miércoles, 27 de agosto de 2025

Toda la cultura es un fenómeno emergente de la genética a través de la ecología

Los dos trabajos que resumo a continuación son muy sugerentes (vía Pablo Malo en X) pero no sé si menos 'revolucionarios' de lo que parecen. En realidad, todo lo 'revolucionario' desaparece cuando se llega a la idea de 'fenotipos conjuntos'. ¿Qué es la cultura sino el resultado (emergente, esto es, inexplicable vía reduccionismo a la conducta individual) de la interacción de los individuos que forman un grupo estable, esto es, cuyos miembros interactúan frecuente y continuadamente durante largos períodos de tiempo? Si estoy en lo correcto, el concepto de joint phenotypes (que es el más relevante para la tesis de los autores de tratar de reducir la evolución cultural a la evolución, sin más) no es productivo intelectualmente. Si la cultura y las instituciones son un fenómeno emergente, esto es, que no puede reducirse a sus componentes más elementales y que requiere atender a las interacciones entre estos elementos, cuando los "elementos" que interactúan son los propios individuos (animales o humanos), hemos dado un salto de nivel en la evolución o hemos pasado a hablar de "evolución grupal" (v., El reduccionismo no toma en consideración adecuada las interacciones). En esta otra entrada resumo los comentarios que otros autores han hecho al trabajo de Baumard/André

Empiezo con un extracto del segundo de los trabajos citados al final de la entrada)

... proponemos que la cultura puede y debe analizarse utilizando los mismos principios que se aplican a los rasgos biológicos, sin necesidad de introducir mecanismos adicionales ni de modificar el marco teórico fundamental de la biología evolutiva. En otras palabras, sostenemos que los fenómenos culturales pueden explicarse mediante la teoría de la aptitud inclusiva (inclusive fitness), siempre que se adopte una perspectiva que considere la cultura como un conjunto de comportamientos y estrategias que influyen en la aptitud inclusiva de los individuos... la cultura no constituye un sistema de herencia independiente, sino un conjunto de rasgos fenotípicos que se transmiten socialmente y que, al igual que otros rasgos fenotípicos, están sujetos a selección natural en la medida en que afectan a la reproducción diferencial de los genes que los sustentan. Así, la transmisión cultural no es un proceso autónomo que requiera una teoría evolutiva separada, sino un mecanismo que modifica el entorno social y, por tanto, las presiones selectivas que actúan sobre los individuos...  Lo que define a los fenómenos culturales no es únicamente su persistencia y continuidad, sino la dinámica más amplia en la que los comportamientos de generaciones anteriores dejan un impacto duradero en los comportamientos de las generaciones posteriores. Esta influencia intergeneracional crea tanto continuidad como cambio... Aunque esta influencia intergeneracional suele considerarse exclusiva de la cultura, no lo es. Todos los organismos modifican su entorno, un proceso conocido como “ingeniería de ecosistemas”... Ejemplos incluyen: los castores, que construyen presas; las lombrices que airean el suelo; los arrecifes de coral que forman estructuras submarinas utilizadas por otras especies; los elefantes que modifican el paisaje de la sabana al arrancar árboles; los perritos de las praderas que excavan madrigueras que serán reutilizadas por otras especies; las algas marinas que alteran corrientes submarinas y disponibilidad de luz; los hongos que descomponen la materia orgánica y cambian la composición del suelo; los manglares que modelan las formas costeras y los patrones de sedimentación; y muchos otros fenómenos. Estas modificaciones ambientales persisten, creando “legados ecológicos” que afectan a generaciones posteriores... Cuando un organismo se encuentra con un entorno modificado —ya sea por la construcción de una presa de castor o por cambios en la vegetación—, a menudo puede ajustar su fisiología, comportamiento o trayectoria de desarrollo para afrontar estas nuevas condiciones sin requerir un cambio genético... Estos procesos ecológicos no se limitan a interacciones entre especies. También ocurren dentro de individuos de la misma especie, al igual que los fenómenos culturales. Por ejemplo... las nuevas colonias de termitas ocupan a menudo montículos dejados por sus predecesoras. Las hormigas limón habitan los “jardines del diablo” en la selva amazónica, es decir, los monocultivos de ciertas especies de árboles que han sido diseñados y mantenidos por ellas durante múltiples generaciones, a menudo persistiendo durante siglos... Además, estos legados afectan los comportamientos de generaciones posteriores. Por ejemplo, la decisión arquitectónica de una generación de abejas (panales helicoidales o planos apilados) puede condicionar las decisiones arquitectónicas de generaciones posteriores, dando lugar a ciertas tradiciones arquitectónicas (Di Pietro et al., 2024)...   
Consideremos, por ejemplo, el caso de una presa de castor y el prado que crea (Johnston, 2015; J. P. Wright, Jones y Flecker, 2002). La función de la construcción de presas no es dar forma a humedales ni beneficiar al ecosistema en general; más bien, cada individuo persigue su propio objetivo adaptativo: crear un entorno acuático estable que proporcione protección contra depredadores y acceso a alimento. Al construir presas, los castores elevan el nivel del agua, inundando áreas circundantes para crear estanques más profundos donde pueden construir madrigueras y desplazarse con seguridad. Sin embargo, aunque este comportamiento beneficia a los castores, también genera conflictos con otras especies. Por ejemplo, los peces que requieren corrientes rápidas pueden tener dificultades para sobrevivir en las aguas tranquilas recién creadas, mientras que las plantas y animales terrestres pueden experimentar pérdida de hábitat debido a la inundación. Al mismo tiempo, la actividad de los castores genera nuevas oportunidades ecológicas. Los ratas almizcleras excavan con frecuencia en las madrigueras de los castores o construyen sus propias pequeñas presas, modificando aún más el flujo del agua. Las bacterias y los invertebrados acuáticos descomponen el material orgánico atrapado por la presa, alterando la química del agua y el ciclo de nutrientes. Con el tiempo, estas modificaciones ecológicas se extienden mucho más allá de los objetivos originales de los castores. A medida que los estanques abandonados se llenan gradualmente de sedimentos, se transforman en praderas, creando un nuevo paisaje ecológico que persiste mucho después de que los castores se han ido… Estos efectos de legado remodelan el entorno para las generaciones futuras de castores y sostienen un conjunto completamente diferente de especies, desde anfibios que prosperan en los humedales restantes hasta mamíferos herbívoros que se benefician de los prados recién formados... Es fundamental destacar que las presas de castores no son el producto de un solo individuo, sino de múltiples individuos. Aunque cada castor actúa de manera independiente, a menudo varios contribuyen a reforzar y mantener la misma presa a lo largo del tiempo, a veces durante generaciones sucesivas. Esta interacción entre comportamientos adaptativos individuales, construcción colectiva y transformaciones ecológicas a largo plazo ilustra cómo los ecosistemas surgen de las acciones de múltiples agentes que persiguen sus propios objetivos, lo que a menudo conduce a resultados ecológicos complejos y, en ocasiones, no previstos. En estos ejemplos, el comportamiento de generaciones pasadas afecta el comportamiento de generaciones más jóvenes mediante modificaciones ecológicas y respuestas fenotípicas. 
Nuestro argumento es que las culturas humanas no son diferentes. Los humanos producen constantemente modificaciones ecológicas para cumplir sus propios objetivos adaptativos: carreteras, casas, herramientas, chistes, palabras, novelas, canciones, creencias religiosas... Estos artefactos culturales cambian la ecología material, social e informacional de otros, alterando las condiciones en las que las generaciones futuras sobreviven y se desarrollan. En respuesta, las nuevas generaciones responden flexiblemente (plásticamente) a estos entornos modificados, utilizándolos para perseguir sus propios objetivos adaptativos. Con el tiempo, estas interacciones generan efectos en cascada, reflejando las cascadas ecológicas observadas en ecosistemas no humanos... estos fenómenos se desarrollan a lo largo de muchos ciclos de modificaciones ecológicas, legados ecológicos y respuestas ecológicas. Es la repetición de estos ciclos lo que finalmente da lugar a la evolución cultural... el enfoque ecológico de la cultura prolonga la revolución de la aptitud inclusiva... en comprender los fenómenos biológicos desde el punto de vista de los genes... los fenómenos culturales son simplemente un caso específico de fenómenos ecológicos... las dinámicas ecológicas impulsan cambios profundos y notables tanto en el entorno compartido como en el comportamiento individual. La magnitud de estos efectos puede crear la ilusión de que los fenómenos culturales son cualitativamente distintos de los procesos ecológicos estándar. Sin embargo, los mecanismos subyacentes son los mismos... Las dinámicas ecológicas estándar (como la evolución cultural) conducen, de manera sistemática y a gran escala, a modificaciones tanto de los fenotipos individuales como de su entorno en escalas temporales mucho más cortas que las de la selección natural. Estas modificaciones se basan en un mecanismo biológico fundamental y generalizado: la plasticidad/flexibilidad fenotípica. Los efectos culturales no son más que un caso específico de este fenómeno más amplio. Todos los organismos ajustan su comportamiento y fisiología sin alteraciones genéticas, basándose en mecanismos especializados y evolucionados...  Todos los fenómenos culturales, incluidos los cambios importantes en actitudes y preferencias sociales, son en última instancia casos de plasticidad fenotípica. Por ejemplo, estadounidenses y europeos tienen opiniones contrastantes sobre el Estado de bienestar. En Europa, las políticas redistributivas gozan de amplio apoyo, mientras que en Estados Unidos el respaldo es mucho menor. La evidencia experimental arroja luz sobre los mecanismos psicológicos detrás de estas diferencias. Cuando se coloca a daneses y estadounidenses en situaciones idénticas con la misma información, ambos muestran comportamientos cooperativos sorprendentemente similares. Ambos siguen una psicología cooperativa: están dispuestos a cooperar si otros también lo hacen, pero tienden a desertar cuando perciben que otros desertan. La diferencia clave radica en la información ecológica disponible en cada región. Esta variación en actitudes es un claro ejemplo de plasticidad fenotípica psicológica: los individuos ajustan sus comportamientos y preferencias en respuesta a las señales informativas proporcionadas por su entorno local...  los ecosistemas humanos no son cualitativamente distintos de otros ecosistemas. Son simplemente un caso extremo de dinámicas ecológicas, donde la plasticidad opera a gran escala y donde las modificaciones ambientales —incluidos los entornos informativos— se vuelven autorreforzantes, produciendo efectos acumulativos y transformadores...  
 Podría pensarse que las dinámicas ecológicas estándar, no culturales, se refieren únicamente a efectos materiales, mientras que la cultura se distingue porque implica dinámicas informacionales. Sin embargo, esta distinción no está justificada. Las dinámicas ecológicas también pueden ser informacionales. Por ejemplo, cuando un elefante crea un sendero a través de un bosque, no solo altera el paisaje material, sino que también proporciona información visible sobre la mejor manera de atravesar una zona difícil... También aquí, lo que distingue a los ecosistemas culturales es la escala del fenómeno, no su naturaleza. Las dinámicas informativas humanas operan a una escala mucho mayor... Introducimos continuamente nueva información en el entorno —nuevas ideas, palabras, tecnologías—, remodelando el paisaje informativo para otros. Sin embargo, la naturaleza de estas dinámicas no es cualitativamente distinta de otros procesos informativos ecológicos. Aunque la comunicación humana se enriquece y flexibiliza mediante la cognición social —la capacidad de comprender, predecir e influir en los estados mentales de otros—, la naturaleza básica del proceso sigue siendo la misma: el emisor de la señal busca lograr un efecto en la mente del receptor, mientras que el receptor interpreta y utiliza la señal de una manera que se alinea con sus propios intereses... 

