Aunque se ha sostenido con acierto que una “cláusula-suelo cero” no es una verdadera cláusula suelo, porque no limita la variación del tipo de interés, la DGRN ha dado la razón a los registradores que han exigido dicha expresión manuscrita también para la cláusula suelo 0. En realidad, esa cláusula es puramente declarativa. Aunque no se incluya en el contrato, es evidente que, en un préstamo, el prestamista no se obliga, en ningún caso, a pagar intereses al prestatario y, por tanto, aunque el tipo de referencia para determinar el tipo de interés variable que ha de pagar el prestatario sea cero o negativo, en ningún caso puede resultar obligado a pagar intereses el prestamista. Sin embargo, lean el primer comentario a esta entrada en el Almacén de Derecho, que aduce un argumento al que no le falta capacidad de convicción (el carácter negativo o positivo de los intereses debe medirse teniendo en cuenta la total duración del contrato). En todo caso, las RDGRN de 10 de noviembre de 2016, RDGRN 15 de julio de 2016 y RDGRN 20 de octubre de 2016 se fundan en un argumento formal: dado que se pretende inscribir la cláusula y la cláusula se refiere a la variabilidad de los tipos de interés, ha de cumplirse con el requisito de la declaración manuscrita.
“Reading and thinking. The beauty of doing it, is that if you’re good at it, you don’t have to do much else" Charlie Munger. "La cantidad de energía necesaria para refutar una gilipollez es un orden de magnitud mayor que para producirla" Paul Kedrosky «Nulla dies sine linea» Antonio Guarino. "Reading won't be obsolete till writing is, and writing won't be obsolete till thinking is" Paul Graham.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Archivo del blog
-
►
2024
(642)
- ► septiembre (93)
-
►
2023
(573)
- ► septiembre (62)
-
►
2022
(425)
- ► septiembre (39)
-
►
2021
(507)
- ► septiembre (22)
-
►
2020
(465)
- ► septiembre (32)
-
►
2019
(516)
- ► septiembre (33)
-
►
2018
(740)
- ► septiembre (62)
-
▼
2017
(651)
- ► septiembre (49)
-
▼
febrero
(68)
- Patel v Mirza o cuán limpias ha de tener las manos...
- Por qué es imperativo el deber de lealtad
- Cláusula predispuesta que prevé la ejecución extra...
- Otra sentencia sobre cómo se determina si se infor...
- Apropiación por el administrador de bienes de la s...
- La capitalización de los intereses no evita su sub...
- Responsabilidad del administrador por deudas socia...
- Magia Borrás: invierto en productos con rentabilid...
- Canción del viernes y nuevas entradas en Almacén d...
- Por qué Europa se hizo rica: fragmentación polític...
- Requisitos de inscribibilidad (que no de validez) ...
- Seminario sobre la sentencia del TC sobre plusvalías
- Los fondos de inversión y la parábola de los talentos
- Una probatina
- Fusión, resistencia a la oferta y el papel de los ...
- XVII Jornadas de la Revista Jurídica de la UAM
- Copia de un catálogo ajeno: protección de bases de...
- Cortoplacismo
- Retraso en el pago de la prima
- Prescripción de acciones derivadas de contrato de ...
- Marca notoria
- Fotografías de Jordi Valls
- Tweet largo: Olvídate de las grandes reformas
- Canción del viernes y nuevas entradas en Almacén d...
- Nombrar consejeros no te convierte en administrado...
- Las bolsas no son lo que eran y las sociedades cot...
- La responsabilidad civil de las entidades de certi...
- Los deberes del trustee y los deberes de los admin...
- Negligencia médica, demanda contra el médico y con...
- Opción de compra, cesión del uso de local y cláusu...
- Caducidad de patente por no pagar la anualidad
- La importancia de las expectativas en la cooperación
- La lotería de Babilonia (Borges) y la organización...
- ¿Qué es un servicio de inversión en MiFiD I? No el...
- De nuevo sobre la STJUE de 26 de enero de 2017. El...
- Poder de actuación y derecho subjetivo
- El préstamo en el Código Civil alemán (I): disposi...
- Intereses moratorios en el § 288 del Código Civil ...
- El Auto del Supremo en el que plantea la cuestión ...
- Código Civil alemán (BGB) § 498
- Si los derechos antidumping eran nulos, lo pagado ...
- Responsabilidad de las personas jurídicas por acto...
- Relaciones personales y mercados: a veces son sust...
- Y si la mayoría que aprobó las cuentas no era la m...
- Canción del viernes. "La bien querida" De momento ...
- Control registral del juicio de suficiencia del no...
- Responsabilidad de los administradores por las deu...
- Aversión a la desigualdad que nos perjudica, casti...
- Intolerancia al cero
- La prohibición de la usura, en serio (II)
- La poción antibalas y la opacidad causal
- Nota sobre la salida a bolsa de Snapchat
- ¿Por qué ha habido tan pocas subrogaciones en prés...
- Los efectos del Brexit sobre el Derecho de sociedades
- Leyes de pobres, aversión al riesgo y estabilidad ...
- Coacción e intercambios: mecanismos públicos y pri...
- Los nueve consejos de Pollack para los ahorradores
- La importancia de la vida eterna de las corporaciones
- El derecho de la minoría a poder convertirse en ma...
- Canción del viernes y nuevas entradas en Almacén d...
- Prudencia, precaución y prevención
- Ni el control del contenido ni el control de trans...
- La cláusula–suelo 0 requiere manuscrito del deudor...
- Más demandas de competencia desleal contra emplead...
- La “hipoteca tranquilidad” no es intransparente
- ¿Es la acción social o la acción individual?
- Carácter anticipado del pago y lesión de la par co...
- Tweet largo: May debería aplazar la invocación del...
-
►
2016
(531)
- ► septiembre (36)
-
►
2015
(484)
- ► septiembre (14)
-
►
2014
(515)
- ► septiembre (31)
-
►
2013
(593)
- ► septiembre (53)
-
►
2012
(626)
- ► septiembre (61)
-
►
2011
(737)
- ► septiembre (56)
-
►
2010
(570)
- ► septiembre (76)
-
►
2009
(177)
- ► septiembre (16)
1 comentario:
Anyway, la expresión manuscrita ¿cree que es una cautela que va a satisfacer al TJUE? Prueba que se ha llamado al consumidor contratante expresamente la atención sobre el punto en cuestión, pero...el deudor que necesita un crédito o préstamo sigue careciendo de poder de negociación y de toda influencia en la redacción de la cláusula. Aquí, el remedio diría que solo está en límites completamente reglamentados de lo que se puede acordar y lo que no-y con el problema que ya vienen anunciando los bancos y entidades de financiación, que, con esas condiciones, y cortapisas para cobros de morosos, que los préstamos los hagan otros.
Publicar un comentario