Por Isaac Ibáñez García
La situación, en España, del Derecho de petición, visto por el profesor Alfaro y desde la perspectiva de un ciudadano, puede verse aquí ¿Podemos hacer algo para que no nos sigan tomando por imbéciles?
A diferencia de otros parlamentos de los países de la Unión Europea, el español concede escasa o nula participación a los ciudadanos. El derecho de petición es un derecho fundamental de participación en los asuntos públicos, reconocido en los artículos 29 y 77 de nuestra Constitución.Ejemplo moderno de apertura es el Parlamento Europeo, cuya Comisión de Peticiones tiene un sitio web (publica mensualmente todas las contestaciones a las peticiones (e, incluso, invita a los peticionarios para que acudan -si así lo desean- a defender públicamente su petición. Las peticiones pueden remitirse fácilmente, bien por correo electrónico o a través de un formulario electrónico sin más trámites. Anualmente publica un informe detallado de la actividad desarrollada en el período.
Nuestro Parlamento tiene una Comisión de Peticiones inoperante e invisible. La comisión del Congreso se limita a recibir la petición, transmitirla a la institución que considera competente y, recibida la contestación –sin más trámite- la traslada al peticionario. La comisión del Senado, sin embargo, puede elevar al Pleno del Senado una moción que asuma el contenido de la petición.
Respecto al derecho de acceso a los documentos e información del Congreso de los Diputados, rige el mayor de los secretismos. Recientes resoluciones de la Mesa de la Cámara han denegado el acceso a datos referentes a los diputados sobre disposición de tarjeta taxi, teléfono móvil, tableta electrónica, línea de datos y ADSL en su hogar, así como facilitar las retribuciones de los asistentes o asesores nombrados por los diputados o los grupos parlamentarios. Lo curioso del caso es que el Senado sí facilitó la información.
El Congreso, hasta ahora, tiene pocas ganas de ser transparente. A diferencia también del Senado, tiene aprobada una norma que limita el acceso a los documentos a las actividades sujetas a Derecho Administrativo; mientras que el Senado, como debe ser, se refiere a la información en el ejercicio de sus funciones parlamentarias y de su actividad sujeta a Derecho administrativo. Es decir, toda la información. Si el Congreso quisiera ser transparente, la Mesa despacharía el asunto en unos minutos: copiando la norma del Senado.
Solución:
Que con urgencia se adopten las disposiciones oportunas para que los ciudadanos puedan presentar peticiones al Congreso de los Diputados vía electrónica; que la Comisión de Peticiones disponga de un sitio web propio; que las contestaciones a las peticiones se publiquen en referido sitio web; que se elabore un informe anual que se publique en el mismo sitio; así como cuantas medidas complementarias a las anteriores mejoren las relaciones de los ciudadanos con el Parlamento. Puede tomarse como ejemplo el Parlamento Europeo.
Si quieres apoyar esta petición, puedes hacerlo aquí:Que, también con urgencia, se adopten las medidas necesarias para que el derecho de acceso a los documentos e informaciones del Congreso de los Diputados abarque tanto la información en el ejercicio de sus funciones parlamentarias como de su actividad sujeta a Derecho administrativo.
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