martes, 9 de febrero de 2021

Por qué el civil law no necesitó de la equity



En los países de derecho civil no se puede distinguir entre propiedad jurídica (legal) y propiedad con arreglo a equidad (equity estates). Una persona es propietaria o no lo es; no puede ser propietaria a efectos de gestión sin serlo también a efectos de disfrute. En este sentido, la unidad de la propiedad es un principio fundamental de los países de Derecho Civil.

La razón se encuentra en que en la evolución del sistema jurídico continental nunca fue necesaria la aparición de una jurisdicción pretoria distinta de la de los tribunales ordinarios, es decir, nunca se sintió la necesidad de la jurisdicción extraordinaria de un Chancelor, y por ello no encontramos en los países de civil law tal distinción entre rights in Equity y rights at Law

La explicación, por supuesto, es que el sistema del civil law hereda los logros de más de mil años de evolución del Derecho Romano. Casi todas las reliquias del formalismo primitivo de éste habían sido eliminadas del sistema romano cuando los "galos" comenzaron a construir un derecho nacional sobre los cimientos de la tradición romana. Por tanto, los juristas continentales no tenían que inventar una jurisdicción nueva y excepcional para hacer posible la anulabilidad de los contratos en los que había un vicio del consentimiento – error – o la nulidad de los contratos formales viciados de fraude. Desde este punto de vista, el derecho continental se diferencia del derecho inglés por su mayor antigüedad.

Una curiosa consecuencia del hecho de que el derecho romano, tal como se desarrolló en Francia y Bélgica, nunca ofendió lo suficiente a la opinión común como para obligar a inventar una jurisdicción extraordinaria que corrigiera tales tendencias, fue que en algunos aspectos importantes las exigencias de una moral racionalista nunca tuvieron un campo tan libre como el que consiguieron en Inglaterra durante el período en que se estaba construyendo la jurisdicción en equity del Chancelor.

Es el idealismo o el buen sentido poco sofisticado del laico o del clérigo el que proclama que las promesas deben cumplirse estrictamente y que el remedio de la indemnización en dinero a menudo no es adecuada reacción al incumplimiento. Es el moralista, más que el jurista técnico, el que insiste en que es contrario a la ética que un hombre se oponga a una reclamación justa ocultando la verdad. Y así encontramos al Chancelor y no a los jueces de los tribunales del Common Law aplicando doctrinas y remedios como el cumplimiento específico o in natura; obligando a poner a disposición de la otra parte determinados documentos probatorios y exigiendo que en los interrogatorios se responda bajo juramento. Ni que decir tiene que el derecho continental, en teoría, considera los daños y perjuicios en muchos casos como la única compensación por el incumplimiento de un contrato y, rechaza  los métodos inquisitoriales en los litigios civiles ue admite en el procedimiento penal o exige a las partes que confíen en sus propios recursos para probar su argumento.

Es dudoso que el Derecho inglés hubiera acogido las innovaciones de la Chancery si las estrictas formalidades de los tribunales del Common Law en la esfera del derecho sustantivo no hubieran provocado y justificado las incursiones del racionalismo de la equity.

En el Derecho continental no existe el concepto de "doble propiedad", al menos no en sentido jurídico. Se puede hablar en términos económicos de alguien que es un propietario "económico" y no "jurídico", pero eso no significa que la "propiedad económica" como tal sea un dispositivo jurídico independiente. De hecho, no lo es; es sólo un método no jurídico para indicar que un no-propietario tiene derecho a recibir todos los beneficios de ciertos activos del propietario; este derecho puede crearse por contrato o por testamento e incluso puede incluso puede basarse en el derecho de sociedades (ya que a veces se denomina a los accionistas los "propietarios económicos" de la empresa).

Bruno Herbots, Can the Most Characteristic Product of the English Legal Genius Survive in a Civil Law Environment?


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