martes, 16 de abril de 2024

UAM ¡Qué nivel!

Cuenta el decano Prof. Juan Arrieta

El equipo de litigación integrado por los estudiantes del grado en Derecho, Alejandro de la Fuente García y Francisco Romero Brenlla, y del Doble Grado en Derecho y ADE, José Campuzano Pérez y Jesús Peregrina Legido, se ha proclamado vencedor de la final absoluta de la European Law Moot Court Competition celebrada el pasado 12 de abril en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Luxemburgo).  

El equipo está tutelado por los profesores Nuria Bermejo y Javier Díez-Hochleitner, y tiene como coach a Rosa Cantarero, antigua alumna y abogada en ejercicio. La profesora Carmen Martínez Capdevila se sumó también al equipo para preparar la gran final. 

Para llegar a la final en Luxemburgo, además de superar la fase escrita en la que participaron más de ochenta equipos de todo el mundo, el equipo debió superar en el mes de febrero en Viena, cinco cruces con otros equipos de prestigiosas universidades. En particular, en semifinales superaron al equipo de la Universidad de Lovaina (Bélgica) y en la final ganaron al equipo de la Universidad de Turín (Italia).  

Es la primera vez que un equipo de una universidad española gana la final absoluta de esta competición.

Citas: transplantes, PortItalia es el futuro de España, la Historia del Derecho, tendencias y diferencia entre un grupo y una sociedad


20 años perdidos para el crecimiento económico (Jorrín, El Confidencial)

De hecho, la renta disponible per cápita de 2023 fue de 19.200 euros, una cifra idéntica a la de 2004, casi dos décadas antes. Todos los años que van desde 2005 hasta 2009 los residentes tuvieron una renta disponible superior a la actual. Esto significa que España no solo no ha recuperado el nivel de vida que había en el pico de la burbuja inmobiliaria, sino que ha retrocedido casi 20 años

Andrea Rizzi, de EL PAÍS le cae muy bien el PP

dice que vamos por el buen camino y que el sur de Europa está tomándose la revancha. ¿Cómo no va a votar a Sánchez?

El segundo es España. Sus datos —crecimiento del PIB, mercado laboral, senda fiscal— son claramente buenos. Hay matices: el PIB en parte es por crecimiento demográfico; la renta per capita —igual que las de Italia y Grecia— todavía no está en el nivel de 2007 (muy lejos de la media de la OCDE); hay una ralentización de la inversión y niveles de pobreza mayores que antes de la pandemia. Pero la senda es claramente positiva, y solo una espuria intención política puede negarla.

observen lo que dice a continuación sobre quién es el responsable de la atroz situación política. Y ¿a quién no menciona? a la extrema izquierda y a los nacionalistas. 

Lo que en cambio es innegable es el gravísimo deterioro del panorama político. El PP —partido del cual hay sólidos argumentos para sostener que se halla entre aquellos con peor historial de corrupción en Europa occidental en este siglo— practica una constante política de deslegitimación del adversario y obstruccionismo filibustero. Vox figura en el extremo más radical de la heterodoxa galaxia ultraderechista. Son los principales responsables de un clima político irresponsable. El otro lado, por supuesto, no es inmaculado. Y el PSOE, en concreto, emite señales desalentadoras, con nombramientos que parecen inspirados antes que nada por el criterio de lealtad; con destellos de retórica muy polarizadora; con el surgimiento de indicios de un posible caso de corrupción que, aunque no sistémica como la del PP, sería bien grave de confirmarse en juicio, y con la decisión de mantener el poder al precio de una medida que, mientras se justifica como pacificadora en Cataluña, se percibe como indignante claudicación por interés propio en gran parte de España. Los primeros son los promotores de una espiral perversa; el otro parece a veces alimentarla en vez de detenerla. 

Para comprobar cuán sectario y cuán equivocado está Andrea Rizzi, del archivo: 

La caída de la productividad es la causa de la decadencia italiana y lo será también de la española (Matthew Klein)

Algo cambió a mediados de la década de 1990. Los trabajadores italianos ahora producen 21% menos por hora que sus correspondientes alemanes. La causa inmediata es que los gerentes de las compañías italianas y los bancos han realizado una deficiente asignación de los recursos. Generosa financiación y subsidios públicos a los salarios mantienen vivas a las empresas menos productivas dentro de cada industria y bajan la media. Los economistas estiman que la productividad manufacturera sería ahora un 20% mayor -y la productividad del sector servicios casi un 70% más alta- si las relaciones entre los préstamos, la inversión de capital y la rentabilidad en Italia no se hubieran separado desde 1995. Los economistas atribuyen la mayor parte de la desaceleración de la productividad desde mediados de la década de 1990 a los problemas en los fabricantes del norte, no en las empresas del sur. Mientras tanto, la recesión mundial y la crisis del euro golpearon al norte casi tanto como al sur. A pesar de la modesta recuperación, el número de italianos con empleos a tiempo completo sigue siendo alrededor de un 5% más bajo que en 2008. Para los ricos del norte, el empleo a tiempo completo es aún más del 4% por debajo del pico

 

y para comprobar que cualquier elogio a la evolución de la Economía portuguesa es un espejismo, léase este artículo de la revista Palladium escrito por Vasco Queiroz (vía MR): Uno de cada tres portugueses de entre 15 y 39 años se ha ido al extranjero (¡sin un desastre natural o político por medio!) Y las cifras no bajan.

... Al menos la mitad de una población de diez millones de habitantes depende del Estado de alguna manera: el 35% son jubilados, el 10% trabajadores del gobierno y otro 5% recibe prestaciones por desempleo o prestaciones de integración. Verían un país con menos juventud de la que alguna vez vieron; verían lo que de hecho es, después de Italia, el segundo país más envejecido de Europa, con un 23% de la población mayor de 65 años. Y además verían que, como tantos otros países democráticos y menos democráticos, Portugal está celebrando elecciones y que estas elecciones, una vez más, enfrentarán a la población envejecida del país con sus jóvenes.  
Los llamados "adultos mayores" son votantes confiables, mientras que los jóvenes no lo son, por lo que este incentivo perverso asegura que los adultos mayores voten, efectivamente, para obtener rentas para sí mismos de los jóvenes a través del estado. Esto se refleja en las intenciones de voto: las personas mayores de 54 años tienen una probabilidad desproporcionada de votar por el Partido Socialista, mientras que los menores de 25 años tienen una probabilidad desproporcionada de no votar por él.

¿Entienden ahora el auge de la extrema derecha en Portugal y en España? ¿Entienden el voto al PSOE?

Por cierto, Chega gobierna las Azores con el partido socialdemócrata

El Partido Socialdemócrata se enfrentaba a un dilema: podía mantenerse posicionado en el centro y arriesgarse a no atraer a nadie, o moverse a la derecha para tratar de recuperar sus votos. Lo hicieron en las Azores, donde se reunieron con el partido de Ventura y llegaron a un acuerdo para compartir el poder allí. Las Azores son uno de los dos archipiélagos autónomos de Portugal en el Océano Atlántico Norte con su propio gobierno. Como consecuencia, los partidos de los archipiélagos son algo independientes. A pesar de esta independencia, el acuerdo le hizo el juego al Partido Socialista.

