la corporación cada año, en una cooperativa de trabajo asociado, el cooperativista ha de prestar sus servicios laborales cada día. Y la continuidad como cooperativista o como mutualista depende de la continuidad del 'otro vínculo', de manera que socio - miembro deja de serlo, los derechos y obligaciones que componen la posición de miembro se extinguen

Y lo mismo respecto de los derechos que ostenta un accionista de Telefonica - cobro de dividendos y eventualmente, la cuota de liquidación más el de asistir y participar en las juntas anuales - permiten 'cosificar' fácilmente la membresía del accionista, más fácilmente que la posición de mutualista o del cooperativista. 

De modo que objetivar la posición del accionista es menos costoso que la del trabajador-socio o la del productor-socio o la del asegurado-socio. La posición del accionista es casi tan simple como la de un prestamista lo que hace que sea igualmente transmisible (cesión de créditos), pignorable y heredable con facilidad. La posición del trabajador-socio o la del productor-socio o la del asegurado-socio no lo es. Alguien diría, (Hart o Demsetz), que este es un problema de insuficiente delimitación - asignación de los property rights. Pues bien, es la mayor o menor complejidad del contenido de la posición de miembro de una corporación, la mayor o menor vinculación de la participación al individuo concreto (intuitu personae), lo costoso de definir y delimitar el property right que ostenta el miembro lo que explica las diferencias en el régimen jurídico de la sociedad anónima, la mutua o la cooperativa o una sociedad profesional. No la duración de la participación. 

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Morley, sin embargo, atribuye una capacidad explicativa trascendental al conflicto de intereses entre los miembros actuales y los miembros futuros de una corporación y cree que la emisión de participaciones de duración ilimitada - duración ligada a la de la propia corporación - es la forma más relevante de resolver este conflicto. Según Morley 

"Mientras no haya diferencia entre la vida de cada participación en el capital y la vida de la empresa, no existe riesgo de conflicto generacional, con independencia de cuánto vaya a durar la empresa"... ... las participaciones de duración indefinida constituyen una solución muy importante al conflicto generacional. ... De hecho, bien pueden ser una de las tecnologías sociales más poderosas de la modernidad. Al atribuir a las acciones una duración indefinida, estas participaciones cierran la brecha entre la duración de la empresa y la duración de sus generaciones sucesivas... desaparece con ellas el riesgo de conflicto generacional. Las participaciones de duración indefinida son, por tanto, una condición importante y necesaria para el surgimiento de muchas de las innovaciones que definen el mundo moderno. Resulta difícil imaginar sin ellas los rascacielos, los aviones, las vacunas o las burocracias empresariales. Como veremos, sin embargo, las participaciones de duración indefinida también comportan costes enormes, lo que explica que muchas empresas hagan bien en evitarlas.

En realidad, las participaciones de duración indefinida son eficientes porque el inversor internaliza todos los costes y beneficios de su inversión, no porque resuelva ningún conflicto con los inversores subsiguientes. Esa internalización es fácil para el accionista de una sociedad anónima pero es imposible para el abogado que accede a la condición de socio en una sociedad profesional. Y la razón es que el accionista desembolsa su aportación en un momento determinado y el abogado-socio lo hace durante todo el tiempo en que permanezca como miembro - socio de la sociedad profesional de manera que puede ir "ajustando" su prestación a los rendimientos que recibe. El accionista puede calcular la rentabilidad esperada de su inversión y el abogado-socio no puede hacerlo porque los beneficios esperados dependen de cuál sea su propio desempeño futuro.

Morley lo explica claramente respecto de la acción

Cuando un comprador adquiere una acción de General Motors, el precio que está dispuesto a pagar suele reflejar el valor actual descontado de todos los acontecimientos que espera que afecten a la empresa durante los próximos diez, veinte o incluso cien años. \[...] 

pero no tan claramente respecto de la condición de miembro de una sociedad profesional 

Una participación de duración limitada, por el contrario, no incorpora expectativas sobre un futuro indefinido... Su valoración se basa únicamente en el período durante el cual va a subsistir. Cuando un socio se jubila en un despacho tradicional de abogados, puede recibir una pensión o la devolución de su aportación de capital, pero normalmente no percibirá una cantidad que refleje el valor actual descontado de los flujos de caja futuros del despacho... Del mismo modo, cuando un inversor reembolsa sus participaciones en un fondo de inversión o en un hedge fund, el importe que recibe equivale únicamente al valor liquidativo inmediato de los activos del fondo, y no al valor esperado de sus flujos de caja futuros, porque la participación deja de tener derecho sobre esos flujos.... 

Las participaciones de duración limitada están estrechamente vinculadas a la cooperativa.... a la titularidad del capital por personas distintas de los inversores, como trabajadores, clientes o proveedores.... La única manera de preservar esa forma característica de propiedad es extinguir la participación de capital de quien deje de ser trabajador, cliente o proveedor.  

Los conflictos generacionales sólo aparecen cuando las consecuencias de las decisiones adoptadas por una generación se proyectan sobre las generaciones posteriores.

El principal coste de esta falta de internalización de los beneficios y de los costes futuros de la inversión en sociedades profesionales especialmente es que los socios de un despacho de abogados serán reacios a invertir en proyectos que aumenten el valor de la empresa - eficientes - si los resultados sólo se obtendrán en el largo plazo. La razón es obvia: para entonces, ellos pueden estar en otro despacho o haberse jubilado de modo que no participarán en los beneficios que resulten de esa inversión.

Una sociedad anónima cotizada no tiene ese problema porque el valor de cotización "se ajusta inmediatamente para reflejar las expectativas sobre lo que ocurrirá en el futuro". De ahí que, contra lo que han dicho algunos, las sociedades cotizadas no sufren un problema de cortoplacismo en sus inversiones. Pero, como digo, los costes de transacción no son elevados y este problema contractual se resuelve fácilmente. Morley repasa las principales soluciones que se observan en la práctica corporativa y societaria. En su tesis, la solución consiste en hacer coincidir los derechos sobre el patrimonio de la corporación o las inversiones con la duración de la empresa o con la duración de la membresía:

... una empresa puede evitar el conflicto generacional reduciendo la transmisión de efectos de una generación a la siguiente. Puede hacerlo de dos maneras: alargando la duración de las generaciones o acortando la duración de sus compromisos. La forma más extrema —y también la más común— de alargar las generaciones consiste en hacer que las participaciones en el capital tengan duración indefinida, de modo que subsistan tanto tiempo como la empresa que las ha emitido. Ésta es la razón por la que las sociedades de capital propiedad de inversores, como Microsoft o Delta Airlines, tienen participaciones de duración indefinida. 
La otra solución consiste en acortar la duración de los compromisos de la empresa. Por eso las empresas cuyo capital está formado por participaciones de duración limitada, como los despachos de abogados o los hedge funds, suelen evitar las inversiones a largo plazo.

Pero es que resulta que las sociedades profesionales no necesitan, normalmente, realizar inversiones a largo plazo (los despachos de abogados rara vez tienen inmuebles o maquinaria de su propiedad) lo que reduce la formación de reservas cuya 'propiedad' pueda generar conflictos entre generaciones de socios. 

