Decreto 11 septiembre 2024 del Tribunale di Bologna
El decreto resuelve la solicitud de Chiara y Margherita Spaggiari para que el tribunal nombre un representante común de la participación indivisa del 27% del capital de SAPP S.p.A., perteneciente en copropiedad a las dos solicitantes y a la viuda del causante, Maria Carla De Carli. El padre de las solicitantes, Andrea Spaggiari, había legado la participación en proporciones determinadas; las hijas habían aceptado la herencia con beneficio de inventario y existía un ejecutor testamentario (Gian Mario Ampollini) que afirmaba ser el único legitimado para ejercer los derechos sociales. SAPP, De Carli y Ampollini se opusieron al nombramiento alegando, entre otros motivos, la falta de legitimación de las solicitantes y la supuesta atribución exclusiva de poderes al ejecutor.
El tribunal declara, en primer lugar, que existe copropiedad indivisa sobre la participación, lo que activa directamente el régimen del art. 2347 c.c.; y que las solicitantes, aun habiendo aceptado con beneficio de inventario, están legitimadas para instar la designación, porque el heredero —en esa fase— puede realizar actos conservativos y de administración temporal, y la acción de nombramiento se encuadra precisamente en esa categoría. En segundo término, afirma que la figura del ejecutor testamentario no excluye la facultad de los copropietarios de nombrar representante común: el ejecutor administra la masa hereditaria sólo en la medida necesaria para ejecutar las disposiciones del testamento; y como en el caso concreto las únicas disposiciones a ejecutar eran las relativas a las exequias, no existe vinculación entre su función y la gestión de la participación societaria. Añade que las partes contrarias ni siquiera han mostrado qué disposición testamentaria exigiría que el ejecutor gestionara la participación. El tribunal destaca además que, dada la oposición entre las copropietarias, no existe posibilidad de alcanzar un acuerdo, lo que justifica la intervención judicial. Finalmente, por razones de interés social y de eficacia inmediata, el decreto se declara inmediatamente ejecutivo.
Por todo ello, el tribunal acoge el recurso, nombra representante común al abogado Stefano Bonora y condena solidariamente a SAPP, a De Carli y a Ampollini al pago de las costas fijadas en 98 euros por anticipos y 2.833 euros por honorarios, con incrementos legales.

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