foto: JJBOSE
Por Antonio Cámara
(Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 1066/2024, de 23 de julio de 2024)
Los demandantes (clientes personas físicas) demandaron a Bankinter S.A. por incumplimiento contractual, alegando que no les informó adecuadamente sobre el riesgo de un bono estructurado emitido por Lehman Brothers, lo que les causó pérdidas tras la quiebra del emisor. Tras perder en primera instancia, la Audiencia Provincial les dio la razón y condenó a Bankinter a pagarles una indemnización, pero denegó el interés legal desde la fecha de la demanda. Indicaba que debía calcularse desde la fecha en que se determinara la cuantía exacta de la indemnización en la ejecución de sentencia. El motivo para ello era la indeterminación de la cuantía en fecha de la demanda.
Recurrieron al Tribunal Supremo alegando que la decisión de la Audiencia Provincial vulneraba los arts. 1.100 y 1.108 del Código Civil, que establecen el derecho a los intereses legales desde que el deudor incumple su obligación. El Tribunal Supremo estimó el recurso, considerando que la cuantía de la indemnización sí era determinable y que Bankinter estaba en mora desde que fue demandado. Los demandantes habían definido claramente la indemnización que buscaban, que era la diferencia entre el importe invertido en el bono y las cantidades percibidas por ellos, y la determinación exacta solo requería un cálculo sencillo.
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