Para Sugden, el mercado es "un mecanismo que genera oportunidades para que los individuos logren un beneficio mutuo" pero del que no cabe esperar que "iguale las oportunidades entre los individuos o que recompense el mérito" por lo que es imprescindible un pacto político entre todos los ciudadanos para poner en marcha mecanismos de seguridad social "que compensen parcialmente la mala suerte" genética o social de algunos individuos.
Frente a esta concepción está el llamado igualitarismo de la suerte, "un híbrido entre el capitalismo y el estado del bienestar" (Elizabeth Anderson 1999). Sus defensores afirman que se trata de gravar la "buena suerte inmerecida" de algunas personas (ganadores en la lotería genética o en la familiar) "para compensar a otras" de sus desgracias no buscadas. Parece que este igualitarismo de la suerte se corresponde bastante con la psicología humana cincelada por la Evolución. Así como - decía Pinker - los mercados son cognitively unnatural, la gente acepta con facilidad que se compensen las desigualdades que reflejan diferencias causadas por la fortuna pero no tanto las que perciben como resultado de las decisiones equivocadas de los individuos.
La crítica de Sugden a este igualitarismo de la suerte se basa en la idea de Hayek sobre la imposibilidad de imaginar y hacer funcionar una "agencia central" capaz de identificar qué desigualdades han sido causadas por la suerte y cuáles por las decisiones equivocadas por los individuos. Sólo tras haber puesto en marcha el proceso de mercado (la cooperación consistente en vender lo que otros quieren comprar y comprar lo que otros quieren vender) y alcancemos el equilibrio reflejado en los precios, los individuos serán recompensados y observaremos los resultados desiguales: "Si se quiere incentivar este proceso de descubrimiento, no puede haber garantía de que esfuerzos iguales produzcan recompensas iguales". El mercado sólo determina ganadores y perdedores tras la conducta cooperadora de los que en él participan y lo hace sólo hasta que la siguiente ronda de interacciones se consume y así indefinidamente:
En una economía competitiva, el conjunto de oportunidades disponibles para cada individuo está definido por sus propias dotaciones (por los recursos de los que dispone) y por los precios del mercado. Desde el punto de vista del individuo, este "conjunto de oportunidades" le viene dado y los individuos son libres de elegir cualquiera de sus elementos.
Pero todos los que operan en el mercado son 'precioaceptantes', es decir, no influyen en el precio de mercado, que depende de las decisiones de los demás operadores a partir de sus respectivas dotaciones. Por tanto, concluye Sugden, en una economía de mercado es imposible atribuir total responsabilidad a los individuos por los resultados de sus acciones. Pone el ejemplo de la elección de una carrera profesional. Que uno pueda ganarse la vida bien dedicándose al periodismo o a la lingüística no depende sólo de uno mismo - puedes ser un gran periodista o lingüista y morirte de hambre - sino también de a qué se dediquen los demás (si nadie hace periodismo, tus habilidades serán escasas en el mercado y a poca demanda que haya de los servicios de un periodista, podrás ganarte bien la vida).
la igualdad de oportunidades, en el sentido del igualitarismo de la suerte, no puede servir como estándar de justicia económica en una sociedad que depende de los mercados.
Porque en una sociedad de mercado todos somos interdependientes. Y en ella no hay un "distribuidor justo" a la manera del subastador de Walras, que es sólo una ficción para explicar cómo funciona el sistema de precios.
Se nos pide que tratemos esta ficción como un modelo de justicia social, que aceptemos que la sociedad tiene el deber colectivo de organizarse para simular las decisiones de un distribuidor Justo. Si se supone que el Distribuidor Justo representa a la sociedad como una entidad moral, la implicación es que los individuos son responsables ante la sociedad por sus decisiones económicas cotidianas. A mis ojos, esta es una concepción poco atractiva de la responsabilidad... responsabilidad... no es rendir cuentas a la sociedad.
