Un sistema económico fundado en la competencia significa, básicamente, que se deja a la decisión individual de cada ciudadano la determinación de lo que ha de producirse, las cantidades y las calidades en las que ha de producirse renunciando el Estado a la planificación coactiva. La coordinación de todas las decisiones individuales (de empresarios y consumidores) la logra el mecanismo de los precios.
Dentro de las reglas que definen el juego, se deja a los participantes en el mercado la libertad de utilizar sus recursos de la manera que ellos, basándose en sus conocimientos específicos, perciben como más rentable. Es precisamente porque el conocimiento que existe disperso en las cabezas de las personas puede ser utilizado de forma óptima, por lo que el juego de la catálisis puede desplegar su potencial de creación de riqueza. Sin embargo, como en cualquier juego genuino, no se puede tener las dos cosas: No se puede jugar a un juego y, al mismo tiempo, tratar de asegurar resultados específicos.
El objetivo del juego de la catalaxia es dejar que los participantes en el mercado tomen sus propias decisiones dentro de las reglas del juego, con la consecuencia de que los resultados concretos que surjan de sus distintas elecciones deben permanecer indeterminados... Si el juego merece la pena puede juzgarse adecuadamente sólo en términos de la conveniencia de su patrón de resultados, no examinando los resultados concretos y preguntando si no podrían mejorarse mediante una intervención discrecional... Sin duda, podemos imaginar casos en los que dicha intervención puede hacer algún bien. Sin embargo, esta no es la cuestión relevante. La cuestión relevante es si al dar a los gobiernos autoridad para intervenir mediante órdenes discrecionales podemos esperar de forma realista llegar a patrones generales de resultados más deseables que si se les niega tal autoridad...
El enfoque constitucional implica que necesitamos distinguir entre la cuestión de la voluntariedad de los acuerdos dentro de las normas, es decir, a nivel subconstitucional, y la voluntariedad de los acuerdos sobre las normas, es decir, a nivel constitucional.
La voluntariedad de las transacciones del mercado es la voluntariedad dentro de las reglas del juego que definen la constitución del mercado. El acuerdo voluntario explícito que se requiere para que una transacción cuente como un intercambio de mercado voluntario (o un contrato constitucional privado voluntario) depende de cómo se definan las reglas del juego de la catálisis.
Si los derechos de propiedad privada se definen de manera que incluyan el derecho de un propietario a poner un gran cartel en su propiedad, un contrato voluntario entre él y una empresa de construcción para poner dicho cartel se califica como un intercambio de mercado perfectamente voluntario, incluso si su vecino, cuya vista está bloqueada por el cartel, se opone firmemente a dicha acción y no está de acuerdo en absoluto. Si las reglas del juego no otorgan a un propietario dicho derecho, su acuerdo voluntario con una empresa constructora no sería suficiente para convertir la transacción en un intercambio de mercado legítimo en ausencia del acuerdo explícito de su vecino con la transacción.
… Franz Böhm y su colega de la Universidad de Friburgo -Walter Eucken- destacaron que, además de su papel como mecanismo de incentivo, la competencia también funciona como mecanismo para limitar y dispersar el poder. En palabras de Böhm (1961:42), "la competencia es el instrumento más notable e ingenioso para reducir el poder que se conoce en la historia".
… La competencia significa la disponibilidad de contrapartes alternativas para el comercio, de fuentes alternativas de suministro, una condición que reduce la dependencia de los consumidores de cualquier proveedor en particular y, por lo tanto, reduce el poder que dicha dependencia proporcionaría a este último.
El último de los tres problemas que he distinguido antes, a saber, el problema del conocimiento, ha sido discutido, en particular, por Friedrich A.Hayek, quien ha subrayado que lo que podemos llamar el "problema económico de la sociedad" es en esencia un problema de conocimiento: "El problema de encontrar un método que no sólo utilice de la mejor manera posible los conocimientos dispersos entre los miembros individuales de la sociedad, sino que también utilice de la mejor manera posible su capacidad de descubrir y explorar nuevas formas de hacer las cosas" (Hayek)
La competencia en el mercado constituye un proceso de aprendizaje exploratorio en el que se ensayan y ponen a prueba continuamente soluciones nuevas y potencialmente mejores para una amplia gama de problemas -desde el suministro de pan o la producción de programas informáticos hasta la organización de grandes empresas-, en condiciones que permiten responder a los intereses de los consumidores, los jueces últimos del éxito y el fracaso.
La competencia en el mercado es, en otras palabras, un proceso de creación de conocimiento (Kerber 1991) o un "proceso de exploración" (Hayek 1978); es un proceso evolutivo abierto que permite, y proporciona incentivos para que se realicen esfuerzos continuos e innumerables por obtener mejores soluciones a los problemas que las que están disponibles en la actualidad. Es un proceso que facilita la adaptación en un mundo en el que nuestro conocimiento y los problemas a los que nos enfrentamos cambian de manera que nunca se puede anticipar completamente; un proceso que, por estas mismas razones, por necesidad "siempre conduce a lo desconocido" (Hayek 1960:40)
Viktor Vanberg, Constitutionally constrained and safeguarded competition in markets and politics, 1993