Este conflicto se aprecia especialmente en las mutuas de seguros pero existe también en cualquier cooperativa. Si la mutua - como hace la Mutua Madrileña - acumula reservas en lugar de reducir las primas o pagar 'derramas activas', los mutualistas actuales pueden verse perjudicados si abandonan la mutua antes de que dichas reservas se repartan porque la mutua se transforme en sociedad anónima o sus administradores decidan cambiar la política correspondiente. 

Mutua Madrileña presenta una acumulación muy intensa de reservas y patrimonio neto, muy superior al fondo mutual, al tiempo que ha crecido notablemente en asegurados, primas, activos y beneficio entre 2018 y 2024. Ese crecimiento no parece limitarse al aseguramiento mutual clásico: el grupo mantiene un volumen muy elevado de inversiones financieras e inmobiliarias, participaciones en sociedades del grupo y asociadas, fondos de inversión y activos intangibles vinculados a adquisiciones y alianzas estratégicas. La diversificación es explícita en sus propios informes, que destacan actividades en movilidad, salud, hogar, ahorro, inversión y patrimonio, así como alianzas como la de El Corte Inglés, la gestión de fondos a través de Mutuactivos, inversiones inmobiliarias generadoras de rentas y adquisiciones como Aurgi, Motortown, Centauro o Voltio. En conjunto, los datos sostienen la idea de que la entidad no se limita a operar como una mutua que ajusta primas y excedentes al interés directo de sus mutualistas actuales, sino como un grupo empresarial expansivo que retiene excedentes y los canaliza hacia reservas, inversiones financieras, activos inmobiliarios y negocios diversificados.

Morley se pone del lado de las mutuas porque - dice - los mutualistas que demandan que no se sigan acumulando reservas y que haya derramas activas 

"no tienen en cuenta que los excedentes actuales reflejan las primas pagadas por los tomadores del pasado, más que por los actuales mutualistas"
y que destinar esos excedentes a reservas 

"puede beneficiar a los futuros mutualistas en forma de primas más bajas y una mejor diversificación del riesgo"
e incluso a los actuales mutualistas, que se pueden 

"beneficiar indirectamene de las inversiones en el futuro a través del reforzamiento de la solvencia de la mutua y de la mejora del servicio que derivan de las economías de escala".

Estas afirmaciones son muy discutibles. Nadie discute que la mutua de seguros debe mantener un nivel de reservas adecuado para hacer frente a los riesgos que asegura de modo que se asegure la solvencia a largo plazo de la entidad  

v., esta entrada: Mutuas vs sociedades anónimas: primas, capital y solvencia, Derecho Mercantil, 2023.

Lo que se discute es que estas reservas se destinan, normalmente, a inversiones en otros ámbitos distintos del seguro y que estas mutuas incrementan su tamaño - admitiendo nuevos mutualistas sin límite - más allá de lo que las economías de escala dictan. Y, así las cosas, la pretensión de los actuales mutualistas para que se proceda al reparto del excedente y, sobre todo, para que no se generen excedentes en el futuro resulta mucho más atendible.

De nuevo, el problema que Morley enmarca en la dicotomía "permanente/transitoria" podría enmarcarse - como resulta de la litigación correspondiente en los EE.UU., en un incumplimiento de sus deberes fiduciarios por parte de los administradores de la mutua. Recuérdese que, para que se les aplique la business judgment rule es imprescindible que éstos actúen libres de conflicto de interés y el conflicto de interés es evidente: cuanto más grandes sean las reservas (empire building) mayor será la retribución y la proyección social de la posición de administrador. Esta consideración apunta en otra dirección que creo relevante: las formas organizativas 'compiten' entre sí y se adaptan mejor o peor a determinados tipos de empresas y al mayor o menor desarrollo de los mercados correspondientes. Las mutuas de seguro se inventaron porque el mercado de seguros era incipiente y los costes de transacción ligados al aseguramiento eran descomunales. La sociedad anónima no triunfó hasta que se redujeron suficientemente los costes de agencia. Las cooperativas farmacéuticas son una respuesta a una restricción regulatoria que impide crear grandes empresas de distribución de medicamentos etc.

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Soluciones más específicas son las siguientes: 

1. Dar pretensiones a los miembros que no dependan de su participación en el capital, por ejemplo, convirtiendo a los socios en prestamistas

O puede fijar los derechos de las distintas generaciones mediante deuda o mediante contratos. ... la deuda está estrechamente vinculada a la temporalidad limitada de los derechos, por razones relacionadas precisamente con el conflicto generacional.
O pueden crearse "side pockets". Por ejemplo, los socios de un despacho de abogados crean un fondo que adquirirá los inmuebles donde están las oficinas del despacho y se los alquilará a éste. La participación en el fondo se desliga de la condición de socio - su valor no depende de los ingresos del despacho - y el socio partícipe en el fondo internaliza todos los costes y beneficios de su inversión. Para 'señalizar' su carácter de oportunidad de negocio ligada a la condición de socio, puede reservarse a éstos la participación en el fondo y obligarles a vender cuando dejen de serlo a otros socios, lo que permite ofrecer la oportunidad de negocio a las siguientes generaciones de socios. 

O los socios prestan a la compañía y reciben una remuneración pactada. Los intereses pueden estar ligados o no a los beneficios de la empresa - préstamos participativos - pero el carácter de deuda y las condiciones pactadas eliminan el conflicto sobre la distribución de los beneficios futuros porque, por definición, los prestamistas no tienen derecho "al residuo", sino que son titulares de pretensiones fijas sobre los activos de las empresas. En relación con la deuda, Morley dice, con razón, que endeudar, sobreendeudar o no endeudar una compañía "es también un contrato entre distintas genearciones de titulares del capital"
Al obligar a la empresa a realizar pagos determinados, en momentos determinados, a favor de los acreedores, la empresa permite a los titulares actuales del capital fijar los derechos y deberes de los titulares futuros. Que ese desplazamiento beneficie o perjudique a los titulares futuros depende de cómo utilicen los titulares actuales los fondos obtenidos mediante deuda. Si las generaciones presentes los emplean para financiar distribuciones o consumos que sólo les benefician a ellas, las generaciones futuras, que tendrán que devolver la deuda, sólo soportarán el coste. Pero si las generaciones presentes destinan esos fondos a invertir en proyectos que generarán beneficios en el futuro, las generaciones futuras también pueden resultar beneficiadas. La deuda puede incluso reducir la resistencia de las generaciones actuales a invertir para el futuro. En lugar de pagar el coste de la inversión con sus propios recursos, las generaciones actuales pueden pedir dinero prestado y dejar que las generaciones futuras soporten el reembolso al mismo tiempo que disfrutan de los beneficios. Los costes pueden trasladarse al futuro junto con los beneficios, de modo que sean las generaciones futuras las que soporten tanto el valor negativo como el valor positivo de las inversiones de las que disfrutarán.

