Quizá no es tan relevante. La titularidad sobre los activos físicos no tiene por qué estar en las mismas manos que la titularidad del derecho a utilizar esos activos. Eso lo sabemos desde que se inventó el contrato de arrendamiento. Y, por supuesto, no tienen por qué estar ambos en un mismo patrimonio – el de la persona jurídica titular de la empresa –.
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Archivo del blog
-
►
2024
(642)
- ► septiembre (93)
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(425)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
►
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
▼
2015
(484)
-
▼
noviembre
(49)
- ¿Qué le sugiere a un jurista esta diapositiva?
- La usura, en serio
- ¿Por qué el Rey ha sido elegido democráticamente p...
- Sociedades mutualistas e impuestos
- Más disparates made in la DGRN
- Canción del viernes en miércoles y nuevas entradas...
- Más doctrina registral de “meterse en todos los ch...
- Listas negras, derechos fundamentales y carga de l...
- Mira, mejor no comercializamos estos productos
- Se confirma: no hay que regular en los estatutos l...
- Oposición de un acreedor a la escisión
- Denominación social cuasi idéntica a una preexistente
- Juntas universales fingidas
- Seremos malos, pero no nos pagan como si fuéramos ...
- No necesitamos responsabilidad social corporativa....
- Un libro necesario
- Jornada sobre el art. 160 f LSC
- ¡Hurra por la DGRN! Depósito de cuentas con inform...
- Que pongan un pleito a tu empresa no genera daños ...
- Exhumar e incinerar a los parientes no afecta a la...
- Cesión de deuda inconsentida por el acreedor y con...
- Canción del viernes en miércoles y nuevas entradas...
- Mercados competitivos y gobierno corporativo
- Tasa de descuento
- De sociedades igualitarias a jerárquicas
- Extensiones de garantía como seguro
- Impugnación de acuerdo de refinanciación por minor...
- Impugnación de acuerdo de refinanciación
- Compraventa de empresas: aparece un pasivo y se no...
- Si hay dolo del vendedor es irrelevante la neglige...
- Kurzweil entrevista a Minsky
- Canción del viernes en miércoles y nuevas entradas...
- Consejos de Zingales sobre gobierno corporativo
- La indemnización de los daños causados por la adop...
- Cuando el principal accionista es también el princ...
- La inscripción de los límites a las facultades de ...
- Cómo crean dinero los bancos
- Adam Smith y Ada Colau
- Inscripción de las limitaciones estatutarias a las...
- Canción del viernes en jueves. Palladio. Karl Jenkins
- Diferencia entre vinculación contractual y ejercic...
- Seducir a Cataluña
- Entradas mercantiles en Almacén de Derecho y canci...
- Los alumnos deben respetar a los profesores
- Los clips (swap de tipos de interés) son productos...
- Cesión de crédito y estipulación a favor de tercer...
- El leasing en el concurso
- ¿Deber de mitigar el daño?
- Grupo de sociedades en el concurso
- ► septiembre (14)
-
▼
noviembre
(49)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(626)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
►
2009
(177)
- ► septiembre (16)
1 comentario:
Hola profesor!
Está de moda hablar de "disrupción" y esta diapositiva no muestra nada "disruptivo", jajaja. Simplemente antes lo más eficiente era articular unos servicios en base a la propiedad y ahora lo es en base a diferentes tipos de arrendamientos y derechos de uso. Eso es una innovación, pero no una disrupción (https://en.wikipedia.org/wiki/Disruption).Lo que demuestra que el derecho es siempre una de las palancas de innovación de modelos de negocio más potentes. Por eso en Silicon Valley los abogados son tan caros y se gasta tanto, porque allí se han dado cuenta :P
Un abrazo!
Publicar un comentario