sábado, 4 de junio de 2011

Música libre de derechos

Muchos establecimientos comerciales tienen música ambiental (gimnasios, librerías, cafeterías, centros de belleza, centros comerciales). Poner música ambiental se considera por la Ley como un acto de comunicación pública de la música y los titulares de esos establecimientos han de pagar por ello a las entidades de gestión colectiva de los derechos de los autores de esa música, a los intérpretes y a los productores de los fonogramas.
Por otro lado, la “autoproducción” de la música es hoy una posibilidad real para los creadores. Un músico prolífico puede generar gran cantidad de “música ambiental” y puede grabarla en su propio estudio. Los medios técnicos y los costes de hacerlo se han reducido estrepitosamente gracias al software y a internet.
¿por qué no pueden los músicos contratar individual y directamente con los titulares de los establecimientos? Los segundos comprarían la música directamente a los compositores (¿a través de una página web?) y podrían difundir la música en sus establecimientos sin tener que pagar a los productores de los fonogramas (porque esos fonogramas no estarían incluidos en el repertorio de la entidad de gestión colectiva) ni a la entidad de gestión colectiva de los derechos de los autores porque éstos estarían cobrando directamente.

3 comentarios:

Juan Carlos Bustamante Gonzales dijo...

Considero que los músicos sí podrían hacer valer sus derechos (autorizar, realizar o prohibir el uso y explotación de sus obras) de manera individual, ante cada establecimiento o usuario.
Sin embargo, es evidente que en este mercado la demanda por música es mucho mayor a la oferta (no todos somos privilegiados creadores de buena música pero casi todos somos amantes de ella). Las acciones que tendrían la mayoría de músicos para hacer valer sus derechos resultarían muy limitadas, ante tal cantidad de demanda, más aún con la internacionalización y facilidades que hoy existen para conseguir música.
Es aquí donde radica la necesaria intervención de las sociedades de gestión colectiva (simplificar el sistema y mejorar la gestión de los derechos patrimoniales de los músicos). Lo que sí es fundamental es tratar de evitar abusos de posición de dominio o monopólicas por parte de estas sociedades, así como exigirles transparencia de gestión y tarifas.

JESÚS ALFARO AGUILA-REAL dijo...

Juan Carlos, mi sugerencia va en el sentido de que no son necesarias las entidades de gestión cuando se trata de música "ambiental", es decir, no para la radio - donde tienen que poner música que la gente conozca. El músico se puede llevar la totalidad de lo que paga el usuario. Las entidades se quedan con más del 40 % de lo que ingresan y, lo que es peor, no tienen buenos criterios para poder repartir el dinero de modo muy exacto.

Mariano L-Platas. 1961 dijo...

¡¡Y si no: Siempre nos quedarán los beneficios de la música clásica, tan libres de derechos como una del folklore popular. Mi contestación es un poco larga así que la remito a tu correo particular y tú decides que poner o no poner. Gracias mil.

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