 Es cierto que los ejemplos clásicos de dinámicas ecológicas, como las presas de castores o los arrecifes de coral, resultan en gran medida de una programación genética rígida en los comportamientos o la fisiología individual. No obstante, las dinámicas ecológicas estándar también pueden ser creativas e innovadoras, impulsadas por mecanismos especializados de plasticidad adaptativa. En los últimos años, una gran cantidad de estudios ha demostrado que los animales no humanos (especialmente aves, cetáceos y primates) crean e inventan constantemente nuevos comportamientos y nuevas herramientas, gracias a sus capacidades cognitivas especializadas...  

Además, los animales no humanos muestran una notable capacidad para generar innovaciones conductuales que se propagan dentro de sus poblaciones. Por ejemplo, los delfines han sido observados inventando nuevas técnicas de caza, como el uso de burbujas para atrapar peces, mientras que los chimpancés desarrollan métodos novedosos para extraer termitas o nueces, a menudo adaptando herramientas existentes para resolver problemas específicos...  

En los humanos, la acumulación cultural se ve intensificada por dos factores: la amplitud de las modificaciones ambientales y la capacidad para registrar y transmitir información con alta fidelidad. Las herramientas, las instituciones y los sistemas simbólicos no solo persisten, sino que se convierten en plataformas sobre las que se construyen innovaciones posteriores. Así, la escritura permitió la ciencia, la imprenta amplificó la difusión del conocimiento y la digitalización ha acelerado la innovación a niveles sin precedentes.

Sin embargo, incluso aquí, el mecanismo subyacente sigue siendo el mismo: interacciones repetidas entre organismos plásticamente adaptativos y entornos modificados. La acumulación cultural no es un proceso mágico ni un sistema independiente de herencia, sino una consecuencia inevitable de la plasticidad fenotípica combinada con la persistencia de las modificaciones ambientales. 
Aplicar este marco a la cultura significa reconocer que las modificaciones culturales —herramientas, instituciones, normas, ideas— no son fines en sí mismos, sino medios para alcanzar objetivos adaptativos: obtener recursos, atraer parejas, asegurar alianzas, evitar riesgos, mejorar la reputación. Las personas no crean canciones, leyes o tecnologías para perpetuar la cultura, sino para resolver problemas adaptativos inmediatos. 
... El enfoque evolutivo del comportamiento animal, ya sea en un ecosistema cultural o en uno estándar, no sostiene que los individuos busquen directamente maximizar su aptitud inclusiva al tomar decisiones... sostiene que los individuos dependen de mecanismos próximos —sistemas fisiológicos y cognitivos— que han sido moldeados por la selección natural para producir comportamientos que aumentaron la aptitud inclusiva en entornos ancestrales... Esta distinción entre explicaciones últimas (evolutivas) y mecanismos próximos (psicológicos) es crucial. Las explicaciones últimas describen por qué evolucionó un rasgo o comportamiento —su función para promover la supervivencia y la reproducción—, mientras que las explicaciones próximas describen cómo se genera el comportamiento en tiempo real mediante los sistemas cognitivos y fisiológicos de un organismo 

 Una distinción crucial en la teoría evolutiva es la que existe entre una adaptación y su expresión fenotípica. Esta distinción es especialmente importante en el caso de las adaptaciones plásticas, donde un único mecanismo evolucionado puede producir una amplia gama de resultados fenotípicos dependiendo de las condiciones ambientales

Por ejemplo, la capacidad de una araña para construir una telaraña es una adaptación, pero cada telaraña es diferente, moldeada por condiciones locales como la disposición de las ramas, las rocas y la exposición al viento. Los mecanismos que guían la construcción de la telaraña siguen siendo productos de la selección natural, aunque la estructura específica de la telaraña sea variable. De la misma manera, la construcción de elaboradas pérgolas por parte de los machos de los pájaros jardineros es un comportamiento adaptativo moldeado por la selección sexual. Sin embargo, cada pájaro jardinero crea pérgolas diseñadas de manera única en función de los recursos disponibles localmente —materiales como objetos de colores, bayas, plumas y piedras—, así como de las limitaciones ambientales, como la presencia de depredadores y la competencia de rivales.

... los genes no codifican comportamientos específicos, sino objetivos adaptativos de alto nivel (por ejemplo, alimento, estatus, pareja, información) y capacidades cognitivas especializadas (por ejemplo, rotación mental, cognición motora) cuya función es permitir que los individuos alcancen sus objetivos de manera flexible 

...  Las funciones cognitivas generativas explican gran parte de la variabilidad de los fenómenos culturales. Un cazador en el Ártico y un cazador en la sabana africana necesitan herramientas para cazar, pero sus soluciones difieren: uno puede desarrollar un arpón, el otro un arco y flechas. A pesar de estas diferencias, ambas herramientas son manifestaciones de la misma función generativa: una interacción compleja de cognición causal, habilidades motoras, función ejecutiva y la motivación para obtener alimento,... La forma específica de una herramienta depende de los materiales disponibles, las limitaciones ecológicas y los legados culturales dejados por generaciones anteriores, pero los mecanismos subyacentes que guían este proceso siguen siendo adaptaciones cognitivas.

La noción de fenotipo conjunto es clave para comprender la forma y estructura de los productos culturales, porque permite entender por qué la forma y estructura del fenotipo de un individuo en particular puede no corresponder a los intereses de aptitud de ese individuo. Un fenotipo conjunto es simplemente un fenotipo que resulta de más de un genoma. El cuerpo humano es un ejemplo fundamental de fenotipo conjunto, especialmente si se considera la interacción entre el genoma humano y los genomas de los microorganismos que componen el microbioma. De manera similar, el cuerpo de una mujer embarazada es otro ejemplo de fenotipo conjunto, ya que refleja las contribuciones genéticas y los intereses tanto de la madre como del feto. Por ejemplo, el feto, que porta la mitad de sus genes del padre, puede demandar más recursos de la madre de lo que es óptimo para la salud materna. Esto se debe a que el interés evolutivo del feto es maximizar su propio crecimiento y sus probabilidades de supervivencia, potencialmente a expensas del bienestar de la madre... Los productos culturales generados —como lanzas, palabras o vestimenta— no son adaptaciones, son expresiones fenotípicas generadas por adaptaciones cognitivas para alcanzar objetivos que aumentan la aptitud. Del mismo modo que una telaraña no es en sí misma una adaptación, sino una expresión fenotípica de los mecanismos evolucionados para construir telarañas... 

... los fenómenos culturales pueden entenderse como fenotipos extendidos conjuntos de muchos genotipos cuyos intereses no están completamente alineados, con algunas interacciones conflictivas y otras cooperativas o mutualistas..

...  muchos comportamientos rituales parecen desconcertantes cuando se analizan desde la perspectiva de los individuos que pagan por servicios de eficacia poco clara. Parecen “subproductos” o “desajustes”. Sin embargo, tienen perfecto sentido cuando se observan desde la perspectiva de quienes los instigan y promueven. Los especialistas rituales —como chamanes, sacerdotes o adivinos— suelen obtener recompensas económicas, prestigio social o influencia política, independientemente de que sus servicios proporcionen beneficios tangibles a sus seguidores... Una dinámica similar existe en la producción de comida basura, donde los consumidores asumen costos de salud a largo plazo, mientras que los productores se benefician explotando preferencias humanas profundamente arraigadas por alimentos ricos en calorías, que evolucionaron en entornos de escasez nutricional. En ambos casos, los intereses de aptitud de productores y consumidores no están alineados, lo que ilustra cómo los ecosistemas culturales, al igual que los ecosistemas estándar, no implican únicamente interacciones cooperativas. Los rasgos culturales no necesitan beneficiar a todos para seguir siendo estables y persistir; solo necesitan beneficiar a quienes los promueven o controlan... Otro objetivo clave relacionado con la aptitud que desempeña un papel en la evolución cultural es la búsqueda de influencia y control sobre los demás, moldeando su comportamiento de maneras que sirven a intereses individuales o mutuos... 

Muchas especies no humanas también producen fenómenos colectivos a gran escala que emergen de decisiones individuales y, sin embargo, benefician al grupo en su conjunto. Ejemplos de ello son el vuelo en bandada de las aves, el cardumen en los peces o la construcción cooperativa de nidos en insectos sociales, todos los cuales persisten porque aumentan la aptitud de los individuos participantes al proporcionar protección frente a depredadores, mejorar la eficiencia en la búsqueda de alimento o modificar el entorno... las instituciones no se imponen de arriba hacia abajo por una fuerza externa; más bien, emergen como el resultado agregado de comportamientos adaptativos moldeados por incentivos y restricciones individuales... 

Por ejemplo, la creación de sistemas jurídicos, regulaciones financieras o la provisión de bienes públicos puede rastrearse hasta individuos que actúan en su propio interés —buscando reducir riesgos, prevenir el comportamiento oportunista y garantizar interacciones predecibles—. Un caso histórico claro es la gestión comunal de bosques en el Japón rural, donde los aldeanos enfrentaban un dilema de cooperación: cada persona tenía un incentivo individual para sobreexplotar los recursos, pero una defección excesiva conduciría al agotamiento del bosque compartido. En lugar de confiar únicamente en un comportamiento prosocial espontáneo, los aldeanos invirtieron tiempo y recursos en diseñar una institución en la que monitores supervisaran el cumplimiento y aplicaran las normas (Ostrom, 1990). La eficacia de esta institución no dependía de una fuerza externa a nivel de grupo, sino del hecho de que los propios monitores tenían incentivos para actuar...