Como se ve, la estrategia es siempre la misma: hacer más compleja la relación obligatoria entre el miembro y la corporación o sociedad. Al vínculo societario - corporativo se le añade el vínculo derivado del contrato de préstamo, que se vincula a la condición de socio y a la permanencia en la sociedad pero que se remunera en proporción al capital prestado por cada socio.

Concluye Morley que el derecho de quiebras puede verse también como una forma de lidiar con el conflicto entre "generaciones de acreedores" y que convertir a los acreedores en accionistas - típica solución a los problemas de sobreendeudamiento de empresas solventes - es una forma de resolver el conflicto entre "generaciones" de titulares de pretensiones sobre el patrimonio de la empresa pero esto tiene una muy tenue relación con un supuesto conflicto intertemporal.

2. Eliminar o reducir sustancialmente la aportación de los miembros a su entrada en la corporación

Que el socio de una sociedad profesional no tenga derecho a participar en los flujos de caja futuros de su despacho de abogados más allá de su fecha de jubilación es lo que se corresponde con el hecho de que, a diferencia de un accionista de Apple o General Motors, ese abogado-socio no pagó prácticamente nada cuando se incorporó a la sociatura. O sea, que los costes de transacción son bajos y no impiden acuerdos ventajosos para todas las partes adaptados a las diferentes características de la membresía en unas y otras corporaciones o sociedades. De esta manera se separan los flujos de caja generados por el "trabajo" de los socios - en el caso de las cooperativas y las sociedades profesionales - de los rendimientos que produzcan las inversiones en capital fijo financiadas con aportaciones financieras de los socios o de terceros. 

El socio que ingresa a la sociedad realiza una aportación financiera simbólica y, en consecuencia, su remuneración como socio está vinculada a los rendimientos que produzca el ejercicio colectivo de la profesión, no las inversiones financieras de los socios. Simétricamente, recibe una cuota de liquidación simbólica cuando se jubila o abandona la firma por cualquier otra razón.

No es, como dice Morley que  
"El conflicto generacional aflora siempre que el precio de entrada o de salida no coincide perfectamente con el valor actual descontado del futuro indefinido. Cuanto mayor sea la discrepancia entre ese precio y el valor futuro, mayor será también la intensidad del conflicto"

Es que el flujo de caja relevante para determinar la retribución del socio es el que resulta de la actividad profesional, no de los rendimientos del - inexistente o ridículamente bajo - capital social formado con las aportaciones que constituyen "el precio de entrada". Así ocurre también aunque en menor medida, en las cooperativas y en las mutuas, donde las necesidades de capital pueden hacer conveniente recurrir a los propios cooperativistas para cubrirlas.

Las aportaciones iniciales de los socios profesionales cumplen una función distinta de la de financiar la firma - financiación que no es necesaria -. Normalmente, la de incrementar la fidelidad del nuevo socio a la firma - si "pierde" parte de ese dinero porque no recibe nada en caso de que abandone la firma 'demasiado' pronto. Ese bonding - dice Morley - puede tener especial valor para evitar que la salida de un socio provoque una cascada de salidas y el riesgo de una debacle total de la firma. Un "pánico bancario" puede producirse sobre un fondo de inversión o en el seno de una sociedad profesional cuando hay un evento que afecta a su reputación. El ejemplo más claro en la abogacía de los grandes despachos es probablemente Dewey & LeBoeuf. Una combinación de deterioro financiero, acusaciones de manipulación contable y pérdida de confianza en la dirección provocaron en 2012 que numerosos socios abandonaran la firma. Esa salida masiva de socios aceleró el colapso, hasta el punto de que la literatura académica sobre organización de despachos habla expresamente de una partner run (una especie de "corrida bancaria" de socios). La firma acabó presentando concurso de acreedores y varios de sus directivos fueron posteriormente investigados e imputados por presuntas irregularidades contables.

Morley sugiere que las "pensiones" - donde existen - 

"funcionan... como pagos directos de las generaciones actuales a las generaciones anteriores. En mis entrevistas, los socios de firmas de auditoría hablaban a menudo de estas pensiones, de forma explícita, como el precio que los socios más jóvenes pagan para adquirir el valor de la firma"

No creo que eso sea exacto. Son más bien pagos por no pasar a competir directamente con la firma porque son más frecuentes en firmas en las que los socios se jubilan a una edad relativamente temprana. En realidad, desde Gary Becker, la mejor explicación de la retribución de los socios profesionales es la de que se trata de salarios de eficiencia para inducir el nivel de esfuerzo deseado por la firma. 

En las cooperativas, dice Morley que la salida de los socios es muy litigiosa. Y es verdad. Hay centenares de sentencias sobre esa cuestión a pesar de que cuentan con una regulación hiperdetallada en las leyes de cooperativas y, supongo, en los estatutos. LPero creo que la razón es más simple que el conflicto intertemporal: ni la cooperativa ni el socio que causa baja tienen incentivos para llegar a un acuerdo. Es un juego de suma cero y, para la cooperativa, por las mismas razones que para un despacho de abogados, ser demasiado generosa con los cooperativistas que se dan de baja puede provocar una "corrida de socios" que haga imposible el objetivo cooperativo (piénsese en las cooperativas de vivienda especialmente). 

3.  Centralizar la gestión "instruyendo" a los gestores para que sean neutrales 

...centralizar la toma de decisiones y ponerla en manos de fiduciarios u otras personas que puedan actuar como mediadores neutrales entre las distintas generaciones. Puede permitir que las generaciones perjudicadas abandonen la empresa, proporcionándoles así tanto una vía de protección como un mecanismo disciplinario frente a comportamientos oportunistas.
Esto pasa por imponer deberes fiduciarios a los administradores respecto de la empresa, esto es, del 'interés social' que se independiza del interés de cada generación de miembros. Morley dice que, naturalmente, la centralización implica reducir el poder de los miembros para imponer sus preferencias a los gestores. Es significativo, en este sentido, que en los países como Alemania y EE.UU., cuyo modelo de sociedad anónima es el de la sociedad cotizada de capital disperso, los administradores tengan mucho más poder y autonomía que en los países mediterráneos. La gran ventaja de la sociedad anónima - decía Hansmann - es que los costes de gobernarla son más bajos gracias a la homogeneidad de intereses de los accionistas: una acción es igual que otra acción. Los accionistas dispersos no pueden jugar juegos de suma cero o de suma negativa con sus co-accionistas, lo que les incentiva a votar "correctamente", esto es, en interés de la sociedad de la que son miembros. Pero si hay accionistas ordinarios y accionistas privilegiados en la misma sociedad, es evidente el conflicto correspondiente 

v., esta entrada donde se resume un trabajo de Bratton, William W. y Wachter, Michael L., A Theory of Preferred Stock, 2013. 

En definitiva, la centralización de la gestión y la imposición de deberes fiduciarios a los administradores no trata de resolver el conflicto entre generaciones de miembros de la corporación, sino, precisamente, mejorar las posibilidades de lograr el objetivo - común a todos los accionistas - que llevó a la constitución de la sociedad anónima o la mutua o la cooperativa como se explicó más arriba.