Es de perogrullo que la vida es injusta, pero eso no implica que exista una obligación colectiva de compensar la injusticia de la vida. Si la fuente de la injusticia es la desigualdad de la distribución natural de los talentos, el igualitarismo de la suerte se basa en la premisa de que el stock de talentos naturales de una sociedad —o, al menos, los beneficios que esos talentos pueden crear— es un activo común.
O sea, antiindividualista. Por el contrario, la sociedad de mercado como "sociedad de beneficios mutuos" en la concepción de Sugden implica que cada individuo puede extraer el máximo beneficio de sus propios talentos (recursos) si los pone a trabajar para beneficiar a los demás (ofreciéndoles lo que los demás quieren)
Sugden explica la tesis de Elizabeth Anderson según la cual, la cuestión de la seguridad social es política, no económica y que los criterios respecto a las 'coberturas' de la seguridad social no pueden extraerse del llamado igualitarismo de la suerte.
Un plan de seguridad social que proporcionara una compensación completa por la mala suerte bruta inutilizaría mecanismos esenciales del mercado. Por lo tanto, al igual que una póliza de seguro comercial con franquicias, el seguro social solo puede proporcionar una compensación parcial por desgracias inmerecidas.
... todos los ciudadanos respetuosos de la ley, en todo momento e independientemente de si sus decisiones anteriores fueron equivocadas o no, deben tener una garantía incondicional pero limitada de la oportunidad de alcanzar un nivel mínimo de vida.
Como decisión política, hay que definir los contornos del grupo social que se beneficiará del y contribuirá al mecanismo de seguridad social. Es decir, se requiere de cooperación política porque la cooperación económica abarca, potencialmente, a todos los habitantes del planeta.
Elizabeth Anderson considera que la igualdad democrática no requiere que las capacidades (capabilities) se igualen entre los individuos. Lo que debe estar garantizado es que las capacidades de todos los individuos sean suficientes para permitir que cada persona interactúe con los demás en términos de igualdad. Esta garantía incluye la capacidad de alcanzar un nivel de vida mínimo (Anderson 1999, pp. 317-318). Debido a que lo que se garantiza a todos los individuos se define en términos de sus relaciones con sus conciudadanos, este estándar mínimo es un mínimo social, no la mera subsistencia. Así, la propuesta de Anderson incluye un plan de seguro social parcial con garantías ilimitadas y cotizaciones obligatorias. Al justificar este sistema en términos de las obligaciones políticas de los ciudadanos, evita el problema de un desajuste entre las comunidades políticas y económicas. ... esta forma de seguro social es un componente esencial de un estado democrático. Si eso es correcto, el seguro social puede ser objeto de voluntad colectiva para las personas que atribuyen suficiente valor a vivir en una democracia.
Sugden, por el contrario, encuentra la justificación del establecimiento de la seguridad social en la economía:
Imagínese una comunidad isleña pequeña y económicamente aislada. Sus principales actividades económicas son la agricultura de subsistencia y la pesca, pero existe un pequeño comercio de productos artesanales. Todos son igualmente pobres... todo el mundo tiene oportunidades muy similares para transformar su trabajo en bienes de consumo.
Un día, la isla es descubierta por comerciantes que operan desde un país lejano con una gran población y una economía de mercado desarrollada. Los isleños deben tomar una decisión colectiva sobre si permitir o no el comercio exterior, integrando las dos economías en un mercado único de bienes (pero, supongo, no de mano de obra)... la integración económica aumentaría casi con toda seguridad los ingresos de los isleños, pero haría que su distribución fuera menos igualitaria.
Una gran mayoría de los isleños podría esperar experimentar aumentos en sus ingresos pero otros pocos sufrirían una disminución y podría predecirse quiénes (por ejemplo, los artesanos que se enfrentan a la competencia de proveedores extranjeros más productivos).. pero los efectos a largo plazo serían inciertos. Visto desde una perspectiva contractualista, el problema es encontrar un paquete de políticas que pueda recomendarse a todos los isleños como un acuerdo mutuamente beneficioso.