Portugal ha emitido 10.000 golden visas (España menos de 15000 para casi cinco veces la población)

Esto llevó a una entrada de 9.000 millones de euros, lo que representa alrededor del 4% del PIB del país, lo que distorsionó el mercado inmobiliario de forma tan grave que Lisboa, la capital del país, es ahora la octava ciudad más cara de la UE, por delante de Berlín.

Y el Esquema Tributario para Residentes No Habituales" o NHR ha atraído a casi 30.000 ¡jubilados! franceses, italianos y suecos.

y la inmigración irregular

Mientras se disolvía la Agencia de Control de Inmigración, el gobierno decidió que era oportuno firmar un acuerdo con los países de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (CPLP), una asociación política de las antiguas colonias portuguesas y, por alguna razón, de Guinea Ecuatorial, en el que cualquier ciudadano de ellos que estuviera ilegalmente en Portugal podía ir a un sitio web y obtener automáticamente un permiso de residencia. Aunque el objetivo aparente era regularizar a los numerosos ilegales en Portugal, el hecho es que cualquiera podía acceder al sitio web desde cualquier lugar, y obtener un permiso de residencia. Y, aunque se hayan obtenido de forma fraudulenta, diferentes agencias tramitan ahora la entrada y la expulsión. Efectivamente, el gobierno otorgó permisos de residencia a cualquiera que los deseara en un universo lusófono de 287 millones de personas, unas treinta veces la población de Portugal. Esta medida fue tan descarada que la UE abrió un procedimiento de infracción contra Portugal, amenazando su estatus Schengen.


El papel de la Historia del Derecho

Mientras la Historia del Derecho vaya concebida como una ciencia erudita y arqueológica, no debe esperar poder influir en el desarrollo y comprensión del Derecho vigente ni puede, por ende, pretender reconocimiento y estímulo sociales. Esto no significa que una ciencia así concebida carezca de justificación. Pero no nos estamos refiriendo al valor de tal ciencia en sí, mas al lugar de hecho que ocupa en las relaciones sociales. Otra cosa es que la Historia del Derecho, que no puede prescindir de la erudición y aun de la arqueología, ofrezca vertientes hacia el presente, que permitan a los cultivadores del Derecho positivo y de la Dogmática querer y poder aprovechar sus resultados en función de comprender mejor y con profundidad la materia de su ocupación ordinaria. Yo diría que ello es casi un deber del historiador, siendo, como es, imposible, en realidad, saber bien el Derecho sin la perspectiva del nacimiento y desarrollo históricos de cada figura, de cada dogma, de cada norma. Así que el historiador encerrado en su erudición, en sus fuentes latinas que no ofrece en traducción para que las pueda leer quien desconoce esa lengua, que se niega a abordar los grandes temas y se concentra en detalles e insignificancias, no sólo se autolimita, sino que descuida una función social de primera importancia, cual es la de contribuir al desarrollo de la Ciencias del Derecho, que sin su historia no puede desarrollarse

Alejandro Guzmán Brito


Las tendencias continúan hasta que se paran o cambian de dirección

Parte de la razón por la que es poco probable que las predicciones de extinción de los humanos se cumplan es porque las tendencias tienden a continuar hasta que dejan de hacerlo. No se pueden simplemente extrapolar las tasas actuales al futuro.   
En un pasaje involuntariamente humorístico, Asimov ofrece este argumento para asustarnos sobre la superpoblación: "El hecho es que dentro de cinco mil años, a nuestra tasa actual de aumento, la masa total de carne y sangre humana será igual a la masa del universo conocido". Una vez calculé que si mi hijo continuaba creciendo al mismo ritmo que lo hizo en su primer año, a estas alturas mediría 25 pies y pesaría cuatro toneladas. De hecho, se hizo mucho más grande, pero no tanto. Asimov habría sido muy consciente de lo absurdo de semejante proyección sobre cualquier otro tema. Pero lo que pasa con los puntos ciegos culturales de nuestra propia era es que incluso las personas muy inteligentes no serán capaces de ver cuándo están haciendo argumentos tontos.  
De hecho, el crecimiento de la población no continuó al mismo ritmo que en la época de Asimov, ya que el control de la natalidad se hizo más ampliamente disponible y a medida que más países se volvieron prósperos, lo que tiende a correlacionarse con tasas de natalidad más bajas.  
Del mismo modo, las emisiones de dióxido de carbono que supuestamente impulsan el calentamiento global no han seguido aumentando al mismo ritmo que antes, especialmente en los países desarrollados. En los Estados Unidos, han estado disminuyendo durante décadas.  
Y si vamos a proyectar el futuro basándonos en las tasas actuales, la tasa de aumento de la temperatura global ha estado en el extremo inferior de lo que han predicho casi todos los modelos climáticos utilizados como base para las proyecciones catastróficas. Aquellos que están promoviendo el calentamiento global como un apocalipsis y como el único tema que debe ser recordado por encima de todo son los que dependen de un punto de inflexión en el que las cosas de repente empeoran mucho. Pero el hecho es que nadie lo sabe realmente, al igual que nadie en 1974 sabía realmente qué tan rápido seguiría creciendo la población.

Robert Tracinski, What Big Thing Are We Getting Wrong About the Future?, Discourse Magazine 2024


Un grupo se transforma en una Sociedad cuando sus miembros comienzan a supervisarse recíprocamente

Cuando un solo individuo supervisa las acciones de los miembros del grupo de esta forma, se establece un límite al tamaño que puede alcanzar un grupo cooperativo antes de desmoronarse por el peso del interés propio. Los grupos evolucionan a sociedades solo cuando sus miembros empiezan a auto-vigilarse. En organismos multicelulares, no hay un centro de control para las acciones de todos los genes y células. Más bien, los genes (y células) de tu cuerpo constituyen una especie de parlamento democrático que colabora para reprimir los intereses de los elementos egoístas. De manera similar, algunos insectos eusociales operan como un organismo multicelular, donde las acciones egoístas potenciales de las obreras no son monitoreadas por la reina, sino por otras obreras de la colonia.

Nicola Raihani, The Social Instinct, 2022

sábado, 13 de abril de 2024

Citas: patriotismo, Balzac, Cajal y la meritocracia, diversificar stock options, Cochrane, garantías, libertad de educación, Rusia, publicidad del CEU, virus, Sciascia


Ese es el tipo de mensaje patriótico que creo que nuestros líderes nos deben más: el mensaje de que todos los estadounidenses son ciudadanos de la misma nación, que nuestros destinos están inextricablemente unidos y que vale la pena luchar por nuestro país. Independientemente de que puedan o no explotar el patriotismo, creo que nuestros líderes deberían trabajar para fomentarlo.

Balzac 

Su asombroso rendimiento se debía a su hábito de escribir alrededor de 15 horas diarias, en la tranquilidad de la noche y bebiendo litros de café. Lo hacía en completo aislamiento, por lo que la crítica se ha preguntado de dónde sacaba el aluvión de datos de todo tipo (sociedad, economía, sucesos, habladurías...) que saturan sus novelas.

