martes, 26 de septiembre de 2023

Citas: predecir el futuro, pensar menos incorrectamente, los gestos humanos, el populismo y el sectarismo del clérigo juntaletras

 


La traición nunca prospera. ¿Por qué? Porque si prospera, nadie se atreve a llamarla traición, 

John Harrington, 1618

Populismo a la romana 

... mechanico quoque quoque grandis columnas exigua impensa perducturum in Capitolium pollicenti praemium pro commento non mediocre optulit, operam remisit praefatus sineret se plebiculam pascere. 

A un ingeniero mecánico, que prometió transportar algunas columnas pesadas al Capitolio a bajo costo, le dio una elevada recompensa por su invento, pero se negó a hacer uso de ella, diciendo: "Debes dejarme alimentar a mis pobres vecinos de Roma". (Suet. Vesp. 18; traducido de la edición de Loeb, 1914)

 El populismo es malo y la histeria sobre el cambio climático, peor

... se supone que el objetivo de la política económica es maximizar la creación de puestos de trabajo en lugar de maximizar la disponibilidad de bienes a bajo coste para los consumidores y las empresas. Tanto las autoridades de la política de competencia como los responsables del comercio internacional han rechazado explícitamente la eficiencia económica como guía central de la política económica. Esto, yo sugeriría, es un error costoso y con graves consecuencias. . . . 

Me inclino a pensar que si el cambio climático es un problema central, deberíamos querer que las tecnologías para mitigar el cambio climático se produjeran de la forma más barata posible. Mi opinión... es que la gente, los historiadores, recordarán la visión que tenían los estadounidenses de la Unión Soviética en 1960, la visión que tenían los estadounidenses de Japón en 1990 y la visión que tenían los estadounidenses de China en 2020 como visiones extremadamente alarmadas justo cuando se estaba produciendo con mayor intensidad la regresión a la media de las economías de esos tres países.

Larry Summers 

Quizás lo más fácil de predecir es el fracaso de las predicciones más aceptadas.

el economista más leído de su época, John Kenneth Galbraith, predijo en 1967 que las grandes corporaciones podrían aislarse de la competencia y asegurarse una posición dominante. Estas corporaciones supuestamente invencibles han sido reemplazadas en su mayoría por otras, que, como Apple, Microsoft y Walmart, no existían o acababan de fundarse en 1967.   

Aún más conocido: Paul Ehrlich -en su best seller de 1968 La bomba demográfica, en su testimonio ante el Senado de EE.UU., en sus comentarios en tertulias televisivas y otras innumerables apariciones- predijo que la superpoblación haría que mil millones de personas murieran de hambre en una década. Preveía el rápido agotamiento de los recursos naturales. Junto con el Club de Roma, Crecimiento Cero de la Población y libros como Los límites del crecimiento, argumentó que la humanidad estaba agotando unos recursos limitados y que ya había llegado a un punto en el que la catástrofe era inevitable. The New Republic proclamó que "la población mundial ha sobrepasado la oferta de alimentos. La hambruna ha comenzado". De hecho, ocurrió exactamente lo contrario. El suministro de alimentos per cápita estaba creciendo, y la hambruna pronto sería un problema poco frecuente causado no por la escasez de suministros, sino por la mala gestión del gobierno y por la falta de ingresos necesarios para comprar los productos existentes. 

Sin embargo, las predicciones parecían insensibles a las pruebas en contra. "¿Cuántas veces tiene que equivocarse un profeta para que dejemos de creer que es un verdadero profeta?", se preguntaba el economista Julian Simon. Razonando que si los recursos se agotaran, su precio subiría, en 1980 Simon retó a Ehrlich en Social Science Quarterly a aceptar una apuesta de mil dólares. Ehrlich podía elegir cinco metales que Ehrlich esperara que fueran cada vez más escasos. Si su precio subía en diez años, Ehrlich ganaría la apuesta y Simon pagaría a Ehrlich el precio real de compra de esos metales; si bajaban de precio, Ehrlich pagaría mil dólares a Simon. Ehrlich se apresuró a aceptar la "asombrosa oferta de Simon antes de que otros codiciosos se lanzaran". 

Dado que Ehrlich podía elegir los metales y que lo máximo que podía perder eran mil dólares, mientras que con subidas de precios suficientes las pérdidas potenciales de Simon fueran ilimitadas, las condiciones parecían favorecer a Ehrlich. En 1990, los precios de los cinco metales habían bajado y Ehrlich extendió un cheque a Simon. Sería difícil imaginar una prueba más clara de una predicción fallida, pero Ehrlich seguía negándose a admitir que se había equivocado. Por su parte, Simon había razonado que el maltusianismo de Ehrlich, basado en la comparación de las personas con las mariposas, pasaba por alto el "recurso definitivo" que poseen los seres humanos: el ingenio. Los efectos de sustitución, la innovación tecnológica y los esfuerzos dirigidos por un mecanismo de precios podían alterar las tendencias de las personas como no podían hacerlo en el caso de las mariposas. Los recursos tendían a expandirse, no a disminuir, a medida que nuevas fuentes se hacían tecnológicamente accesibles y nuevos métodos productivos podían utilizar materiales diferentes. Pero el poder retórico de las líneas rectas, especialmente si uno ha apostado mucho por predecir su continuación, es difícil de superar... 

Gary Saul Morson y Morton Schapiro, The Future of Prediction, en The Fabulous Future? American and the World in 2040, 2015

Prescientes 

. . Si nos movemos en la dirección de construir máquinas que aprendan y cuyo comportamiento se modifique por la experiencia, debemos enfrentar el hecho de que cada grado de independencia que le damos a la máquina es un grado de posible desafío a nuestros deseos. El genio en la botella no volverá voluntariamente a la botella, ni tenemos ninguna razón para esperar que estén bien dispuestos hacia nosotros".

Norbert Wiener, 1949

Michael Faraday le dijo supuestamente a Gladstone (quien había preguntado qué traería de bueno la electricidad): "Bueno, hay muchas posibilidades de que pueda gravarla con un impuesto"

Mark A. Ratner, Especialmente sobre el futuro, en Morson/Schapiro, The Fabaulous Future

El primer gesto humano que se produjo entre nosotros

Cuando quedó reparada la ventana desvencijada y la estufa empezó a calentar, pareció como si algo se ensanchase en cada uno de nosotros, y fue entonces cuando Towarowski (un franco-polaco de veintitrés años, con tifus) propuso a los otros enfermos que cada uno de ellos nos diese una rebanada de pan a los tres que trabajábamos, y su proposición fue aceptada. Sólo un día antes un acontecimiento semejante habría sido inconcebible. La ley del Lager decía: «Come tu pan y, si puedes, el de tu vecino», y no dejaba lugar a la gratitud. Quería decir que el Lager había muerto. Fue aquél el primer gesto humano que se produjo entre nosotros. Creo que se podría fijar en aquel momento el principio del proceso mediante el cual, nosotros, los que no estábamos muertos, de Häftlinge empezamos lentamente a volver a ser hombres... Yacíamos en un mundo de muertos y de larvas. La última huella de civismo había desaparecido alrededor de nosotros y dentro de nosotros. La obra de bestialización de los alemanes triunfantes había sido perfeccionada por los alemanes derrotados. Es hombre quien mata, es hombre quien comete o sufre injusticias; no es hombre quien, perdido todo recato, comparte la cama con un cadáver. Quien ha esperado que su vecino terminase de morir para quitarle un cuarto de pan, está, aunque sin culpa suya, más lejos del hombre pensante que el más zafio pigmeo y el sádico más atroz.

Primo Levi, Si esto es un hombre.

No seas sectario

 La creación de una falsa equidistancia que, en teoría, busca recomponer, pero que apela a la división para justificar su existencia. Que quiere ser puente entre PSOE y PP, mientras los regaña e insulta. Un proyecto que se dice de izquierdas, socialdemocracia verdadera, sin ninguna propuesta de izquierdas. Que tarda dos párrafos en defender al empresariado y no encuentra espacio para tratar intereses obreros. Que evoca la excelencia y olvida la igualdad de oportunidades. Que dice estar por encima de nacionalismos, pero se envuelve en la bandera nacional. Izquierda excelente por la igualdad de los territorios, que descuida la igualdad entre personas. Derecha acomplejada que escapa de la etiqueta por ínfulas de modernidad, sentimiento de superioridad o porque no le han hecho hueco. Ni rojos ni azules, pero siempre con los azules. Siempre contra los rojos.

 Pilar Mera, en EL PAIS, sobre este manifiesto.