4. Facilitar la salida 

permite reducir los conflictos entre generaciones. En las asociaciones, la inexistencia de derechos sobre el patrimonio de la asociación y la financiación de ésta a base de las cuotas que pagan los asociados convierte la libre salida de los asociados en un mecanismo eficaz para disciplinar a los gestores junto a los que hemos vistos que se utilizan en las sociedades profesionales (las asociaciones no suelen tener grandes patrimonios, los bienes de gran valor pertenecen a los socios en copropiedad o sociedad con personalidad jurídica y capital etc). Pero, de nuevo, facilitar la salida permite a cada miembro de la corporación evaluar periódicamente qué es lo que se ajusta mejor a su propio interés (quedarse, darse de baja, cambiar la membresía...) y, en ese cálculo, el conflicto entre generaciones de miembros no parece decisivo.

5. Regulación detallada en la ley o en el negocio constitutivo de los derechos de las distintas generaciones. 

En las sustituciones fideicomisarias, por ejemplo. En la sustitución fideicomisaria, el causante regula anticipadamente la posición de sucesivas generaciones o llamamientos sobre los bienes hereditarios: atribuye primero los bienes al fiduciario, normalmente con deber de conservación, y ordena su ulterior transmisión al fideicomisario cuando llegue el término o se cumpla la condición prevista. De este modo, el testador disciplina por adelantado los derechos de quienes disfrutan hoy los bienes y de quienes deberán recibirlos después (arts. 781-785 CC). Morley habla de los "donative trusts". Pero este supuesto está configurado legalmente como el mecanismo para ordenar específicamente los intereses de las sucesivas generaciones en relación con determinados bienes o con un patrimonio, por tanto, tiene poco valor explicativo. 

6. La propiedad familiar 
La afinidad entre padres e hijos incentiva de forma natural a las generaciones anteriores a invertir en beneficio de las posteriores. También reduce los problemas de entrada y salida, al vincular a los titulares principales de derechos sobre la empresa mediante lazos de sangre... los vínculos familiares pueden, al menos, hacer que esos conflictos sean más manejables. 

...............................

Morley concluye diciendo que las participaciones de duración indefinida constituyen una innovación institucional característica de la modernidad que permite resolver el conflicto generacional en organizaciones dedicadas a inversiones de muy largo plazo. A diferencia de soluciones más antiguas como la deuda o la salida de los participantes, la duración indefinida tuvo que ser diseñada mediante mecanismos jurídicos y contractuales complejos, sostenidos por instituciones estables y por un Estado capaz de garantizar compromisos duraderos. Gracias a ella, las sociedades anónimas pueden mantener proyectos y activos que trascienden la vida de sus propietarios, lo que ha hecho posible gran parte del desarrollo económico y tecnológico moderno. Además, reduce la necesidad de vínculos personales, confianza o cohesión social entre los inversores, permitiendo la cooperación entre desconocidos a gran escala. Como tecnología social, ha otorgado a las empresas una capacidad excepcional para actuar con horizontes temporales muy extensos, aunque también ha facilitado trasladar costes y obligaciones a las generaciones futuras.

No puede uno estar de acuerdo con Morley. Lo innovador de la sociedad anónima está en la combinación de un contrato de sociedad mercantil (con partes de socio homogéneas) con la organización corporativa, lo que hizo posible acumular capital y aprovechar oportunidades de negocio muy rentable asociadas al comercio trasoceánico, lo que he explicado en otro lugar, comentando un trabajo anterior de Morley. La innovación que supuso la sociedad anónima estriba en que permitió la acumulación de capital por períodos largos de tiempo facilitando, al mismo tiempo, la liquidez de las inversiones y, para lograrlo, los ingeniosos holandeses e ingleses del siglo XVII recurrieron a la feliz idea de combinar la compañía de comercio y la corporación medieval. 


Una versión en inglés generada por la IA puede leerse en este enlace.

martes, 14 de julio de 2026

El plazo para el ejercicio de la acción de anulabilidad del art. 1301 CC es un plazo de caducidad y puede ser apreciado de oficio.

Foto de lalo Hernandez en Unsplash

¿Por qué la sentencia no dice eso tan bonito de prescriben las pretensiones y caducan los derechos potestativos?

Es la sentencia del Tribunal Supremo de 1 de julio de 2026

El motivo denuncia la «(i)nfracción del art. 1301 del CC y la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo que lo interpreta en relación con el plazo de caducidad que prevé la norma [sentencia de 4 de marzo de 1999, rec. núm. 2394/1994; sentencia núm. 216/2006, de 3 de marzo; sentencia núm. 558/2010, de 23 de septiembre; sentencia de pleno núm. 652/2017, de 29 de noviembre; sentencia de pleno núm. 89/2018, de 19 de febrero; sentencia núm. 62/2019, de 31 de enero; sentencia núm. 492/2019, de 25 de septiembre]». 

En el desarrollo del motivo, el recurrente alega resumidamente que la audiencia provincial yerra al afirmar que el plazo de cuatro años que fija el art. 1301 del CC es un plazo de prescripción porque, como esta sala ha declarado en reiteradas ocasiones, la acción de anulación del contrato por error en el consentimiento está sujeta a un plazo de caducidad de cuatro años, no de prescripción, que es apreciable de oficio. Y la primera demanda se interpuso cuatro años y once meses después de que finalizase el swap, por lo que la acción está caducada. 

... Procede estimar el motivo por las razones que exponemos a continuación... Esta cuestión la hemos resuelto en la sentencia 919/2021, de 23 de diciembre. ... es un plazo de caducidad, pues el texto del precepto permite entenderlo así, porque literalmente dice que «la acción de nulidad solo durará cuatro años». Por tanto, es un supuesto de fijación inicial del término en que se podrá ejercitar la acción. No hay una presunción legal de abandono por su no ejercicio, sino un límite temporal para su posible uso. Además, atendiendo al espíritu y finalidad de la norma y a la necesidad creciente de seguridad y certeza en el tráfico jurídico y económico, hay un interés general y no sólo particular en obtener una clara definición de los negocios y relaciones jurídicas. También recordamos -con cita de la sentencia 843/2006, de 6 de septiembre- que este plazo es aplicable a los supuestos de nulidad relativa de los contratos, esto es, cuando reúnan los requisitos del art. 1261 CC. Y advertimos que aunque hay sentencias -entre otras, en las que se apoya la audiencia- que han entendido que era un plazo de prescripción, una línea de jurisprudencia más moderna ( sentencias 216/2006, de 3 de marzo; 794/2009, de 2 de diciembre; 558/2010, de 23 de septiembre; 370/2012, de 18 de junio; 682/2013, de 5 de noviembre; 54/2014, de 21 de febrero; 157/2017 de 7 marzo; y 404/2018, de 29 de junio), ha asumido las construcciones doctrinales mayoritarias en la materia, y viene manteniendo a partir de entonces de forma invariable el término de «caducidad» para referirse al plazo de ejercicio de la acción del art. 1303 CC, «siquiera sea con el carácter incidental con el que antes se empleaba el de "prescripción"». 