...  la posibilidad de que los comportamientos culturales no siempre sean óptimos cuando el ecosistema —ya sea cultural o de otro tipo— se desvía significativamente de los entornos en los que evolucionaron los mecanismos cognitivos humanos. Algo similar ocurre al estudiar la respuesta ecológica a cambios antropogénicos rápidos, como la contaminación. Por ejemplo, en entornos contaminados con desechos plásticos, las tortugas marinas suelen confundir bolsas de plástico flotantes con medusas. Esto se debe a que las tortugas han evolucionado para detectar alimento, como las medusas, utilizando señales visuales que les permiten identificar presas por su forma y tamaño. En entornos contaminados con plástico, este mecanismo próximo las lleva a confundir bolsas flotantes con medusas... 

El poder de la teoría de la aptitud inclusiva para comprender el comportamiento animal radica en su capacidad para imponer restricciones estrictas sobre lo que la evolución puede y no puede producir. El coste más significativo de desarrollar una teoría separada para los comportamientos influenciados por la “cultura”, distinta del marco aplicado a otros comportamientos —como en la teoría de la doble herencia— es que elimina estas restricciones, despojando al estudio de la cultura de su poder predictivo.

... la evolución cultural es fundamentalmente una respuesta a modificaciones ecológicas. Las sociedades que enfrentan paisajes ecológicos similares tienden a converger en estructuras sociales, sistemas de parentesco y dinámicas de conflicto comparables... En todas las sociedades, el desarrollo económico conduce a una convergencia notablemente consistente en el comportamiento humano. A medida que aumentan los recursos, las personas se vuelven más orientadas al futuro, más exploratorias y más cooperativas. Pero ¿por qué estos patrones emergen repetidamente, no solo entre diferentes culturas, sino también dentro de las sociedades, al comparar individuos de clases sociales altas y bajas? La respuesta radica en la capacidad humana para ajustar sus prioridades motivacionales en respuesta a las condiciones ecológicas... cuando los recursos son abundantes, tiene sentido retrasar la gratificación e invertir en estrategias inciertas pero potencialmente muy rentables; cuando los recursos son escasos, priorizar las necesidades inmediatas de supervivencia es la estrategia más óptima.  

... La estabilidad o el cambio cultural están influidos, en primer lugar, por las alteraciones ecológicas y sus efectos sobre la psicología. Por ejemplo, las personas que vivieron la Segunda Guerra Mundial desarrollaron valores conservadores y normas sociales estrictas moldeadas por la escasez y la violencia, mientras que las generaciones posteriores, criadas en entornos caracterizados por la paz y la abundancia, adoptaron actitudes de apertura, disposición al riesgo y tolerancia. ... De manera similar, durante la Edad del Hierro, los avances tecnológicos en la ganadería crearon una nueva ecología cultural centrada en la gestión de rebaños. Este cambio incrementó la desigualdad reproductiva masculina, lo que llevó a las familias a priorizar la herencia masculina y adoptar estructuras patrilineales. También intensificó la guerra y promovió una ética guerrera, caracterizada por conflictos internos crónicos, alianzas fraternales y linajes expansionistas que buscaban asegurar rebaños y oportunidades reproductivas...  los individuos que viven en entornos prósperos y estables pueden permitirse asumir mayores riesgos, lo que conduce a una transmisión cultural menos fiel, mayores tasas de innovación y, por tanto, una evolución cultural más rápida, condiciones ejemplificadas por la Revolución Industrial en Europa Occidental ...  

 los productores de productos culturales deben diseñar sus creaciones ajustándolas a las capacidades cognitivas de sus consumidores. Por ejemplo, las formas de las letras no son arbitrarias, sino que están condicionadas por la manera en que el sistema visual humano procesa los símbolosLa visión humana está especialmente sintonizada con ciertas características geométricas, como la simetría, las intersecciones y las disposiciones simples de líneas, porque estas son comunes en entornos naturales —desde los contornos de los objetos hasta las ramificaciones de los árboles y las uniones de las extremidades en los animales—. Los escritores intentan minimizar los costes cognitivos de los receptores diseñando y utilizando preferentemente sistemas de escritura que resulten más fáciles de distinguir. Por ello, las letras rara vez presentan formas muy intrincadas, curvas o irregulares: tales diseños son más difíciles de procesar para el cerebro de modo que las letras tienden a componerse de trazos simples e intersecciones, en consonancia con la capacidad natural del sistema visual para detectar contrastes y patrones...  Los productores de estas narrativas (de ficción) explotan estratégicamente predisposiciones cognitivas universales, como la idealización de la pareja, el vínculo emocional, el compromiso a largo plazo y la reorientación vital en torno a la relación romántica (Baumard et al., 2022). Así, las historias románticas funcionan como superestímulos, construidos intencionalmente para intensificar y amplificar los mecanismos psicológicos humanos relacionados con la formación de vínculos, captando la atención y provocando una profunda implicación emocional... 

Cabe esperar  prácticas culturales adaptativas a nivel individual cuando los individuos son libres de elegir lo que les conviene sin interferencias de otros cuyos intereses entren en conflicto con los suyos. ... En las elecciones dietéticas, por ejemplo, las personas gozan en cierta medida de libertad de elección. Como resultado, estas elecciones suelen alinearse con beneficios individuales...  cuando los individuos comparten intereses comunes y/o tienen suficiente confianza entre sí para cooperar, cabe esperar que se desarrollen prácticas culturales mutuamente beneficiosas a nivel colectivo... cuando los individuos tienen intereses en conflicto y carecen de confianza recíproca, y cuando algunos son capaces de imponer su voluntad sobre otros mediante coerción o manipulación tienden a surgir prácticas culturales disfuncionales y opresivas...  

... En este enfoque (ecológico), los fenómenos culturales resultan de la forma en que los individuos modifican su entorno (produciendo modificaciones ecológicas) y de cómo estos cambios ambientales afectan el entorno de otros individuos, induciendo en ellos una respuesta fenotípica... Este ciclo continuo de modificación ecológica y respuesta impulsa el cambio cultural acumulativo, haciendo que la evolución cultural sea un proceso fundamentalmente fenotípico, en oposición al proceso genético que caracteriza la evolución biológica. Por tanto, la cultura debería definirse como cualquier cambio resultante de modificaciones ecológicas producidas por otros. 

Sin embargo, mientras que las modificaciones ecológicas en los ecosistemas típicos suelen ser interespecíficas —los científicos se refieren habitualmente a legados como las presas de castores que configuran comunidades lacustres—, en los ecosistemas culturales el foco está principalmente en los efectos intraespecíficos... la cultura es cualquier cambio fenotípico resultante de modificaciones ecológicas intraespecíficas... 

“Cultura evocada” se utiliza para describir casos en los que cierta variación conductual se debe a la plasticidad evolucionada de la mente en respuesta a cambios en el entorno material (recursos, patógenos, guerra), mientras que “cultura transmitida” se refiere a casos en los que la variación conductual se debe a la plasticidad evolucionada de la mente en respuesta a cambios en el entorno informacional. En ambos casos, el fenómeno es cultural porque el ecosistema ha sido modificado por generaciones anteriores. Los individuos producen nuevos comportamientos porque sus estrategias responden a los recursos y restricciones acumulados por generaciones previas. También producen nuevas palabras, herramientas y conocimientos porque su mente responde a la información acumulada (voluntaria o involuntariamente) por generaciones anteriores (padres, maestros, compañeros). En ambos casos, evocada y transmitida, las nuevas generaciones son diferentes de las anteriores debido a la plasticidad fenotípica adaptativa: los individuos ajustan su estrategia a la información y los recursos disponibles en su entorno.

En el otro trabajo, - el primero de los de abajo - los autores sostienen que los productos culturales no son replicadores independientes (memes) que evolucionan por mecanismos propios, como plantea la teoría de la evolución cultural, sino fenotipos extendidos en el sentido de Dawkins: efectos del genotipo que se manifiestan fuera del cuerpo. Desde la perspectiva del gen, los organismos son vehículos diseñados para maximizar la replicación genética, y los fenotipos extendidos incluyen estructuras como presas de castores o telarañas. En esta línea, los autores argumentan que herramientas, rituales, normas o constituciones son también fenotipos extendidos, creados indirectamente por genes a través de mecanismos cognitivos plásticos que permiten alcanzar metas adaptativas (comunicación, estatus, cooperación, atracción sexual, etc.). Desde este punto de vista, la teoría evolutiva estándar (aptitud inclusiva) basta para explicar la cultura si se incorporan tres nociones: plasticidad generativa, legado ecológico y fenotipos conjuntos. 


La plasticidad o flexibilidad generativa


describe la capacidad de los organismos para producir respuestas abiertas e innovadoras a partir de objetivos adaptativos generales, en lugar de conductas rígidamente codificadas. Así, los genes no programan conductas concretas, sino metas (p. ej., obtener alimento, mejorar la apariencia, mantener reputación) y mecanismos cognitivos que permiten generar soluciones novedosas. 

En lugar de codificar un conjunto fijo de reacciones a un conjunto fijo de contextos posibles, la evolución determina los objetivos que deben alcanzarse y construye mecanismos cognitivos capaces de encontrar por sí mismos una solución adaptativa cuando surge el problema

Los autores citan a Dawkins y a Tomasello

Así lo explicó el propio Dawkins en The Selfish Gene: «El comportamiento animal, altruista o egoísta, está bajo el control de los genes solo de forma indirecta, aunque con una influencia muy fuerte. Al determinar cómo se construyen las máquinas de supervivencia y sus sistemas nerviosos, en último término los genes controlan la conducta. Pero las decisiones en cada circunstancia concreta sobre qué hacer a continuación las toma el sistema nervioso. Los genes son los principales responsables de la política general; los cerebros son los ejecutores. Y a medida que los cerebros se vuelven más desarrollados, asumen cada vez más decisiones concretas, utilizando para ello recursos como el aprendizaje y la simulación». (p. 89) 
Tomasello (2022) lo expresa de manera similar: «Como no puede prever las circunstancias concretas de las situaciones futuras en las que un individuo podría encontrarse, la Naturaleza ha configurado psicológicamente la agencia de forma que pueda adoptar decisiones propias y autorregular su conducta cuando persigue metas u objetivos que, estos sí, han sido fijados en última instancia por la propia Naturaleza». (p. 134) 

... obviamente no estamos argumentando que los genes controlan la expresión cultural en la misma forma en que controlan la expresión de proteínas. La visión de la cultura desde el punto de vista de los genes es que los genes han construido "máquinas cognitivas de supervivencia" (Nettle y Scott-Phillips, 2023; Tooby y Cosmides, 1992) que, equipados con control cognitivo, satisfacen de manera flexible y creativa objetivos evolutivos de alto orden (por ejemplo, apareamiento, búsqueda de estatus, comunicación).

