domingo, 28 de febrero de 2010

MANKIW: FORMACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE LA RIQUEZA

De su próximo Presidental Address a la American Economic Association
"The best diagnosis so far comes from Goldin and Katz in their recent book The Race Between Education and Technology. Their bottom line is that “the sharp rise in inequality was largely due to an educational slowdown.” According to Goldin and Katz, for the past century technological progress has been a steady force not only increasing average living standards, but also increasing the demand for skilled workers relative to unskilled workers. Skilled workers are needed to apply and manage new technologies, while less skilled workers are more likely to become obsolete. For much of the 20th century, however, skill-biased technological change was outpaced by advances in educational attainment. In other words, while technological progress increased the demand for skilled workers, our educational system increased the supply of them even faster. As a result, skilled workers did not benefit disproportionately from economic growth. But recently things have changed. Over the last several decades, technological advance has kept up its pace, while educational advancement has slowed down. The cohort of workers born in 1950 averaged 4.67 more years of schooling than the cohort born in 1900, representing an increase of 0.93 years of schooling in each decade. By contrast, the cohort born in 1975 had only 0.74 more years of schooling than that born in 1950, an increase of only 0.30 years per decade. That is, the pace of educational advance has fallen by 68 percent. Because growth in the supply of skilled workers has slowed, their wages have grown relative to those of the unskilled. We don’t know much about the demographic characteristics of the superrich, but it is a good bet that they are on average highly educated. A good education is not a guarantee of great riches, but for many highly paid career paths it may be a prerequisite. Perhaps advanced degrees are like Willie Wonka’s famous chocolate bars. A few of them come with golden tickets that give you opportunities almost beyond imagination. Over the past several decades, as the return to education has increased, the value of those golden tickets has increased as well. But even if you aren’t lucky enough to get a golden ticket, you can still enjoy the chocolate, which by itself is well worth the price.

viernes, 26 de febrero de 2010

ENLACES

  • Premiar el ahorro con sorteos: "In January 2009, the credit unions declared that for every $25 someone saved, the saver would earn an entry into a drawing for a $100,000 prize one year later. At the same time, they gave out monthly prizes of up to $100..." (de un artículo del Washington Post)
  • Excelente artículo de David Glenn sobre la atención, la realización de varias tareas al mismo tiempo y el funcionamiento de nuestra memoria (el enlace en Marginal Revolution):  "I'm teaching a class of first-year students," says David E. Meyer, a professor of psychology at the University of Michigan at Ann Arbor. "This might well have been the very first class they walked into in their college careers. I handed out a sheet that said, 'Thou shalt have no electronic devices in the classroom.' ... I don't want to see students with their computers out, because you know they're surfing the Web. I don't want to see them taking notes. I want to see them paying attention to me." Wait a minute. No notes? Does that include pen-and-paper note-taking? "Yes, I don't want that going on either," Meyer says. "I think with the media that are now available, it makes more sense for the professor to distribute the material that seems absolutely crucial either after the fact or before the fact. Or you can record the lecture and make that available for the students to review. If you want to create the best environment for learning, I think it's best to have students listening to you and to each other in a rapt fashion. If they start taking notes, they're going to miss something you say." 
  • Mercados que no funcionan: tarjetas de crédito y pago: "It’s worth noting that the interchange fee on credit and debit cards runs from 1-3% plus a fixed cost per transaction. This rate is increasing, though the technology has matured and had significant market penetration, which should lead someone to believe something has gone wrong in the market structure. ...a problem is that competition works to increase fees, not lower them, since the real competition is for banks, not storeowners... Challenges to the business model online, notably paypal, have really just become UI front-end for the credit card model, reinforcing the duopoly structure without disrupting it".
  •  Kevin Kelly en TED: Technology is anything invented after you were born (Allan Kay); Technology is anything that does not work yet (Danny Hillis); Technology is anything useful we have invented including Law (Kevin Kelly)
  • Una entrada en un blog australiano sobre educación: The real solution to the problem of government schools is not to have any. To have a regulator who is completely independent because they are not running any schools.
  • Una clara explicación de los credit default swaps:
  • Por qué envejecemos "when an ageing cell detects serious damage to its DNA - caused by the wear and tear of life - it sends out specific internal signals. These distress signals trigger the cell's mitochondria , its tiny energy-producing power packs, to make oxidising "free radical" molecules, which in turn tell the cell either to destroy itself or to stop dividing. The aim is to avoid the damaged DNA that causes cancer".
  • Una excelente entrada de Easterly sobre Hayek

VIDEO DESTERNILLANTE

El Ministro de Justicia e Interior venezolano habla sobre lo triste que es tener que importar... Desternillante. (via, Angel de Manuel)

COUR DE CASSATION: EL DERECHO DE ADQUISICIÓN PREFERENTE NO SE EXTIENDE A LA APORTACIÓN DE LAS ACCIONES A UNA SOCIEDAD DE NUEVA CREACIÓN

Interpretar las cláusulas estatutarias que limitan la transmisibilidad de las acciones es harto complicado, sobre todo, en lo que se refiere a decidir si nace el derecho de adquisición preferente de los demás socios cuando se venden, no las acciones de la sociedad cuya cláusula se trata de aplicar, sino las de la sociedad tenedora de las acciones de dicha sociedad; o si lo que se hace es donar las acciones, o aportarlas a una sociedad.



