viernes, 7 de marzo de 2025

El procedimiento de desahucio por precario es adecuado para dirimir las pruebas sobre la titularidad del inmueble

 


Por Esther González



 La sociedad Vauxhall Propiedades interpuso una demanda de desahucio por precario contra dos particulares en relación con una vivienda que la demandante había adquirido mediante una ejecución hipotecaria. En el procedimiento de ejecución en el que se le adjudicó la finca, el Juzgado declaró que los particulares, ahora demandados, tenían derecho a permanecer en la vivienda objeto de la ejecución “dejando a salvo las acciones que pudieran corresponder a la entidad adquirente de la finca registral para desalojarles”. Los demandados justificaban su derecho en que habían comprado la vivienda mediante un contrato verbal de compraventa y argumentaban que el cuestionamiento de su derecho de propiedad no podía resolverse mediante un juicio de desahucio por precario, sino a través de una acción declarativa de dominio en un procedimiento ordinario. Tanto en primera como en segunda instancia se estimó la demanda de desahucio y el TS lo confirma. Concluye que 

el juicio de desahucio por precario es el cauce procesal adecuado para determinar si la demandante tiene derecho a recuperar la plena posesión de la vivienda litigiosa y para valorar tanto el título que ostenta sobre ella como la carencia o insuficiencia del título de los demandados. […] En este sentido, no es necesario que la ocupación derive exclusivamente de una mera tolerancia; basta con que el título esgrimido por los demandados sea insuficiente o de peor derecho que el de la demandante.”

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