jueves, 4 de septiembre de 2025

Citas: Coke y el fiscal general, Yourcenar, Beauvoir, Guijarro, Pérez-Reverte, Sánchez-Mellado, Francisco Pérez, Szpunar, de la Tour, Friedman, Kling, Conde-Pumpido, Felbiger,


Mi perspectiva para el futuro de la escritura es que se parecerá más a la edición. La IA hará la mayor parte del trabajo. Un buen editor puede sugerir temas. Él puede proporcionar orientación general. Él puede recomendar estilo. Cuando el autor envía un borrador, el editor puede proponer revisiones. Supongo que en uno o dos años más, solo unos pocos estudiantes podrán desarrollar suficientes habilidades para escribir mejor que una IA. Pero tal vez todos los estudiantes puedan aprender a trabajar con una IA como editor.

No estoy de acuerdo. Si las calculadoras no han eliminado la aritmética de los planes de estudio de la enseñanza primaria, la IA no debería eliminar la enseñanza de la "redacción" de la primaria, secundaria y universitaria. Cuestión distinta, como en la metáfora de Marguerite Yourcenar del aparente 'sometimiento' del jinete al caballo, es que una vez que el estudiante domina la redacción, debamos permitirle que disfrute y se aproveche de ese magnífico caballo que es la IA. Porque, en esas circunstancias, el 'caballo' estará perfectamente domado. Uno no puede ser un buen 'editor' sin saber escribir. 


 Un manual escolar para maestros escrito por Felbiger en 1768 

instruye a los maestros que cada estudiante debe memorizar las siguientes respuestas:

P: ¿Quién está sujeto al poder del gobernante?

R: Todos...

P: ¿De dónde viene el poder que tiene el gobernante?

R: Este poder viene de Dios.

P: ¿A quién atribuye Dios el gobierno?

R: A todos los que tienen autoridad. Debido a que todos los que ejercen autoridad reciben ésta de Dios, los súbditos deben ser sumisos, leales y obedientes, incluso con un gobernante que no sea de nuestra religión...

P: ¿Qué significa resistirse a la autoridad?

R: Resistir a la autoridad es rebelarse contra el orden divino. 

Las personas con bajos niveles de Honradez-Humildad tienden a exhibir rasgos de la Tríada Oscura, 

mientras que quienes puntúan alto en H muestran comportamientos más éticos, cooperativos y altruistas. Los autores sostienen que el modelo de personalidad HEXACO, y en particular el rasgo Honradez-Humildad (H), ofrece la mejor explicación para ese núcleo D. De hecho, estudios estadísticos muestran que el núcleo latente de H es prácticamente idéntico al de D, con correlaciones de hasta r = 0.95, lo que sugiere que ambos constructos miden la misma disposición básica: la tendencia a explotar a otros para beneficio propio... en entornos donde la competencia por recursos era intensa, comportamientos manipuladores o egoístas podrían haber ofrecido ventajas reproductivas o de supervivencia... 

Prepárate, Cándido Conde-Pumpido, que sales (del resumen de prensa)

  los jueces nacionales no pueden ignorar el hecho de que el Tribunal de Justicia haya concluido que la Sala de Control Extraordinario y de Asuntos Públicos del Tribunal Supremo polaco no tiene la condición de órgano jurisdiccional, puesto que dicha Sala no cumple los requisitos de independencia, imparcialidad y establecimiento previo por la ley que fija el Derecho de la Unión. Por lo tanto, corresponderá a los órganos jurisdiccionales nacionales verificar la regularidad del nombramiento de los jueces que formaban la Sala que dictó la sentencia de 20 de octubre de 2021. La presencia en dicha Sala de un solo juez cuyo nombramiento no responda a las exigencias citadas bastará para privarla de su condición de tribunal independiente, imparcial y establecido previamente por la ley a efectos del Derecho de la Unión. El principio de primacía del Derecho de la Unión y los efectos vinculantes de las resoluciones del Tribunal de Justicia implican que ni la normativa nacional ni la jurisprudencia del Tribunal Constitucional de Polonia pueden impedir que se proceda a esa verificación. Si los órganos jurisdiccionales nacionales comprueban que la resolución de devolver el asunto para que se examine de nuevo fue adoptada por una sala que no cumplía las exigencias del Derecho de la Unión, deberá entenderse que dicha resolución es nula y sin efecto si ello es necesario para garantizar la primacía del Derecho de la Unión. Esa consecuencia no podrá ser frenada por ningún razonamiento basado en el principio de seguridad jurídica o relacionado con la supuesta fuerza de cosa juzgada de dicha resolución.

