lunes, 27 de febrero de 2023

Cuando hay ganancias en una SPAC a pesar de que la fusión no se consuma



Se pregunta Matt Levine qué pasa cuando, en una SPAC, los sponsors y administradores buscan una compañía con la que fusionar la SPAC, la encuentran, llegan a un acuerdo con sus dueños para proceder a la fusión pero en el acuerdo se permite a éstos, desentenderse del acuerdo pagando a cambio una break up fee. En tal caso, si se procede a liquidar la SPAC devolviendo su aportación con los intereses a los accionistas que suscribieron las acciones, ¿tienen derecho éstos, además, a la parte proporcional de esa cantidad en forma de break up fee una vez pagados los acreedores sociales o pueden los sponsors quedarse con ella?

Matt Levine sugiere que los accionistas dispersos de una SPAC no son auténticos accionistas y no tienen derechos residuales sobre el patrimonio social una vez liquidado – pagadas las deudas que pesan sobre él – . Ha habido varios casos. Levine cuenta el de

Fast Acquisition Corp. (que) firmó un acuerdo para fusionarse con Fertitta Entertainment Inc., el propietario de Golden Nugget y Landry's. En diciembre de 2021, Fertitta canceló el acuerdo y acordó pagar unas arras penitenciales de $16 millones que se elevaban a $32 millones si Fast Acquisition no encontraba otro acuerdo.

La SPAC – Fast Acquisition Corp – decidió en agosto de 2022 devolver sus aportaciones a los socios porque se habían cumplido las condiciones para ello y entregó a los accionistas $10 más intereses “alrededor de $ 10.02” quedándose los sponsors con los 32 millones. Ahora hay un pleito interpuesto por los accionistas. Hay más casos, como el de Pioneer Merger Corp o el de Concord Acquisition Corp que recoge Matt Levine en su columna.

¿Qué dicen los contratos de SPAC? Pues que los accionistas que ejercen su derecho de separación por no completamiento de la fusión tienen derecho sólo a la devolución de su aportación más los intereses que hayan producido las aportaciones debidamente invertidas de forma segura por los administradores sociales.

¿Qué solución se aplicaría en Derecho español? A mi juicio, si en los estatutos se regula el derecho de separación de los accionistas y se prevé que los que lo ejerzan recibirán lo mismo que aportaron – o menos si ha habido pérdidas –, los accionistas que ejerzan el derecho de separación no tienen derecho a más. Habría que entender que los estatutos sociales regulan la cuantía de la cuota de liquidación de estos accionistas cuando ejercitan su derecho de separación. Dado que la regla del valor real o razonable no es imperativa y que la regulación del derecho en esos términos se encontraba incluida en los estatutos en el momento de la entrada de estos accionistas en el capital en la correspondiente oferta pública, la regulación estatutaria es válida y los accionistas que se separan no tienen derecho a más.

Claro, los accionistas que decidan quedarse, tendrán derecho a que se incluya en su cuota de liquidación la parte correspondiente de esa break up fee salvo que se entienda que la regulación estatutaria alcanza no sólo al derecho de separación sino a la cuota de liquidación y que prevé un privilegio en materia de liquidación para los sponsors. Algo así como lo siguiente: si no se verifica la fusión y se procede a liquidar la SPAC, bien vía ejercicio del derecho de separación, bien vía disolución (que, en caso de no fusión pueden decidirlo los sponsors sin contar con la voluntad de los accionistas dispersos) y liquidación, las acciones de los sponsors tendrán un privilegio económico consistente en el derecho a retener las ganancias que se hubieran generado en el patrimonio social una vez que se haya pagado a los accionistas dispersos el valor de sus acciones determinado por su valor nominal más los intereses.

No hay comentarios:

Archivo del blog