Tradición y competencia en la evolución del Derecho inglés: el caso de las Estate Acts


foto: JJBOSE

Quizá se deba el éxito del Derecho inglés a que evolucionó en un contexto que combinaba tradición con competencia. El respeto a la tradición permitía obtener las ventajas del conservadurismo (ya se sabe, ‘no quites una valla hasta que no sepas por quéla pusieron ahí’). La ventaja fundamental del conservadurismo es que el status quo no se cambia si no es con el consenso - o al menos la participación - de los que pueden salir perjudicados por la reforma. Si un Derecho logra convencer a sus 'destinatarios' de que los cambios en el Derecho no se harán a su costa, los ciudadanos que viven bajo ese Derecho estarán más dispuestos a aceptar cambios en la Ley aunque, a veces, no les beneficien, lo que facilita la paz social. El gran éxito económico de Inglaterra se debió, en parte, a que la aparición de las sociedades anónimas permitió a los rentistas ingleses invertir los rendimientos de sus tierras en negocios mucho más rentables como lo eran canales, minas o el comercio trasatlántico.

Por su parte, la competencia entre los órganos encargados de interpretar y aplicar el Derecho garantiza, por su parte, la evolución del Derecho hacia ganancias de eficiencia. Si los tribunales del common law (reales) no concedían acción a quien la merecía para proteger sus derechos, se podía acudir a la Chancery (eclesiásticos originariamente) para pedir tal protección. La competencia entre dos sistemas de producción y aplicación de normas podía poner en marcha una race to the top si los particulares podían elegir (forum shopping).

El sistema inglés de Derechos reales sobre inmuebles era, en el siglo XVII – como en el resto de Europa, por lo demás – perfectamente medieval. No había una concepción de la propiedad como derecho real sobre inmuebles en el sentido que luego recogerían los Códigos civiles que siguieron, en toda Europa, al de Napoleón. Ese que define el derecho de propiedad como "le droit de jouir et disposer des choses de la manière la plus absolue". Lo que hizo el Código Civil francés de 1807 es liberar a los campesinos que cultivaban efectivamente las tierras como arrendatarios, aparceros etc de todas las cargas feudales que pesaban sobre ellas. Desde derechos de la iglesia a parte de la cosecha, a derechos del señor – noble – local a determinados frutos hasta servidumbres, limitaciones en beneficio de terceros, a menudo, los herederos o miembros de la familia extensa que se adquirían por testamento, pasando por asignación de determinados rendimientos de las fincas al pago de prestaciones establecidas a favor de cualquier miembro de la familia. Muchas de estas cargas eran ‘ocultas’ o ‘tácitas’ lo que impedía al interesado en comprar un terreno asegurarse de que no aparecerían después terceros con derechos sobre el terreno adquirido. Gracias a la codificación, el que era solo ‘tenedor’ y aparcero o arrendatario se convirtió en propietario de la tierra con los derechos más amplios imaginables. La entrada en el mercado de las tierras como ‘mercancía’ se hizo posible gracias a esta extraordinaria reducción de los costes de información para los potenciales adquirentes que suponía la extinción de cualquier derecho real sobre la tierra distinto del derecho del propietario – vendedor.  

Inglaterra no tuvo codificación, así que tuvo que modernizar su sistema de propiedad inmueble por una vía distinta y lo hizo a lo largo de dos siglos. Lo interesante es el instrumento jurídico que empleó a falta de Codificación. 

Fue este, ¡cómo no! el recurso al Parlamento. Igual que, como se ha contado muchas veces, los que querían constituir una corporación buscaban una Carta (Charter) en el Parlamento, los terratenientes ingleses de los siglos XVIII y XIX recurrieron al Parlamento para que éste les entregara una ‘carta’ llamada ‘Estate act’ que redefiniera con claridad los derechos y facultades  del ‘propietario’ y los delimitara respecto de los derechos de cualesquiera otros sobre dicho terreno. Estos cualesquiera otros eran, naturalmente, los mencionados en algún testamento de algún propietario previo del terreno. Estos testamentos – settlements – se fueron haciendo más y más complejos y adquiriendo – vía el Derecho de Trusts – ‘efectos reales’, es decir, que en caso de conflicto entre el adquirente de un terreno y cualquiera de los beneficiarios de alguna cláusula de estos settlements, prevalecían estos últimos. Y beneficiarios podían ser muchos – casi cualquier miembro de la familia extensa – y durante varias generaciones. Por ejemplo, las tierras de la familia Coke: los ingresos – parte de ellos – que generaban 64 de las 83 fincas de la familia estaban reservados para pagar a determinados beneficiarios distintos del heredero, como viudas, esposas, hijos, nietos y otros parientes de distintas generaciones de la familia. La solución ofrecida por la Estate Act correspondiente consistía en concentrar en algunas de las fincas – y sus rendimientos – todas las cargas de manera que las restantes pudieran quedar ‘libres de carga’ para ser explotadas en la forma más eficiente o para ser vendidas, por ejemplo, como terreno industrial o urbano. Naturalmente, el Parlamento respondía a una petición del heredero y, para ser atendido, tenía que demostrar que la restructuración de los derechos sobre las tierras no perjudicaba a ningún beneficiario. 

Como se ve, y en otros términos, estamos ante un proceso simétrico al proceso concursal. En este se trata de minimizar las pérdidas que sufren los acreedores de un sujeto insolvente maximizando el valor del patrimonio del deudor. Con una Estate Act todos los interesados (stakeholders) en un conjunto de fincas que han formado una herencia familiar juegan un juego de suma positiva en el que la tierra o su explotación podía dedicarse a usos más rentables (con lo que se aumenta el valor del patrimonio) pero ninguno de los que tenían algún interés 'real' se veía expropiado. Las Estate Acts - sin descartar que en el otorgamiento de muchas de ellas hubiera corrupción - eran eficientes en el sentido de Kaldor-Hicks, aunque no lo fueran en el sentido de Pareto porque no requerían del consentimiento de todos los afectados por la 'reestructuración'. Sustituían la regla de propiedad por la regla de la responsabilidad en escenarios de costes de contratación elevados

Dan Bogart/Gary Richardson, Making Property Productive. Reorganizing Rights to Real and Equitable Estates in Britain, 1660 to 1830, NBER, 2008

lunes, 25 de septiembre de 2023

Aplicación de la cláusula rebus sic stantibus para resolver un contrato de compraventa de un hotel firmado antes de la pandemia del Covid-19


Por Mercedes Ágreda

Lopesan y Oldavia ITG (Apollo) llegaron a un acuerdo en noviembre de 2019 por la que la primera transmitía a la segunda una participación mayoritaria en la sociedad Creativ Hotel Buenaventura, sujeto a la condición suspensiva de que la Comisión Europea (CE) autorizara la operación a efectos de control de concentraciones. La CE autorizó la operación en abril de 2020 y, ante el requerimiento de la sociedad vendedor para llevar a cabo la formalización de la compraventa y el pago del precio acordado, la sociedad compradora se negó alegando que la pandemia del Covid-19 que había sobrevenido con posterioridad al acuerdo había supuesto un cambio de circunstancias que no debía ser asumido por la parte compradora y que, habiendo desaparecido la base del negocio (por encontrarse el hotel cerrado por el confinamiento), no podía exigírsele el cumplimiento del contrato.

En primera instancia, el Juez dio la razón a la parte compradora, eximiéndole de cumplir con el contrato y la AP de Madrid, en esta sentencia, confirma el pronunciamiento. La AP hace un repaso de la figura de la cláusula rebus sic stantibus, como excepción al principio general de conservación de los contratos, destacando lo siguiente:

  • Se ha producido una evolución de la jurisprudencia del TS, sin que pueda ya defenderse que el uso de esta figura debe hacerse de forma sumamente restrictiva y excepcional. Por el contrario, debe tenderse hacia una aplicación prudente pero plenamente normalizada. 
  • La evolución jurisprudencial se orienta hacia una aplicación de la cláusula rebus sic stantibus en base a criterios estrictamente objetivos, atendiendo a dos criterios: la doctrina de la base del negocio, a través del cual se examina el alcance del cambio en relación a la propia finalidad del contrato, y la conmutatividad o equilibrio prestacional, según la cual la cláusula rebus debe aplicarse cuando se cause una excesiva onerosidad a una de las partes, frustrando la finalidad económica o viabilidad del contrato, o cuando se produzca una alteración significativa o ruptura de la relación de equivalencia de las contraprestaciones.
  • Las consecuencias jurídicas de la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus pueden ser meramente modificativas de la relación o puramente resolutorias o extintivas de la misma.

Analizando el caso concreto, la AP de Madrid concluye que se ha producido una modificación sustancial de las circunstancias entre la firma del contrato y el momento en que debía formalizarse la operación que: (i) ha frustrado totalmente las expectativas de negocio en el momento en que tenía que formalizarse la compraventa; y (ii) ha hecho desaparecer la equivalencia entre las prestaciones, esto es el objeto recibido (establecimiento hotelero) y el precio acordado, ya que el precio estaba relacionado con la situación existente en el momento de la firma (en la que el hotel estaba en explotación con unos rendimientos netos que podrían representar para la parte compradora una compensación de la inversión en un plazo razonable). Por tanto, se confirma la resolución del contrato de compraventa.

(Sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, sección 13, número 228/2023, de 18 de mayo de 2023)

Acuerdo del TS sobre la extensión y otras condiciones de los escritos de recurso y de casación y de oposición civiles



Por Marta Soto-Yarritu

La sala de Gobierno del Tribunal Supremo ha adoptado un “acuerdo sobre la extensión y otras condiciones extrínsecas de los escritos de recurso de casación y de oposición civiles” ex. art. 481.8 LEC (tras su reciente modificación por el RDL 5/2023, de 28 de junio.

Destacamos lo siguiente:

1. Se aprueba una carátula en la que el recurrente deberá identificar resumidamente los datos esenciales del recurso de casación, que estará disponible en la página web del CGPJ.

2. La extensión máxima de los escritos de interposición y oposición de los escritos de casación dirigidos a la Sala Primera del TS será de 50.000 caracteres con espacio (equivalente a 25 folios). El acuerdo establece que “en su caso, deberá justificarse la superación de la extensión máxima prevista en caso de que concurran circunstancias especiales de carácter excepcional”.

3. Se establecen normas de formato (fuente, tamaño, interlineado, márgenes, numeración).

4. Los documentos que deberán acompañar al escrito del recurso son: el poder para pleitos, la copia de la resolución de primera instancia y de la resolución impugnada (junto con los autos de aclaración, subsanación, etc., en su caso), la copia del resguardo de constitución del depósito para recurrir y la copia del documento que acredite el cumplimiento de los requisitos del art. 449 LEC.

Cláusulas abusivas: Preclusión de la posibilidad de oponer al adjudicatario la existencia de cláusulas abusivas en el contrato cuando el procedimiento de ejecución ha concluido y los derechos de propiedad sobre el bien hipotecado han sido transmitidos. Posibilidad de una acción de reparación en un procedimiento declarativo posterior



Por Mercedes Ágreda

Sentencia del Tribunal Supremo, de Pleno, Sala de lo Civil, número 1216/2023 de 7 de septiembre de 2023

Dice el TS que una vez que la propiedad se ha transmitido mediante un procedimiento de ejecución, no puede oponerse frente a esa transmisión la nulidad de cláusulas del contrato del préstamo hipotecario, ni reclamar los efectos restitutorios del art. 1303 CC respecto del inmueble ejecutado. En otros términos: el deudor ejecutado no puede alegar la nulidad de esa cláusula para oponerse al dominio del adjudicatario sobre el inmueble así adquirido.

Cuestión distinta es si en el caso se ha producido o no un enriquecimiento injusto. Este hecho debe analizarse en el marco de la jurisprudencia del TJUE, que admite la posibilidad de suscitar en un procedimiento declarativo posterior al procedimiento de ejecución el eventual carácter abusivo de una cláusula del contrato, cuando en el curso del procedimiento de ejecución no se realizó ni de oficio por el juez, con ocasión del auto de despacho de la ejecución o en otro momento posterior anterior a la aprobación de la adjudicación, ni a instancia de parte en el trámite de oposición, un examen sobre el carácter abusivo o no abusivo de las cláusulas del contrato, a fin de obtener la reparación del eventual perjuicio económico causado por la aplicación de dichas cláusulas.

Una vez sentadas estas bases, la sentencia entra a analizar si en el caso concurren los requisitos exigidos por la doctrina jurisprudencial para concluir que ha existido enriquecimiento sin causa

Cláusulas abusivas: Inexistencia de litispendencia o de cosa juzgada respecto de un proceso declarativo sobre nulidad de cláusula abusiva si en el proceso de ejecución no se ha examinado, de oficio o a instancia del ejecutado, el carácter abusivo de la cláusula


Por Marta Soto-Yarritu

Sentencia del Tribunal Supremo, de Pleno, Sala de lo Civil, número 1215/2023 de 4 de septiembre de 2023.

En este caso, se trataba de un préstamo sin garantía hipotecaria que establecía un tipo de interés de demora superior al 2% sobre el interés remuneratorio. En un momento posterior a que se dictara el auto que desestimó la oposición a la ejecución de título no judicial (escritura) basada en el carácter abusivo de la cláusula de liquidación de la deuda (auto previo a la declaración de abusivas por el TS de las cláusulas que establecieran un interés de demora superior al 2%) pero estando aún en trámite el proceso de ejecución, los demandantes presentaron una demanda de juicio ordinario contra el banco en la que solicitaron que se declarara la nulidad de la cláusula de interés de demora del préstamo.

El banco se opuso a la demanda y alegó, entre otros argumentos defensivos, la excepción de cosa juzgada.

El TS da la razón a los demandantes, con base en los siguientes argumentos:

  • El eventual carácter abusivo de la cláusula del contrato de préstamo que establece el interés de demora no ha sido objeto de examen en el proceso de ejecución. No fue objeto de control de oficio, pues el auto que despacha ejecución no contiene ninguna motivación expresa, siquiera sea sucinta, sobre el examen de esa cláusula, y no fue objeto del incidente de oposición a la ejecución, en el que solo se examinó el eventual carácter abusivo de otra cláusula, la de liquidación de la deuda.
  • No existiendo una resolución firme dictada en el proceso de ejecución que contenga un pronunciamiento expreso y motivado, al menos sucintamente, que enjuicie, de oficio o a instancia de parte, el carácter abusivo de la cláusula de interés de demora, no existe litispendencia ni cosa juzgada, ni se ha producido la preclusión respecto de la posibilidad de solicitar la nulidad de tal cláusula en un proceso ordinario.
  • Lo anterior no obsta que, en los casos en los que el ejecutado no tenga la condición de consumidor, mantengamos la jurisprudencia sobre la improcedencia de plantear en un proceso declarativo posterior (o simultáneo, por existir identidad de razón jurídica) los motivos de oposición a la ejecución que el ejecutado puede oponer en el proceso de ejecución, pues para el ejecutado la posibilidad de alegar esas causas de oposición precluye si no las formula en una demanda incidental de oposición a la ejecución.
  • Por último, esta posibilidad de promover un proceso declarativo sobre el carácter abusivo de la cláusula de un contrato que esté siendo o haya sido objeto de un proceso de ejecución no debe suponer ningún perjuicio para los derechos que en el proceso de ejecución se reconocen a los titulares de derechos posteriores inscritos o anotados sobre el bien hipotecado o embargado respecto del remanente que pueda existir una vez entregado el precio del remate al ejecutante. Por tanto, para que en ese proceso declarativo pueda hacerse entrega al consumidor de las cantidades cuya restitución tiene su causa en la declaración de nulidad de la cláusula abusiva realizada en la sentencia, habrá de acreditarse que en el proceso de ejecución no existen terceros con derechos posteriores inscritos o anotados sobre el bien hipotecado o embargado, que tengan derecho a la entrega del remanente en el proceso de ejecución y cuyo derecho no haya sido satisfecho.

La conjura contra España (vii): Ford, Hoover, Roosevelt, Sánchez y el crecimiento económico


He leído unas cuantas teorías acerca de por qué Henry Ford subió los salarios de sus obreros tan significativamente (aquí, y aquí). Unos dicen que fue para arruinar a la competencia, que tenía márgenes inferiores a los suyos y no podía pagar esos salarios. DeLong dice que Ford subió los salarios para reducir la rotación, porque el ritmo de trabajo que imponía la cadena de montaje estaba provocando que miles de sus empleados no cualificados pidieran la baja voluntaria. 

También cuenta DeLong que Roosevelt no tenía mucha idea de lo que debía hacer para sacar a Estados Unidos de la Gran Depresión. De manera que siguió como regla mirar lo que había hecho su predecesor, el presidente Hoover y que no había funcionado, y hacer lo contrario.

Los políticos en España son más como Hoover que como Roosevelt. Cuando una política no funciona siguen aplicándola con más brío como si el problema hubiera sido la falta de ahínco e intensidad en la ejecución. Nunca se da una oportunidad a la política alternativa. Esto vale para la política en materia laboral (hay que insistir en burocratizar y hacer más rígida la relación laboral porque los problemas del mercado de trabajo español tienen que ver con la excesiva flexibilidad y libertad contractual) o la relación con los nacionalistas (hay que insistir en 'apaciguar' a unos fascistas que han dado pruebas de que están dispuestos a todo, a asesinar o a dar golpes de estado porque tratar de aniquilar el nacionalismo podría ser peligroso). 