Este caso es el decidido por una recientísima sentencia de la Cour de Cassation francesa que responde negativamente: si los Estatutos sociales atribuyen el derecho de adquisición preferente en caso de "venta" de las acciones por cualquiera de los socios, el derecho no nace en caso de que uno de los socios aporte esas acciones a una sociedad. La fundamentación es curiosa porque hace referencia a la diferencia en la contraprestación: en la compraventa, el vendedor recibe a cambio de las acciones un precio en dinero mientras que en el caso de aportación, lo que recibe son derechos de socio. Quizá más exactamente, lo que habría que decir es que no hay enajenación en el sentido de la cláusula restrictiva porque antes y después de la aportación, el socio aportante sigue teniendo - ahora indirectamente, a través de la persona jurídica - el control de las acciones. Pero eso solo ocurre si el socio ha devenido socio único o mayoritario de la sociedad a la que las acciones se han aportado.

¡POBRES PERIODISTAS!

A dos periodistas de EL ECONOMISTA les han tomado el pelo y Coca-Cola podría haber cometido un ilícito antimonopolio o un acto de competencia desleal. La "noticia" se titula: ¿Siempre Coca-Cola? Primero hubo importación ilegal y ahora falsificación? . Para empezar, las importaciones paralelas no son ilegales. Al contrario, lo que es ilegal es impedir las importaciones paralelas. Y Coca-Cola no se atrevió a hacer una campaña de publicidad basada en frases como "no podemos garantizar la calidad de los productos coca-cola que no esten etiquetados en español" (garantía de que han sido fabricados en España) "se van a perder puestos de trabajo en España si siguen las importaciones paralelas" precisamente por eso, en la medida en que el origen de las latas sea un país del Espacio Económico Europeo. Pero ahora lo dicen los periodistas:

"Los responsables de la empresa han advertido ya en varias ocasiones que la piratería con los productos de su marca no es ninguna broma. Además de no poder garantizar las condiciones y el control sanitario de estas bebidas, Coca-Cola se ha visto obligada además a cerrar ya la planta de Ingenio (Gran Canaria) y trasladar toda la producción a Tenerife como consecuencia, entre otras cosas, de la caída de las ventas por la importación ilegal".

Si se ha producido infracción del derecho de marca de Coca-cola, bueno está. Pero inducir a los consumidores a pensar que toda la Coca-cola que no está etiquetada en español es falsificada o que la Compañía no garantiza la calidad de la coca-cola fabricada en otros países con su autorización puede constituir un acto de engaño o una restricción a las importaciones paralelas. Y utilizar las normas sobre etiquetado no protege lo suficiente.

LA SENTENCIA ITALIANA CONTRA GOOGLE ES, SIMPLEMENTE, UN ERROR

La sentencia del Juez italiano condenando a los directivos de Google Italia porque en You tube se colgó un video en el que se maltrataba a un autista ha abierto un debate sobre la responsabilidad de las empresas que proporcionan a los particulares medios electrónicos para difundir sus "obras" o sus ideas (como este blog) y sobre la responsabilidad personal de los directivos de dichas empresas por los daños sufridos por cualquier persona como consecuencia de lo que aparece en dichos medios.




A los jueces italianos, como a los italianos en general, les gusta mucho el teatro. Y esta sentencia es puro teatro. Si yo insulto al Juez italiano que ha condenado a los tres directivos de Google en este blog - que me lo ha proporcionado gratuitamente Google para que yo diga lo que quiera -, el juez italiano debería condenar también por injurias a los directivos españoles (¿y por qué no a Larry Page y a Sergey Brin?) de Google.
Es simplemente absurdo: no hay nexo de imputación entre el daño y la conducta de los directivos. No hay tampoco nexo de imputación entre el daño y Google, pero mucho menos, entre el daño y los empleados de Google.
En esto de internet hay muchas menos cosas nuevas bajo el sol de las que parece a primera vista. ¿por qué ha de ser relevante el hecho de que el video de marras fuera colgado en You Tube en lugar de ser colgado en una página web propiedad del zumbado que colgó el video en You Tube? Si mi banco me da una tarjeta de crédito y yo la uso para estafar a alguien, es obvio que no hay forma de imputar la estafa a mi banco.
Otra cosa sería que la víctima se hubiera dirigido a Google para pedir la retirada del video y Google no hubiera atendido su petición o no tenga diseñado su sistema de modo que tales peticiones sean atendidas rápidamente. Pero, en tal caso, el nexo de imputación del daño se encontraría, no en haberse colgado el video en You Tube, sino en no haberlo retirado.
Esperemos, simplemente, a que el tribunal de apelación italiano corrija el error de su colega. Porque se trata simplemente de eso, de un error en la interpretación de las normas.

SOBRE LA SOBREVALORACION DE LOS CONSENSOS

En The Economist, sobre Axel Weber, próximo probable presidente del BCE: "you can expect a degree of leadership based less on consensus than on the feeling of a good argument". A ver si empezamos los consensos por los argumentos.

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