También razonamos que esta tesis quedaba corroborada con la modificación del Código Civil introducida por la Ley 8/2021, de 2 de junio, que dio nueva redacción al párrafo primero del art. 1301, en la que viene a dar carta de naturaleza normativa a la tesis de que el plazo de ejercicio de la acción de nulidad en los casos a que se refiere es de caducidad y no de prescripción, según afirma ahora de forma explícita el texto reformado del precepto. 

Y advertimos que aunque esta reforma no había entrado en vigor en la fecha de los hechos a que se refería la litis, como acontece en este caso, tal circunstancia carecía de relevancia a los efectos de su aplicación temporal, pues esta modificación legal tiende a aclarar el verdadero sentido original de la norma, ajustando su letra a su espíritu y finalidad, y terminando en este punto con la imprecisión de la redacción anterior y con las dudas que ello había generado. 

La calificación del plazo del art. 1301 CC de caducidad conlleva que pueda ser apreciada de oficio. En este caso, la contestación a la demanda se presentó fuera de plazo. La audiencia, al considerar que el plazo era de prescripción, entendió que no podía apreciarla de oficio, decisión que no es correcta. La siguiente cuestión por resolver es el dies a quo del plazo de cuatro años del art. 1301 CC. 

Como hemos recordado en otras ocasiones (entre las más recientes, en la sentencia 318/2026, de 26 de febrero), en la interpretación del art. 1301 CC, la jurisprudencia ha mantenido que el cómputo del plazo de cuatro años para el ejercicio de la acción de nulidad empieza a correr «desde la consumación del contrato», y no antes ( sentencias 89/2018, de 19 de febrero, y 264/2018, de 9 de mayo). Sin perjuicio de que en la contratación de algunos productos financieros -por ejemplo una participación preferente-, puede ser que al tiempo de la consumación del negocio todavía no haya aflorado el riesgo congénito al negocio cuyo desconocimiento podía viciar el consentimiento prestado. Es en estos casos, en que la sentencia 769/2014, de 12 de enero de 2015, entendió que el momento de inicio del cómputo del plazo debía referirse a aquel en que el cliente hubiera podido tener conocimiento de la existencia de dicho error o dolo. 

En relación con el contrato de permuta financiera o swap, en la sentencia del pleno de esta sala 89/2018, de 19 febrero, precisamos que la doctrina de la sentencia 769/2014, de 12 de enero de 2015, se dirigía «a impedir que la consumación del contrato, a efectos de determinar el momento inicial del plazo de ejercicio de la acción de anulación del contrato por error o dolo, quede fijada antes de que el cliente haya podido tener conocimiento de la existencia de dicho error o dolo», pero ello no debía llevar a la consideración de que el cómputo del plazo de ejercicio de la acción deba adelantarse a un momento anterior a la consumación del contrato por el hecho de que el cliente que padece el error pueda tener conocimiento del mismo, porque tal interpretación iría contra el tenor literal del art. 1301 CC, que dice que el tiempo para el ejercicio de la acción empieza a correr desde la consumación del contrato. En los contratos de swaps, como dice la sentencia 89/2018, de 19 de febrero, el cliente no recibe en un momento único y puntual una prestación esencial con la que se pueda identificar la consumación del contrato, a diferencia de lo que sucede en otros contratos de tracto sucesivo como el arrendamiento. En los contratos de swaps «no hay consumación del contrato hasta que no se produce el agotamiento o la extinción de la relación contractual, por ser entonces cuando tiene lugar el cumplimiento de las prestaciones por ambas partes y la efectiva producción de las consecuencias económicas del contrato. 

Ello en atención a que en estos contratos no existen prestaciones fijas, sino liquidaciones variables a favor de uno u otro contratante en cada momento en función de la evolución de los tipos de interés». Por tanto, a partir de la interpretación sentada por la sentencia 89/2018, de 19 febrero, si no existe una prestación esencial con la que se pueda identificar la consumación del contrato, esta no tiene lugar hasta el agotamiento o extinción de sus efectos ( sentencia 1017/2024, de 17 de julio). 

En el presente caso, la consumación del swap se produjo en la fecha de su vencimiento (el 18 de abril de 2010), que es el momento del agotamiento o extinción del contrato ( sentencias 533/2021, de 14 de julio y 1017/2024, de 17 de julio, entre otras). Y al haberse presentado la primera demanda el 23 de marzo de 2015, transcurridos más de cuatro años desde la consumación del contrato, la acción estaba caducada. 5.Por lo expuesto, procede casar la sentencia recurrida, asumir la instancia, estimar el recurso de apelación de Banco Santander, S.A., revocar la sentencia de primera instancia y, en su lugar, desestimar la demanda interpuesta por Genil Cuarenta.

lunes, 13 de julio de 2026

Citas: Mokyr, Albrecht, Graham, Wood, Levin, OpenAi, teletrabajo, Joanne Paul, Kling, Arthur Brooks,


Breves

Gordon S. Wood

“Estados Unidos no es una nación como las demás, y nunca lo ha sido”. Si bien la mayoría de los estados-nación surgen de grupos que tienen un sentido preexistente de su propia singularidad, Estados Unidos se formó en torno a una idea, más que a un grupo étnico.

¿El buen juicio será lo escaso en el futuro?

No estoy seguro. ¿por qué la IA no podrá proporcionarnos decisiones "con buen juicio"? Muy al contrario, si la IA se entrena con todas las decisiones que, en cada asunto se han tomado en el pasado y, aunque la decisión presente no sea idéntica a ninguna anterior, no veo ventajas en la inteligencia humana para adoptar la mejor decisión. Buen juicio es capacidad para tomar decisiones "prudentes". A Kodak, Nokia o Blockbuster no les faltó fue la capacidad para interpretar "el significado profundo de esos datos y la flexibilidad para actuar en consecuencia". Les cayó encima una roca que los aplastó. Sólo organizaciones que gestionan monopolios bien protegidos (ya saben lo del foso) perduran durante siglos. ¿La Iglesia católica ha perdurado gracias al "buen juicio" de los Papas? ¿Qué otras organizaciones han sobrevivido más de cien años? Los seis elementos del "buen juicio" son más viejos que el hilo negro en cualquier libro de management. 


Paul Graham 

Un profesor de la Universidad de Brown le dio a sus estudiantes un examen de mitad de semestre para hacer en casa. Después de sospechar que muchos habían hecho trampa usando IA, hizo el final presencial. Los puntos naranjas son las calificaciones del examen de mitad de semestre y los puntos grises son las calificaciones del final. Parece que todos menos 3 hicieron trampa en el de mitad de semestre.

Arnold Kling

...  ya no puedo leer un ensayo largo sin decirme: «Esto suena a Claude». Puede ponerse como ejemplo a Kyle Saunders en Substack. O esta entrada. No pongo en duda la originalidad de las ideas en esos casos. Pero el ritmo de la escritura y, en cierta medida, la prolijidad, me recuerdan a Claude. O la gente está usando Claude, o escribir como Claude se ha convertido en lo normal.