Por desgracia para España, además, a los políticos más recientes y más ignorantes solo se les ocurre que las cosas que funcionan bien podrían funcionar mejor aplicándoles un poco de su ignorancia y, valga la redundancia, se aplican a ello. Iceta y su idea de reformar el sistema de oposiciones o los bandazos en materia de Educación son dos buenos ejemplos.

Los españoles no reaccionamos frente a este estado de cosas por una razón que también explica DeLong y que los italianos han experimentado anteriormente: los estándares de vida pueden mantenerse durante mucho tiempo después de que el crecimiento económico se agoteItalia no crece, prácticamente, desde el año 2000

La razón de esta quietud del rebaño español estaría en que los bienes públicos no se deterioran necesariamente al ritmo que se estanca la Economía o se reduce el crecimiento. Por bienes públicos entiendo la seguridad física (la delincuencia no aumenta, las relaciones sociales son pacíficas), el aire limpio (menos actividad puede incluso implicar menos contaminación), los servicios públicos esenciales de como agua, luz o transporte (que tardan mucho en decaer lo suficiente para que se perciba por los consumidores o son provistos por empresas privadas sometidas a competencia). Todos estos son bienes fijos. 

El crecimiento económico beneficia, sobre todo a los más pobres, o al menos de manera más efectiva, porque les permite empezar a disfrutar de bienestar como vacaciones, un coche, etc. Y la falta de crecimiento económico perjudica menos a los que reciben prestaciones públicas (empleados públicos, pensionistas) que, simplemente, las ven reducidas por la inflación de manera que la falta de crecimiento económico robusto no lo notan las clases medias más que transcurrido un periodo muy largo de tiempo.

Y la siguiente cita de Henry D. Thoreau ejemplifica bien la soberbia de los clérigos que desprecian el valor que el crecimiento económico tiene para mejorar la vida de la gente. Parecería que estoy leyendo a alguno de los literatos progresistas que acaparan las páginas de la opinión publicada en nuestro EL PAIS:

"Tenemos mucha prisa por construir el telégrafo desde Maine hasta Texas. Pero quizá Maine y Texas no tienen nada importante que comunicarse"

Citas: Keynes, Tolstoi, Diderot y Euler


No es tiempo para dejar las cosas en manos de los niños. Han de intervenir los adultos. Jan Christian Smuts durante la Conferencia de Versalles sobre si todo puede ir a peor (citada por Brad deLong)

"El pobre Keynes a menudo se sienta conmigo por la noche después de una buena cena y nos quejamos contra el mundo y la inundación que se avecina. Y le digo que este es el tiempo para la oración Griqua (que venga Dios mismo a la tierra. Que no envíe a su Hijo, que este no es un tiempo para niños). Y luego nos reímos, y detrás de la risa está la terrible imagen de Hoover (la Gran Depresión) de 30 millones de personas morirán de hambre a menos que hagamos algo. Pero, inmediatamente, volvemos a creer que las cosas no empeorarán tanto y que lo peor se evitará. Y de alguna manera todas estas fases del sentimiento son verdaderas y correctas en algún sentido…”


Nuestros cerebros son increíbles para ver patrones donde no existen (rostros humanos en las nubes), y todavía mejores para imaginar relaciones causales (o no verlas)… (Noah Smith)

Descartamos lo que parece improbable según nuestros prejuicios culturales (como que los términos "laissez-faire" y "ketchup" se originaran en China) y estamos demasiado dispuestos a aceptar explicaciones cíclicas arbitrarias, por ejemplo la Hipótesis Muth de Conflicto-Cocina (mi teoría de risa de que 30 años después de que EE.UU. cese las hostilidades en un país, la comida de ese lugar se pone de moda en California, como demuestran el sushi/yakitori/ramen de los años 70 y el auge de los sitios de barbacoa coreanos en los 80… el auge de la popularidad de la comida vietnamita en los 2000, etc. -espero con impaciencia la oleada de buenos restaurantes afganos a principios de 2050...-).

Las historias falsas lo son cada una a su manera pero las verdaderas lo son todas de la misma forma: Euler y Diderot

Desde el momento de su llegada, Diderot fue bien recibido, todos sus gastos habían sido pagados por la emperatriz, a quien divirtió inmensamente con la fecundidad y el fuego de su imaginación, por la abundancia y singularidad de sus ideas, y por el celo, la audacia y la elocuencia con que defendió públicamente el ateísmo. Pero varios de los cortesanos más experimentados y quizás más fácilmente alarmados, persuadieron a su soberano autocrático de que las enseñanzas de este tipo podrían tener consecuencias desafortunadas para toda la corte, y especialmente entre el gran grupo juvenil, destinado a importantes puestos del imperio, que podrían abrazar esta doctrina con más entusiasmo que con un escrutinio cuidadoso. La emperatriz deseaba entonces que se pusiera alguna restricción sobre Diderot sobre este tema, siempre que no pareciera desempeñar ningún papel en el asunto, y siempre que nadie mostrara ninguna autoridad indebida al respecto. Por lo tanto, se anunció al filósofo francés una noche, que un filósofo ruso, un matemático erudito y un distinguido miembro de la Academia, estaba preparado para probarle la existencia de Dios, algebraicamente, y ante toda la corte. Diderot dijo que estaría encantado de escuchar tal demostración, en cuya validez, por supuesto, no creía, por lo que se fijó una hora y un día para convencerlo.

Habiendo llegado la ocasión, con toda la corte presente, es decir, los hombres y más particularmente los miembros más jóvenes, el filósofo ruso avanzó seriamente hacia el filósofo francés, y hablando en un tono de voz para implicar su plena convicción, dijo: "Monsieur, (a + bn) / z = x, por lo tanto, Dios existe: ¡responda eso!Diderot estaba dispuesto a mostrar la futilidad y la estupidez de esta supuesta prueba, pero sentía a pesar de sí mismo, la vergüenza de que uno, al descubrir, (entre ellos), su intención de hacer un juego de ello, para que no estuviera dispuesto a intentar amonestarlos por las indignidades propuestas para él. Esta aventura le hizo temer que pudiera haber otros reservados para él de una naturaleza similar, por lo que algún tiempo después expresó su deseo de regresar a Francia. Luego, la emperatriz declaró su disposición a pagar todos sus gastos de viaje, fue enviado en su viaje después de haber recibido 50,000 francos.

……………

La siguiente anécdota se encuentra en Souvenirs de Vingt Ans de Sejour a Berlin de Thiebault, publicado en 1804. Thiebault no afirma tener conocimiento personal de la anécdota, pero da fe de que se reciba como verdadera en todo el norte de Europa. Diderot hizo una visita a Rusia por invitación de Catalina II. En ese momento era ateo o al menos hablaba ateísmo: sería fácil probarlo una cosa u otra a partir de sus escritos. Sus animados comentarios sobre este tema divirtieron mucho a la emperatriz y a toda la parte más joven de su corte. Pero algunos de los cortesanos más antiguos sugirieron que no era prudente permitir tales exposiciones sin reservas. La emperatriz también lo pensó, pero no le gustaba amordazar a su invitado con una prohibición expresa: así que se ideó un complot. Diderot fue informado de que un eminente matemático tenía una prueba algebraica de la existencia de Dios, que comunicaría ante toda la Corte, si estaba de acuerdo. Diderot accedió gustoso. El matemático, que no es nombrado, era Euler. Llegó a Diderot con el aire más grave, y en un tono de perfecta convicción dijo: "¡Monsieur! (A+Bn)/n = x, donc Dieu existe; ¡Repondez!' Diderot, para quien el álgebra era chino, aunque esto es expresado de una manera muy indirecta por Thiebault y de quien podemos suponer que esperaba algún argumento verbal de supuesta cercanía algebraica, estaba desconcertado, mientras sonaban carcajadas por todos lados. Al día siguiente pidió permiso para regresar a Francia, que le fue concedido". (de August De Morgan, Un presupuesto de paradojas [1872])

………….

"Contaremos una vez más la famosa historia de Euler y el ateo (o quizás solo panteísta) filósofo francés Denis Diderot (1713-1784). Invitado por Catalina la Grande a visitar su corte, Diderot se ganó su sustento tratando de convertir a los cortesanos al ateísmo. Harta, Catalina encargó a Euler que amordazara al filósofo ventoso. Esto fue fácil porque todas las matemáticas eran chinas para Diderot. De Morgan cuenta lo que sucedió (en su clásico Presupuesto de paradojas, 1872): Diderot fue informado de que un matemático erudito estaba en posesión de una demostración algebraica de la existencia de Dios, y la daría ante toda la Corte, si deseaba escucharla. Diderot accedió gustoso ... Euler avanzó hacia Diderot y dijo gravemente, y en un tono de perfecta convicción: "Señor, (a + bn n) / n = x, por lo tanto, Dios existe; ¡responda!" A Diderot le sonaba sensato. Humillado por la risa desenfrenada que recibió su vergonzoso silencio, el pobre hombre pidió permiso a Catalina para regresar de inmediato a Francia. Ella gentilmente lo dio. No contento con esta obra maestra, Euler pintó con toda seriedad su lirio con pruebas solemnes, en serio mortal, de que Dios existe y que el alma no es una sustancia material. Se informa que ambas pruebas pasaron a los tratados de teología de su época. (de E. Bell, Hombres de matemáticas [1937])

Eric Rasmusen, (a+b^n)/n = x. Therefore, God Exists, vía Anton Howe.

