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Nadie mejor que Shavell ha explicado la utilidad de la propiedad para mejorar el bienestar de los individuos y grupos humanos.
Así, la propiedad proporciona a la gente incentivos para trabajar (si la gente extrae utilidad de consumir cosas (usarlas), la gente querrá trabajar una hora más si lo producido en esa hora le proporciona una utilidad al consumirlo superior a la desutilidad que experimenta esa persona por tener que trabajar (utilidad marginal del trabajo, bienestar individual), porque al decidir si trabaja una hora más o no, lo que compara es la desutilidad de trabajar con la utilidad del consumo de lo producido, lo que presupone que puede conservar para sí el producto de ese trabajo. Sin derechos de propiedad, esa persona no tiene ninguna garantía de poder consumir lo que ha producido. Por tanto, si todo o parte de lo producido se le arrebata, no se podrá lograr el volumen social óptimo de trabajo. Por el contrario, “el resultado óptimo desde el punto de vista social se puede alcanzar en un régimen de propiedad privada. Si cada individuo tiene todos los derechos sobre lo que produce, trabajará en la cantidad óptima socialmente y el bienestar social se maximiza” porque cada individuo maximiza la utilidad que extrae de su trabajo y porque, en principio, el bienestar social es la suma del bienestar de todos los individuos.
La propiedad también proporciona los incentivos para mantener y mejorar las cosas que son propiedad de uno, es decir, para llevar a cabo las inversiones que tengan un valor neto positivo porque aumenten el valor de la cosa en más de lo que cuesta la inversión. Y la razón es igualmente sencilla de explicar: si el propietario retiene el aumento de valor de la cosa, tendrá incentivos para invertir, en el margen, hasta igualar el coste y el beneficio de la inversión con lo que el nivel de inversión será el óptimo.
Ser propietario proporciona al individuo incentivos para transferir el activo, es decir, asignarlo a alguien que lo valora más que uno mismo lo que conduce a una asignación eficiente de los recursos. Si el que ostenta el control de un activo y decide sobre su transferencia no retiene los beneficios de dicha transferencia, es decir, no es propietario, carece de incentivos para asignarlo a aquél que lo valora más.
La propiedad, además, protege frente a los riesgos de la vida en general ya que permite obtener medios de subsistencia cuando no podemos trabajar para procurárnoslos, es decir, la propiedad actúa como seguro en cuanto se convierte en “ahorro”. Pero es probable que esta función de la propiedad individual sea limitadamente eficaz. Es mucho más eficiente cubrir los riesgos a los que están expuestos los individuos y que alcanzan a todos los miembros de un grupo a través de mecanismos colectivos, singularmente, a través de mecanismos mutualistas que suponen poner en común los riesgos y los medios para cubrir los siniestros.
Hemos dicho que la propiedad privada permite reducir los conflictos entre los miembros de un grupo por los recursos. Shavell lo expresa diciendo que se reducen los incentivos para apropiarse de las cosas ajenas y, por tanto, de los riesgos de conflictos y de captura de rentas en una sociedad (las sociedades en las que la gran mayoría de la población es propietaria son más estables) y es posible, a priori, cualquier distribución de la riqueza que se considere deseable: basta con redistribuirla en la seguridad de que la nueva asignación podrá ser mantenida gracias a que en esa sociedad se protegen los derechos de propiedad.
Shavell, Steven, Economic Analysis of Property Law (December 2002)