Ian Teh
Por Esther González
Se rechaza el depósito
de cuenta anuales de una sociedad correspondientes al ejercicio 2022, por no
encontrarse la hoja relativa a la declaración de identificación del titular
real debidamente cumplimentada. La sociedad ya había presentado en ejercicios anteriores
la oportuna declaración por medio de los modelos entonces vigentes por lo que
así lo hace constar en el impreso ahora presentado resultando que no existe
actualización de datos.Lo que ocurre es que el modelo de declaración vigente en
el momento de la solicitud de depósito (resolución de la DGSJFP de 18 de mayo de 2023) exige la
constancia de unos datos que no existían en el modelo anterior (Orden JUS/616/2022, de 30 de junio); en concreto, se
establece la obligatoriedad de discernir el tipo de control que ostenta la
persona física que tiene la condición de titular real (control por
participación en el capital o control por medio de los derechos de voto), con
determinación del porcentaje de capital en uno u otro caso. La DGSJFP
desestima el recurso. De acuerdo al modelo vigente pues, no basta con que se
refleje el porcentaje que ostenta la persona de control; es preciso que resulte
si ese control se ejerce por participación en capital o por derechos de voto
con el correspondiente porcentaje en uno y otro caso. Dicha información no
resultaba de los modelos anteriormente vigentes y de aquí la necesidad de
cumplimentar esta nueva información exigida por el modelo actual.
Es la RDGSFP de 18 de septiembre de 2023. En el mismo sentido, resolución de la DGSJFP de 19 de septiembre de 2023
1 comentario:
Y cuando no hay alteración de datos, entiendo que sería igualmente necesario formular la declaración para el depósito de las cuentas, ¿verdad?
Pol C.
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