Migraciones prehistóricas y actuales


 

“Muchos arqueólogos creen que las migraciones modernas se deben principalmente a la superpoblación y a las peculiares fronteras de los Estados-nación modernos, ninguna de las cuales afectó al mundo prehistórico, lo que hace que los estudios sobre las migraciones modernas sean en gran medida irrelevantes para las sociedades prehistóricas. Pero las migraciones tienen muchas causas además de la superpoblación dentro de las fronteras estatales. La gente no emigra, ni siquiera en el abarrotado mundo actual, simplemente porque haya demasiada gente en casa. Los demógrafos modernos llamarían al hacinamiento un factor de "empuje", una condición negativa en casa. Pero hay otros tipos de factores de "empuje": la guerra, las enfermedades, las malas cosechas, el cambio climático, las incursiones institucionalizadas en busca de botín, los altos precios de las dotes que el novio ha de pagar por la novia, el derecho de sucesiones que favorece al primogénito, la intolerancia religiosa, el destierro, la humillación o las simples malas relaciones con los vecinos.

Muchas de las causas de las migraciones actuales y pasadas son sociales, no demográficas. En la antigua Roma, la Europa feudal y muchas partes del África moderna, las reglas de herencia favorecían a los hermanos mayores, condenando a los más jóvenes a buscar sus propias tierras o clientes, ¡un fuerte motivo para que emigraran. Los factores de empuje podían ser aún más sutiles. Según Raymond Kelley, las persistentes migraciones y conquistas de los nuer precoloniales de África Oriental no se debían a la superpoblación de Nuerlandia, sino a un sistema cultural de regulación de la dote - precio de la novia - que hacía muy caro para los jóvenes nuer conseguir una novia socialmente deseable. El precio de la novia era un pago que el novio hacía a la familia de la novia para compensar a ésta por la pérdida de la fuerza de trabajo de la mujer para su familia. La escalada de los precios de las novias animó a los hombres nuer a apropiarse de las tierras y ganados de sus vecinos no nuer que pudiera utilizarse para pagar el elevado precio de la novia por un matrimonio de alto estatus. Las rivalidades tribales por el estatus, apoyadas por los elevados precios de las novias en un entorno árido y poco productivo, provocaron la emigración y la rápida expansión territorial de los nuer. Las migraciones de los pastores tribales a las praderas pueden verse "empujadas" por muchos motivos, además de la escasez absoluta de recursos.

Independientemente de cómo se definan los "empujes", ninguna migración puede explicarse adecuadamente sólo por ellos. Toda migración se ve afectada también por factores de "atracción" (los supuestos atractivos del destino, independientemente de si son ciertos o no), por las redes de comunicación que aportan información a los emigrantes potenciales y por los costes de transporte. Los cambios en cualquiera de estos factores aumentarán o reducirán el umbral a partir del cual la migración se convierte en una opción atractiva. Los emigrantes sopesan estas dinámicas, pues lejos de ser una respuesta instintiva a la superpoblación, la emigración es a menudo una estrategia social consciente destinada a mejorar la posición del emigrante en la competencia por el estatus y la riqueza. Si es posible, los emigrantes reclutan clientes y seguidores entre la gente de casa, convenciéndoles de que también emigren, como describió Julio César los discursos de reclutamiento de los jefes de los helvecios antes de su migración de Suiza a la Galia. El reclutamiento en el país de origen por parte de emigrantes potenciales y ya emigrados ha sido un patrón continuo en la expansión y reproducción de los clanes y linajes de África Occidental, como señaló Igor Kopytoff. Hay muchas razones para creer que cálculos sociales similares han inspirado las migraciones desde que el ser humano evolucionó” 

David Anthony, The Horse, the Wheel, and Language: How Bronze-Age Riders from the Eurasian Steppes Shaped the Modern World, 2007

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viernes, 22 de septiembre de 2023

Citas: escuelas de negocio, educación, control de concentraciones y Argentina

foto: @thefromthetree

IESE, IE y ESADE entre las 10 mejores Business Schools de Europa según Bloomberg. Y se añaden ESIC,  EADA y EAE en las 20 mejores

IESE está la número 2 tras Bocconi e IE la número 6. ESIC la número 14, y EADA 18 y EAE 20


Gregorio Luri sobre lo que hay que hacer y lo que se puede hacer en la  Educación

A mi modo de ver, un currículo bien estructurado debiera entender el error del alumno como una oportunidad de aprendizaje. Sus principios básicos serían los siguientes: (1) delante de nosotros nunca hay un error, sino un alumno; (2) el alumno es alumno precisamente porque se equivoca; (3) el alumno suele dar la respuesta correcta a la pregunta que se hace él mismo; (4) la diferencia entre su respuesta y nuestra pregunta es un fiel medidor de la carga cognitiva de un aprendizaje; (5) cada centro genera sus errores específicos; (6) es un deber profesional reducir la ansiedad que causa en el alumno el miedo al error; (7) hay que corregir el error lo antes posible para evitar que quede fijado y (8) solo se puede corregir un error apelando a lo que el alumno ya sabe…

¿De qué me sirve saber que en Internet está el texto de El Quijote si la experiencia de su lectura sólo puede estar en mí? En la cacharrería tecnológica puede almacenarse toda la cultura objetiva de la humanidad (el conjunto de sus productos culturales), pero solo tengo derecho a considerarme culto si me esfuerzo en subjetivarla, hacerla mía, experimentar mi encuentro con ella. Dejemos, pues, de engañar a alumnos y a familias diciendo que todo está en internet…

Si insisto tanto en la importancia de tercero de primaria es porque conviene tener los cimientos bien asentados para sentirse en condiciones de descubrir el mundo. Esto significa asentar firmemente los conocimientos básicos: lectura, escritura y matemáticas. ¡Hay que volver desacomplejadamente a lo básico! El precio que pagamos por no hacerlo es muy alto: el 20% de nuestros jóvenes concluye su escolarización obligatoria sin poder leer con fluidez un texto mínimamente complejo y, además, presentan ansiedad matemática.


Inercia vs gravedad: al final, la gravedad gana a la inercia. España se rompe, vamos a la ruina: es fácil sobreestimar la inercia y más fácil subestimar los efectos de la fuerza de la gravedad)

Argentina tiene una altísima tolerancia a la crisis!; el conductor de Uber está concentrado en la música que suena en su teléfono móvil y no tiene tiempo ni ganas de molestarse en preocuparse por la luz que le indica que ha de verificar qué pasa con el  motor de su coche. Obsérvese que esta tolerancia a las condiciones de crisis es muy diferente de la buena gobernanza; incluso puede estar asociado con una tolerancia al mal gobierno, como Duncan y Fogarty argumentaron en su clásico volumen sobre el tema Pero, como he dicho durante años… en la física newtoniana de la Economía, la inercia siempre es fácil de sobreestimar y la gravedad fácil de subestimar. Me temo que volveré a tener razón en Argentina 2023-24.

Noah Smith, Argentina's macroeconomic situation is even worse up close, 2023


Cuando se acusa a los grupos de inversión (private equity) de monopolization (sect. 2 Sherman Act: ¿ha fallado el control de concentraciones

Los acusados son Welsh Carson, un grupo de compra con sede en Nueva York, y US Anesthesia Partners, una empresa que creó en 2012 que ha adquirido más de una docena de prácticas de anestesiología en Texas. La FTC alegó que llevaron a cabo un "esquema acumulativo, comprando sistemáticamente casi todas las grandes prácticas de anestesia en [el estado] para crear un único proveedor dominante con el poder de exigir precios más altos".

