miércoles, 20 de mayo de 2015

Banco Central Europeo y deuda soberana: ¿Debemos responder al Tribunal Constitucional Federal alemán?

 
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Luis Arroyo Jiménez


Para dentro de aproximadamente un mes se espera que el Tribunal de Justicia dicte una resolución en el asunto Gauweiler (C-62/14), que tiene su origen en la primera cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Constitucional Federal alemán (y que no es la primera vez que aparece en este blog). En el proceso se discute, en esencia, la validez del acuerdo del Banco Central Europeo (aún no formalizado jurídicamente y que sólo conocemos a través de un comunicado de prensa) por el que se creó el programa de Outright Monetary Transactions (OMT). Se trata, como es de sobra conocido, de la eventual adquisición por el Banco Central Europeo de deuda soberana de algunos miembros de la Eurozona, anunciada por el Sr. Draghi en verano de 2012, en plena crisis financiera. Por ahora sólo contamos con una ya considerable literatura académica sobre el caso y, por supuesto, con las conclusiones presentadas por el AG Pedro Cruz el 14 de enero de este año.

lunes, 18 de mayo de 2015

Un libro fascinante


¿Les ha pasado que han visto una película o escuchado una historia que les contaron siendo niños que les tuvo completamente embelesados aunque no entendieran ni la mitad de lo que les estaba pasando a los personajes? Pues esa es la sensación que he tenido al leer The Vital Question. Why is Life the way it is de Nick Lane. Me habré enterado, probablemente, de una cuarta parte de lo que narra este bioquímico británico. Pero no he podido soltar el libro hasta terminarlo. El mérito es, naturalmente, del narrador.

La Sentencia del Tribunal Supremo sobre cláusulas abusivas de intereses moratorios

El Supremo, en su Sentencia de 22 de abril de 2015, ha establecido que los intereses moratorios pueden ser controlados por los jueces en aplicación de las normas sobre control del contenido de las cláusulas predispuestas y, consecuentemente, declarados nulos cuando perjudiquen indebidamente al consumidor.

Diferencias entre el test de conveniencia y el test de idoneidad

Altae “vendió” un producto financiero a una señora. En la contratación del producto intervino, como mandatario de la señora, su hijo, quien tenía experiencia y conocimientos propios de un inversor experto. De hecho, fue el hijo el que solicitó al banco el tipo de producto. Se trataba de un "bono estructurado autocancelable semestral BBVA, SAN y TCAN", ya se sabe, en realidad, una inversión en acciones de estas tres entidades. Nada peligroso, salvo que el emisor y garante de ese bono era Lehman Brothers que quebró a las pocas semanas.


No hay error en el consentimiento si se ha recibido la información adecuada

La sentencia que reseñamos a continuación vale como “modelo” para los casos en los que un banco distribuye productos financieros de terceros entre su clientela. El criterio del Tribunal Supremo es que, en estos casos, el banco ha de informar adecuadamente sobre las características y riesgos del producto pero, que si esa información se ha transmitido, no procede anular el contrato por error. Estos son los pasos relevantes de la Sentencia

Resolución contractual (denuncia unilateral) por incumplimiento de un contrato de duración: no requiere preaviso

Se trataba de un contrato de duración indefinida por el que un transportista “venía obligado a ejecutar prestaciones de transporte de mercancías por cuenta de” una sociedad transitaria Sapin Tir Transportes Internacionales SA.

Clavería sobre cláusulas abusivas

L. Humberto Clavería ha publicado un breve trabajo sobre lo que el llama “la progresiva degradación de nuestro ordenamiento en materia de cláusulas contractuales abusivas” en Aranzadi Doctrinal, 2014 en el que pretende demostrar que la protección del consumidor frente a las cláusulas predispuestas (las redactadas con antelación a la celebración del contrato por una parte para ser incluida en una pluralidad de contratos) que le perjudican, se habría debilitado en las últimas décadas. Tras exponer el régimen jurídico y distinguir entre requisitos de incorporación al contrato de una cláusula predispuesta (que sean legibles, comprensibles y se facilite su texto al adherente a la celebración del contrato), reglas de interpretación (las dudas que genere su interpretación perjudican al predisponente) y requisitos de validez (las cláusulas predispuestas que perjudiquen indebidamente al adherente cuando éste es un consumidor, son nulas), enuncia en qué habría consistido esta degradación.

jueves, 14 de mayo de 2015

Transacción vinculada

foto: Almudena Serrano

La actuación “en el mejor interés de la compañía” como criterio de enjuiciamiento de la conducta de los socios de control ―The next time we will have to negotiate harder


El art. 227.1 LSC en su nueva redacción ordena a los administradores desempeñar su cargo “obrando de buena fe y en el mejor interés de la sociedad”. Algunos pensarán que, con el cambio respecto a la más parca redacción previgente no hemos ganado nada. Moralina legislativa. Otros, quizá con más razón, consideran valioso que el legislador concrete, en lenguaje moral, cómo deben actuar los que gestionan bienes – parcialmente – ajenos.