Los profesores son mejores a los 60, incluso a los 70. Arthur C. Brooks

Y, de hecho, según algunos estudios... los mejores profesores tienen más de 40 años, idealmente más de 60, e incluso muchos superan los 70. Es entonces cuando se tiene la mejor capacidad para sintetizar información, reconocer patrones y expresar ideas con la mayor claridad en un lenguaje comprensible para personas no especializadas.

Brooks se refiere a Kinney y Smith, “Age and Teaching Performance”, Journal of Higher Education, 1992: estudiaron evaluaciones docentes de catedráticos y titulares en una gran universidad de investigación y hallaron que la eficacia docente parecía mejorar con la edad, aunque el efecto era significativo pero pequeño y variaba por disciplinas.

La base cognitiva más general es la distinción entre inteligencia fluida e inteligencia cristalizada. La primera —rapidez, memoria de trabajo, resolución de problemas nuevos— tiende a declinar antes; la segunda —conocimiento acumulado, vocabulario, síntesis, reconocimiento de patrones— madura más tarde y es especialmente útil para enseñar. Hartshorne y Germine, en Psychological Science 2015, muestran que distintas capacidades cognitivas alcanzan su máximo a edades distintas: algunas pronto, otras en la treintena y otras a partir de los cuarenta o más tarde.

Brooks también dice esto en su conversación con Tyler Cowen: 

“Mi presidente favorito en mi vida es George W. Bush... ¿Por qué? Porque todos los errores que cometió, probablemente yo también los habría cometido.”

No sé si es un buen criterio para elegirlo ni tampoco para que te guste. Esto me gusta más

“No, no solo igualdad de oportunidades, sino la mayor oportunidad posible para las personas marginadas de la sociedad. Probablemente ella (Oprah Winfrey) tenga más fe que yo en la capacidad del gobierno para lograrlo. Y yo tengo más fe en intentar impulsar el mercado al máximo, brindar a los pobres la mayor libertad posible.

Jóvenes, no teletrabajéis. Michael R. Strain, 

En un nuevo estudio, las economistas Natalia Emanuel y Emma Harrington, autoras de In Person: How Working Together Fuels Creativity, Productivity, and Growth, y la economista de Harvard Amanda Pallais calculan que la tasa de desempleo entre los graduados universitarios menores de 29 años fue 1,3 puntos porcentuales más alta en 2025 que en 2019 (justo antes de la pandemia y del aumento cuadruplicado de personas trabajando a distancia). Entre los graduados universitarios de mayor edad, la tasa de desempleo aumentó 0,4 puntos porcentuales en el mismo periodo. Estos hallazgos encajan con un segundo estudio nuevo. Los economistas Peter John Lambert y Yannick Schindler examinaron cuatro países anglófonos, incluido Estados Unidos, y descubrieron que el auge del trabajo remoto tras la pandemia provocó un cambio tanto en la contratación como en las vacantes que favorecía a los trabajadores más veteranos frente a aquellos con solo unos pocos años de experiencia. Además, muestran que la llegada y el aumento del uso de herramientas de IA no han tenido ningún efecto en la disminución de la demanda de talento junior.

¿Y qué pasa con los trabajadores con más de unos pocos años de experiencia? Aquí, la solución adecuada para la mayoría puede no ser volver al mundo de 2019. En mi opinión, los costes para los trabajadores de un acuerdo híbrido pueden mitigarse sustancialmente mediante sólidas relaciones laborales existentes basadas en interacciones presenciales sostenidas.

El gobierno de la ciudad de Londres estaba en manos de los gremios. Joanne Paul

“Has escrito mucho sobre la monarquía, pero ¿cómo se gobierna la ciudad de Londres? ¿Está el monarca también al mando o hay un consejo, hay un alcalde? ¿Qué sucede allí? Ese es un punto de controversia a lo largo del siglo XVI. La ciudad de Londres tiene un alcalde, entonces como ahora, hay un tribunal de concejales. ¿No electos o elegidos por un consejo? 
Sí. Esa es una buena pregunta. Creo que es elegido por el consejo en esa etapa. No me cites. Tendría que comprobarlo. Es en gran medida Luego, por supuesto, existen todo tipo de requisitos en cuanto a quién puede votar. Hay que ser ciudadano, lo que generalmente significa ser un ciudadano libre de Londres, formar parte del sistema gremial de Londres. Eso es muy importante. Hay que ser nominado y aprobado por un gremio, un gremio comercial de Londres, etc. Hay todo tipo de restricciones al derecho al voto, pero está diseñado para ser un sistema bastante democrático. En teoría, la ciudad se autogobierna dentro del reino más amplio que es Inglaterra. Pero……
Conversaciones con Tyler: Joanne Paul sobre Thomas More y el mundo Tudor, 24 de junio de 2026 

Joel Mokyr con Tyler

(En un entorno pre-industrial, maltusiano, de subsistencia, lo relevante no es la diferencia en el nivel de vida; lo relevante es la brecha tecnológica)  ... lo que realmente define la divergencia (entre China y Europa) es que, tecnológicamente, la brecha entre los dos países comienza a hacerse visible en la época del Renacimiento, en términos de una serie de cosas que se ven crecer en Europa y estancadas en China. 
Ahora bien, tengamos en cuenta que parte del crecimiento europeo se debe a que adoptaron ideas de China. La Revolución Industrial, en cierta medida, consistió en la introducción de importaciones por parte de los europeos, que intentaban imitar los productos que importaban de China, y no solo de China, sino también de la India. La cerámica es un buen ejemplo. Uno de los productos que más deseaban de China era la porcelana. De ahí su nombre. Les llevó un tiempo igualar la capacidad china en la industria cerámica, pero finalmente lo consiguieron. Entonces dejaron de importar este producto de China. Lo mismo ocurrió con el algodón y otros productos que obtenemos de Oriente. 
Creo que el nivel de vida europeo debería medirse, en parte, por el hecho de que, cuando los europeos iniciaron sus viajes alrededor del mundo a finales del siglo XV y principios del XVI, pudieron traer consigo una gran cantidad de nuevos cultivos y técnicas de otras regiones, que simplemente adoptaron. Pronto se vería a los europeos cultivando tabaco, patatas, maíz y otros productos similares. Fueron agentes de cambio global. No solo cambiaron su propia dieta, sino también la de los chinos, ya que los europeos trajeron del Nuevo Mundo productos como cacahuetes, batatas y otros similares. Cambiaron la dieta china, pero los chinos mismos no fueron los responsables de este cambio. 
Están aceptando algunas de las cosas que hicieron los europeos y rechazando otras, pero son los europeos quienes impulsan el cambio. Son los emprendedores. Son quienes provocan los cambios, Tyler. Creo que eso ejemplifica la diferencia entre europeos y chinos. Los europeos son más agresivos. Tienen una visión más abierta. Al final, lo que se observa en las décadas de 1830 y 1840 es que la brecha tecnológica es enorme, en cierto modo mucho mayor que la brecha en el nivel de vida. Incluso en el siglo XIX, en términos de alimentos, los chinos eran capaces de producir suficiente comida. El número de hambrunas en China probablemente no sea mucho peor que en Europa. 
Cuando uno ve lo que sucede durante la Primera Guerra del Opio, un solo barco inglés destruye todo un imperio poderoso, y los chinos tienen que aceptar una paz terriblemente humillante, se puede apreciar cómo ha crecido la brecha tecnológica entre ambos. Para mí, eso es mucho más revelador que el nivel de vida. Otro aspecto que quisiera destacar es que, al observar Europa en los siglos XVI y XVII, se puede apreciar que la capacidad de ampliar el conjunto de conocimientos útiles, incluyendo la ciencia, está creciendo a un ritmo vertiginoso. Si hubo o no una revolución científica es un debate en el que quiero profundizar. 
Sin duda, hacia 1700, Europa estaba a punto de transformar radicalmente nuestra comprensión de cómo funciona la creación. Y no se trataba solo de Newton y Galileo. Estaba surgiendo todo un conjunto de investigaciones. En China no existe nada comparable. China es una sociedad muy sofisticada en muchos sentidos. Los índices de alfabetización son altos. Cuentan con un sistema educativo bien financiado y organizado, pero no dan continuidad a sus incursiones anteriores en la ciencia y las nuevas tecnologías. 
Alguien se dedicó a consultar los numerosos volúmenes de Joseph Needham sobre tecnología y ciencia chinas, o  Ciencia y Civilización [en China] , como él mismo los tituló, y descubrió algo —que supongo que todos sabíamos, pero que ellos cuantificaron—: casi ninguna de las innovaciones que Needham señaló se produjo después de 1400. Se produjo un estancamiento total y algunas de las cosas que sabían fabricar en épocas anteriores, como los sofisticados relojes que construyeron en el siglo XI, desaparecieron. Para mí, eso es más revelador que la cantidad promedio de calorías de carbohidratos consumidas, si es que alguna vez pudiéramos calcularlo correctamente.