FTC lawsuit targets serial acquisitions by private equity, Financial Times, septiembre 2023

La conjura contra España (vi) Un mundo (in)feliz: feminismo, competencia, inercia y gravedad


Cuenta Arcadi Espada que Jane Birkin confesó en su diario que no le gustaba follar, sólo sentirse deseada. A las mujeres no les gusta follar, ni de lejos, tanto como a los hombres. Tras la Revolución sexual, los hombres son más felices - follan más - y las mujeres más infelices por la misma razón - tienen que follar más (de lo que querrían) para sentirse deseadas. Cada vez habrá menos niños, más adultas solteras y adultos solteros. Más ocio rellenado por los inventos de solteros incapaces de seducir a las mujeres, mujeres que trabajarán lo necesario para mantener a los hombres, adultos e infantes, pero no más porque a las mujeres les gusta trabajar lo justo para disfrutar de su vida íntima. Las peores (las más inestables emocionalmente) de las mujeres triunfarán en la política y las instituciones. Los peores de los hombres las acompañarán en el desempeño de esas tareas, eso sí, debidamente subordinados. Los homosexuales masculinos seguirán follando tanto como los heterosexuales, pero no más, como ocurría en el pasado. Las lesbianas follarán tanto como los hombres. Las mejores de las mujeres seguirán teniendo niños y los mejores de los hombres conseguirán a las mejores de las mujeres. 

El crecimiento económico se extinguirá. Los niños heterosexuales se dedicarán al fútbol y las niñas heterosexuales a leer novelas (en Tik-Tok). Las innovaciones, la Ciencia y la tecnología se ralentizarán. Dejaremos de jugar juegos de suma positiva y las relaciones sociales serán juegos de suma cero o, peor, negativa. Los españoles viviremos como los italianos. Tendremos lo suficiente para vivir pero la vida no mejorará para los occidentales. Sólo para los africanos, pero sólo porque no pueden estar peor. 

Ese es el mundo feliz del feminismo hegemónico 'realmente existente'. Porque los valores del machismo dominante hasta la Revolución Sexual incluían algunos muy propicios para el desarrollo económico y la innovación: la asunción de riesgos, la pasión por la tecnología, la ingeniería y la búsqueda de la verdad y la presencia de más varones en los extremos del rango de distribución de la 'genialidad'.

La lógica de ese mundo (in)feliz es la del triunfo de la inercia sobre la competencia. Pero las cosas serán peores, como en Argentina, porque un mundo dominado por la inercia no es el final del proceso. Al final del proceso, triunfa la fuerza de la gravedad sobre la inercia. 

Estos tres conceptos (competencia, inercia, gravedad) son importantes para entender la evolución de España en los años que van desde la crisis de 2007 hasta hoy. Argentina se encuentra en la situación en la que la fuerza de la gravedad está a punto de explicar la evolución económica del país venciendo, finalmente, a la inercia. España pasó de contar con un sistema donde la fuerza dominante era la de la competencia a uno en el que predomina la inercia y nos dirigimos peligrosamente al mundo en el que la fuerza dominante será la de la gravedad. 

Esa evolución se ha producido, básicamente porque en España, la asignación de los recursos nunca ha sido eficiente en la medida en que no se ha permitido al mercado - a la competencia - cumplir esta, su principal función. En los últimos veinte años, sin embargo, es probable que las cosas hayan ido a mucho peor. El Estado - especialmente en los países del Sur de Europa - dirige la asignación de los recursos cada vez en mayor medida ¡a pesar de que la política monetaria la llevan en Frankfurt! El uso de la deuda y la provisión de subvenciones y garantías por parte del Estado para decidir en qué se invierte el capital y en qué se gasta el dinero de las familias más toda la locura de la 'transición climática' y el envejecimiento de la población (que multiplica el coste de las pensiones) están llevando a un arrinconamiento progresivo del mercado en la toma de decisiones de inversión y, por tanto, de asignación del capital a unas u otras inversiones. ¿De verdad alguien cree que Teresa Ribera o Yolanda Díaz pueden asignar los recursos mejor que el mercado? En España es especialmente grave porque, incluso cuando crecíamos al 4 % anual, los estudios indicaban que los recursos, dirigidos directa o indirectamente por el Estado, se asignaban muy ineficientemente (a empresas menos productivas). Pero la ineficiente asignación de los recursos no se ha producido sólo en la Economía. En España ha empeorado notablemente en la política y, singularmente, en lo que se llama la 'alta dirección pública'. Por poner un solo ejemplo: apenas 2 de los 11 magistrados del Tribunal Constitucional tienen los conocimientos, la formación y la experiencia necesarios para ocupar el cargo que ocupan. 

Y como dicen Banerjee y Duflo: la competencia es el principal contrincante de la inercia. Sin competencia, la Economía se para. En Argentina han pasado a la fase en la que la inercia está a punto de ser vencida por la fuerza que rige la descomposición de una Economía: la fuerza de la gravedad

La izquierda española - y los nacionalistas - no tienen capacidad para dinamizar la Economía española, para vencer a la inercia fomentando la competencia. No serían feministas de estricta observancia ni defensores de la transición climática 'justa' si pudieran y quisieran dinamizar la Economía. De manera que dirigen la conversación pública hacia los 'no-problemas' que dicen que tiene la sociedad española. 

En 2017, España era uno de los cinco mejores países del mundo para vivir siendo mujer pero la política de los últimos cinco años se ha concentrado en medidas para resolver la 'tragedia' que supone que España fuera el país del mundo que tiene menos violencia íntima en las parejas y un número de femicidios casi insignificante en términos relativos. 

España es uno de los países más descentralizados del mundo pero nos hemos pasado los cinco últimos años hablando del 'encaje' de Cataluña, de si los nacionalistas vascos son fascistas-terroristas o solo fascistas y, por tanto, tienen derecho a gobernar España, o de cómo evitar que los fascistas-nacionalistas catalanes intenten otro golpe de Estado sin tener que meterlos en la cárcel por ello porque meterlos en la cárcel deterioraría la convivencia y haría imposible el encaje. Entretanto, ni la Educación, ni el Desempleo han merecido semejante atención a pesar de que somos el peor país de Europa Occidental en desempeño en ambos ámbitos de la vida social.

Si la atención del público es un recurso escaso y valioso (porque la conversación pública influye en las políticas públicas y singularmente en la política económica y jurídica), ¿pueden imaginar una peor asignación de ese recurso de la atención del público que la realizada por nuestra Política en el último quinquenio? 

Hay un momento en que nos hemos alejado tanto del cambio de rasante que la fuerza de la gravedad se hace invencible y, como no somos Sísifo y no estamos condenados, la gente se rinde y deja que la segunda ley de la termodinámica prevalezca fatalmente.

jueves, 21 de septiembre de 2023

Hay que hacer sitio

Hoy es domingo de trabajo, Arbeitssonntag: se trabaja hasta las trece, después se vuelve al campo para la ducha, el afeitado y el control general de la sarna y de los piojos y, en el tajo, misteriosamente, todos hemos sabido que la selección será hoy. La noticia ha llegado, como siempre, rodeada de un halo de detalles contradictorios y recelos: esta misma mañana ha habido una selección en la enfermería; el porcentaje ha sido del siete, del treinta, del cincuenta por ciento del total de los enfermos. En Birkenau, la chimenea del Crematorio humea desde hace diez días. Hay que hacerle sitio a una enorme expedición que va a llegar del gueto de Posen. Los jóvenes dicen a los jóvenes que serán elegidos todos los viejos. Los sanos dicen a los sanos que sólo serán elegidos los enfermos. Serán excluidos los especialistas. Serán excluidos los judíos alemanes. Serán excluidos los Números Bajos. Serás elegido tú. Seré excluido yo.

Con toda normalidad, a partir de las trece en punto, el taller se vacía y la formación gris e interminable desfila durante dos horas hacia los dos puestos de control, donde como todos los días somos contados y recontados, ante la orquesta que, durante horas sin interrupción, toca como todos los días las marchas con las que, a la entrada y a la salida, debemos sincronizar nuestros pasos. Parece que todo marcha como todos los días, la chimenea de la cocina humea como de costumbre, ya ha empezado la distribución del potaje. Pero luego se ha oído la campana, y ahora hemos comprendido que va en serio.

Porque esta campana suena siempre al alba, y entonces es la diana, pero cuando suena a media jornada quiere decir Blocksperre, encierro en la barraca, y esto sucede cuando hay selección, para que nadie se sustraiga a ella y, cuando los seleccionados salgan hacia el gas, para que nadie los vea partir. Nuestro Blockältester conoce su oficio. Se ha cerciorado de que todos hemos entrado, ha hecho cerrar la puerta con llave, ha dado a cada uno la ficha en que constan la matrícula, el nombre, la profesión, la edad y la nacionalidad, y ha dado orden de que todos se desnuden completamente quedándose sólo con el calzado. De este modo, desnudos y con la ficha en la mano, esperaremos a que la comisión llegue a nuestra barraca. Nosotros somos la barraca 48, pero no se puede prever si se empezará por la barraca 1 o por la 60. De todos modos, podemos estar tranquilos durante una hora por lo menos, y no hay motivo alguno para que no nos metamos bajo las mantas de las literas para calentarnos. 