¡qué tipa la la Ewelina Hanska

Ramón y Cajal

 Casi todos los que desconfían de sus propias fuerzas ignoran el maravilloso poder de la atención prolongada 

Mi intervención en la jornada homenaje a Cajal, a partir del 1:15:18 (todas las intervenciones son breves y de mucho interés)


Cómo pueden diversificar los empleados de una start up que reciben stock options de su empresa, por Matt Levine

Constituya una sociedad civil con otros individuos que, a su vez, tengan acciones de la compañía tecnológica para la que trabajan... hay muchos... si eres ingeniero de Meta pagado con un montón de acciones, probablemente puedas encontrar ingenieros de Amazon y Alphabet bien pagados que también posean un montón de acciones de sus empresas. Aporte sus acciones a la sociedad a cambio de una cuota en ésta. Por ejemplo, aportas un millón de dólares en acciones de Meta a cambio de un tercio de las partes de socio de la sociedad civil. Si tus dos consocios aportan, cada uno, un millón de dólares en acciones de Amazon y de Alphabet respectivamente, tendrán también un tercio de la sociedad civil. El resultado es que, en lugar de poseer 1 millón de dólares en acciones de Meta, posee un tercio de las acciones de un bote de acciones algo más diversificado de 3 millones de dólares. (Y puede expandir esto a más acciones para una mayor diversificación).


La Economía va de incentivos: "Los economistas sabemos de incentivos, no tenemos mucho que decir sobre redistribución" John Cochrane

No estoy muy seguro de cómo llamarnos. ¿Iniciativa privada? ¿Libre mercado? ¿Libertario? ¿Liberal clásico? ¿O simplemente liberal? A medida que la izquierda ha comenzado a usar "progresista", nos están devolviendo una buena palabra, que me alegra ver que se usa cada vez más. Cada denominación tiene algo bueno, pero también alguna connotación desafortunada para los no-expertos. Así que voy a usar la expresión "economía de incentivos". Significa que queremos una Sociedad y un Estado que estén organizados para proporcionar los incentivos adecuados. La empresa privada y el libre mercado son medios para ese fin. Y proporcionar incentivos es importante incluso en asuntos puramente públicos, como los impuestos y las políticas sociales... Somos únicos... porque tenemos, y defendemos, la comprensión causal (causa y efecto) del funcionamiento de las políticas públicas.

Tomemos como ejemplo el control de las rentas de los alquileres... La izquierda y la derecha discuten sobre lo que es "justo" y "quién merece" que se le pague cuánto. Pero nosotros decimos que, si se ponen límites a la renta que se puede cobrar, los propietarios dejarán de mantener en buen estado los pisos; los promotores no construirán pisos para alquilar; los inquilinos actuales se beneficiarán por un tiempo y los que quieran alquilar un piso, especialmente los más modestos económicamente no encontrarán un alojamiento que se puedan permitir. Las empresas se verán afectadas, ya que los nuevos empleados no podrán encontrar vivienda. El control de alquileres es, de hecho, la forma más segura de destruir una ciudad sin ser bombardeadaEsta es una verdad objetiva y científica. No he dicho nada acerca de cuál debería ser la política de alquileres de un Estado. Lo que he dicho es que eso pasará si se pone en vigor una política de control de los alquileres. No es una filosofía, un juicio ético, una postura moral. 

Nuestras ideas también parecen anticuadas... pero son mejores precisamente porque son viejas y se han podido demostrar 

La primera regla de la economía es no transferir ingresos de unos ciudadanos a otros distorsionando los precios. Un precio es una señal envuelta en un incentivo. Si desea transferir ingresos, envíe un cheque de la manera más general posible... La primera regla de la política es: ¡transferir los ingresos en primer lugar mediante la distorsión de los precios! ¿Por qué no enviar un cheque a los actuales inquilinos para pagar un alquiler más alto? Bueno, entonces todos los demás votantes verían lo que estás haciendo. (Y cantidades aún mejores para ocultar el subsidio y cambiar el apoyo político por exenciones)... Los proyectos minúsculos no conmueven. 

 Nuestro trabajo es crear una esfera de discusión pública que entienda qué sería lo perfecto y proteste las políticas realmente puestas en marcha como aproximaciones imperfectas a ese modelo. Hay que tener un programa bien pensado listo para el momento, tal vez de crisis, en el que el modelo sea políticamente factible y los gobernantes quieran saber cómo arreglar el desastre

 

Cómo dejar de pagar abogados (de litigios): facilita la ejecución (autotutela) de las garantías

 La Ley india de Titulización y Reconstrucción de Activos Financieros y Ejecución de Garantías Mobiliarias (SARFAESI) de 2002 permitió a los acreedores con garantía real o personal embargar y ejecutar los activos de sus deudoras, sin pasar por el sistema judicial (y con independencia de que el deudor fuera o no insolvente), lo que suponía un refuerzo notable de los derechos de los acreedores respecto de la situación precedente... Tras la entrada en vigor de la ley, los acreedores garantizados debían requerir de pago a sus deudores y, transcurridos 60 días desde el requerimiento, podían trabar los bienes y subastarlos... Si el deudor quería evitar la subasta, tenía que depositar el 75 % de lo adeudado... Los derechos de la SARFAESI fueron utilizados especialmente por los bancos... El resultado fue que los acreedores hicieron uso de la ley y ejecutaron masivamente sus garantías... Por lo tanto, las empresas acreedoras ya no tuvieron que presentar miles de demandas reclamando el pago de sus créditos, lo que redujo las cantidades gastadas en abogados.. 

Pues bien, las compañías deudoras más expuestas a los efectos de la SARFAESI, esto es, las de gran tamaño que poseían bienes fácilmente ejecutables y, por tanto, de gran valor como garantías, redujeron significativamente el volumen de honorarios pagados a abogados y asesores legales a pesar de que el mayor poder de los acreedores aumentaba el riesgo de que, ejecutadas las garantías, las deudoras acabaran quebrando y, por lo tanto, incurrieran en los costes jurídicos de la quiebra.

Dhruv Aggarwal, Creditor Rights and Legal Transaction Costs, 2023

 

La libertad de educación da buenos resultados: el caso de Bélgica y Holanda

Durante más de medio siglo, los belgas se pelearon respecto a si sus escuelas serían estatales y laicas, o financiadas por el Estado, pero principalmente católicas. Los dos bandos disputaron la cuestión en elecciones, protestas y boicots masivos a las escuelas. A principios del siglo XX, los belgas optaron finalmente por la libertad de elección y la financiación pública de las escuelas privadas, lo que permitió a los padres elegir las escuelas que mejor se ajustaran a sus valores. Los Países Bajos alcanzaron el mismo compromiso en la misma época, en lo que se conoció como la "Pacificación" de la lucha escolar de 1917. Hoy en día, Bélgica y los Países Bajos albergan mercados educativos libres financiados con fondos públicos, con escuelas laicas, católicas, protestantes, judías y musulmanas de alta calidad que sirven a poblaciones culturalmente diversas que coexisten pacíficamente.