Un bonito caso de inducción a la infracción contractual del artículo 14 LCD y revelación - explotación de secretos (art. 13 LCD en relación con Ley 1/2019, de Secretos Empresariales)

 Apple acaba de demandar a OpenAI, y lo más llamativo es cómo descubrió los hechos: pocas horas antes de una entrevista con OpenAI, un candidato hizo una captura de pantalla de archivos confidenciales de Apple en su portátil corporativo de Apple. Apple revisó los registros de sus propios servidores. El proceso de selección generó su propia cadena de prueba. 

Según la demanda, el responsable de hardware de OpenAI, Tang Tan, que trabajó durante veinticuatro años en Apple, indicó a candidatos todavía empleados por Apple que llevaran a las entrevistas “piezas reales” —baterías, placas lógicas— para sesiones de demostración y explicación. Uno de los candidatos se sorprendió y dijo que ni siquiera sabía que esas piezas pudieran sacarse de la oficina. 

Apple sostiene también que Tan difundió un documento interno de Apple sobre el procedimiento de salida de la compañía para instruir a los nuevos empleados sobre cómo eludir los controles de seguridad al marcharse. Añade que un ingeniero que abandonaba la empresa conservó su portátil de Apple, descubrió un fallo que aún le permitía acceder al almacenamiento en la nube de Apple y descargó decenas de archivos confidenciales de hardware después de incorporarse a OpenAI. 

Está, además, el proveedor: según Apple, OpenAI persuadió a uno de sus socios fabricantes para que demostrara una técnica propietaria de acabado metálico, haciéndole creer que Apple lo había autorizado. 

Más de 400 antiguos empleados de Apple trabajan ahora en OpenAI. Apple afirma que puso estos hechos en conocimiento de OpenAI en febrero y que nunca recibió respuesta. Cinco meses después, presentó la demanda. 

La pretensión ejercitada revela la estrategia. Apple solicita una medida cautelar que prohíba a OpenAI utilizar sus secretos empresariales, la devolución de todos los archivos y un discovery completo justo cuando OpenAI prepara el lanzamiento de su primer dispositivo y una salida a bolsa. Si el juez accede a la solicitud, OpenAI podría verse obligada a acreditar, componente por componente, que el dispositivo se desarrolló de forma limpia antes de comercializarlo. 

El dispositivo debía construirse con el mejor talento mundial en hardware. Ahora, su lista de materiales es prueba en un proceso.

¿Qué es la vida?

Los autores identifican dos grandes conglomerados que reúnen el 66 % de todas las definiciones: «Autonomía cognitiva» y «Sistemas disipativos autoorganizados». 

La primera entiende la vida como un sistema autónomo orientado a fines, capaz de procesar información, adaptarse al entorno, mantener sus límites organizativos y tomar decisiones encaminadas a preservar su propia existencia. La vida aparece aquí como una forma de agencia o cognición. 

La segunda entiende la vida como un proceso autoorganizado que se mantiene lejos del equilibrio termodinámico mediante el intercambio de energía e información, conservando su organización interna y adaptándose a través de mecanismos de retroalimentación.

Por el contrario, las definiciones más clásicas basadas exclusivamente en reproducción, genética o bioquímica aparecen como posiciones más periféricas. El grupo «Autorreplicación informacional», cuya formulación más extrema es la de Adami («la vida es información capaz de replicarse a sí misma»), contiene solo tres definiciones y ocupa uno de los extremos del espacio conceptual. 

La lectura y la escritura cambió el cerebro humano: The End of Reading Is Here By Rose Horowitch, The Atlantic