Al considerar los términos de un posible acuerdo, un isleño prudente querría algún seguro contra pérdidas económicas, y también evaluaría la estabilidad psicológica de esos términos, es decir, su capacidad para sostener la continua disposición de la gente a cumplirlos (Rawls 1971, pp. 16, 177, 453-62).
Si un isleño espera que la política de integración económica le brinde un flujo continuo de beneficios a lo largo del tiempo, le interesa que los demás isleños continúen apoyando esta política. Lo más probable sería que esto ocurriera si, en cada momento futuro, cada isleño pudiera esperar que la continuación de la política creara un flujo cada vez mayor de beneficios individuales. Lo que se necesita, entonces, es un plan de seguro social financiado con impuestos que garantice a todos los isleños la oportunidad de recibir una parte de los aumentos en los ingresos de la isla que generará el comercio. Un plan de este tipo proporciona un seguro parcial para la mala suerte bruta. El acceso a las prestaciones del régimen no está condicionado a las decisiones anteriores de la persona. Las contribuciones son obligatorias. Lo que está garantizado es más que la subsistencia, es una participación en la riqueza creada por las interacciones de mercado de otras personas.
Imaginemos que Jo, una abogada mercantil bien pagada que vive en Londres y le gusta ir de vacaciones a la playa en Tailandia. Jo puede tener una interacción mutuamente beneficiosa más significativa con Charoen, el camarero de un restaurante junto a la playa en Krabi, que con Jamie, que trabaja en un McDonald's en Middlesbrough. Sin embargo, Jo tiene una obligación de seguridad social con Jamie y no con Charoen.
La historia de la isla ilustra una estrategia general para justificar el carácter nacional de la seguridad social en las economías abiertas... la obligación de Jo para con Jamie tiene dos fuentes. En primer lugar, son copartícipes de una póliza colectiva de seguro. Si Jo sufre mala suerte (bruta o por haber tomado decisiones equivocadas), Jamie y no Charoen vendrá obligada a echarle una mano. En segundo lugar, Jo tiene un interés especial en la sostenibilidad política de la economía social de mercado del Reino Unido, y eso depende más de las decisiones y conducta de Jamie que de las de Charoen.
¿Qué contingencias cubre esa seguridad social? "Enfermedad, discapacidad, responsabilidades familiares, desempleo involuntario, bajos salarios y supervivencia hasta la vejez". Para cubrirlas, no se tiene en cuenta la "responsabilidad" del que las reclama por sus decisiones pasadas pero se puede condicionar a que acepte otras en el futuro, "Por ejemplo, puede ser una condición para recibir una prestación por desempleo o para complementar los salarios bajos que el beneficiario esté dispuesto a aceptar un trabajo adecuadamente remunerado si se le ofrece"
Y, en fin, esto me parece perspicaz: ¿por qué los ricos habrían de apoyar un sistema de seguridad social? Porque comprenden que un sistema de seguridad social es una parte necesaria de "un sistema económico basado en el beneficio mutuo" y del que ellos se han beneficiado especialmente. Y, sobre todo, porque deberían entender que son ricos porque se ha conseguido convencer a la gran mayoría de la población para que juegue al 'juego del mercado', juego que los ricos 'juegan muy bien' (si no, no se habrían hecho ricos, por eso se niega cualquier mérito a la riqueza heredada) y la estabilidad del juego del mercado depende de que todos quieran continuar jugándolo indefinidamente. O,
como escribió una vez Arrow,... las habilidades de los ricos y talentosos valdrían muchísimo menos de lo que valen sin la red de cooperación económica en la que se utilizan. El seguro social es una forma de garantizar que todos estén dispuestos a participar en ese proyecto de sociedad de beneficios mutuos y puedan compartir el superávit que crea. Pero cualquiera que quiera disfrutar de estos beneficios debe estar dispuesto a compartir también los costes, no a pasarse los días surfeando en Malibú.
Robert Sugden, Relational equality, mutual benefit and social insurance, Oxford Open Economics, 2024
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