 

Cómo hacer más efectivas las sanciones a Rusia (A. Kolyandr)

El levantamiento de las sanciones occidentales a las exportaciones de bienes de consumo a Rusia podría acelerar la salida de capitales de Rusia sin mejorar su capacidad para hacer la guerra.  

Los controles a la exportación desarrollados por Occidente durante la Guerra Fría podrían ser un modelo útil. La eficacia de este sistema limitó con éxito el progreso tecnológico en los Estados del Bloque del Este. Utilizar el mismo enfoque ahora —prohibir no solo las tecnologías de doble uso, sino también las tecnologías y los bienes que aumentan la productividad de la fuerza laboral— facilitaría un control más estricto, además de aumentar las salidas de capital de Rusia y reducir la productividad.  

De manera similar, Occidente debería abrir sus puertas a programadores, científicos, ingenieros y otros profesionales rusos: esto sería una victoria para las economías de Europa y Estados Unidos, y una pérdida para la economía rusa. Después de todo, en una economía moderna, una fuga de cerebros puede ser tan importante como la salida de capitales.

 

¡Qué publicidad más antiuniversitaria de la Universidad San Pablo - CEU! 

Los valores no se enseñan en un aula universitaria. La Universidad se inventó para hacer avanzar y transmitir a todos conocimiento verdadero de la Naturaleza y de la Sociedad. Ese es el valor fundamental de la universidad. Engaña el que afirma que la 'empatía' te va a ayudar a encontrar trabajo


Sociovirología por Carl Zimmer

 Uno de los ejemplos favoritos de este conflicto oculto es el nanovirus, que infecta plantas como el perejil y las habas. Los nanovirus se replican de una manera asombrosa. Tienen ocho genes en total, pero cada partícula viral tiene solo uno de los ocho genes. Solo cuando todas las partículas de nanovirus, cada una con uno de los ocho genes diferentes, infectan la misma planta a la vez, pueden replicarse. Las células vegetales producen proteínas a partir de los ocho genes, junto con nuevas copias de sus genes, que luego se empaquetan en nuevas envolturas.  

Es posible considerar que los nanovirus están cooperando entre sí ejemplarmente. Si no lo hicieran, si no trabajaran juntos, no podrían replicarse... Pero Leeks y sus colegas han demostrado cómo los nanovirus, y otros llamados virus multipartitos, podrían haber evolucionado gracias al engaño y que la cooperación que hoy observamos es la consecuencia del previo engaño o deslealtad de los virus. 

Imaginemos que el ancestro de los nanovirus comenzó con los ocho genes empaquetados en un genoma viral. Luego, el virus produjo accidentalmente virus 'tramposos' incompletos que solo tenían uno de los genes. Ese tramposo prosperará, ya que los virus completamente funcionales - los que tienen los ocho genes - copian también el gen del 'tramposo'. Y si un segundo tramposo evoluciona, portando un gen diferente, obtendrá el mismo beneficio de aprovecharse de los virus intactos. 

Cuando Leeks y sus colegas construyeron un modelo matemático para este escenario evolutivo, descubrieron que los virus... seguirán desintegrándose hasta que no quede ninguno de los virus originales que habrían podido replicarse por sí solos. Es decir, que es la extinción de los virus completos por los virus tramposos la que obliga ahora a los nanovirus a depender unos de otros para sobrevivir y a cooperar, pero solo porque sus ancestros se aprovecharon unos de otros. Debajo de la fachada de cooperación se esconde el engaño viral.

Ahora los virólogos pueden atacar a los virus 'completos' o funcionales utilizando virus incompletos que ralentizan la reproducción de los primeros en la célula 

Género de las palabras y sexo de las personas

Mientras que Amonio presenta la versión extrema de la visión "natural" del género… (Ammonius escribe que los mares (θαλάσσας) y las bahías (λίμνας) son femeninos mientras que los ríos (ποταμούς) son masculinos, porque mientras que los mares y las bahías son penetrados (ὑποδοχάς) por los ríos, los ríos son los que hacen la penetración (ἐμβάλλοντας)…. 

Sciascia y el funeral vacío (contado por Jorge Benítez en EL MUNDO)

 En los primeros días de la guerra mundial, el futuro político estaba refugiado en una pequeña localidad a la que llegó la noticia de la primera muerte de un paisano caído en combate. No sólo era la primera baja del pueblo, sino de la provincia. Por ello las autoridades decidieron organizar una misa fúnebre y un acto de homenaje con banderas y fanfarria militar en el que habría discursos de varias autoridades del Estado mussoliniano. Todo fue organizado con esa pompa mediterránea tan italiana, que está llena de colorido, desconcierto e improvisación. 

La noche previa al homenaje sucedió algo extraordinario. La madre del soldado muerto, de riguroso negro y hundida en la pena, se puso a escuchar en su cama Radio Londres, una emisora clandestina y perseguida. En un boletín el locutor dio la lista de los soldados italianos que habían caído prisioneros en la campaña de África y de repente escuchó el nombre de su hijo. ¡Estaba vivo! Tras lanzar todas las bendiciones posibles al cielo pronto se dio cuenta de que tenía un problema. 

¿Qué hacer con las honras fúnebres preparadas? Si la mujer confesaba de dónde había sacado la información la acusarían de escuchar propaganda del enemigo y, si no lo hacía, pesaría sobre el hijo cautivo el mal fario de haber celebrado un réquiem por un no muerto. Angustiada, la señora, nada más levantarse, fue a hablar con el oficial de los carabineros del pueblo. Con lágrimas en los ojos le contó que la pasada noche había soñado que su hijo estaba vivo. «El corazón de una madre no puede equivocarse», expuso dramáticamente como si tuviera un sentido arácnido infalible. Había que anular todos los actos. El carabinero siciliano la escuchó con calma y le dijo: «Señora, anoche yo tuve el mismo sueño, que era igual que el suyo... Sin embargo, el funeral ha de celebrarse de todas formas».

viernes, 12 de abril de 2024

No hay deslealtad en el socio que, tras instar la disolución, se dirige a los clientes y proveedores de la sociedad

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Es la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 12 de enero de 2024 

La conducta de los socios demandados consistió en poner en conocimiento del suministrador de los productos que la sociedad había incurrido o estaba a punto de incurrir en una causa que la incapacitaba para continuar asumiendo las obligaciones contractuales. Esa es la razón por la que la demanda afirma que la conducta de los socios forzando la disolución no pretendió otra finalidad que la de inducir a Pinggao a dar por finalizado el contrato con la demandante. 

No podemos compartir con la recurrente que el desencuentro entre los dos grupos de socios que integraban el capital social de la actora obedeciera en exclusiva o de forma esencial a la finalidad de inducir a un tercero, la sociedad china Pinggao, a dar por finalizadas las relaciones contractuales con la actora. Aunque la premura con la que los demandados se dirigieron a esa sociedad para comunicarle el inicio del proceso de disolución pueda constituir un indicio de que realmente fuera esa la intención de los socios demandados, la prueba practicada ha acreditado que la disolución de la sociedad se debió a la falta de entendimiento entre los dos grupos de socios, cada uno de ellos titular de un 50% de las participaciones sociales. 

