Mi compañera Julia Ortega me envía este documento del Colegio de Abogados en el que sus Servicios jurídicos "recomiendan" colegiarse un año antes de que expire el plazo transitorio que dispone la ley. Esto significa hacerlo el 31 de octubre de 2012, porque, aunque legalmente habría tiempo hasta el 31 de octubre 2013, los Colegios están pensando exigir un año de colegiación como plazo de carencia en su calidad de intérpretes y aplicadores directos de la ley.
Actualización: Del documento del Consejo General de la Abogacía se deduce expresamente que el plazo para colegiarse, establecido en la Disposición transitoria, acaba el 30 de octubre de 2013 y que se exigirá a los nuevos inscritos un período de colegiación de 1 año, que es de suponer, podrá computarse tanto antes o después de esa fecha. Lo de la recomendación de colegiarse un año antes, es una opinión (propia) que podría dar lugar a malentendidos, y, desde luego, no se deriva en ningún caso del documento en cuestión.
2 comentarios:
He leído con interés el documento del Consejo General de la Abogacía, y creo que del mismo no se deduce la necesidad de colegiarse antes de 31 de octubre de 2012 por quien no haya estado antes colegiado y tenga título anterior a 31 de octubre de 2011. Sobre todo porque hay una respuesta clara. Transcribo: "PREGUNTA: Si poseo el título de Licenciado el 31 de octubre de 2011, pero no he estado colegiado nunca, ¿hasta que fecha tengo de plazo para colegiarme sin tener que cumplir los nuevos requisitos legales? RESPUESTA: Tienes plazo hasta el 31 de octubre de 2013 para incorporarte, como ejerciente o no ejerciente, al Colegio que te corresponda."
En todo caso a mí, que llevo 30 años colegiada y ejerciendo, me preocupa otra cosa: mi hijo está estudiando en la UAM y espera terminar en junio próxmio. Tiene poco más de un 7 de media (que no está mal para lo que exigen en la UAM) y quiere ser abogado. No sé dónde va a poder hacer el master. El querría en la UAM pero al parecer solo van a sacar 200 plazas y por delante pasarán las mejores notas de toda España. Creíamos que el título de Master era de posgrado y seguía al de Grado. Pero él termina como licenciado. ¿Qué opina? Concha
Que no se preocupe. Se podrá matricular en el de la UAM. Aunque yo no tengo ningún poder al respecto, hay mucha gente que considera imprescindible permitir la realización del master a todo el que quiera hacerlo. La UAM - es mi opinión - tiene los medios para hacer una amplia oferta. Si su hijo termina en junio próximo, podrá hacer el master a lo largo de sept 2012- junio 2013, hacer las prácticas en el segundo semestre de 2013 y con suerte, examinarse en enero de 2014. Todo si el nuevo gobierno no deroga el decreto de acceso (que es lo que a mí, personalmente, me gustaría. No creo en las barreras de entrada). Sí que sería partidario de hacer un MIR jurídico para sustituir a las oposiciones. Y podría, además, dar derecho a colegiarse (haber aprobado el examen MIR jurídico) pero ese examen debería prepararse autónomamente y referirse a la carrera en su conjunto.
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