Ejemplos: los pájaros pergoleros construyen nidos decorativos con materiales diversos, incluso objetos humanos como plásticos o monedas, para atraer parejas


Los bowerbirds son bien conocidos por construir nidos elaborados, que luego decoran con hasta varios miles de objetos (Madden, 2008; Walsh et al., 2010). Estos nidos son exhibiciones sexuales diseñadas para atraer a las hembras y señalar la calidad del macho constructor. Por ello, deben captar la atención del sistema visual de la hembra y transmitir ciertas cualidades cognitivas y físicas. Los nidos de bowerbirds son un buen ejemplo para nuestra discusión porque está claro que su arquitectura no está rígidamente codificada en el genoma (Breen, 2021; Healy, 2022). Existe una enorme variación entre individuos y entre poblaciones, así como una gran diversidad en los materiales utilizados y en la elección de colores y efectos visuales (Madden, 2008; Walsh et al., 2010). Y, sin embargo, estos nidos son, al igual que otras exhibiciones sexuales, indudablemente adaptativos y resultado de la selección natural. 

La razón es que la evolución no seleccionó un fenotipo extendido fijo, sino mecanismos proximales capaces de generar muchos tipos de fenotipos adaptativos. Diversas evidencias sugieren que la construcción de estos nidos no se logra mediante un patrón de acción fijo o un comportamiento rígidamente programado, sino a través de programas cognitivos flexibles que generan y evalúan constantemente nuevas soluciones para atraer hembras, en función de los materiales disponibles en su entorno (Madden, 2008) (véase Figura 5).

Nidos de grandes simios

Chimpancés y gorilas construyen nidos casi a diario para dormir. Estos nidos mejoran la calidad del sueño, protegen contra depredadores y parásitos, y ayudan a la termorregulación. Sin embargo, no siguen un patrón rígido: usan cualquier material disponible, incluso objetos humanos como sábanas o papel triturado en entornos artificiales. Esto indica que la conducta está guiada por metas adaptativas (dormir seguro) y no por instrucciones genéticas específicas.

Innovaciones humanas (escritura y herramientas) 

Los productos culturales son fenotipos extendidos. Las herramientas, por ejemplo, no son nada especial desde un punto de vista evolutivo. Son soluciones innovadoras como cualquier otra. La flexibilidad cognitiva de los humanos significa que constantemente están inventando herramientas para resolver problemas circunstanciales: usar un trozo de madera para hacer caer una fruta, una hoja para recoger agua, una piedra para romper un hueso, etc. Todas estas soluciones son fenotipos extendidos: son, por diseño, producidos por la combinación de preferencias evolucionadas (por la comida, por ejemplo) y habilidades instrumentales innovadoras.

La escritura no surgió porque existan genes para escribir, sino porque satisface metas evolutivas (comunicación, memoria) mediante capacidades cognitivas preexistentes (visión, lenguaje). Lo mismo ocurre con herramientas: desde usar una piedra para romper un hueso hasta diseñar un smartphone, todas son soluciones generadas por mecanismos que combinan preferencias adaptativas (obtener alimento, mejorar estatus) con creatividad instrumental.


Maquillaje y ornamentos


El maquillaje, los peinados o los accesorios son tecnologías culturales que aumentan el atractivo sexual o el estatus social. Igual que los nidos de bowerbirds, son fenotipos extendidos que evolucionan culturalmente porque explotan preferencias visuales y señales adaptativas.

El legado ecológico  

alude a que los productos culturales persisten en el entorno y condicionan las oportunidades de generaciones posteriores, sin que ello implique transmisión adaptativa de información. Igual que los diques de castores o los nidos de termitas, los artefactos humanos sobreviven a sus creadores y pueden ser reutilizados, modificados o descartados según los intereses adaptativos de cada generación. Así, catedrales, caminos o herramientas son capital acumulado que cada generación explota o transforma para sus propios fines. 

El legado ecológico no es un proceso adaptativo. No tiene ninguna función, ni desde el punto de vista de sus productores ni desde el de los usuarios posteriores. El suelo, por ejemplo, es un subproducto de la actividad de las plantas que pierden sus hojas y mueren, y de los hongos, lombrices de tierra y bacterias que las degradan (Van Breemen y Buurman, 2002). Estas especies a menudo se denominan "ingenieros" o "constructores de nicho", pero su objetivo adaptativo no es ni diseñar ni construir nada (Scott-Phillips et al., 2014). Simplemente están haciendo lo que es mejor para su estado físico, obtener nutrientes de las hojas, y las especies que posteriormente usan este legado simplemente responden a la presencia del suelo cuando cumplen con sus propias agendas de adaptación. 

Nuestro punto aquí es que la cultura humana no es diferente. De hecho, los arqueólogos han estudiado durante mucho tiempo los legados ecológicos de la población humana pasada en la ecología de las generaciones posteriores (Boivin et al., 2016). Cada generación nace en un entorno lleno de fenotipos extendidos que las generaciones anteriores han construido para cumplir sus propios objetivos adaptativos: casas, caminos, herramientas, chistes, novelas, canciones. Estos elementos culturales sobreviven a sus productores iniciales, se degradan y eventualmente pueden desaparecer. Mientras tanto, sin embargo, otros individuos pueden optar adaptativamente por reutilizar algunos de ellos, mejorar algunos de ellos, transformar algunos de ellos, abandonar algunos de ellos, usar algunos de ellos de nuevas maneras, etc., dependiendo de los costos y beneficios de la aptitud física. Todo el proceso puede describirse como acumulación de capital (André y Baumard, 2020)... El legado ecológico no es, de hecho, un sistema de herencia en el sentido biológico (es decir, como una adaptación para transmitir información). El legado ecológico solo describe la forma en que las generaciones anteriores afectan el medio ambiente de las generaciones posteriores... lo que suceda en el futuro depende de las propias agendas adaptativas de las generaciones posteriores.

Fenotipos conjuntos 

Pero muchos productos culturales son fenotipos conjuntos, es decir, resultados de la interacción entre múltiples individuos cuyos intereses genéticos solo coinciden parcialmente y, a veces, incluso entran en conflicto. Esto significa que no son diseñados para “el bien del grupo”, sino que reflejan compromisos entre actores con metas diversas. Por ejemplo, la construcción de Notre Dame no respondió a una función colectiva abstracta, sino a la convergencia (y negociación) de intereses distintos: la Iglesia buscaba reforzar el control social y la devoción religiosa; el rey y la élite urbana querían prestigio político; los gremios de artesanos veían una oportunidad para mostrar su pericia; y la población debía equilibrar el gasto en la catedral con otras necesidades como defensa o alimentación. El resultado arquitectónico es un compromiso entre estas fuerzas.  

 Es fundamental destacar que Notre Dame no es, en ningún sentido significativo, una adaptación. Primero, es un producto conjunto de muchos individuos con objetivos diversos y, a veces, conflictivos, más que una estrategia adaptativa singular. Segundo, lo que es adaptativo no es la catedral en sí, sino los sistemas motivacionales y cognitivos que llevaron a su creación, como la necesidad de aumentar el estatus (el arcediano), la reputación moral (el rey), la interacción cooperativa (el pueblo) o la ganancia económica (los artesanos). Notre Dame es solo una expresión fenotípica conjunta de estas adaptaciones... las propiedades de la cultura no pueden deducirse directamente de una aplicación simplista de la teoría de la aptitud inclusiva. El vínculo causal entre los principios de la aptitud inclusiva y las propiedades de un ecosistema, cultural o no, es casi siempre sutil e indirecto... Sin embargo, este vínculo causal existe, y reconocerlo proporciona un marco coherente para interpretar los fenómenos ecológicos.

O piénsese en el patriarcado como forma ubicua de organización de las sociedades humanas ¿por qué desaparecieron las sociedades matriarcales? Lo mismo con la Mesta o con los regadíos en terrazas en el sudeste asiático.


La cultura como fenómeno emergente de la evolución genética

«La cultura es como un bosque. Un bosque no es un replicador. Es, más bien, un fenómeno emergente. Surge de las acciones de miles de millones de organismos que producen fenotipos conjuntos y fenotipos extendidos y acumulan legados. Así ocurre con las culturas humanas.»

Según los autores, pues, la cultura no requiere mecanismos evolutivos adicionales ni una teoría dual. Es un fenómeno emergente, comparable a un ecosistema, que surge de la interacción entre genes, cognición flexible, entornos materiales y legados históricos. Los productos culturales son fenotipos extendidos que dependen de la plasticidad adaptativa, del aprovechamiento de legados y de la producción conjunta, todo ello bajo el marco de la teoría evolutiva estándar.

Baumard, N., André, J.-B., Nettle, D., Fitouchi, L., & Scott-Phillips, T. (2023). The gene’s-eye view of culture: vehicles, not replicators. Preprint, to appear in Handbook of Evolutionary Psychology

 

  Baumard, N., André, J.-B., The ecological approach to culture, Evolution and Human Behavior Volume 46, Issue 3, May 2025, 106686

martes, 26 de agosto de 2025

Pothier: la importancia de la puesta en común


Sociedad civil particular (Societates contrahuntur unius rei). 

Como cuando dos vecinas acuerdan comprar a gastos comunes una vaca, para alimentarla y cuidarla en común, y compartir las ganancias.

Las dos vecinas ponen en común el dinero para pagar el precio de compra de la vaca.

Sin embargo, la puesta en común 

... cuando dos vecinas, que cada una tenía una vaca, acuerdan que las dos vacas serán comunes entre ellas, esto constituye una sociedad de cosas mismas: cada una de las socias ya no es propietaria separadamente de su vaca, sino que ambas son propietarias en común de las dos vacas. Por lo tanto, si una de las dos vacas muere, la pérdida será común, y la vaca que queda seguirá perteneciendo en común a las dos socias, sin que la que la aportó a la sociedad pueda reclamar más derechos sobre ella que la otra.

