martes, 26 de julio de 2011

La deriva de la CNC (I)

En la página web de la CNC se anuncia la apertura de un expediente sancionador contra Subaru España y algunos concesionarios de la red de Subaru en los siguientes términos:
                 La Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha incoado un expediente sancionador contra Subaru España, S.A., distribuidor mayorista de vehículos Subaru en España y los concesionarios Mava Motor, S.L., Korea Lesseps, S.L.y Quick Motor Servicios Postventa, S.L. por una posible conducta anticompetitiva, derivada de su negativa injustificada a aceptar las garantías en vigor de los vehículos Subaru comprados en otros países de la UE y revendidos en España.
En el marco de la instrucción del mencionado expediente, la Dirección de Investigación ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la comisión, por parte de Subaru España S.A. y los concesionarios anteriormente citados, de una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de Unión Europea.
O sea, presumimos que Subaru España habría comunicado a sus concesionarios que no se hace cargo de las reparaciones fundadas en garantías no emitidas por Subaru España. Esta conducta habría infringido el art. 1 LDC y el art. 101 del Tratado (la CNC ya no abre un expediente que no sea por infracción simultánea de ambos preceptos y, nos tememos, lo hace para incrementar su discrecionalidad en la tramitación del procedimiento sancionador y poder saltarse a la torera las normas legales o reglamentarias españolas que podrían justificar la actuación de las empresas, recuérdese el expediente del fútbol).
Pues bien, si los hechos son los que imaginamos, no logramos entender dónde está el acuerdo restrictivo de la competencia. Porque los concesionarios que no reconocen la garantía porque Subaru España les ha dicho que no lo hagan son agentes de Subaru España en lo que a la prestación de la garantía se refiere. Actúan, al reparar el vehículo, por cuenta del fabricante o distribuidor mayorista, que es el que ha emitido la garantía. En consecuencia, si los concesionarios son agentes, no hay dos empresas distintas en el sentido del Derecho de la Competencia y, por tanto tampoco un acuerdo restrictivo sino una conducta unilateral de Subaru España, conducta que, dada la cuota de mercado de Subaru, no puede ser abusiva, con independencia de que los clientes insatisfechos demanden a Subaru por incumplir las normas legales o los contratos de compraventa del vehículo.
Quizá estemos equivocados. Pero no podemos sino apreciar una deriva sancionadora de la CNC escasamente respetuosa con los principios generales del derecho sancionador reflejada en su actividad de los últimos tiempos. En otra entrada explicaremos en detalle algunas manifestaciones de esta deriva. Lo más grave: la aplicación desaforada del concepto de cártel y de la “infracción única y continuada”.

4 comentarios:

Antonio Robles Martín-Laborda dijo...

Espero con interés la segunda parte, pero sugiero incluir el tema de la imputabilidad a la matriz entre los sospechosos habituales.

Un abogado alemán en Bruselas dijo...

Gracias por el articulo interesante!

Antes de la segunda parte, me interesaría, si los concesionarios de subaru son autenticos agentes en sentido de la respectiva jurisprudencia del TJUE (ad. ex. asunto C-279/06 "CEPSA" para. 43 y ss.) y del Reg 330/2010 sobre acuerdos verticales.

Me parece que, en general, la mayoria de concesionarios de todas las fabricantes son bastante autònomo y llevan riesgos comerciales que no permitan calificarlos como agentes en sentido del derecho de la competencia.

Saludos

JESÚS ALFARO AGUILA-REAL dijo...

No son agentes en general (cuando revenden los coches Subaru a los consumidores), pero si en lo que se refiere a la prestación de la garantía del fabricante.
Un saludo y gracias por leer el blog

JESÚS ALFARO AGUILA-REAL dijo...

Antonio, como habrás visto, el II va de otra cosa. Pero creo que habrá III y IV y... Lo de las matrices ya lo he tratado mucho. Cuando quieras, me mandas un post de "invitado"

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