La resolución recurrida ha sido bien explícita en la exposición de ese desencuentro y no creemos que haya incurrido en error alguno en la valoración de la prueba pues el mismo no solo fue expuesto por el Sr. Patricio y el Sr. Belarmino sino que también fue reconocido por el Sr. Andrés , administrador único de la sociedad y luego su liquidador. Reconoció el Sr. Andrés que la letrada de la empresa, Sra. Joaquina , hubo de intervenir para intentar alcanzar un pacto entre socios, que no se consiguió. También reconoció el Sr. Andrés que, tras haber sido nombrado administrador único en noviembre de 2019, el Sr. Patricio , que había venido llevando la contabilidad de la sociedad y tenía acceso a las cuentas, fue apartado completamente de la gestión, la contabilidad se atribuyó a una asesoría externa e incluso se procedió a cambiar las cuentas bancarias. Aunque el nombramiento del Sr. Andrés como administrador único se hiciera con el consenso de los dos grupos sociales, las actuaciones que siguieron a ese nombramiento evidencian una situación de conflicto. 

Por tanto, el requerimiento efectuado en 5 de agosto de 2020 de convocatoria de junta general no puede ser considerado como otra cosa que la manifestación formal de que el conflicto entre socios había estallado. Por tanto, que en la junta general no se consiguiera acuerdo alguno no puede extrañar. En ello no vemos otra cosa que una manifestación de que el conflicto entre socios era irreversible.

Administradores de hecho y domini negotii que responden personalmente de una deuda de la sociedad por esta segunda razón


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Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de enero de 2024 

Entendemos que los demandados Demetrio y Doroteo merecen la consideración de administradores de hecho, aunque no consta desempeño de las funciones propias del administrador en la sociedad MISS MOLLY, pues entendemos probado 

que se erigieron en los sujetos que negociaron el contrato con los demandantes, y participaron de forma directa, sin intervención alguna, salvo alguna gestión accesoria del administrador de derecho de MISS MOLLY, en la gestión del contrato.

También fueron los interlocutores de la parte actora ante las graves discrepancias que surgieron durante la ejecución del contrato, actuando siempre de forma independiente y sin rendir cuentas a nadie ni seguir instrucciones de otras personas, cuando se trataba de una actuación relevante desde un punto de vista económico, dado el importe de las obligaciones que se asumían. 

Es relevante también tener en cuenta que se trataba de una negociación que se fundaba en la relación personal de confianza y conocimiento mutuo, desde tiempo atrás, entre Cesar y Demetrio . 

Ante la intervención de los citados en un negocio singularmente relevante para la sociedad MISS MOLLY, por un importe de negocio considerable, y donde la intervención del administrador de derecho aparece absolutamente minimizada, sin que conste que éste haya adoptado o ejecutado decisiones por su cuenta, salvo el mero formalismo de suscribir el documento en el que consta el contrato, y donde todo el contenido contractual venía determinado por la decisiva intervención de los demandados Demetrio y Doroteo , ambos merecen la consideración de administradores de hecho de MISS MOLLY. 

Sin embargo... no se acredita... qué comportamiento falto de diligencia han llevado a cabo los demandados como administradores, de hecho, o de derecho, para incurrir en responsabilidad. El mero impago por parte de la sociedad MISS MOLLY no es un hecho suficiente para estimar esta acción de responsabilidad, 

En consecuencia, de los administradores demandados, solo debe responder el Sr. Daniel a título personal, y en virtud de la cláusula 16 del contrato entre Cesar e IMAGINE de una parte, y MISS MOLLY de otra, donde se dice que: "RESPONSABILIDAD PERSONAL DEL REPRESENTANTE. En el supuesto de que el Promotor sea una entidad corporativa o una sociedad mercantil de cualquier tipo, el firmante se compromete personalmente a cumplir las obligaciones del Promotor estipuladas en el presente, incluida a título enunciativo cualquier reclamación de indemnización del Artista y del Prestador."  

Esta sumisión de la mercantil MISS MOLLY a los designios de Demetrio y Doroteo nos permite considerar que ambos eran, no solo los administradores de facto, sino también los "dueños del negocio", y por tanto los verdaderos empresarios ocultos por la pantalla societaria utilizada expresamente al tal efecto y aparentemente gestionada por el Sr. Daniel, sobrino de Demetrio y mero ejecutor de sus instrucciones, siendo muy relevante al respecto el correo electrónico de Daniel , teniendo por destinatario a Federico, empleado de ABOUT sobre conversaciones con el agente de Cesar y donde sugiere: "rebotadle el correo electrónico también a Demetrio , por favor, pues no quiero enviárselo a su cuenta de about the music", lo que nos resulta claramente indicativo de la intención de ocultar la intervención de Demetrio en los hechos, debiendo estimar la demanda frente a estos demandados. 

No sé si entiendo bien el fundamento de la imposición de responsabilidad a Demetrio y Doroteo. Parece que la Audiencia considera que se les aplica, como "dueños del negocio" la cláusula 16 del contrato. 

El acuerdo de la junta sobre la acción de responsabilidad como requisito de procedibilidad

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Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de enero de 2024

En el presente caso, el actor Taxi Premier S.L presentó su demanda en la que ejercita una acción de responsabilidad, sin haber sometido su ejercicio a la decisión de la junta. En los fundamentos jurídicos de su demanda, primero, basa su legitimación en lo previsto en el art. 239.1 TRLSC que... se refiere a la legitimación activa subsidiaria de los socios, que requiere haber sometido previamente el ejercicio de la acción a la junta. 

En el mismo sentido, el actor, en su demanda funda su acción, tanto, en el incumplimiento del deber de diligencia general de los administradores, art. 225 y 226 TRLSC, como en la infracción más concreta del deber de lealtad, art. 227, 228 y 229 TRLSC, como puede verse en la página 12, sin distinguir qué supuestos de los alegados se refieren a la infracción del deber de diligencia general y cuales a la infracción de deber de lealtad. 

Por lo tanto, el actor, al no haber sometido a consideración de la junta el ejercicio de la acción social, solo podría fundarla en el quebranto del deber de lealtad. 

La juez de primera instancia parte de la base de que la acción se basa en el incumplimiento del deber de lealtad y que, por lo tanto, no era necesario someter el ejercicio de la acción a la consideración de la junta, conclusión, que no podemos compartir. 

Como hemos explicado, el actor en su demanda no diferencia, con el rigor que sería deseable, las conductas que supondría un incumplimiento del deber general de diligencia del que constituiría un incumplimiento del deber de lealtad. Esa falta de rigor justificaría la desestimación de la demanda por no haber cumplido el actor el requisito de procedibilidad que hemos señalado, ya que no corresponde al tribunal definir la causa de pedir

Obstaculización desleal mediante la cancelación de cuentas bancarias

foto: JGH


Es la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de enero de 2024

Otra sentencia más que condena a un banco por cerrar las cuentas de un cliente alegando la legislación anti-blanqueo. En el caso, el banco lo tenía chungo porque era una pequeña empresa que se dedicaba a enviar productos de primera necesidad a Cuba. Y, una vez más, la condena se produce en el marco de una acción de competencia desleal contra el banco por obstaculización, un grupo de casos que se hace residir en la cláusula general (art. 4 LCD)

La demandada sostiene que la cancelación de las cuentas obedeció al cumplimiento de las obligaciones que le impone la citada Ley10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. 