La lectura nunca ha sido algo natural. Los seres humanos carecen de una maquinaria cognitiva innata diseñada para formar palabras a partir de letras y relacionarlas con sus equivalentes en el mundo real. Para leer, las personas tuvieron que reutilizar regiones del cerebro destinadas al reconocimiento del habla y de objetos. Esta práctica surgió hace 6000 años en Mesopotamia. Durante milenios, la mayor parte de la población fue analfabeta. La alfabetización se convirtió en un fenómeno de masas relativamente hace poco, tras la invención de la imprenta por Johannes Gutenberg en 1440. 
La palabra escrita es fundamentalmente diferente del lenguaje oral. La escritura separa el mensaje del mensajero, permitiendo una difusión de información más objetiva que la que era posible en las sociedades orales. Dado que escribir una frase lleva más tiempo que decirla, la escritura obliga al autor a detenerse y reflexionar. El lenguaje escrito tiende a emplear estructuras sintácticas y vocabulario más complejos que el lenguaje hablado. Y a diferencia del habla, no se desvanece en el olvido. Los lectores pueden volver a un texto y explorarlo en busca de nuevos significados y comprensión. Como la escritura perdura, las personas pueden olvidar temporalmente lo que han escrito, pero confiar en que no se perderá para siempre. Esto libera la mente para pensar en nuevas ideas y hacer nuevos descubrimientos. 
«Más que cualquier otro invento, la escritura ha transformado la conciencia humana», escribió Walter J. Ong, historiador y sacerdote jesuita, en su libro de 1982, Oralidad y alfabetización. Sostenía que la alfabetización creó las condiciones para la concentración interna, la atención plena y la deducción lógica. Permitió un nuevo tipo de pensamiento racional, lineal y analítico. 
Ong citó estudios de caso del neuropsicólogo Alexander Luria, quien viajó a aldeas remotas de Uzbekistán y Kirguistán en la década de 1930, cuando los campesinos comenzaban a recibir instrucción básica de lectura y escritura. Luria se reunía con sus sujetos en casas de té, campamentos y alrededor de fogatas al atardecer. Allí, les planteaba una serie de preguntas diseñadas para dilucidar las diferencias en la forma de pensar de los campesinos alfabetizados y analfabetos. Luria les decía a los campesinos: «En el Extremo Norte, todos los osos son blancos. Nueva Zembla está en el Extremo Norte». Luego les preguntaba de qué color eran los osos en Nueva Zembla. Los campesinos alfabetizados pudieron completar el silogismo. Pero los analfabetos se negaron a intentarlo, explicando que nunca habían estado en el norte y, por lo tanto, no podían responder. Al parecer, alcanzar la alfabetización implicaba la capacidad de pensar de forma lógica y abstracta, no simplemente leer palabras…
Dado que las palabras habladas se desvanecen en cuanto se pronuncian, las culturas orales valoran la repetición para facilitar la memoria. Los bardos de las sociedades orales utilizan frases hechas y mnemotecnias para mantener el hilo de su pensamiento. Recurren a epítetos y a la «descripción entusiasta de la violencia física», en palabras de Ong, porque el conflicto es más memorable que la discusión imparcial. Los oradores no pueden editar sus palabras como los escritores, así que continúan sin admitir sus errores. Si luego se contradicen, no esperan que el público recuerde sus declaraciones anteriores. El significado depende de la identidad del orador, no de ningún concepto de verdad objetiva.

Si la inteligencia abunda y se ha hecho más abundante con la IA, ¿qué es lo que se ha vuelto escaso? Brian Albrecht 

Pensemos en la inteligencia como una especie de receta. Es una forma de combinar elementos comunes para crear algo que vale más que la suma de sus ingredientes. Es no rival en el consumo. Que yo conozca una receta no impide que tú también la conozcas. Un panadero transforma unos pocos dólares de harina, agua, mantequilla y calor en un cruasán por el que la gente está dispuesta a pagar mucho más. Los ingredientes no son especialmente escasos, de modo que la inteligencia, el conocimiento o la habilidad del panadero le permiten obtener una ganancia. Pero bajo la palabra “receta” se esconden dos cosas distintas. Una es la tarjeta: una lista de ingredientes y pasos, el tipo de cosa que puede escribirse y entregarse a un desconocido. Pero también está todo lo que no aparece en la tarjeta de la receta, lo que el panadero olvidó anotar o lo que se da por supuesto: el criterio sobre lo que importa, la secuencia exacta en la que deben suceder las cosas, los ajustes cuando cambian las condiciones, el sentido tácito de la calidad que distingue un buen cruasán de uno mediocre. Llamaré “tareas” a lo primero, como hacen los modelos basados en tareas, y reservaré “inteligencia” para lo segundo: aquello que integra todos esos elementos y permite generar valor. Antes de la IA, incluso la receta era fácil de copiar. El saber hacer práctico no lo era, y eso es lo que lo hacía escaso. Cualquiera puede comprar harina y mantequilla, y cualquiera puede leer una receta. Pero no cualquiera puede reproducir fácilmente el tiempo, el tacto y el juicio que hacen que un cruasán sea bueno. El panadero cobra un precio superior porque la inteligencia valiosa es inseparable de la persona que la posee. Durante la mayor parte de la historia, buena parte de esa receta permanecía oculta en la persona que la conocía. Podía enseñársela a otros, podía anotar proporciones y temperaturas, pero persistía una habilidad específica —centrémonos en el conocimiento— relacionada con el tiempo, la experiencia y el criterio. La verdadera receta seguía siendo escasa porque no podía separarse por completo de quien la poseía, aunque pudiera escribirse una receta llena de palabras. Una parte importante del saber hacer permanecía encarnada en personas, equipos y empresas. El conocimiento era difícil de transmitir. Esto, obviamente, no ha desaparecido por completo, pero la IA parece debilitar esa conexión entre el conocimiento y el lugar donde está encarnado. Como la inteligencia es no rival, puede replicarse y difundirse mucho más deprisa. Eso es claramente cierto respecto de la capa escrita, aunque empieza también a imitar la capa tácita. Puede extraer partes sutiles del oficio que nunca fueron puestas por escrito, quizá ni siquiera articuladas. Si se entrega la receta del panadero a todas las tiendas de la ciudad, la oferta aumenta y puede que más gente que nunca coma cruasanes. Pero ningún panadero obtiene ya una prima simplemente por poseer la receta, porque ahora todos la tienen... 
Como ocurre en otras dimensiones, la competencia empuja el precio del cruasán hacia el coste de sus ingredientes y de su producción. La rentabilidad del conocimiento cae. Parte de la antigua prima va a parar a los consumidores en forma de precios más bajos. El resto se desplaza hacia aquellos insumos que siguen siendo escasos... Para mantenerse por delante de ese proceso, el panadero tiene que seguir inventando nuevas recetas que aún no hayan sido copiadas y que se adelanten al mercado. James Bessen lo llamó la paradoja del conocimiento técnico. Las ideas replicables nos permiten producir más con los mismos recursos, pero la riqueza resultante no va necesariamente a parar a quienes antes poseían ese conocimiento. Cuando la inteligencia se vuelve abundante, los cuellos de botella importan más. Pero el modelo de lenguaje tiene que ejecutarse en algún sitio. Requiere chips, electricidad, refrigeración, edificios, suelo y tiempo. A diferencia del conocimiento, esos insumos son rivales. Dos cargas de trabajo no pueden consumir la misma hora de GPU ni el mismo megavatio al mismo tiempo. Por tanto, el abaratamiento de la inteligencia puede elevar la rentabilidad de los complementos necesarios para utilizarla. A medida que la inteligencia se vuelve más fácil de copiar, los usuarios pujan con más intensidad por los insumos escasos necesarios para ejecutarla a gran escala. complementarios que siguen estando protegidos.... 
Garicano, Li y Wu desarrollan esta idea. Dado que los mercados valoran puestos de trabajo, no tareas aisladas, una tarea sólo se desvincula del trabajador o del empleo cuando puede separarse claramente de todo lo que la rodea. Una década después de que Geoffrey Hinton afirmara en 2016 que deberíamos dejar de formar radiólogos, el número de radiólogos ha aumentado aproximadamente un 17 %. La IA ha mejorado en la lectura de imágenes, pero esa lectura era sólo uno de los elementos que determinan el resultado del trabajo del radiólogo. Hasta ahora, una imagen no puede separarse por completo del juicio clínico, de la responsabilidad por la decisión ni de la conversación con el cirujano. Por eso la IA no reproduce la totalidad del trabajo que realiza un radiólogo.

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