La Sentencia del Tribunal Constitucional alemán (de su contenido sabemos por esta información del Der Spiegel en inglés y por la nota de prensa) sobre si los catedráticos de Universidad tienen derecho a un salario digno considerando que no cumple tal requisito el que resulta de una reducción del salario base ampliando la parte variable en función de la productividad del profesor aprobada por el Gobierno federal en 2005 no puede dejar de causar sorpresa a un no-alemán.
Y es que siempre me ha sorprendido la cantidad de reglas concretas que el Tribunal Constitucional alemán deduce de la Constitución. Todo está en la Constitución. La Constitución tiene valoraciones sobre casi todo. Desde la protección mínima que merece el feto a las redes de telecomunicaciones. Desde las ayudas a la prensa hasta los crucifijos en las clases. Esta constitucionalización de casi cualquier aspecto de la vida social tiene sus riesgos: reducir el espacio a las decisiones democráticas. Si está en la Constitución, el Parlamento no puede más que obedecer (o cambiar la Constitución). En nuestro país no hemos llegado tan lejos aunque sí probablemente, en algunos ámbitos del Derecho Laboral.
Este absolutismo constitucional es menos arriesgado en un país como Alemania donde el consenso social es muy amplio tanto en cuanto a cómo deben regularse las relaciones sociales como a la autoridad del Tribunal de Karlsruhe para dirimir sobre tales particulares. Una sociedad más dividida o “plural” y menos jurídica que la alemana pagaría un elevado coste si tuviera un Tribunal Constitucional tan activo.
Según la nota de prensa, la norma del Estado de Hesse infringe el parágrafo 33.5 de la Constitución alemana (Grundgesetz). Dicho artículo dice simplemente que el régimen jurídico de los empleados públicos alemanes se regirá y desarrollará según los principios vigentes en el momento de promulgarse la Constitución sobre la función pública (o sea, que los empleados públicos tendrán el estatuto de funcionarios que venían teniendo antes de la promulgación de la Constitución ). Al parecer, el TC alemán ha deducido de semejante precepto un “principio alimenticio” (Alimentationsprinzip) según el cual los funcionarios tienen derecho a un sueldo digno que les permita llevar un estilo de vida acorde con su rango (esto suena a lo de los colegios de abogados cuando regulaban los honorarios diciendo que estos debían corresponderse con la dignidad y el decoro de la profesión). Y, para determinar si el sueldo es digno, la comparación con otros funcionarios – y no funcionarios – de rango semejante es un buen criterio de concreción. Al parecer, los funcionarios del nivel semejante de Hesse ganaban mucho más que un catedrático. Si, además, se les baja el sueldo, el legislador tiene que tener una buena razón. Añade la sentencia que si fijas complementos variables, éstos tienen que (más que) compensar la bajada del fijo y, sobre todo, su obtención ha de ser posible y reglada de manera que si el profe cumple, se los den.
Además de la sorpresa respecto de que la Ley Fundamental de Bonn prohíba a los Estados federados fijar sueldos fijos bajos para los catedráticos de Universidad, la Sentencia tiene un fondo de razón que suele resultar de razonamientos aparentemente formalistas.
Si el objetivo del cambio legislativo de 2005 fue incentivar a los catedráticos para que trabajen duro – pagando más al que más y mejor trabaja – para mejorar la calidad de las Universidades alemanas en la creciente competencia internacional (para Alemania debe de ser vergonzoso que sus Universidades no estén al nivel de las mejores del mundo), nos parece que acierta el TC cuando dice (si lo dice, que lo dice “En cumplimiento de esta obligación, el legislador ha – de fijar la cuantía de los salarios de los catedráticos – teniendo en cuenta que los puestos de funcionarios para personas que están más cualificadas que la media han de ser atractivos de modo que su consideración social se corresponda con la formación exigida a los titulares de la cátedra”) que ese objetivo no puede alcanzarse si los catedráticos ganan un salario muy bajo. No se promueve la excelencia sino la mediocridad.
Se habla de unos 3.500 euros al mes. Eso es lo que gana un catedrático con varios sexenios y quinquenios en España. Un catedrático semejante en Alemania debe de rondar los 5000/6000 euros.