La recurrente explica que "siendo las actoras dos empresas cuyo objeto social comprende la importación y exportación de toda clase de mercancías, productos y servicios, y estando obligada mi mandante al cumplimiento de especiales medidas reforzadas de vigilancia respecto a dicha clase de empresas, en virtud de lo dispuesto en la legislación relativa a prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo". 

Las medidas se acordaron, según la demandada, porque los movimientos de las cuentas corrientes de las demandantes indicaban que estas no desarrollaban la actividad declarada. Añadiendo que el " deber de secreto respecto de las razones concretas por las que ha instruido la cancelación de las cuentas litigiosas", le impide explicar dichos motivos, según resulta del art. 24 de la Ley 10/2010. 

La cancelación de las cuentas por parte del Banco no está justificada. En primer lugar, el Banco no explica los motivos que le llevaron a pensar que las demandadas no realizaban la actividad declarada, se limita a decir que una de las cuentas, la de Envi World, tenía muy pocos movimientos, y, la de Romero Transfer, que había transferencias a la empresa cubana, que venía precedidas o seguidas por trasferencias de otras entidades bancarias españolas por similares importes. 

Las actoras han explicado y acreditado documentalmente que Envi World es una sociedad constituida el 19 de agosto de 2021, que no obtuvo CIF hasta el 5 de septiembre del 2021, y que hasta el 19 de septiembre de 2022 la sociedad no tuvo actividad, pues estaba pendiente, según explica la actora, de la ampliación del negocio de Romero. 

Las explicaciones de Envi son razonables, por el contrario, resulta absurdo presumir actividad de blanqueo de capitales de la ausencia de movimientos en las cuentas bancarias. 

Por su parte Romero Transfer alega que tiene cuantas abiertas en otras entidades donde cobra a sus clientes el precio para la exportación de bienes a Cuba, pagos que transfiere a la cuenta del Banco Sabadell desde donde está autorizado a hacer pagos a EMCI Correos de Cuba. Nuevamente la respuesta de Romero Transfer es razonable, por el contrario, no lo es la presunción del Banco. Sencillamente no alcanzamos a comprender cómo es posible que el Banco llegue a la conclusión que Romero Transfer no se dedicaba al trasporte y exportación de mercancías a Cuba, cuando le constan las transferencias a EMCI Correos de Cuba. Hubiera bastado que hubiera pedido las correspondientes explicaciones a Romero Transfer antes de tomar una medida como la cancelación de la cuenta.

Los pactos entre todos los socios contrarios a los estatutos deben considerarse terminados con el fallecimiento de uno de ellos

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Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 21 de diciembre de 2023 y una muestra más de que la sociedad es un contrato y una persona jurídica y que se le aplican, en general, las normas del Derecho de Obligaciones y el Derecho de Cosas. Los dos socios de una sociedad pueden, de común acuerdo, hacer de su capa un sayo (art. 1255 CC y art. 10 CE). En el caso, aunque los estatutos decían que el cargo de administrador era gratuito, los dos socios-hermanos acuerdan "ponerse un sueldo" de unos 80 mil euros. Como se habrá imaginado, una forma de repartirse los beneficios distinta del pago de dividendos. Uno de los hermanos fallece y la heredera le dice al supérstite que deje de llevarse el "sueldo", a lo que el requerido se niega. 

La sociedad fue disuelta por auto de 15 de febrero de 2022. 6.4. El Sr. Felix siguió cobrando la retribución como administrador hasta la fecha de la disolución de la sociedad. La cantidad de 85.100 euros, de los que 51.800 euros los percibió entre el 8 de abril de 2020 hasta la presentación de la demanda en mayo de 2021, y 33.300 euros, desde la presentación de la demanda hasta la disolución de la sociedad el 15 de febrero de 2022  

... la percepción de remuneración por el demandado en su condición de administrador, en contra de lo dispuesto en los estatutos que establecen expresamente que el cargo es gratuito. La actora expuso en la demanda que, hasta el fallecimiento de su esposo, ambos administradores solidarios venían percibiendo la remuneración y ello como consecuencia de haberlo acordado así verbalmente. Eso es exactamente lo que alega el demandado y apelante como justificación y en su descargo, sin negar haber percibido las cantidades cuyo reintegro a la sociedad aquí se solicita. El apelante argumenta que percibió legítimamente la remuneración en virtud de lo pactado con su hermano Marino antes de su fallecimiento, pacto que entiende debió respetar su viuda a la que afecta en su condición de heredera, no solo de bienes y derechos, sino también de las obligaciones asumidas por su causahabiente. 

No podemos compartir este argumento. En primer lugar, porque que la Sra. Jacinta no fue parte en ese pacto que dejó de ser eficaz al fallecer uno de las partes. Pero es que además, a lo anterior hay que añadir que el pacto sólo podía mantenerse mientras ambos, socios al 50%, lo consintieran y acataran, percibiendo ambos igual remuneración como forma anticipada de hacer suyos los beneficios generados por la sociedad al detraerlos como gasto, pero no podía mantenerse si solo uno de los socios, en este caso el apelante, percibía esa remuneración, en detrimento de los beneficios y, por lo tanto, en perjuicio de la Sra. Jacinta , que no participaría de ese "reparto anticipado" de beneficios.

Mutación de la causa de pedir, demanda carente de claridad y de fundamento (acción de responsabilidad social)

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Es la Sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona de 19 de enero de 2024 

Hemos de reconocer que la demanda en este caso no es un paradigma de claridad, ya que no identifica con la precisión deseable los comportamientos supuestamente negligentes de los demandados...En el apartado séptimo de la demanda, que lleva por título " Responsabilidad de los administradores ", esperaríamos encontrar las conductas de las que, a juicio de la actora, generan las responsabilidades de los administradores, pero lo cierto es que dicho epígrafe está repleto de vaguedades. Sin embargo, la actora parece reprochar a los demandados una falta absoluta de diligencia en la gestión del patrimonio social, sin mayores detalles, que determinaría una pérdida millonaria... es realmente difícil saber a qué responden dichas cifras, ya que no coinciden con las expuesta en el recurso... La metodología seguida por el actor es claramente incorrecta, ya que debía haber comparado las cifras del patrimonio neto de los diferentes periodos, si quería imputar a los demandaos la pérdida patrimonial de la compañía,... Cuando la actora constata su error metodológico, es decir, que no podía comparar las partidas del activo aisladamente sin tener en cuenta el pasivo, lo que hace es cambiar la imputación y pasa a atribuir a los demandados negligencia por haber vendido el solar por debajo de su valor real, a pesar de que cuando presentó la demanda ya sabía que la finca se había vendido y el precio por el que se había vendido. 