Pero si la puesta en común no es de las vacas, sino de los frutos o beneficios que provengan de las vacas,  

Pero si estas dos vecinas, sin acordar que sus vacas serían comunes, solo acuerdan que percibirán en común todos los frutos y beneficios que provengan de ellas, en este caso no son las vacas mismas las que se ponen en sociedad; cada una de las socias sigue siendo propietaria separadamente de su vaca; y si una de ellas muere, ella sola sufre la pérdida, sin poder reclamar nada de la otra.  
De igual manera, cuando dos personas forman una sociedad para vender en común ciertas cosas que pertenecen a cada una de ellas, y compartir el precio, es necesario examinar cuál fue su intención. Si la intención fue poner en sociedad las cosas mismas, la sociedad será de cosas; y si una de las cosas perece antes de la venta que las partes se proponían hacer, la pérdida será común. Pero si la intención fue poner en sociedad, no las cosas mismas, sino el precio de la venta que se haría de ellas, la pérdida recaerá completamente sobre el socio al que pertenecía la cosa. Esta es la distinción que hace Celso en el caso de la cuadriga.   
Debemos hacer la misma distinción respecto a dos comerciantes que se hayan asociado para la venta de las mercancías que cada uno tenía en su tienda. Si su intención fue poner en sociedad sus mercancías, y luego las que estaban en la tienda de uno de ellos se pierden por un incendio causado por un rayo, la pérdida recaerá sobre la sociedad, y el socio cuya tienda fue incendiada continuará teniendo parte en las mercancías de la tienda del otro socio. Pero si la intención de estos comerciantes fue formar una sociedad no de las mercancías, sino de la venta que harían de ellas, la pérdida que ocurrió por el incendio causado por un rayo en la tienda de uno de estos comerciantes recaerá solo sobre él, y no tendrá derecho a reclamar parte de las mercancías del otro.  
Si los comerciantes se asociaron para compartir las ventas, el comerciante cuya tienda fue afectada por el rayo sí tendría derecho a la mitad de las ganancias obtenidas de la venta de las mercancías del otro.

Pothier, (Traité des Sociétés, tomo VII de sus Obras Completas, disponible en la Biblioteca Nacional francesa Pothier, Robert-Joseph (1699-1772). Oeuvres complètes de Pothier. Tome 7 / , nouvelle édition…. 1821-1824) nº 179 ss

La evolución del concepto de persona jurídica según Bugarín

 Es interesante cómo hasta los canonistas, la personificación se utilizaba para atribuir capacidad jurídica - de ostentar derechos patrimoniales - a conjuntos de bienes. 

La domus venerabilis es “la casa sede de un establecimiento de beneficencia. El establecimiento recibe el nombre de pia causa mientras la casa donde se desarrolla es la venerabilis domus. Fabbrini dice que lo que tiene sentido es plantearse la personalidad jurídica de la pia domus, no de la pia causa 

Las constituciones de Constantino acerca de la iglesia no se refieren a la comunidad cristiana o a la asamblea de los fieles sino al lugar de reunión. Y Fabbrini asegura demostrar que en el período que va de Zenon a Justiniano, las piae domus fueron consideradas personas jurídicas. Hay una constitución de Justiniano que se refiere a las piae domus vel aliae personae. Y en otra aparecen como equivalentes venerabilis domus y persona (a efectos de la institución de heredero). “Se nos hace más duro llamar persona a un edificio que a un conjunto de hombres. ¿Cuál es la raíz de la personificación de los edificios? Cita a Fabbrini que dice que “los ejemplos de personalidad jurídica que sirven de modelo a las fundaciones de beneficencia no están, por ello, en las instituciones alimentarias de Trajano, ni en el fiscus Caesaris, ni en la discutida herencia yacente, sino en los templos paganosque son res divina y como res divina puede devenir sujeto de derechos... 

“Hasta comienzos del siglo XV, con Juan el Monje, no osarán los juristas llamar persona a las universitates” 

Y se produce el cambio:

al tiempo que los juristas se abren a la consideración personal de los colectivos, se cierran a la de los edificios … Al extender la construcción de la persona repraesentata como categoría permanente… es cierto se comienza por la pia domus y no por el collegium, pero no es menos cierto que ello supone… no aceptar que la pia domus es persona sin más precisión. Será Sinibaldo… quien supere ese primitivismo jurídico que vimos arrancar de los tiempos paganos. Sinibaldo mantiene todavía que una ecclesia como lugar sagrado – cum locus sacer sit- tiene derecho a la visita episcopal porque certam personam habet. Ciertamente las iglesias concretas y materiales tienen para él personalidad jurídica, pero un estudio más profundo de la obra de Sinibaldo revela que ese cum locus sacer sit más manifiesta que fundamenta esa personalidad. Lo que pone de relieve es el elemento material de la persona jurídica que, en este caso es de base real o patrimonial, como en la praebenda (uno de cuyos tipos es para Sinibaldo la pia domus). 

Pero es necesario también un elemento formal, eso es, el acto de aprobación de la autoridad, acto que puede ser genérico o particular, expreso o tácito. Y junto a ellos, el elemento institucional, gran aportación de Sinibaldo como subrayase ya Gierke en 1881 y, tras él, tantos autores, en especial Ruffini que dio en 1898 la definición de institución que se ha hecho clásica: ‘un elemento autoritario imposto dal di fuori che sottrae l’ente allá libera disposizione delle parti’. En el caso de la prebenda ese elemento consiste en un derecho, ius quoddam speciale, otorgado por la autoridad. Para el hospitale (una venerabilis domus justinianea) es la voluntad del fundador. 

En Sinibaldo hallamos personas jurídicas de base o sustrato personal… solo un ente de sustrato personal recibe deSinibaldo la denominación de persona

Según F. de Visscher, la palabra corpus seguida de genitivo plural tiene un sentido colectivo, sinónimo de collegium 
La expresión personam habere, que puede traducirse por tener capacidad (p. ej., para comparecer en juicio) y denota subjetividad jurídica prepara el paso ulterior para denominar persona al concreto sujeto de derecho. Es el homo pero en su dimensión social, en su papel social o jurídico. 
En resumen, se llega a esta acepción técnico-jurídica muy probablemente por un proceso de contaminación semántica de los determinantes sintácticos del sustantivo persona al propio sustantivo. A partir de contextos en que alguien es persona legitimada – persona legitima, iusta, legales – esto es, capaz de una actuación jurídica concreta según la ley, se pasará a decir que tiene o es persona de acuerdo con las leyes. Esto en el siglo V. La plena equiparación entre hombre y persona tardará muchos siglos.

La distinción entre societas y collegium/corpus

Según Ruffini, Sinibaldo – Inocencio IV – “pone una clarísima línea de separación entre las simples sociedades y las universidades observando rectamente: ‘Societas… non constituit collegium, vel corpus… societas non est collegium per se, nisi aliter constituatur per principem, vel senatusconsultum, vel alio modo’… el papa Inocecio IV, al escribir societas donde Azon definía la universitas no estaría definiendo la persona jurídica, sino su sustrato material de un conjunto de personas. No hablaría de la corporación, sino de los miembros. 

¿Qué significa la frase ‘nomina sunt iuris et non personarum’ para referirse a los collegia? Bogarín da dos posibles interpretaciones. Una, la que sirve de base para considerar a Sinibaldo como predecesor de Savigny y la teoría de la ficción: la persona jurídica es un nombre dado por el derecho, una creación del derecho, una ficción que carece de referente real. Pero hay otra interpretación:

“En el caso de la universitas, sería el nombre que da el Derecho a la societas que dispone de la autorización necesaria (que tiene naturaleza corporativa diríamos) “A su vez, la societas, realidad subyacente a la universitas, es el nombre esta vez no técnico-jurídico, dado a una colectividad de cuerpos distantes, colectividad que desde el realismo nominal recibe un nombre único porque los hablantes le reconocen una unidad merecedora de se único nombre”

 “Si la universitas es un nomen iuris et non personarum, esto querría decir que no se está designando a la suma de las personas físicas integrantes, en este caso, de la ciudad de Pisa, las cuales sí podrían ser castigadas con excomunión, sino que se está dando nombre al conjunto de situaciones y relaciones jurídicas que se crean entre los ciudadanos y entre estos y el colectivo por el hecho de insertarse todos en una societas autorizada que es la ciudad. Y añade Sinibaldo que si fuera de otro modo, es decir, si la ciudad fuera un nombre de personas, se incurriría en la iniquidad de tener por excomulgados a los niños de un día de edad o a los que se incorpore después a la ciudad… A continuación Sinibaldo admitirá que launiversidad puede delinquir, pero no incurrir en excomunión. 

Sinibaldo dice también que el capitulum es nomen intellectuale et res incorporalis para referirse a que el modo normal de actuar de la universitas es a través de sus miembros y no por sí misma porque es un ‘nombre intelectual y cosa incorporal. La universidad… no es capaz de prestar consentimiento ni de otras actividades que consistan en hechos – facta – pues para ello precisaría de un cuerpo que no tiene y por eso se sirve de un miembro como delegado o procurador. Por tanto res incorporalis significa ausencia de corpus.

Creo que no. Res Incorporalis quiere decir patrimonio, o sea, muchas res corporalis 'hacen' una res incorporalis

la universitas, por su sustrato de societas, collectio corporum, tiene miembros personales por los que actúa. Pero, en puridad, es un nomen iuris que recoge el conjunto de relaciones jurídicas de los miembros entre sí, de estos con el colectivo y del colectivo con terceros... 
Cuando los hombres se unen en colectivos permitidos a los que la autoridad faculta para que actúen como un todo único en el mundo del Derecho, se origina un entramado de relaciones y situaciones jurídicas que por economía del lenguaje los jurisperitos y legisladores denominan universitas, que no es un ente ficticio, sino un conjunto de realidades incorporales en conexión constante con las personas que constituyen el colectivo subyacente – societascon la única excepción de la actuación unánime y simultánea de todos los miembros.

Obsérvese la proximidad entre personalidad jurídica y representación 

la principal y gran aportación de Sinibaldo a la teoría de la persona jurídica es el elemento institucional, que allí donde está presente sustrae la persona jurídica a la libre voluntad de sus miembros, administradores o beneficiarios. 
Para quien la persona jurídica es una ficción es para Bártolo: la universitas es distinta de las personas físicas que la componen en virtud de una ficción: De manera real y propia (realiter et proprie) la universitas es igual a la suma de sus miembros, pero en virtud de ficción (secundum fictionem iuris) ocupa el lugar de una única persona (repraesentat unam personam), esto es, una persona física. Mas sólo según ficción, y por eso carece de alma, voluntad y sentido (‘caret anima voluntate sensu) en definitiva non est propria persona sed repraesentata… por esta razón, y a diferencia de sinibaldo, Bartolo mantiene que la universidad no puede delinquir.
(Baldo)... llama a la universitas ‘nomen iuris’… la universidad coincide con su sustrato, que no son los hombres que la componen sino su reunión tomada en sentido abstracto y concebida por el intelecto como un corpus del cual el Derecho fingirá la personalidad. La universitas es el nombre para la reunión abstracta de personas. Baldo distingue entre societas – contrato romano de sociedad – y societas colegiada en la que los miembros forman un collegium, esto es, una universitas o persona jurídica: sociedad y corporación distinguiéndose entre sí porque la segunda se independiza de los miembros.

