lunes, 6 de noviembre de 2023

Plazo de dos meses de vigencia del certificado bancario acreditativo del desembolso


Sea, Catterline, JOAN EARDLEY R.S.A (SCOTTISH 1921-1963)

Por Esther González

El Registrador rechaza la inscripción de un aumento de capital. Fechas relevantes: (i) ingreso realizado el 20 de diciembre de 2021 (a cuenta de un futuro aumento de capital); (ii) certificado bancario de fecha 21 de diciembre de 2021; (iii) acuerdo de la junta el día 21 de enero de 2022; y (iv) otorgamiento de la escritura el 16 de marzo de 2022.

El art. 62.3 LSC establece que “la vigencia de la certificación será de dos meses a contar de su fecha”. Y el art. 189 RRM dice que ”la fecha del depósito no podrá ser anterior en más de dos meses a la de la escritura de constitución o a la del acuerdo de aumento de capital”. La DGSJFP recuerda su doctrina (resoluciones de 22 de octubre de 2003, 11 de enero de 2005 y 7 de noviembre de 2013) según la cual la fecha de referencia para poder imputar un desembolso anticipado a una concreta ampliación de capital es la de adopción del correspondiente acuerdo social, respecto de la que el depósito no deberá tener una anterioridad superior a dos meses. En consecuencia, la DGSJFP estima el recurso y revoca la calificación.

Es la Resolución de la DGSJFP de 5 de septiembre de 2023.

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