Es cierto que la acusación carece del más mínimo fundamento, ya que la actora no ha demostrado que la finca se vendiera por debajo de su valor real. La finca se ha vendido después de dos años de haberla puesto a la venta y a través de un conocido mediador. Es cierto que se vendió por debajo de su valor contable, pero es que el solar realmente no valía los 2.400.000 euros por los que se dio en pago. Según la tasación efectuada en el 2012, realmente el solar valía 1.079.435,41 euros. Esa tasación permitió a la sociedad corregir el valor contable del solar mediante una dotación de 1.320.564,59 euros, corrección que fue revisada por la AEAT, aunque volvió a partir de un valor distinto. Pero en todo caso, la recurrente incurre en una mutación de la causa de pedir prohibida. Puesto que pasa de imputar una genérica mala gestión del patrimonio social que lleva consigo la desaparición de activos, a imputar a los administradores una conducta negligente por un hecho muy concreto como es haber vendido un solar por debajo de su precio real.

Impugnación de la retribución de los administradores

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La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 22 de diciembre de 2023 se ocupa en primer lugar del derecho de información del socio, que declara infringido. La Audiencia concluye afirmando el carácter instrumental de este derecho respecto del derecho de voto a partir de la reforma de 2014. Pero, en el caso, se traduce en la nulidad de los acuerdos de aprobación de cuentas, para los que la información solicitada podía ser relevante para decidir el sentido del voto del socio impugnante.

También tiene interés que la demanda pedía la anulación de la modificación estatutaria que convertía al cargo de administrador en retribuido y que se obligara a devolver la retribución aprobada por la junta para los administradores por abusiva, lo que ambas instancias conceden:

Se indicaba que dicho acuerdo se adoptó por los administradores don Bruno y doña Paulina prevaliéndose de su posición mayoritaria en el accionariado y se ponía de relieve que la actividad de la sociedad demandada se reduce al cobro de alquileres, contando dicha sociedad con una empleada a tiempo completo con un coste anual de 60.000 euros y una asesoría que liquida impuestos, habiéndose pactado un precio de 250 euros más IVA como retribución a dicha asesoría por los servicios de asesoramiento integral en cuestiones contables y fiscales... no estando justificado

Si al lector no le parece que 2000 euros mensuales de sueldo sea mucho, debe tener en cuenta que "nos encontramos ante una sociedad de escaso volumen de negocio, que puede cifrarse en unos ingresos mensuales fijos de entre diez y once mil euros" por lo que los dos administradores se llevarían, por esta vía, casi el 40 % de los ingresos de la sociedad.

Se trata, pues, de un acuerdo abusivo en el sentido del art. 204.1 II LSC

partiendo de que la retribución no responde a una necesidad razonable, hemos de colegir su carácter abusivo, en los términos previstos en el artículo 204.1 LSC, en la medida en que el acuerdo impugnado fue impuesto por la mayoría representada por ambos administradores y en interés propio. Los recursos empleados en la retribución reducen necesariamente el importe de los beneficios, por lo que se causó un perjuicio a la minoría cercenando la posibilidad de reparto a la demandante. La utilización de la retribución acordada como mecanismo de reparto encubierto de beneficios a los socios-administradores también constituye una clara infracción del principio igualitario en su distribución

Interpretación de los contratos: no te inventes lo que no está en la cláusula

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Es la SAP Madrid de 21 de diciembre de 2023

Cuando los términos son claros y no dejan duda alguna sobre la intención de los contratantes, la interpretación literal no sólo es el punto de partida sino también el de llegada del fenómeno interpretativo, e impide que, con el pretexto de la labor interpretativa, se pueda modificar una declaración que realmente resulta clara y precisa. 

En este caso, no existe falta de claridad, ni contradicciones o vacíos en las disposiciones de la cláusula en concreto que obligue a ir más allá del sentido propio de su literalidad en orden a averiguar una supuesta intención de las partes no aflorada en el propio tenor de la redacción del contrato. 

Establece en concreto la cláusula a la que se ciñe la interpretación discrepante de las partes: 

" 9.2 Supuestos de extinción a instancia de la Empresa: a) Por la sola voluntad de la Compañía, sin necesidad de invocar ninguna causa real, la Compañía podrá resolver el Contrato unilateralmente mediante un preaviso de seis (6) meses, o indemnización en su lugar, equivalente a la cantidad correspondiente a seis (6) meses de la Retribución Total Fija, más la cantidad del Salario Variable Total y al reembolso de los gastos." (énfasis añadido). 

Y en la interpretación de este tribunal de la referida cláusula no tiene encaje la del recurrente que viene a propugnar que la expresión "Salario Variable Total" signifique a ultranza que el concepto indemnizatorio deba englobar la totalidad de un salario variable, con independencia de cualquier acotación temporal (que en este caso se postula como de una anualidad completa, como podría haber postulado cualquier otra a conveniencia), pues dicha interpretación no deja de descontextualizar ese concreto concepto indemnizatorio respecto de la nítida acotación temporal que se realiza previamente, con un alcance de seis meses de indemnización, al referirse, también con las letras iniciales en mayúsculas, a "Retribución Total Fija" y que es la acotación que entendemos extensible a ambos conceptos. 

Acción social de responsabilidad basada en comportamientos desleales (apropiación de fondos sociales)

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En la demanda se ejercita una acción social de responsabilidad por dos socios de la mercantil AURA AIRLINES, S.L., AVICO CONSULTANTS S.L. y D. Eloy , que, al tiempo de su interposición, ostentaban conjuntamente el 47% del capital social, amén de ser vocales del consejo de administración de la citada mercantil. Los socios demandan sin previo acuerdo de la junta, haciendo uso de la posibilidad que el art. 239.1.II de la Ley de Sociedades de Capital (LSC) concede cuando la acción social de responsabilidad se fundamente en la infracción del deber de lealtad. [2] Los demandados, inicialmente, eran D. Dimas y D. Jesús . El primero, como presidente del consejo de administración de la mercantil, habiendo delegado en él el resto de miembros todas las facultades, salvo las indelegables; el segundo, en su calidad de vicepresidente del consejo. [3] Los hechos que se imputan, en síntesis, es que sirviéndose de su posición en la citada mercantil, D. Dimas , bajo la aquiescencia de D. Jesús , realizó transferencias no autorizadas por importe de SEISCIENTOS SESENTA MIL QUINIENTOS DOS EUROS (660.502.-€), a favor de las mercantiles MUCHOVIAJE, S.A. y GOWAII INVESTMENTS, S.L., en las que D. Dimas es, a través de la mercantil MAIN CONTROL CORP, S.L., administrador único y presidente del consejo de administración, respectivamente. 

Tanto el juzgado como la Audiencia consideran que don Jesús y don Dimas infringieron sus deberes de lealtad. Se apropiaron de bienes de la compañía mediante transferencias que disfrazaron de préstamos. Los jueces deducen de las circunstancias que rodearon las transferencias que los préstamos eran simulados. 