La libertad de expresión en el Reino Unido

arece que el Reino Unido está en completa negación de la magnitud de la crisis de libertad de expresión en la que se encuentra realmente. Como dudaban del dato de que más de 10.000 británicos han sido arrestados cada año por expresiones ofensivas desde 2021, en el siguiente tuit he incluido un enlace a un solo lugar donde se pueden encontrar esos datos. ¡Eso equivaldría a arrestar a unas 50.000 personas en Estados Unidos cada año!

Otro triunfo del fascismo nacionalista catalán (del resumen de prensa)

El Abogado General Szpunar propone que se desestimen tres motivos del recurso de casación interpuesto por Antoni Comín frente a la sentencia del Tribunal General que desestimó su recurso contra la suspensión de su inmunidad por el Parlamento Europeo. Carles Puigdemont y Clara Ponsatí ya no tienen interés en ejercitar la acción, puesto que sus mandatos de diputado han expirado 

El Abogado General considera que el Tribunal General no incurrió en error al concluir que no se había vulnerado el derecho de los diputados a que el Parlamento trate sus asuntos imparcial y equitativamente (en particular en lo referente al ponente único que se designó para los tres expedientes —perteneciente al mismo grupo político que el partido VOX— y al presidente de la Comisión JURI). Según el Abogado General, el Tribunal General tampoco incurrió en error en la interpretación y aplicación de las normas relativas a la decisión de suspender la inmunidad parlamentaria ni en la apreciación del impacto de las decisiones del Parlamento en los derechos fundamentales de los diputados. 6 El Tribunal General estimó correctamente que el Parlamento no había incurrido en error manifiesto de apreciación al concluir que el proceso penal no tenía como objetivo perjudicar la actividad política de los diputados del Parlamento y, en consecuencia, la independencia del Parlamento (inexistencia de fumus persecutionis). Por último, el Sr. Szpunar propone que se desestime la alegación relativa a la falta de claridad de las decisiones del Parlamento. En efecto, de dichas decisiones se desprende que la inmunidad de los diputados se suspendió en el territorio de todos los Estados miembros, con excepción del territorio español (y no exclusivamente en Bélgica y en el Reino Unido). 

David Friedman sobre William y sobre Ted Nordhaus (no hay relación entre ambos) y las víctimas académicas del cambio climático

Friedman cuenta que ha habido un manifiesto firmado por 16 científicos en el WSJ que sostiene que los escépticos viven bajo un “régimen de terror” que amenaza sus carreras y vidas personales. Afirman que muchos jóvenes investigadores, aunque dudan del mensaje dominante sobre el calentamiento global, callan por miedo a no ser promovidos o a sufrir represalias. William Nordhaus rebate esta analogía calificándola de infundada. En contraste, Ted Nordhaus (sin relación con el anterior) reconoce que, aunque no hay persecución estatal, sí existen fuertes incentivos sociales, políticos y profesionales para alinearse con la narrativa dominante que presenta el cambio climático como una amenaza existencial. Disentir implica riesgos: pérdida de amistades, empleos, oportunidades laborales o financiación. Friedman apela a la “preferencia revelada” para evaluar la coherencia entre lo que se dice y lo que se hace. Señala que el artículo del WSJ, titulado “No Need to Panic About Global Warming” , defendía que no hay base científica para una descarbonización drástica, mientras que la investigación de William Nordhaus muestra lo contrario: actuar ahora genera beneficios netos sustanciales frente a esperar 50 años, con un coste estimado de 4,1 billones de dólares (en precios actuales) por la demora. Sin embargo, este coste, distribuido a lo largo de 250 años, equivale a unos 16.000 millones anuales, apenas el 0,02 % del PIB mundial en 2012, lo que relativiza la urgencia. Así , sus propios cálculos se sitúan más cerca de la posición que niega la necesidad de “entrar en pánico” que de la que exige medidas drásticas inmediatas. Pese a ello, William Nordhaus dirige su crítica pública contra los escépticos, no contra quienes exageran el riesgo. Así que Friedman concluye que ni William Nordhaus ni los autores del WSJ aportan pruebas empíricas sobre los incentivos en el ámbito científico, aunque el propio artículo de Nordhaus constituye evidencia indirecta contra la tesis del “terror profesional”. Frente a ello, la observación de Ted Nordhaus sobre la autocensura por conveniencia política sugiere que, sin llegar a la represión estalinista, sí existe un entorno que desalienta la disidencia. 

