La Audiencia Provincial de Madrid (Sentencia de 23 de octubre de 2009) ha condenado a una sociedad cuyos acuerdos sociales fueron impugnados por un accionista a pagar las costas del proceso a pesar de haberse allanado nada más presentarse la demanda (en cuyo caso, la regla general es que no procede la imposición de costas art. 395.1 LEC). La Audiencia considera que, en el caso, la sociedad actuó de mala fe ya que el accionista señaló, en la Junta cuyos acuerdos se impugnaban, que concurría un defecto patente en la misma ya que se designó como presidenta de la Junta a una persona que no era accionista.
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Archivo del blog
-
►
2024
(711)
- ► septiembre (93)
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(424)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
►
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
►
2015
(484)
- ► septiembre (14)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(626)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
▼
2009
(177)
-
▼
diciembre
(29)
- JUAN SANCHEZ CALERO TIENE UN BLOG
- MANNE Y WRIGHT SOBRE EL USO DEL ANÁLISIS ECONÓMICO...
- RAMSEYER SOBRE LOS JUECES
- LA LEY SOBRE LIBRE ACCESO A LA PRESTACIÓN DE SERVI...
- RYANAIR, AER LINGUS Y AIR COMET
- LA FIJACIÓN VERTICAL DE PRECIOS QUE NO PUEDA AFECT...
- TOMARSE EN SERIO LA LIBERTAD DE EMPRESA
- REFORMAR EL REGISTRO MERCANTIL
- LOS CONSENSOS SE LOGRAN A COSTA DEL BUEN GOBIERNO
- LA TUTELA DE MENORES DELINCUENTES Y EL MINISTRO PR...
- AUTONOMÍA UNIVERSITARIA Y COMPETENCIA ENTRE UNIVER...
- OPONIBILIDAD DE PACTOS PARASOCIALES A LA SOCIEDAD
- SI HAIDAR SE MUERE...
- INCENTIVAR LA PARTICIPACIÓN DE LOS ALUMNOS EN CLASE
- EL CRUCIFIJO Y LA MAXIMIZACIÓN DE PREFERENCIAS
- NUNCA HAY NOTICIAS DEL TODO BUENAS
- Outliers II
- A LA ESCUELA, CON EL LAPTOP, NO CON LOS LIBROS DE ...
- FUGA DE CEREBROS DE ITALIA
- NO EXPLICAR CUÁNTO CUESTA EL AUDITOR INFRINGE EL D...
- RETRIBUCIÓN ABUSIVA DEL ADMINISTRADOR SOCIAL
- PAGOS EN ESPECIE A SOCIOS Y ADMINISTRADORES: HAY Q...
- Acción individual de responsabilidad: la obligació...
- COSTAS EN DEMANDAS DE IMPUGNACIÓN DE ACUERDOS SOCI...
- RESPONSABILIDAD DE ADMINISTRADORES: NOMBRAR ADMINI...
- UN PASO MÁS: TODOS LOS CONTRATOS SON NULOS Y ADEMÁ...
- CAJAS: ¡LO HA DICHO! SE REFORMARÁ LA LEY DE ÓRGANO...
- LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE: CAMBIOS EN LA LEY D...
- LA LEY DE ECONOMÍA SOSTENIBLE: CAMBIOS EN LA REGUL...
- ► septiembre (16)
-
▼
diciembre
(29)
1 comentario:
Me podría facilitar el texto de la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de fecha 23 de octubre de 2009 a la que hace referencia, es que no consigo localizarla.
Gracias.
egarcia@estellesabogados.com
Publicar un comentario