Voy a tener por veraz lo que se narra en la denuncia de la presentadora contra Errejón. Y formularé dos preguntas.
La primera se refiere a la conducta de la denunciante: ¿cuántas oportunidades tuvo, a lo largo de la tarde-noche en la que sufrió el acoso, la intimidación y la violencia sexual por parte de Errejón de mandar a paseo al acosador? ¿qué le impidió hacerlo, especialmente tras recibir la llamada de su padre informándola de que su hija de un año tenía 40 de fiebre?
La respuesta a esta pregunta no dice nada respecto de la conducta delictiva de Errejón ni supone ningún reproche a la presentadora. Aunque la presentadora hubiera tenido decenas de oportunidades de alejarse del acosador, no por ello es menos reprochable la conducta de Errejón. La pregunta la hago para poder enjuiciar la política jurídica que se ha desplegado en España por parte de la izquierda, abanderada por Pedro Sánchez el oportunista, y el feminismo 2.0, es decir, por el feminismo que considera a las mujeres como sujetos carentes de agencia, y miembros de una sección particular de la corporación universal de víctimas de los hombres blancos heterosexuales, o sea, del heteropatriarcado machista, racista, islamófobo, homófobo, tránsfobo etc. El feminismo 2.0 considera a los humanos, en general, como tablas rasas cuya psicología es moldeable mediante la conveniente - y bien pagada - indoctrinación en los valores y principios adecuados.
La segunda pregunta es si Errejón padece un trastorno mental y si iba 'puesto' en la tarde-noche de los hechos. De algunos pasos de la denuncia parece deducirse que estaba bastante alterado y de lo que se ha publicado parece que sufre de algún tipo de adicción.
Si la respuesta a las dos preguntas fuera afirmativa (la víctima tuvo muchas oportunidades de alejarse indemne de su acosador y Errejón padece un trastorno psiquiátrico y había consumido drogas ese día), se confirmaría que la política jurídica promovida por este gobierno para proteger a las mujeres de los delincuentes sexuales está completamente equivocada; que carece de cualquier base científica y, por tanto, que el Tribunal Constitucional debería declararla inconstitucional si se concreta en normas jurídicas que imponen restricciones a los derechos de los ciudadanos o tratan de forma desigual a hombres y mujeres o se financian con dinero público. El Estado no puede financiar la homeopatía o la astrología por muy benéficos que sean los objetivos de los homeópatas y los astrólogos. El Estado no puede financiar cursos de concienciación sobre el machismo si éste no tiene efectos sobre la frecuencia de los delitos sexuales.
En efecto, si se trata de proteger a las mujeres frente a los delincuentes sexuales, una política jurídica constitucionalmente aceptable debería incluir medidas que aumenten la capacidad de autoprotección de las mujeres. No deberíamos llegar a obligar a las niñas a obtener el cinturón negro en judo, pero sí a proporcionarles habilidades para que una noche de 'fiesta' no acabe como la de la presentadora denunciante. Igual que nuestros padres nos recomendaban no beber sin comer cuando salíamos de copas, deberíamos recomendar a las chicas no pegarse a nadie que vaya 'puesto' y hacer caso a los cotilleos de las amigas sobre la reputación del potencial acompañante (de nuevo, no hay nada más eficaz para acabar con situaciones de dominación individual que una coalición de los oprimidos por el macho alfa). Una política jurídica que no ponga medios públicos en esa dirección es incoherente e inidónea para lograr los mejores resultados posibles en la lucha contra la violencia sexual.
Por otra parte, si hay alguien 'concienciado' y que ha recibido toda la 'formación' imaginable en las 'violencias machistas'; si hay alguien woke al heteropatriarcado, el neoliberalismo y las desigualdades de todo tipo que hay en nuestra Sociedad es Íñigo Errejón. Y, sin embargo, toda esa 'conciencia' y formación, todas esas lecturas, cursos, seminarios, etc no habrían impedido que su trastorno psicológico y el uso de sustancias que alteran la conciencia le hubieran llevado a cometer delitos sexuales (estoy, naturalmente, utilizando el caso como pura hipótesis, nada de lo anterior ha sido probado).
Es decir, la política jurídica puesta en marcha por el gobierno del PSOE (i) omite las medidas que podrían reducir la frecuencia de estos delitos (aumentar la capacidad de autodefensa de las mujeres); (ii) obliga a la escuela pública a enseñar contenidos inútiles y a la Administración Pública a financiar medidas perfectamente inútiles e (ii) impone otras que son discriminatorias o restrictivas de los derechos fundamentales de los particulares.
Las (ii) incluyen todos los cursos sobre machismo e igualdad que han de cursar, por ejemplo, los jueces, pero también todos los programas que se imponen obligatoriamente a las escuelas públicas como el Skolae de Navarra que
pretende facilitar el aprendizaje de una competencia global que permita elegir a niños y niñas el proyecto vital propio desde la libertad y la diversidad de opciones, sin condicionantes de género, aprendiendo a identificar las desigualdades, a luchar contra ellas y a ejercer su derecho a la igualdad en el ámbito de su cultura, religión, clase social, situación funcional, orientación sexual, etc... Lo que hace peculiar esta experiencia es que es obligatoria en todos los centros financiados con dinero público de Navarra
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