El AG reconoce el derecho de las personas trans a obtener un documento de identidad que refleje su identidad sexual (del resumen de prensa)

En sus conclusiones presentadas hoy, el Abogado General Jean Richard de la Tour propone al Tribunal de Justicia que declare que el Derecho de la Unión se opone a una normativa nacional, tal como la interpretan los tribunales nacionales, que no permite el reconocimiento jurídico del cambio de identidad de género de sus nacionales, incluso sin tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo, y el cambio de su nombre y número de identificación personal. También se opone a que estos cambios no puedan ser anotados en su acta de nacimiento, puesto que dicha anotación condiciona la modificación de las declaraciones que figuran en sus documentos de identidad. 

El Abogado General considera que la mención del sexo en el documento de identidad únicamente sobre la base del certificado de nacimiento expedido por el Estado miembro competente genera para ese Estado, debido a la finalidad del citado documento, la obligación de reconocer jurídicamente la identidad de género vivida y de anotarla en el referido certificado. Precisa que dicha finalidad consiste en permitir la identificación del titular sin que pueda cuestionarse la autenticidad de los documentos que presenta o la veracidad de los datos contenidos en ellos. Por consiguiente, una normativa nacional, tal como la interpretan los tribunales nacionales, que, sin reconocer la identidad de género de una persona transgénero, le impide disfrutar de un derecho protegido por el Derecho de la Unión, como la obtención de un documento de identidad que le permita ejercer libremente su derecho a circular y residir en el territorio de los Estados miembros, constituye una restricción a ese derecho. Una restricción de este tipo solo puede justificarse por consideraciones objetivas y proporcionadas a un objetivo legítimo, lo que no sucede en ese caso. 

El Abogado General propone al Tribunal de Justicia que considere que incumbe, en principio, al Tribunal Supremo búlgaro, sin esperar a que la normativa nacional controvertida sea modificada por vía legislativa o mediante otro procedimiento constitucional, interpretarla a la luz del Derecho de la Unión. Esta interpretación debe ser conforme, en particular, con las normas en materia de libertad de circulación y residencia, respeto de la vida privada y expedición de documentos de identidad o, en su caso, dejar inaplicada dicha normativa. Por último, el Abogado General considera que el ejercicio, por una persona transgénero, de su derecho a inscribir en el registro civil su condición de persona trans, a fin de obtener un documento de identidad o un pasaporte que se corresponda con su identidad de género, no debe supeditarse a la aportación de pruebas de un tratamiento quirúrgico de reasignación de sexo. Esta exigencia menoscaba, en particular, el derecho a la integridad de la persona y el derecho al respeto de la vida privada y familiar. 

La condonación de la deuda es insconstitucional 

 Con criterios equitativos, Andalucía debería recibir incluso algo más de lo que se la concede, aunque es una cifra parecida: 19.128 millones en vez de 18.790. Sin embargo, el Gobierno le condona a Cataluña unos 4.000 millones de más. El sentido común dice que el criterio más transparente sería condonar más a las que están infrafinanciadas por haber tenido que acumular un endeudamiento justificado. Nosotros calculamos una condonación que sea proporcional al endeudamiento en el que se ha incurrido según la infrafinanciación que cada comunidad ha padecido tanto de forma colectiva como la relativa. 

¿Existe una política de vivienda más tonta que el control de alquileres? 

¿Cuál es la política del gobierno español?

Los políticos españoles son los más tontos del hemisferio 

Tiene razón Pérez-Reverte: Zapatero es un tonto que se volvió malo. Sánchez venía malo ya en el vientre de su madre. Me sorprende que Luz Sánchez-Mellado haya criticado a Pérez-Reverte y, ¡cómo no! a Pablo Motos, y no le haya oído en los cuarenta años de carrera profesional haber criticado a esa especie única en el mundo que es el literato-columnista político (desde Muñoz Molina o Cercas a Javier Marías pasando por todas las Elvira Lindo, Rosa Montero, Ana Iris Simón etc). Parece que los novelistas de derechas no tienen derecho a meterse a "analistas políticos". Esa es una tarea reservada a los novelistas de izquierda.

