domingo, 2 de octubre de 2011

La aplicación de las reglas generales a la quiebra de la CAM

Lo que cuenta EL PAIS hoy acerca de la Caja de Ahorros del Mediterráneo refleja todas las debilidades del gobierno corporativo de las Cajas cuando el entorno económico se hace más difícil. No hay accionistas que velen porque los gestores no roben o destruyan el valor de su inversión. Los que han de controlar a los gestores – los políticos o los miembros del Consejo de Administración designados por los políticos – no tienen incentivos (les pagan una miseria por hacerlo, 1000 euros por cada consejo) para hacerlo. Al revés, criticar la gestión puede hacerles perder el puesto, por lo que harán bien en estar callados. Los políticos con poder para designarlos tienen todos los incentivos para poner la Caja al servicio de su mantenimiento en el poder. Y, cuando se trata de un presidente autonómico que lucha por hacerse con el control del partido en la región (Camps vs. Zaplana), los incentivos para instrumentalizar la Caja se exacerban.

Y los que han de ser controlados – los gestores –, a lo suyo. Que es, básicamente, aumentar el tamaño de la Caja para poder justificar sueldos millonarios y, cuando (y si) se acerca el momento final, abandonar el barco en las mejores condiciones posibles. Las distorsiones de nuestro modelo laboral provoca que los directivos de una Caja pudieran acogerse a un ¡ERE! recibiendo indemnización. No es extraño que la Sala 4ª del Tribunal Supremo quiera sacar del Derecho Laboral la relación de los ejecutivos de una compañía con su empresa. ¿Cómo pudo considerarse conforme con el interés social de la Caja permitir a los directivos acogerse a un ERE y recibir indemnización alguna? Si sus contratos eran de alta dirección, no tienen más derecho que 7 días por año trabajado.

No parece que exista un caso más claro de responsabilidad de los administradores y de la Generalitat de Valencia por imponer a la Caja decisiones perjudiciales para su interés social. La aplicación de las reglas del Derecho Concursal llevarían, igualmente, a considerar responsable de las deudas de la Caja a la Generalitat de Valencia ya que es indudable que ha contribuido poderosamente, interviniendo dolo o culpa, a agravar la insolvencia de la Caja. También han de considerarse responsables – si el concurso se declarara culpable – a todos los miembros del Consejo de Administración (llevanza irregular de la contabilidad) y tampoco cabe duda de que el equipo directivo, aunque estuviera ligado a la Caja por contratos laborales, ha incumplido éstos y debe responder de los daños y perjuicios causados. No nos referimos a los errores de gestión, sino a los actos que puedan calificarse como desleales, entre los que se encuentra, sin duda, apuntarse al ERE, prejubilarse, pagarse salarios exorbitantes y aprobar decisiones de gestión que sabían o tenían que saber que no iban en el interés de la sociedad y beneficiaban a quienes los designaron (160 millones de euros en préstamos a los miembros del Consejo de Administración).

Un expediente sancionador es una minucia al lado de la aplicación de las reglas generales a todos estos gestores y controladores de los gestores. Y a la Generalitat de Valencia no se le puede condenar penalmente. Apliquemos las reglas generales.

3 comentarios:

iAhorro.com dijo...

Realmente interesante y sencillo de entender para los que no somos juristas, esta explicación de la responsabilidad de los administradores en un concurso culpable.

Andrés Boix Palop dijo...

A mí el artículo de El País me parece francamente sesgado (ya empieza haciendo un batiburrillo donde el culpable parece ser Camps por haberse empeñado en financiar Terra Mítica, proyecto estrella de... Zaplana y eso hace que alguien de la tierra se lo empiece a leer con prevención casi desde la primera línea). Porque la responsabilidad evidente de los gestores de la CAM es una parte de la historia, pero no toda la historia.

Por eso de aplicar las reglas generales, alguien tiene que explicar si a la CAM el BdE le está aplicando las mismas reglas que al resto de Cajas. Y si no son las mismas, dar razones del trato disímil.

Por esa misma razón, alguien tendría que explicar el motivo de que a las Cajas se les exijan unos ratios mucho más duros que a la banca privada.

Porque el problema de este país nuestro es que "las reglas generales", y más todavía cuando se mete por en medio una autoridad de regulación económica supuestamente independiente, nadie sabe bien cuáles son, dónde están o, si eso, no se consideran necesariamente obligatorias para todos.

¿O acaso cree alguien que lo de la CAM sólo ha pasado en la CAM? Y si ha pasado en más sitios, ¿de veras creemos que es por la maldad humana concentrada en los gestores de las cajas o porque tenemos un sistema de incentivos, controles y supervisión pésimo?

Andrés Boix Palop dijo...

Una cosa más: ¿de veras alguien cree que los accionistas de los bancos -o de cualquier otra gran empresa cotizada a día de hoy- tienen una efectiva capacidad de fiscalización que hace que los consejeros se sientan más controlados y se anden con más ojo?

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