Ya dormitan muchos cuando un desencadenamiento de órdenes, de blasfemias y de golpes indica que la comisión está llegando. El Blockältester y sus ayudantes, a gritos y puñetazos, a partir del fondo del dormitorio, empujan hacia delante a la turba de desnudos asustados y los apiñan dentro del Tagesraum, que es la Comandancia. El Tagesraum es un cuarto de siete metros por cuatro: cuando la caza ha terminado, dentro del Tagesraum está comprimida una masa humana caliente y compacta que invade y rellena perfectamente todos los rincones y ejerce en las paredes de madera una presión que las hace crujir.

Ahora estamos todos en el Tagesraum y además de no haber tiempo, ni siquiera hay espacio para tener miedo. La sensación de la carne caliente que oprime por todo alrededor de uno es singular y no es desagradable. Hay que procurar tener la nariz en alto para encontrar aire, y no arrugar o perder la ficha que tenemos en la mano. El Blockältester ha cerrado la puerta del Tagesraum que da al dormitorio y ha abierto las otras dos que, del Tagesraum y del dormitorio dan al exterior. Aquí, delante de las dos puertas, está el árbitro de nuestro destino, que es un suboficial de la SS. Tiene a la derecha al Blockältester, a la izquierda al furriel de la barraca. Cada uno de nosotros, saliendo desnudos del Tagesraum al frío aire de octubre, debe dar corriendo los pocos pasos que hay entre las puertas delante de los tres, entregar la ficha al SS y entrar por la puerta del dormitorio. El SS, en la fracción de segundo entre las dos pasadas sucesivas, con una mirada de frente y de espaldas, decide la suerte de cada uno y entrega a su vez la ficha al hombre que está a su derecha o al hombre que está a su izquierda, y esto es la vida o la muerte de cada uno de nosotros. En tres o cuatro minutos, una barraca de doscientos hombres está «terminada» y, durante la tarde, el campo entero de doce mil hombres.

Yo, inmovilizado en la carnicería del Tagesraum, he sentido gradualmentedisminuir la presión humana en torno a mí, y pronto me ha tocado el turno. Como todos, he pasado con paso enérgico y elástico, procurando llevar la cabeza alta, el pecho fuera y los músculos contraídos y marcados. Con el rabillo del ojo, he procurado ver a mi espalda y me ha parecido que mi ficha ha ido a la derecha.

Conforme íbamos volviendo al dormitorio, podíamos vestirnos. Nadie conoce ahora con seguridad el propio destino, hay que saber primero con seguridad si las fichas condenadas son las pasadas a la derecha o a la izquierda. Ahora no es el caso de tener consideraciones los unos con los otros ni de tener escrúpulos supersticiosos. Todos se amontonan en torno a los más viejos, a los más desnutridos, a los más «musulmanes»; si sus fichas han ido a la izquierda, la izquierda es con toda seguridad el lado de los condenados.

Antes de que la selección haya terminado, todos saben ya que la izquierda ha sido efectivamente la «schlechte Seite», el lado infausto. Hay, naturalmente, irregularidades: René, por ejemplo, tan joven y robusto, ha terminado en la izquierda: quizás porque tiene gafas, quizás porque anda un poco encorvado como los miopes, pero más probablemente por un simple descuido: René ha pasado delante de la comisión inmediatamente antes que yo, y podría haberse producido un cambio de fichas. Lo pienso, hablo con Alberto y convenimos en que la hipótesis es verosímil: no sé lo que pensaré mañana y después; hoy, la cosa no despierta en mí ninguna emoción precisa. Del mismo modo, también ha debido de haber un error en el caso de Sattler, un macizo campesino transilvano que veinte días antes estaba en su casa; Sattler no entiende alemán, no ha comprendido nada de lo que ha sucedido y está en un rincón remendándose la camisa. ¿Debo ir a decirle que la camisa ya no va a servirle?

No hay por qué asombrarse de estas equivocaciones: el examen es muy rápido y sumario y, por otra parte, para la administración del Lager, lo importante no es tanto que sean eliminados precisamente los inútiles, como que queden rápidamente libres los sitios de acuerdo con determinado tanto por ciento preestablecido.

En nuestra barraca, la selección ha terminado, pero continúa en las otras, por lo que ahora estamos en clausura. Pero puesto que, mientras tanto, han llegado los bidones de potaje, el Blockältester decide proceder sin más a su distribución. A los seleccionados se les distribuirá una ración doble. No he sabido nunca si ésta sería una iniciativa absurdamente compasiva del Blockältester o una explícita disposición de los SS, pero de hecho, en el intervalo de dos o tres días (también a veces mucho más largo) entre la selección y la partida, las víctimas de Monowitz-Auschwitz disfrutan de este privilegioZiegler presenta la escudilla, recibe la ración normal y se queda esperando. «¿Qué más quieres?», le pregunta el Blockältester: no le parece que a Ziegler le toque suplemento, lo aparta de un empujón, pero Ziegler vuelve e insiste humildemente: me han puesto de verdad a la izquierda, todos lo han visto, que vaya el Blockältester a consultar las fichas: tiene derecho a ración doble. Cuando la ha conseguido, se va tan tranquilo a la litera y empieza a comérsela.

Ahora todos están raspando atentamente con la cuchara el fondo de la escudilla para sacar las últimas pizcas de potaje, y se forma un trasteo sonoro que quiere decir que la jornada ha terminado. Poco a poco, prevalece el silencio y entonces, desde mi litera que está en el tercer piso, se ve y se oye que el viejo Kuhn reza, en voz alta, con la gorra en la cabeza y oscilando el busto con violencia. Kuhn da gracias a Dios porque no ha sido elegido. 

Kuhn es un insensato. ¿No ve, en la litera de al lado, a Beppo el griego que tiene veinte años y pasado mañana irá al gas, y lo sabe, y está acostado y mira fijamente a la bombilla sin decir nada y sin pensar en nada? ¿No sabe Kuhn que la próxima vez será la suya? ¿No comprende Kuhn que hoy ha sucedido una abominación que ninguna oración propiciatoria, ningún perdón, ninguna expiación de los culpables, nada, en fin, que esté en poder del hombre hacer, podrá remediar ya nunca? Si yo fuese Dios, escupiría al suelo la oración de Kuhn.

Primo Levi, Si esto es un hombre

Exclusión de varios socios a la vez: ¿deber de igualdad de trato o control fiduciario de la exclusión desigual?

Caravaggio

Empieza Iribarren explicando la incidencia del principio de igualdad de trato de los socios por los órganos sociales en la exclusión cuando esta se delibera de varios socios a la vez. Es su opinión que "la junta, ante la exclusión de dos o más socios en igualdad de condiciones, deberá excluir o rechazar la de todos ellos, pero no podrá excluir a uno/s sí y a otro/s no. Si, en cambio, las condiciones de los socios son suficientemente diferentes, el sentido del acuerdo podría serlo igualmente... las condiciones relevantes... son las societarias... Si la causa de exclusión coincide -incumplimiento de una obligación que recaiga sobre el socio, bien en cuanto tal, bien en cuanto administrador... será más probable la identidad de las condiciones" pero puede no ser así: "aun coincidiendo la causa" la diferencia de trato puede estar justificada: "Los socios pueden estar afectados por la misma causa" pero "por hechos independientes" como sería el caso de que varios de los socios hayan incumplido la prestación accesoria que prometieron a la sociedad. O pueden consistir - la causa de exclusión- en conductas comunes a varios socios, como por ejemplo "varios socios son condenados a indemnizar a la sociedad" los daños que han causado como miembros, todos ellos, del consejo de administración. Pero, ni siquiera en este caso, "nada garantiza que la participación y la culpa de cada uno de los autores sea igual". 

Lo relevante - continúa el profesor de la Universidad de Oviedo - "es la repercusión de la conducta o circunstancia que afecte al socio sobre el interés social. La sociedad deberá tratar igual a los socios cuando la causa de exclusión que les afecte impida o dificulte en el mismo grado la obtención del fin común. Ello implica  aun siendo idéntico el comportamiento ilícito de los socios, podría suceder que, sin embargo, el efecto sobre el interés social fuera diferente" y los socios que deciden prefieran que no abandone la sociedad un socio de grandes capacidades aunque haya incumplido con la misma gravedad la misma obligación frente a la sociedad. "La diferencia de trato estaría justificada".

