Según cuenta la prensa, la Audiencia de Valencia ha revocado la sentencia del Juzgado de lo Mercantil que había desestimado la demanda ¡interpuesta por la administración autonómica valenciana! contra una empresa de Cementos por hacer publicidad sexista. Esta se considera desleal por la ley de publicidad. Ojalá la empresa vaya hasta Estrasburgo a ver si acabamos con tanta tontería.
También explica la prensa que la fiscalía cree que hay una conexión entre este tipo de publicidad y la violencia contra las mujeres, con lo que ha dado una razón más a la empresa para ir hasta Estrasburgo si hace falta, en defensa, ahora no sólo de su libertad de expresión, sino también de su honor ya que se le está acusando de incitar a la violencia contra las mujeres nada menos por haber incluido un personaje de comic en los sacos de cemento que vende donde una mujer en ropa de deporte aconseja a los obreros de la construcción que usen el casco. Son famosos los estudios realizados en Escandinavia que indican que, incluso en las sociedades más igualitarias del mundo, las mujeres prefieren sistemáticamente determinadas profesiones y los hombres, también sistemáticamente, otras. No se ven muchas mujeres en las escuelas de ingeniería o manejando grúas y cada vez se ven –relativamente- menos hombres en las facultades de medicina o en las aulas de preescolar. No más. Menos. La empresa, quizá, no tiene buen gusto, pero conoce a su clientela y sabe que es más eficaz colocar un dibujo de una tía buena sonriendo como nunca sonreiría una tía buena al prototipo de sus clientes que colocar a modelos contratados ad hoc que resultan tan poco naturales
¿De qué modo denigra a la mujer ese anuncio que no la denigren miles de anuncios en los que se presenta a una mujer o a un hombre atractivos para vender un producto? ¿No han observado en la Generalitat de Valencia y en la Fiscalía que los fabricantes de colonias degradan a las mujeres al volverlas perras en celo cuando el macho se pone la colonia anunciada?
La publicidad está protegida por la libertad de expresión. Prohibir en una ley la publicidad que denigre a la mujer (o a los jugadores de Pokemon) es declarativo. La ponderación realizada por los tribunales entre libertad de expresión y denigración de la dignidad de la mujer debe revisarse por los tribunales incluido el Tribunal Supremo y el Constitucional. Las empresas, especialmente las que venden cemento tienen derecho a ser horteras y ordinarias en su publicidad. En el pecado llevan la penitencia y no necesitamos a comisarios de la corrección política para castigarlas. Sobre todo cuando no hay ni un dato empírico que indique en forma alguna que existe o pueda existir una conexión entre esta publicidad y la violencia de género. No se ha demostrado ni con la pornografía, ni con los videojuegos violentos. ¿Qué mal hace la empresa de cementos?
1 comentario:
Nada. Que aparezca un hombre o mujer atractivo en un anuncio no tiene nada de ilícito. La cosa está en cómo aparece (desnuda, semidesnuda/o; gestos, apariencia...) y si hay conexión entre lo que se anuncia y la imagen (ej: si vendo jabón no me parece ilícito que aparece una mujer desnuda, por ejemplo de espaldas, de forma neutra).
Creo que es conveniente tener en cuenta, no obstante, que no es sólo la violencia de género lo que está en juego sino también la discriminación por sexo y el respeto a valores constitucionales.
Aurea Suñol
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