Pues bien, una amiga mía dice que la postración de la Universidad española se debe a que décadas de bajos salarios no los aguanta la calidad de ninguna institución. Si los jóvenes más talentosos pueden elegir entre trabajar para un banco de inversión, montarse su empresa, entrar en un Despacho de abogados y ganar, a los pocos años decenas de miles de euros al mes, es poco probable que elijan dedicarse a la investigación y a la docencia cuando las expectativas son muchos años de sueldos misérrimos enlazando becas y contratos y, cuando alcancen la tenure, a los 45 años (esa es la edad a la que están accediendo a la posición de profesor titular, que no de catedrático en nuestra Universidad), un sueldo tan modesto como 2.500 euros al mes (sin contar con los recortes-Zapatero).
El resultado es que salarios bajos atraen personal mediocre. Y si mantienes salarios bajos durante décadas, acabas con una Universidad muy mediocre. Naturalmente, no estoy propugnando que se pague a los catedráticos grandes sueldos. Dedicarse a la Universidad es un lujo y es ejercicio de una vocación lo que permite al Estado pagar sueldos por debajo de mercado sin por ello dejar de atraer hacia ella a personas de mucho talento. Pero todo tiene un límite. Y, en España, se rebasó hace treinta años.
4 comentarios:
Quizás el problema no sea tanto la cuantía de los salarios de los catedráticos sino la cantidad de cátedras, carreras, universidades y facultades en cada una de las ciudades de España lo que carezca de sentido.
Estoy de acuerdo con usted en que un mayor sueldo atraería excelencia a la docencia universitaria, pero un presupuesto dividido entre tantas universidad, muchas de ellas semivacías, cada una de las cuales con diversas facultades con sus respectivos miembros en la escala docente, es la base del problema.
Economizando universidades, podría ofertarse un sueldo a los docentes que atrajera dicha excelencia a esas universidades.
Un saludo profesor
Muy brillante el análisis de la "constitucionalización" y la "juridificación" de la cultura legal y política alemana, que en otros sitios tiene menos eco, salvo en los mas "germánicos" de los juristas, los penalistas. Sería interesante indagar, pues probablemente no es casual, cómo reparten las distintas sociedades el campo entre lo político y lo jurídico (incluyendo lo constitucional). Muchos equilibrios son posibles, y probablemente esos son cambiantes en el tiempo.
En cuanto al caso concreto de la "dignidad" de la remuneración de los catedráticos (yo lo soy y por eso no soy neutral) sorprende también que no se haya utilizado como término de comparación la remuneración alternativa que hubieran alcanzado en el mercado, pues esta referencia suele ser bastante buena para determinar cual es el "precio justo". En el caso de los catedráticos, esto debiera llevar a una notable heterogeneidad, pues es obvio que la alternativa de mercado para un catedrático de hebreo es muy distinta a la de un catedrático de ingeniería, de derecho mercantil o de marketing. Si el mercado no iguala, ¿por qué debiera igualar necesariamente, vía dignidad, la administración?
En todo caso, mientras las universidades, españolas o alemanas, no puedan diversificar salarios y competir por el profesorado, no estarán en condiciones de medirse con las buenas norteamericanas.
Aprovecho esta entrada y su espacio de comentarios para llamar la atención sobre una cuestión de funcionamiento de la página que entorpece su lectura. Cada vez que "se pincha" en la página (por ejemplo, para seleccionar y copiar texto) o cada vez que se entra en comentarios, la vista de la página se desplaza al principio, con lo que seguidamente hay que buscar de nuevo dónde se estaba leyendo. ¿Podría corregirse esto? Gracias
Acá por Argentina no sé hace cuanto que se rebasó el límite, pero prácticamente todos los docentes en Derecho, sean universidades públicas o privadas,son de tiempo parcial (léase, pasan por la facultad una o dos veces por semana). Investigación, bueno, sólo si es del gusto del docente (mi caso), pero como obligación no. Sirve como antecedente para los concursos.
Los de dedicación parcial como yo, con unos 20 años de antigüedad reconocida, rondamos los U$ 500 mensuales.
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