Los niños y los locos no solo tienen capacidad de actuar sino que tienen capacidad de querer, tienen voluntad, de manera que la equiparación entre personas jurídicas e incapaces se derrumba.

Bogarín sostiene que 

“puede haber persona jurídica sin patrimonio. Pensemos que se reconoce personalidad jurídica a un comité para recoger donativos para damnificados, pero aún no ha recogido nada”. Que no explica “el derecho al nombre, a prerrogativas honoríficas, el poder de tutela, la posibilidad de sucesión, los derechos y obligaciones de los miembros respecto del ente colectivo etc”

pero eso supone desconocer el concepto de patrimonio. El comité, como cualquier asociación regularmente constituida, tiene capacidad patrimonial desde que se le reconoce personalidad jurídica mediante la designación de los que podrán actuar con efectos sobre dicho patrimonio. Es como decir que un recién nacido no tiene patrimonio. Naturalmente, los derechos y obligaciones que puede tener una persona jurídica son, como decía Savigny, exclusivamente patrimoniales, no ostenta derechos o bienes de la personalidad. No tiene claro el sentido de la "comunidad en mano común" aunque contrapone comunidad y personalidad jurídica, lo que indica claramente el carácter patrimonial de ésta.

“la corporación es la reunión de varias personas encaminadas a la consecución duradera de fines comunes. En Derecho romano se distinguía la universitas que es la hoy llamada persona jurídica, y la Communio, que es la comunidad de bienes. En cambio el Derecho germánico conoce figuras intermedias en que los derechos de los particulares penetran el derecho de la totalidad, de manera que en cuanto al régimen patrimonial, hay una mezcla de universitas y Communio: caso de la propiedad colectiva o en mano común (Gesammteigenthum o zur Gesammten Hand). 

Y resume la discusión alemana en el siglo XIX y la distinción entre Genossenschaft y Anstalt o corporaciones de base personal y de base exclusivamente real 

Otra figura intermedia es la corporación germánica (Genossenschaft), que tiene su existencia, su personalidad, su vida orgánica, su propia voluntad (que es la de la mayoría de miembros votantes en una asamblea general)” Thöl sostuvo que Communio y universitas se excluyen y no cabe buscar figuras intermedias: Gierke, como ya hiciera Beseler, toma como modelo de la persona jurídica la corporación o asociación de Derecho germánico: la Genossenschaft o corporación germánica que reposa en la libre unión de los individuos. Es a la vez un ente único y colectivo. La voluntad de esta corporación es única, es decir, no es igual a la suma de las voluntades de los miembros; pero al propio tiempo es plural, o sea, no es una voluntad ideal separada de las de los miembros. Es una voluntad colectiva organizada en unidad e inmanente a la totalidad. Y a esta figura añade Gierke otra de raíz germánica, el anstalt (institución o fundación). Su voluntad ya no es colectiva, sino que es una voluntad más alta, externa, solitaria, trascendente y subsistente fuera de la totalidad…. La voluntad del fundador”. “En el caso de la fundación, el cuerpo es la colectividad de hombres erigida al servicio de la realización de la voluntad fundante y el alma es esa misma voluntad del fundador que se perpetúa en un organismo social autónomo” 

 Jesús Bogarín Díaz, La personalidad jurídica de las comunidades religiosas. Estudio de Derecho comparado europeo, 1996

Citas: Vagos y Maleantes


Es un buen ejemplo de que ciertas rutas al desarrollo económico, una vez elegidas, no se pueden revertir. No se trata de path dependence en el sentido de que exista una alternativa que simplemente no adoptamos por razones de costes sino de que las elecciones previas destruyen la posibilidad de un camino determinado... Los autores argumentan que esas elecciones también afectan a las instituciones que predominan en un país. La elección inicial entre el trabajo servil, la formación gremial y la esclavitud, inclinó la balanza hacia la esclavitud por razones puramente económicas. Sin embargo, la introducción de nuevos patógenos la acompañó. Estos nuevos entornos patógenos hicieron que los trabajadores y aprendices europeos fueran mucho menos viables, socavando la alternativa a la esclavitud. Una vez introducido, este cambio biológico reforzó la esclavitud, arraigada en el sistema laboral dominante del sur de Estados Unidos... el uso de trabajo esclavo se introduce en muchas áreas que eran las más adecuadas. En estas áreas también se introducen nuevos parásitos y patógenos. No hay vuelta atrás y la esclavitud se consolida. 

Un buen resumen de los principales problemas de Europa con el crecimiento económico por Sam Bowman

Energía, regulación, mercado laboral, mercado interior

Selección subjetiva, superatractores y los orígenes de la multiplicidad cultural

  Los seres humanos de todo el mundo están motivados hacia fines similares, como curar enfermedades, explicar desgracias, calmar a los bebés e inducir a otros a cooperar. A medida que moldeamos, modificamos y adoptamos preferentemente la cultura que parece más efectiva para lograr estos fines, impulsamos la convergencia de tradiciones complejas en todo el mundo. 

Juicios paralelos y presunción de inocencia (Lascuraín)

... Los juicios paralelos se nutren de la información que genera el procedimiento penal más allá de las resoluciones judiciales incidentales (significativamente los autos de prisión provisional y procesamiento), y que por las razones de justicia ya apuntadas solo conocen los funcionarios judiciales y las partes, con un deber de reserva (artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), y que ocasionalmente se oculta también a las partes (artículo 302 de la misma ley: secreto de sumario). Ese deber es un deber penal y esto es lo que nos deberíamos tomar en serio.... (Debería entenderse)... que estamos ante “secretos o informaciones que no deben ser divulgados” y cuya revelación causa “grave daño para la causa pública o para un tercero”. La pena que merecerá entonces la autoridad o funcionario será de prisión de uno a tres años y de inhabilitación de tres a cinco años (artículo 417.1.2º del Código Penal). 

La segunda medida penal, ahora legislativa, pasaría por extender la agravación de la pena ya existente cuando se trate de “actuaciones procesales declaradas secretas por la autoridad judicial” (artículo 466.2 del Código Penal) a todas las actuaciones procesales reservadas, secretas, por imperio de la ley, que en principio son todas las de la instrucción penal. Con ello se conseguiría además algo esencial: ampliar la intervención penal a los supuestos en los que el revelador sea un abogado o procurador “o cualquier otro particular que intervenga en el proceso”, hoy solo perseguibles en los relativamente pocos casos en los que se ha declarado el secreto del sumario (artículo 466.1 y 3 del Código Penal).  

(la tercera medida)... abandonar la laxitud con la que de facto se persiguen estos delitos y que por su propia opacidad exigen una indagación entusiasta y, lamentablemente, como en los últimos meses hemos podido comprobar en el asunto del fiscal general del Estado, incisiva.

¿Cómo puede decirse que en un caso así el propietario comete ningún delito? 

es un caso de ejercicio legítimo de un derecho porque se ejercita frente al infractor

La biografía de Luis Jiménez de Asúa de Enrique Roldán Cañizares

La obra penalista de Jiménez de Asúa, Oneca, Jose Antón:  “La nombradía alcanzada por el profesor madrileño, probablemente el ambiente positivista del penalismo sudamericano y también el arte difícil de la conferencia, que era dominado por el conferenciante motivaron las invitaciones de aquellos países, tan frecuentes, que le ha permitido recorrer en dicha función docente casi todas las tierras iberoamericanas. …

Su propuesta para tratar a los "estados peligrosos" es digna de estudio hoy: pirómanos, delincuentes marroquíes liberados por Mahoma VI (casi 40.000 en los últimos años), enfermos mentales que viven en la calle... Dice Oneca:

No es cierto, como alguna vez se ha supuesto, que la Ley de Vagos y Maleantes fuera iniciativa de (Jiménez de Asúa)… El origen estuvo en los indultos generales excesivamente amplios, que pusieron en la calle a multitud de delincuentes profesionales. Para recogerlos, y sin duda por considerar el problema de orden público, fue el ministro de la Gobernación quien presentó en la Cámara un proyecto que, con el nombre referido, articulaba figuras de delito acompañadas de sus respectivas penas. La oposición encontrada por lo que recordaba disposiciones del antiguo Régimen, la Ley Narváez de 1845 o el Código de 1848, motivó la redacción por Jiménez de Asúa y Ruiz Funes de otro proyecto, sustituyendo las figuras de delito por estados de peligrosidad y las penas por medidas de seguridad. Este proyecto, con algunas enmiendas desfavorables, fue la ley de Vagos y Maleantes de 1933…. Asúa no fue, pues, padre de la Ley, pero la adoptó posteriormente al considerar realizada su idea dualista transitoria de los dos Códigos