Los tribunales de Delaware (que, repetimos, no es un paraíso fiscal), han utilizado una referencia de este tipo en los estatutos sociales de una Limited Partnership (LP) para condenar al socio colectivo – que es el único que gestiona, de forma semejante a nuestra sociedad comanditaria por acciones o comanditaria, sin más, cuando hay un solo socio colectivo y un conjunto de socios comanditarios que se limitan a aportar fondos que son gestionados por el socio colectivo o, en inglés, “general partner” (GP)–, a indemnizar con 171 millones de dólares a los socios comanditarios. El blog de Harvard resume la sentencia.

English Tips for Spanish Lawyers (xiii)

Por Nick Potter 

In this series we look at real-life examples of the most common mistakes in English by native Spanish lawyers. These and lots more invaluable tips are available in a new e-book/paperback, here: 50 English Tips for Spanish Professionals.

term time



miércoles, 13 de mayo de 2015

Déjanos explotar nuestros puertos deportivos y líbranos de la competencia


Por Gabriel Doménech Pascual

El capitalismo de amiguetes en España es cosa del pasado. Nuestros gobernantes han aprendido la lección, han hecho propósito de enmienda, se han puesto las pilas y están regenerando el país que da gusto, ¿no? Dudoso. Más bien da la impresión de que aquí nada ha cambiado demasiado. Los empresarios del BOE de toda la vida siguen contando con el perenne favor de las autoridades españolas para casi todo lo que haga falta y, en particular, para proteger sus intereses frente a la competencia y lo que conviene al conjunto de la ciudadanía. Sirva el ejemplo de los puertos deportivos.

martes, 12 de mayo de 2015

Consecuencias de la nulidad de pleno derecho de las cláusulas predispuestas abusivas

Por José María Miquel


Dijo hace mucho tiempo, en su Derecho Civil, De Castro: “La nulidad de pleno derecho de los actos y contratos contrarios a las leyes significa que no es precisa declaración judicial previa y es obligación de todos los funcionarios públicos negarles su cooperación”. y, años después, en El negocio jurídico, reiteró que “la ineficacia del negocio nulo se produce “ipso iure”, por sí misma y sin necesidad de la intervención judicial.

lunes, 11 de mayo de 2015

English Tips for Spanish Lawyers (xii)


Por Nick Potter


In this series we look at real-life examples of the most common mistakes in English by native Spanish lawyers. These and lots more invaluable tips are available in a new e-book/paperback, here: 50 English Tips for Spanish Professionals.

allegations / execution


El cura que no quiso oficiar el funeral

¿Relación jurídica o relación de favor?


Los hechos que dieron lugar a la Sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias de 13 de julio de 2012 fueron los siguientes. Don Benito encargó al párroco de Corazón de María, Gijón, un funeral por su padre. El cura no se presentó. Benito fue a buscarlo y el cura dijo que no había ninguna misa para esa tarde. Benito se enfada. Finalmente, el funeral lo oficia otro cura, tarde y sin ninguna pompa (no había ni monaguillos y, por supuesto, tampoco música). Benito demanda a la Parroquia.

Suscripción de obligaciones subordinadas “Cajastur”


La solvencia del emisor, la liquidez de los valores y la experiencia del suscriptor, circunstancias relevantes para apreciar el error en el consentimiento 


Se trata de un caso más entre los ¿miles? de pretensiones ejercitadas por los suscriptores de participaciones preferentes, obligaciones subordinadas y otros valores emitidos por antiguas cajas de ahorro. Como en la mayoría de estos casos, el litigio se encauza examinando si hubo error en el consentimiento por parte del suscriptor. El Tribunal analiza las circunstancias del caso para determinar (i) si los valores ofrecidos eran un "producto complejo" y (ii) si se ofreció información suficiente sobre los riesgos asumidos. Lo que tiene de novedoso – para mí – es que el Tribunal hace una comparación con los "valores Santander", que han sido también objeto de profusa litigación.

domingo, 10 de mayo de 2015

Cobertura de riesgos en el seno de grupos


La discusión pública sobre las diferencias sociales debería plantearse en términos de solidaridad y no de igualdad


 
Lo que hace generosos a los Nuer de Sudán del Sur  no es la prosperidad, sino la escasez
Evans-Pritchard

La postura erguida de los seres humanos , al constreñir el tamaño de la pelvis femenina , limita el tiempo que el feto humano puede pasar en el vientre materno. Según los estándares de los primates, los humanos nacen prematuramente de forma sistemática y necesitan cuidados intensivos durante muchos meses lo que limita el número de crías y de adultos emparentados con el nuevo bebé. De ahí que las organizaciones sociales humanas primitivas, o bien eran de un tamaño relativamente pequeño (como las bandas de cazadores-recolectores ) o bien, la evolución incrementó y desarrolló la capacidad de los humanos para intercambiar bienes y favores entre individuos no emparentados .

 
Cuando el tamaño de los grupos humanos aumenta, se obtienen las ventajas de la ley de los grandes números. Las más importantes – continúa Seabright – son las de la posibilidad de cubrir colectivamente los riesgos, la de la especialización y la de la acumulación de conocimiento. Como hemos explicado aquí, podrían añadirse otras dos: la obtención de las economías de escala y las mejoras en la capacidad de autocontrol de los individuos (que reduce la violencia). Ahora quiero fijarme especialmente en la cobertura de riesgos. 

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