Y María Guijarro cita en vano a Simone de Beauvoir. Ya sabíamos que era tonta, pero ¿tanto? Le he preguntado a Copilot

La afirmación de María Guijarro —“Como dice Simone de Beauvoir, no se nace mujer, se llega a serlo. Si la mujer es una construcción social, el hombre también puede serlo”— introduce una interpretación que, aunque intenta extender el razonamiento de Beauvoir, se desvía del sentido original de su obra. Simone de Beauvoir no afirma que “la mujer es una construcción social” en el sentido contemporáneo de que el género es completamente fluido o intercambiable. Lo que sostiene es que la condición de “mujer” —entendida como rol social, posición existencial y destino histórico— se impone sobre el cuerpo femenino a través de un proceso de socialización, educación y subordinación. Es decir, no se nace con ese rol, sino que se lo adquiere por la presión de estructuras patriarcales. Beauvoir no niega la existencia de diferencias sexuales biológicas, ni propone que el género sea una elección libre o reversible, sino que denuncia cómo la sociedad convierte esas diferencias en desigualdades. La frase de Guijarro parece aplicar el razonamiento de Beauvoir simétricamente al “hombre”, como si ambos géneros fueran construcciones equivalentes. Pero Beauvoir no plantea una simetría: su análisis parte de la asimetría radical entre el sujeto masculino, que se presenta como universal, y el femenino, que es definido como “el otro”. El hombre, en su marco, no “llega a serlo” en el mismo sentido, porque históricamente ha sido el que define, no el definido. Por tanto, decir que “el hombre también puede ser una construcción social” puede ser válido en otros marcos teóricos (como el de Judith Butler), pero no refleja con precisión el pensamiento de Beauvoir.

El fiscal general.:  “Qui Pro Domina Justitia Sequitur” (Conor Casey)

Coke recuerda aquí que la reina Isabel I bromeó diciendo que su fiscal general no "demandaba (o procesaba) en nombre de nuestra señora, la Reina" sino que "demandaba (o procesaba) en nombre de nuestra señora, la Verdad". En otras palabras, el Fiscal General no es el sirviente de la voluntad y el capricho del monarca en ejercicio sino el sirviente de la verdad y la justicia. 

Sin embargo, Conor Casey señala la profunda ironía de que este lema tenga su origen en el contexto de los fiscales generales de la Inglaterra Tudor, quienes distaban mucho de ser modelos de integridad. En esa época, los Law Officers eran conocidos por su servilismo hacia el poder real y por su papel en juicios políticos de gran trascendencia, como los de traición y sedición. Se les apodaba “sabuesos” o “perros de presa” de la Corona por su celo en perseguir a los enemigos del régimen. El texto se detiene especialmente en dos casos paradigmáticos: los juicios de San Juan Fisher y Santo Tomás Moro durante el reinado de Enrique VIII. Ambos fueron condenados por traición por negarse a jurar la supremacía del Rey sobre la Iglesia. En el caso de Fisher, el fiscal Richard Rich violó una promesa de confidencialidad hecha bajo juramento, utilizando como prueba principal una conversación privada en la que el obispo expresó sus reservas teológicas sobre el juramento. En el caso de Tomás Moro, Rich también fue el único testigo de una supuesta conversación en la que Moro habría negado la autoridad del Parlamento para declarar al Rey cabeza de la Iglesia. Moro negó rotundamente haber dicho tal cosa y denunció el perjurio de Rich, señalando que nunca habría confiado una opinión tan delicada a alguien tan poco fiable. Aun así, fue condenado y ejecutado. Antes de morir, Moro rompió su silencio y afirmó la autoridad suprema del Papa sobre la Iglesia universal, negando la legitimidad del acto parlamentario. 

En particular, analiza el juicio por traición contra Sir Walter Raleigh, acusado de participar en un complot para asesinar al rey Jacobo I. El proceso fue dirigido por dos figuras prominentes: Sir Edward Coke como Fiscal General y Sir Francis Bacon como Procurador General. Ambos actuaron con una falta de escrúpulos que ha sido ampliamente condenada por historiadores y juristas. La evidencia contra Raleigh era escasa y débil, pero los intereses políticos exigían su condena. Coke, en especial, se destacó por su agresividad verbal y su desprecio por las garantías procesales, insultando al acusado con epítetos como “traidor vil y execrable”, “víbora”, “maldito ateo”, y mostrando una actitud de abierta hostilidad hacia cualquier intento de defensa por parte del prisionero. Coke y Bacon se comportaron con una servilismo absoluto ante el poder real, pisoteando los principios de justicia, razón y humanidad. Raleigh fue declarado culpable. Esta etapa oscura comenzó a revertirse en el siglo XVIII. Algunos fiscales generales, como Sir Philip Yorke (1720–1734), empezaron a ejercer el cargo con un equilibrio entre el deber institucional y el respeto por los derechos del acusado. Yorke, según se afirma, no era un “abogado del poder” sino un defensor de la constitución, que mantenía la prerrogativa legítima de la Corona sin convertirla en instrumento de opresión. 

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