Y Enrique Roldán cuenta

 A pesar de tratarse de una atribución bastante generalizada, Jiménez de Asúa no fue el promotor de la Ley de Vagos y Maleantes, la cual fue presentada a las Cortes por parte de la presidencia del Gobierno (sin intervención alguna de la Comisión Jurídica Asesora), estableciendo una serie de delitos a los que correspondían unas penas preestablecidas. Ante una ley de tales características, el grupo parlamentario socialista expresó su rechazo al pro yecto, solicitando a Jiménez de Asúa, quien a su vez se ayudó de Manuel Ló pez-Rey, que redactara un informe al respecto. La mayor crítica que lanzó, la cual entendía nuestro profesor que era bastante como para no permitir la tramitación de la ley, era catalogar como delito el ser vago o maleante; una visión en la que también coincidió Alfonso Rodríguez Dranguet, quien además criticó el proyecto gubernamental por considerar que abandonaba la prevención para crear unas figuras de delitos y unas penas que no atendían a la corrección del delincuente ni a la defensa social, un hecho que le llevó a decir que Jiménez de Asúa, con su actitud contraria al proyecto, “prestó un servicio a la justicia”. Jiménez de Asúa y López-Rey entendieron en línea similar que el proyecto daba preeminencia a la defensa del orden público frente a la defensa social. Y semejante inversión en los términos permitía pronosticar (en un pensamiento que también compartía el grupo socialista) que la ley sería utilizada como un arma de represión en el caso de que las derechas alcanzasen el poder. El objetivo del Gobierno cuando presentó el proyecto originario era dotar al Estado de un arma eficaz en la lucha contra el elevado número de delitos existente, consecuencia de la alta inestabilidad social y de la extensión de la amnistía a los delincuentes comunes tras la proclamación de la II República. Pero hay otro elemento a tener en cuenta, el cual giraba en torno al código penal de 1932, que a diferencia del código de la dictadura, no contaba con ninguna referencia a las medidas de seguridad, creándose así un agujero que debía ser cubierto de algún modo, pretendiendo el Gobierno que lo hiciera la Ley de Vagos y Maleantes. Hay además una idea fundamental en lo que se refiere a la justificación de la norma: la intención de acabar con los arrestos gubernativos sustitutorios, arrebatando de las manos de la policía la capa cidad de declarar el estado peligroso y otorgándosela a los jueces. Hasta la publicación de la Ley de Vagos y Maleantes, la persecución de personas “de dudosa moral” había transcurrido en un ámbito ajeno al judicial, encauzado a través de las atribuciones que la ley de municipios y provincias había con ferido al gobernador civil para “reprimir los actos contrarios a la religión, a la moral o a la decencia pública”, imponiendo multas y, en caso de impago, ordenando arrestos sustitutorios de quince días. Esta práctica gubernativa generalizó la existencia de los llamados “quinceneros”, término con el que se conocía a los individuos que tras ser detenidos, pasaban 15 días arrestados ante la imposibilidad de abonar la multa que les había sido impuesta, para posteriormente volver a ser puestos en libertad...  
 Ante tal situación, Jiménez de Asúa y Mariano Ruiz-Funes (quien años atrás ya había trabajado el tema de la peligrosidad103) fueron designados res pectivamente por el grupo socialista y por el Gobierno para que se encarga ran de rehacer la Ley de Vagos y Maleantes, un nuevo proyecto que, al igual que ocurriera con la Constitución de 1931 y el código penal de 1932, fueron forzados a realizar con gran apremio. En este punto es preciso remontarse al año 1922, cuando Jiménez de Asúa decía que sus “lecturas asiduas… [so bre el estado peligroso]… cimentaron la convicción de que en él se hallaba la clave para solucionar cuestiones arduas o para poner paz en polémicas reñi das desde antiguo”104. Once años después tuvo la posibilidad de elaborar un proyecto de ley al respecto, siendo esto una nueva prueba de que, a pesar de la decantación por la dogmática, el estado peligroso seguía presente en sus planteamientos. Lo que Jiménez de Asúa realizó junto a Ruíz Funes fue, en sus propias palabras, “un ensayo de legislación sobre estado peligroso sin delito” (llevando por fin a la práctica una de las instituciones de las direcciones penales modernas que más le habían atraído en los años 20), con la particularidad de que trasladaba el tratamiento de estas situaciones desde el plano gubernativo al plano judicial con el claro objetivo de acabar con la incertidumbre jurídica que las detenciones causaban. De esta forma conseguía dotar de contenido jurídico a unas actuaciones que hasta el momento habían sido gestionadas por las autoridades policiales, ... Pero por el hecho de amparar bajo el manto jurídico los estados de vagancia o mendicidad, no se estaban elevando estos a la categoría de delitos; precisamente ese era uno de los elementos del proyecto gubernativo que había criticado duramente. Lo que buscaba era catalogarlos como estados peligrosos pre delictuales, los cuales serían some tidos a un juez imparcial con amplia técnica jurídica que aplicaría una medida de seguridad, repercutiendo positivamente en la seguridad jurídica de los individuos en cuestión y de la sociedad en general.... 
El resultado final fue una norma cuyos presupuestos políticos y científicos eran la vigencia de un Estado democrático, la posibilidad de un futuro Estado socialista y la aspiración político–criminal de introducir un tipo de carácter correccionalista. Se producía una distinción entre peligrosidad sin delito y la peligrosidad criminal, donde la primera englobaba a “vagos habituales”, “rufianes y proxenetas”, “mendigos profesionales”, explotadores de “juegos prohibidos”, “ebrios y toxicómanos habituales” y a “los que observ[as]en conducta reveladora de inclinación al delito manifestada por el trato asiduo con delincuentes y maleantes o por la comisión reiterada de contravenciones penales”; y la segunda, por su parte, comprendía la reincidencia y la peligrosidad criminal derivada de una sentencia judicial. Aunque la calidad jurídica de la ley no fuese la misma tras las enmiendas introducidas por el Parlamento, y a pesar de que la usase como ejemplo de cómo no se debía legislar, Jiménez de Asúa se mostró conforme con su resultado, algo en lo que también coincidió Alcalá-Zamora y Castillo, quien diría con el tiempo que aunque la ley no había dado los frutos esperados, no mereció tantos ataques como tuvo. Sin embargo, tanto Jiménez de Asúa como el propio Frente Popular apostaron por su derogación durante la campaña electoral de las elecciones de febrero de 1936. ¿Qué hizo cambiar su perspectiva? Llama la atención que nuestro penalista, firme defensor de la implantación de la peligrosidad pre-delictual a pesar de haberse iniciado en la construcción dogmática, cambiase su postura y pidiera que se dejara la ley sin efecto. La respuesta es clara: además de las limitaciones materiales que impidieron su correcto desarrollo, tuvo un papel fundamental la utilización que las derechas, una vez en el poder, hicieron de la Ley de Vagos y Maleantes y de su reglamento entre 1933 y 1936. Jiménez de Asúa pidió que se suspendiera su aplicación hasta que se dieran las circunstancias necesarias para su correcto desenvolvimiento, coincidiendo con Alcalá-Zamora y Castillo, ya catedrático de derecho procesal, quien entendía que para un funcionamiento óptimo de la ley, debía ponerse el foco, no solo en la vertiente penitenciaria, sino también en la delimitación de las categorías de sujetos peligrosos, en la organización de una magistratura especial, en la reforma del sistema procesal y en la creación de unas normas que dirigiesen la ejecución de las medidas de seguridad. En efecto, una de las claves de esa desviación residió en el citado reglamento. A pesar de haberse redactado bajo la consigna de ser claro y conciso, añadió nuevas categorías de estado peligroso, concretó algunas de las que ya existían en la ley y borró las líneas que separaban la conducta peligrosa y la demostra ción de peligrosidad, haciendo que se echasen por tierra las bases para la aplicación de la ley y permitiendo que la actuación del Gobierno pudiese ser mucho más arbitraria. Se observa por lo tanto cómo las derechas, una vez en el poder, utilizaron la Ley de vagos y maleantes como si de un complemento de la ley de orden público se tratara: se utilizó para castigar faltas y delitos contra la propiedad y para segregar a alcohólicos crónicos. Se expidieron declaraciones de peligrosidad sin que fueran precedidas de análisis psicológicos o criminológicos. Y, en definitiva, aunque se sustituyeron los arrestos sustitutorios por la aplicación de la ley, los encierros fueron incluso más prolongados, sin tener en cuenta la función reeducadora que en un primer momento inspiró la norma

Diccionario de catedráticos españoles de Derecho

De la UCIIIM

Efecto crowding out de la meritocracia en el sector público sobre el capital humano en el sector privado: 

En Grecia, una bajada del 10% en los salarios públicos: Sube la productividad del sector privado en un 4%; Reduce el desempleo en un 8%; Sube el pib un 1.3%

Este estudio proporciona evidencia de la contribución de la escritura a mano al aprendizaje de representaciones precisas de letras y palabras.

Los prelectores aprenden las asignaciones de letras y sonidos en un nuevo alfabeto con mayor precisión escribiendo a mano que escribiendo en una computadora. El beneficio de la escritura a mano con respecto a la mecanografía se generaliza a la identificación de palabras, la escritura de palabras y la decodificación de palabras. La acción grafomotora es un mecanismo clave para potenciar el conocimiento alfabético y ortográfico en la primera infancia.

Y de este estudio de dos profesores de la UPV, dice Raymond-Robichaud 

 Este estudio es un completo desastre técnico. Mide meticulosamente la capacidad de un niño para completar una tarea específica en un entorno forzado y extrapola erróneamente esa capacidad como "aprendizaje". Confunde el rendimiento con la creación de conocimiento. Cualquier conclusión basada en eso es inútil.

 

sábado, 23 de agosto de 2025

Separación ex art. 348 bis LSC y reformulación de las cuentas: valoración de las participaciones por perito del socio demandante ante la negativa de la sociedad a facilitar documentación al designado por el Registro



Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 23 de mayo de 2025

No hay litispendencia entre el pleito originado por una solicitud de nombramiento de experto para valorar las participaciones de un socio que ejercita su derecho de separación ex art. 348 bis LSC y el pleito para determinar si concurre la causa de separación. 

Coincidimos en este punto con los argumentos del juez de instancia. En efecto, mientras que el procedimiento ante el Juzgado de lo Mercantil 9 enfrenta a PRO-TEAM OLESA (recurrente) y la DGSJFP, representada por el abogado del estado, en este la demanda la interpone el socio que pretende separarse de la sociedad y esta misma. Además, el objeto del procedimiento de impugnación de la resolución de la DGSJFP y el propio expediente de nombramiento de experto independiente es más limitado y tiene distinta naturaleza del proceso declarativo dirigido a hacer efectivo el derecho de separación. En efecto, como señala la resolución de la DGSJFP de 3 de enero de 2020, el procedimiento registral de nombramiento de experto se caracteriza por lo limitado de su ámbito de conocimiento y de sus medios de prueba, que se reduce a la documentación que puedan aportar las partes. En el mismo sentido, como dijimos en Sentencia de 7 de octubre de 2019 (ECLI:ES:APB:2019:11485), la función del registrador mercantil se limita a constatar si se dan los requisitos formales para el ejercicio del derecho de separación. 

En cuanto al fondo

, el único requisito que no concurriría, al entender de la recurrente, es la existencia de beneficios en el ejercicio en que se ejercita el derecho de separación (2018). Aunque en la junta de junio de 2019 se aprobaron las cuentas anuales de ese ejercicio, con un resultado positivo de 12.217,72 que se destinó íntegramente a reservas voluntarias, la demandada aduce que las cuentas fueron reformuladas y aprobadas en junta general extraordinaria celebrada el 30 de octubre de 2018. Las cuentas reformuladas reflejan unas pérdidas de 1.929,29 euros. No se discute que la reformulación se llevó a cabo después de que PRO-TEAM OLESA hubiera aceptado inicialmente el derecho a la separación del socio y ofertara, en pago del valor razonable de su participación, seis plazas de parking, un local de negocio y los derechos de cesión sobre la venta de una nave, activos con un valor en libros de 324.000 euros (documento ocho de la demanda). La reformulación vino motivada por haberse omitido una factura del año 2018 de 18.000 euros de una sociedad del letrado de PRO TEAM OLESA por servicios profesionales prestados a lo largo de los ejercicios 2017 a 2019...  resulta evidente la inviabilidad jurídica y contable del proceder de la demandada...  Tanto el PGC de 1990 como el de 2007 establecen que las modificaciones en la contabilidad impuestas por errores contables deben llevarse a cabo en el ejercicio en que son conocidos, sin posibilidad de modificar los estados financieros pasados... .Por tanto, concluimos, al igual que la sentencia de instancia, que la sociedad tuvo beneficios legalmente repartibles en el ejercicio 2018, que no fueron destinados, al menos en un veinticinco por ciento, al pago de dividendos a los socios y, en definitiva, que el demandante Erasmo ejercitó correctamente el derecho de separación...