Estoy de acuerdo con la conclusión pero no estoy seguro de que coincida en el iter argumentativo. Si consideramos que la cuestión debe resolverse aplicando el principio de la igualdad de trato, estamos reconociendo que se trata - la de la exclusión - de una decisión corporativa. En efecto, las partes de un contrato no tienen derecho a ser tratados igualmente por sus cocontratantes. En la esfera contractual rige el stat pro ratione, voluntas. Las decisiones contractuales se legitiman porque son producto de la voluntad de un individuo, no porque sean racionales. Pero la decisión de excluir a un socio y no a otro no es una decisión contractual. La decisión de excluir a un socio es una decisión corporativa que adopta formalmente un órgano de la corporación - la junta - mediante un procedimiento corporativo - la adopción de un acuerdo  -

Y las decisiones corporativas vienen limitadas por el principio de igualdad de trato pero sólo porque, ceteris paribus, tratar igualmente a todos los miembros de la corporación es lo más conforme con el interés social (precisamente porque nadie tendría incentivos para participar en una corporación si sabe que será discriminado). De manera que el órgano corporativo podrá decidir de forma diferente sobre dos miembros que estén en la misma situación y esa decisión no será revisable judicialmente si no podemos acusar al órgano - en realidad, al socio mayoritario - de haber infringido su deber fiduciario al adoptar la decisión desigual o discriminatoria. 

Este razonamiento presupone que cuando los miembros de la junta votan sobre el acuerdo de exclusión, están ejerciendo una potestad fiduciaria. Deben votar - discrecionalmente - en el sentido que crean, como dice Iribarren, que es más conforme con el interés social. Porque, como he explicado en otro lugar, cuando los socios adoptan decisiones corporativas son fiduciarios de la sociedad. Por el contrario, cuando ejercen derechos contractuales (cuando toman decisiones en cuanto partes del contrato de sociedad), las decisiones de los socios no encuentran más límite que las exigencias de la buena fe. 

La consecuencia es que el socio expulsado, cuando otro socio en sus mismas circunstancias no lo ha sido, podrá impugnar su exclusión no exactamente sobre la base de la infracción de la igualdad de trato, sino aduciendo que el acuerdo mayoritario supone una infracción de los deberes fiduciarios de éste (art. 204.1 II LSC). Y, como ocurre en este contexto, el juez se limitará, en su caso, a anular el acuerdo. No podrá sustituir al fiduciario en su decisión. Y aún la anulación solo procederá si el demandante justifica que la mayoría ha actuado bajo la influencia de un conflicto de interés. No bastará con que el expulsado alegue que su exclusión es contraria al interés social. Ni que es contraria al principio de igualdad de trato. Porque la mayoría disfruta de discrecionalidad (business judgment rule) para determinar qué es lo mejor para el interés social y puede decidir, como señala Iribarren, que, aunque ambos socios hayan cometido las mismas infracciones de sus obligaciones sociales, el interés social está mejor servido si uno de ellos continúa siendo socio. Por tanto, el socio excluido debe alegar que la mayoría no actuó en el 'mejor interés' de la sociedad porque votó bajo la influencia de un interés en conflicto con el de la sociedad. Por ejemplo, que el socio no expulsado era hijo del socio mayoritario o que el socio objeto del procedimiento de expulsión había sobornado al socio mayoritario. 

Si, por el contrario, dijéramos que la decisión de los demás socios de expulsar o no a uno u otro socio es contractual, los socios podrían votar como quisieran y sólo estarían limitados por las exigencias de la buena fe (art. 1258 CC) que no les impediría - estando justificada causalmente la exclusión de ambos socios - elegir no expulsar a uno de ellos por la razón más arbitraria imaginable (que comparten genes con él). 

Nos cuenta, a continuación, el caso enjuiciado por el JM Murcia en su sentencia de 21 de mayo de 2021. Dos socios habían pactado una prestación accesoria con la sociedad consistente en la obligación de venderle su producción agrícola para ser procesada por la sociedad. No lo hicieron y causaron un grave daño a la sociedad que no podía, así, hacer frente a sus costes fijos al procesar una cantidad muy inferior de producto. 

Ante esa conducta de los socios, se convocó una junta general, a la que se sometió la propuesta de exclusión, por separado, de cada uno de los socios infractores. Los socios afectados se abstuvieron de votar sobre sus respectivas exclusiones, pero cada uno de ellos votó sobre la exclusión del otro. Y lo hizo en contra, de modo que no se pudo alcanzar la mayoría de dos tercios de los votos correspondientes a las participaciones necesaria para la exclusión de ninguno de ellos [art. 199 b) LSC].

 El juez - nos cuenta Iribarren - estimó la demanda en la que se pedía que se declarasen "aprobados los acuerdos... relativos a la exclusión de los socios", es decir, que se descontara, en cada uno de los acuerdos, el voto del otro socio objeto de expulsión. ¿Cómo encaja la respuesta judicial en el planteamiento aquí expuesto? A mi me parece que encaja perfectamente: si considerásemos que los socios que eran objeto de la exclusión estaban actuando en ejecución del contrato de sociedad, su decisión de votar recíprocamente en contra de la exclusión del otro sería impecable. No se puede obligar a un contratante a decidir en contra de su propio interés y era en el interés de cada uno de ellos que el otro no fuera excluido porque eso aumentaba las posibilidades de no ser excluido él mismo. Pero si consideramos que los socios excluidos, al votar sobre la exclusión del otro debían hacerlo en el sentido que considerasen, de buena fe, que era el mejor interés de la sociedad (art. 226 LSC analog. a las decisiones fiduciarias de la junta) y su voto fue decisivo, hay que concluir que su voto fue emitido en infracción de su deber fiduciario y, por tanto, merecía no ser atendido.

¿Fue correcta la decisión del juez de dar por aprobado el acuerdo de exclusión? A mi juicio, sí. Pero, de nuevo, la justificación se encuentra en una aplicación analógica del art. 190.1 LSC no en el principio de igualdad de trato que en este caso no habría conducido a ninguna parte, ya que los dos socios incumplidores fueron tratados de la misma manera. Como es sabido, el art. 190 LSC prohíbe votar al socio sobre cuya exclusión se decide porque es altísimamente improbable que el socio que va a ser expulsado vote - si eso es lo mejor para el interés social - su propia expulsión. El legislador responde privándole del voto (nemo iudex). Y la situación objeto de la sentencia (dos socios excluidos simultáneamente pero que votan el acuerdo de exclusión del otro) es exactamente la misma desde este punto vista: ninguno de los dos socios tiene incentivo alguno para votar a favor de la exclusión. El 'myside bias' que la Evolución imprimió intensamente en nuestra psicología porque favorece la supervivencia, le impedirán votar 'en el mejor interés de la sociedad' que es para lo que se le atribuye el derecho de voto cuando la decisión que ha de adoptarse tiene carácter corporativo, esto es, atañe - si se permite la prosopopeya - al bienestar de la corporación (Iribarren concluye de forma semejante pero elabora, a mi juicio, en exceso, porque lo hace desde el principio de igualdad de trato. A mi juicio, si se examina la cuestión desde la ratio del art. 190.1 LSC, no hace falta preocuparse por las similitudes y diferencias de la conducta de ambos socios. Por ejemplo, el incumplimiento de uno y otro puede ser diferente pero eso no quita para que ambos tengan incentivos para votar en contra de la exclusión del otro si, con ello, consiguen que el otro haga lo propio. En cualquier caso, el socio que vota en contra de la expulsión del otro está en conflicto de interés y debe abstenerse de votar. Y no hay problema de sustitución de la voluntad de la junta por la decisión judicial en la apreciación del interés social porque el juez no declara adoptado el acuerdo contrario sino que, simplemente, determina el sentido del acuerdo adoptado una vez que se descuentan los votos que no debieron contarse.

Se explica desde este fundamento igualmente bien que el socio expulsado no pueda impugnar la no expulsión de otro socio que estaba en una situación parecida. De nuevo, no bastará con alegar el trato desigual. Será necesario que alegue que la decisión de no expulsar al otro socio supuso una infracción por la mayoría de sus deberes fiduciarios porque la mayoría actuó en conflicto de interés (Iribarren da una respuesta alambicada y poco convincente: carencia de interés legítimo del socio impugnante, la igualdad de trato no puede justificar que se imponga a otro un "peor" trato...).

Dejo para otra ocasión una revisión más general de la distinción entre decisiones corporativas y decisiones contractuales, distinción que es aplicable a las corporaciones capitalistas (esto es, a la sociedad anónima y limitada) pero no a las demás corporaciones (asociaciones, fundaciones, mutuas, cooperativas) y que, creo que sustituye con éxito a la distinción que he ensayado en otro lugar entre decisiones relativas al patrimonio social y decisiones relativas al contrato de sociedad. No es que esta última distinción sea incorrecta. Simplemente, es incompleta y puede mejorarse si distinguimos entre decisiones corporativas y decisiones contractuales. Pero eso requiere un análisis más general de las diferencias entre unas corporaciones y otras.

Miguel Iribarren, Exclusión plural de socios, RdS 65(2022)

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