Es la SAP Madrid de 10 de enero de 2024 

Añadir actividades de transporte a tu objeto social manteniendo éste, por lo demás, supone una "modificación sustancial del objeto social" en el sentido del art. 346.1 LSC

Por Esther González

Es la Resolución de la DGSJFP de 11 de marzo de 2024. Se rechaza la inscripción de la ampliación del objeto social y modificación de los estatutos de una sociedad de responsabilidad limitada laboral, aprobada en junta general por mayoría. El Registrador considera que con conforme al art. 346 de la LSC, debe constar en la escritura calificada la publicación del acuerdo en el BORM o la manifestación de haberse comunicado tal acuerdo a cada uno de los socios que no hayan votado a favor del acuerdo, así como la declaración de los administradores de que ningún socio ha ejercitado el derecho de separación dentro del plazo establecido o sobre el hecho de que la sociedad, previa autorización de la junta general, ha adquirido las participaciones sociales o acciones de los socios separados, o se ha realizado la reducción del capital social.

La sociedad recurrente alega que el acuerdo adoptado no sustituye el objeto social, ni lo modifica sustancialmente ya que, en su opinión, se trata de meras concreciones o especificaciones del objeto social.

Sin embargo, la DGSJFP desestima el recurso y confirma la calificación registral. Señala que, además de las actividades que se han añadido en la determinación estatutaria del objeto social que constituyen meras concreciones o especificaciones del objeto primigenio, se han introducido otras, como el «transporte de mercancías por carretera, agencia de transportes», que indudablemente implican una modificación sustancial del conjunto de actividades que conforman el objeto social por referirse a realidades económicas y jurídicas distintas de aquellas que hasta entonces constituían dicho objeto. Por tanto, concurre el supuesto de hecho art. 346.1.a) LSC, por lo que no puede inscribirse la modificación del objeto social si no se acredita que se ha cumplido lo establecido en los artículos 348 y 349 de la LSC y 206 del RRM. 

Un administrador de una sociedad española con sede social en Palma de Mallorca, vive en Versalles (Francia) y su destitución por el socio único hay que comunicársela como si fuera una notificación administrativa o judicial


Por Marta Soto-Yárritu

Es la Resolución de la DGSJFP de 19 de marzo de 2024

El socio único de una SL decide el cesar al administrador único y nombrar uno nuevo. En la escritura de elevación a público de dichas decisiones, se requiere al notario para que notificara el otorgamiento y contenido de aquélla al anterior administrador único, en su domicilio de Versalles (Francia) que se especifica, a los efectos del art. 111 RRM. El notario envía notificación por correo certificado con aviso de recibo, que no puede ser entregada por “dirección desconocida” según indica la entidad francesa de correo. 

El Registrador rechaza la inscripción porque del Reglamento del Registro Mercantil habiendo resultado infructuosa la notificación de tales decisiones del socio único por el sistema de carta certificada con aviso de recibo, al no haber sido entregada la carta a su destinatario por desconocido, dicha notificación debe reintentarse conforme al artículo 202 del Reglamento Notarial y la Resolución de 15 de enero de 2021. 

Y añade que, al no haber señalado el administrador destinatario de la notificación un domicilio en España, dicha notificación podrá realizarse a través de los medios previstos en el Reglamento 2020/1784, relativo a la notificación de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil, y, en su caso, Convenio de la Haya de 1965 sobre notificación de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil sin perjuicio de poder acudir a otros instrumentos internacionales multilaterales o bilaterales con Francia, lo cual se manifiesta a título de ejemplo.

El recurrente alega que, al estar en el extranjero el domicilio en el que debe efectuarse la notificación, no cabe aplicar la doctrina del «doble intento de notificación», una personal por el notario y, fallida ésta, otra por correo; y porque el notario español no tiene competencia para actuar en territorio francés, sin que sea válida la solución de requerir a un notario francés para llevar a cabo la notificación porque este no practicaría la notificación sujetándose al procedimiento del artículo 202 del Reglamento Notarial español, sino siguiendo el procedimiento establecido por la legislación notarial francesa, resultando así imposible dar cumplimiento a lo que dispone el artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil.

La DGSJFP desestima el recurso y confirma la calificación registral. Señala que, aun cuando no se pueda practicar la notificación conforme a lo establecido en los citados artículos 202 y 203 del Reglamento Notarial, según el artículo 111 del Reglamento del Registro Mercantil, no es esa la única vía para notificar el nombramiento de administrador al cesado. Indica que la referida normativa notarial se limita a regular las notificaciones nacionales o internas. En este caso, como la notificación fehaciente del nombramiento de administrador debe practicarse en Francia, es aplicable el referido Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2020, relativo a la notificación y traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil («notificación y traslado de documentos»).

Temple Grandin explica lo que es la diversidad de la buena, no la DEI

 


Había gente que diseñaba y construía máquinas que, si fueran niños, estarían en una clase de educación especial, pero eran propietarios de sus talleres y tenían decenas de patentes a su nombre.  

... Hay tres tipos de pensamiento/inteligencia. Hay visualizadores de objetos como yo, que todo lo conciben en imágenes, en fotos... luego están los que 'ven' patrones en un marco visual-espacial. Esos son los matemáticos. Piensan en patrones. Y luego están los que piensan verbalmente, los que piensan en y con palabras. Y luego, claro, hay mezclas de los tres...  

... ¿En qué podrían ser buenos los diferentes tipos de pensadores? Mi tipo de mente, el visualizador de objetos, será bueno con los dispositivos mecánicos porque puedes ver cómo funcionan; será bueno en el arte, la fotografía y con los animales. Pero no podemos ser matemáticos teóricos. Yo me defiendo con la aritmética. Entiendo cosas como pi multiplicado por el radio al cuadrado para dimensionar los cilindros hidráulicos, pero inmediatamente, lo que veo en mi cabeza cuando digo eso son los cilindros hidráulicos.  

El pensador visual-espacial que piensa en patrones, trabajará en el departamento de Tecnologías de la Información, será programador, químico, físico y estudiará cómo hacer las cosas. Y, en fin, tienes a los que piensan verbalmente, que son mucho más lineales. Estos se dedicarán a cosas como las ventas, porque para vender tienes que ser capaz de hablar muy bien; se harán escritores o se dedicarán al Derecho o a la enseñanza...  

Un autista puede ser un pensador extremo, un matemático extremo que será un físico de primer nivel. Einstein no habló hasta los tres años, probablemente estaría en un programa de autismo hoy. O puedes conseguir estos pensadores extremos de palabras que son muy, muy detallistas, muy buenos para hacer control de calidad, por ejemplo. Necesitamos todos los diferentes tipos de mentes... Si quieres contratar a los mejores de entre las personas neurodivergentes con autismo, dislexia o TDAH... hay que deshacerse del sistema convencional de entrevistas. Estos candidatos necesitan poder enseñarte su trabajo sin tener que pasar por una entrevista en la que la decisión se tomará en función de lo bien que hablen... 

... ese niño que debería estar arreglando ascensores o inventando dispositivos mecánicos está jugando videojuegos en el sótano en lugar de trabajar para una empresa, suya o de otros. Hay algunas cosas beneficiosas que puedes aprender de los videojuegos y eso es cierto. Pero no pasarte jugando diez horas al día... Los niños de hoy en día no tienen la oportunidad de aprender de los errores, y están muy sobreprotegidos No se están exponiendo a suficientes cosas diferentes.

From bullied to brilliant: How Temple Grandin embraces autism

Más referencias en esta entrada. 

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