La valoración de las participaciones por el experto independiente designado por el Registrador Mercantil no se pudo realizar por la negativa, sin causa legítima, de la sociedad demandada. Declarado el derecho de separación, el demandante tiene derecho a percibir el valor razonable de su participación. De acuerdo con la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de enero de 2021, el momento a tener en cuenta para la valoración de las participaciones es cuando se ejercita el derecho de separación mediante la comunicación a la sociedad. La Sentencia acepta la valoración que realiza el perito de la demandante Juan Manuel (documento 25 de la demanda), que fija en 2,03 euros el valor de cada una de las 497.001 participaciones a 30 de junio de 2019. El perito describe en su informe los distintos métodos de valoración, optando por el método del "valor teórico contable corregido", por ser el utilizado habitualmente por las empresas inmobiliarias, método que tiene en cuenta el valor de mercado de los activos y pasivos del balance. Junto a las cuentas anuales, el informe tiene en consideración la valoración de las fincas inmobiliarias de PRO TEAM OLESA emitido por el Ingeniero Industrial Narciso...

 Teniendo en cuenta que la negativa de la sociedad demandada y su falta de colaboración imposibilitó al experto realizar la valoración; que la demandada no se opuso en la contestación a las conclusiones del perito de la actora; y que estimamos ajustado el método utilizado, procede dar por válida la valoración del perito. Además, la cantidad que corresponde al demandante por sus participaciones (336.304,01 euros), según esa valoración, se aproxima al valor en libros de los inmuebles que ofreció PRO-TEAM OLESA a Erasmo el 21 de octubre de 2019 (324.000 euros) en el proceso de negociación iniciado por las partes tras ejercitar este su derecho de separación (documento nueve de la contestación). Por todo ello debemos desestimar el recurso y confirmar la sentencia apelada

 Isaac Ibáñez escribe lo siguiente:

En mi opinión, la argumentación de la sentencia es bastante discutible -al menos desde un punto de vista doctrinal- si atendemos al concepto que encierra el término “beneficio legalmente distribuible”, que presupone la existencia de beneficios realmente obtenidos en sentido material, con independencia del régimen jurídico aplicable a la corrección de errores contables; pues en el caso de la sentencia es evidente que las cuentas no mostraban la imagen fiel de los resultados del ejercicio 2018, no respetándose, entre otros principios el de integridad de las cuentas anuales. Según el artículo 34.2 del Código de comercio, “Las cuentas anuales deben redactarse con claridad y mostrar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa, de conformidad con las disposiciones legales. A tal efecto, en la contabilización de las operaciones se atenderá a su realidad económica y no sólo a su forma jurídica”. Las disposiciones legales obligatorias, especialmente el Plan General de Contabilidad, exigen que las cuentas anuales registren todos los gastos devengados en el ejercicio, y salvo que fuera de aplicación el principio de importancia relativa (mediante este principio se acepta la no aplicación estricta de algunos de los principios y criterios contables. Esto se permite cuando el impacto en términos cuantitativos o cualitativos sea poco significativo y, por lo tanto, no altere la imagen fiel de la empresa) sería correctamente oponible la alegada inexistencia de beneficios en el ejercicio en que se ejercita el derecho de separación (2018), con independencia de que proceda o no la reformulación de las cuentas. Sobre la reformulación de las cuentas anuales, puede verse el artículo del propio Isaac Ibáñez, Corrección de errores contables y reformulación de cuentas anuales. Almacén de Derecho, 4 de mayo de 2018.


El perjuicio para los demás socios y el "sin responder a una necesidad razonable de la sociedad" como elementos del abuso ex artículo 204 LSC

Es la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 20 de mayo de 2025

En el ejercicio 2018 Emesa, después de haber nombrado a Miriam para controlar su inversión en la compañía Look The Box, detectó, lo que, a su juicio, eran diversas irregularidades en la gestión por parte del Sr. Gregorio. Dichas irregularidades dieron lugar al inicio de un conflicto entre los socios, el cual a su vez determinó el cese del Sr. Gregorio como director general de la compañía, la resolución del contrato de prestación de servicios de Look The Box y la compañía Box Infiniti, así como el ejercicio de una acción social de responsabilidad contra ambos. Esta última acción fue resuelta por este mismo tribunal mediante sentencia núm. 1278/2022, de 28 de junio (recurso 3456/2021-2ª), pendiente de recurso de casación. Dicha sentencia estimó el recurso y desestimó la demanda de responsabilidad. 

En el Consejo de Administración de 12 de diciembre de 2018, se revocan los poderes del Sr. Gregorio y se aprueba un nuevo programa económico de la compañía para el ejercicio 2019, según el cual la compañía requería 1.368.125,61 euros de tesorería adicional para afrontar los compromisos financieros hasta finales de 2019. 4.18. El día 11 de febrero de 2019 se reúne la junta extraordinaria de socios y acuerda aumentar el capital social en un importe de 1.300.000 euros, mediante la emisión de 1.300.000 participaciones de igual valor nominal, acuerdo que es objeto de impugnación. Aunque se reconoce el derecho de adquisición preferente a los socios, el único que suscribe la ampliación es Emesa, aportado el dinero necesario para suscribir todas las participaciones, lo que ha determinado que la participación de las actoras se haya reducido en términos porcentuales del capital social. En concreto, en el caso del Sr. Gregorio de ostentar del 20 % del capital social ha pasado a tener e1 0468 % y Box Infiniti del 10 % al 0,734 % 

 La actora sostiene que la ampliación de capital no era necesaria y que su única finalidad ha sido diluir el porcentaje de participación de los demandantes, mientras que la demandada sostiene que dicha ampliación era imprescindible para evitar la quiebra de la compañía.

La Audiencia explica los requisitos para considerar abusivo el acuerdo según el artículo 204 LSC.

Como explica el Tribunal Supremo... que el acuerdo no responda a una necesidad razonable de la sociedad; que se haya adoptado por la mayoría en interés propio; y que ocasione un perjuicio injustificado a los demás socios"( STS núm. 3/2023, 10 de enero, ECLI:ES:TS:2023:32, fundamento 2, 2 in fine).

Ante todo, es discutible que un acuerdo, como el enjuiciado, haya causado perjuicio a los socios minoritarios. El acuerdo impugnado consiste en la ampliación del capital social en 1.300.000 euros. Partiendo que el capital social inicial era de 103.000 euros, el capital social de Pongo (antes Look The Box) quedaría en 1.403.000 euros mediante nuevas aportaciones dinerarias. Con dicho fin, la junta acordó emitir 1.300.000 participaciones de un euro, reconociendo el derecho de suscripción preferente a sus socios en función a su cuota de participación. Por lo tanto, el Sr. Gregorio podría haber suscrito 260.000 participaciones de un euro, correspondiente el 20% de su participación en el capital social original, y el otro socio demandante, Box Infiniti, podría haber suscrito 130.000 participaciones, correspondientes al 10% del capital social...  Ninguno de los socios minoritarios, entre los que se encuentran los actores, suscribieron las participaciones ofrecidas, por lo que los nuevos títulos fueron suscritos íntegramente por Emesa mediante aportaciones dinerarias. En consecuencia, el alegado perjuicio no derivaría propiamente del acuerdo, sino de la decisión de los socios minoritarios de no participar en la ampliación de capital. El acuerdo en sí mismo no incluía ninguna condición que beneficiara al socio mayoritario o perjudicara a los minoritarios. En un supuesto como el enjuiciado, parece que el abuso exigiría que el socio mayoritario supiera que la situación económica de los socios minoritarios no le permitiría acudir a la ampliación de capital

En cuanto a si el aumento de capital respondía a una necesidad razonable de la sociedad, 

 En primer lugar, el aumento de capital viene justificado, primero por las acuciantes necesidades económicas de la compañía. En segundo lugar, por la aprobación de un plan, por el Consejo de Administración, para satisfacer esas necesidades financieras, órgano en el que el Sr  Gregorio votó también a favor. Por último, el hecho de que dicho presupuesto no se ejecutara en su totalidad no puede interpretarse como una simulación de aquellas necesidades para justificar artificialmente el aumento de capital. 

Todo ello, nos lleva a entender, como hizo el juez de primera instancia, que la ampliación de capital obedecía a necesidades razonables de la compañía. 

viernes, 22 de agosto de 2025

Citas

foto: JJBOSE 

Los pájaros son dinosaurios 
La novela es cosa del siglo XIX y XX. La del XXI es cosa de mujeres 

Maimónides hablaba, además de hebreo y árabe, una lengua romance llamada andaluz. Si los andaluces fueran tan imbéciles como los vascos, resucitarían el andaluz como los nacionalistas vascos han resucitado el vascuence. El crack que es José Martínez Delgado 

Benditos inmigrantes sudamericanos. No tienen (al menos los argentinos) los complejos de los españoles frente a los fascistas-nacionalistas-vascos-y-catalanes

Dejar las cosas algo mejor de lo que las encontraste: cuando pones a alguien sensato, desinteresado e inteligente a gobernar una ciudad, es fácil mejorar las cosas. Pero cuando pones a alguien que no sabe hacer la o con un canuto, se vuelve un milagro que se abra el grifo y salga agua potable. El PP debería seguir con la táctica Noelia Núñez. Denunciar todos y cada uno de los nombramientos del PSOE y de Sumar de incompetentes aunque tengan que despedir a una buena cantidad de cargos propios. Hay que cambiar la conversación pública.

Los conflictos de interés de los accionistas comunes cuando votan sobre una operación de M & A 
Las características económicas de la ubicación determinan el estatus económico de los residentes, y no al revés (vía Arnold Kling). 
El Estado de Derecho según Vermeule

El daño que causan los aranceles de Trump según Adam Posen 



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