sábado, 21 de marzo de 2026

Acumulación de la acción de desahucio por impago de rentas y reclamación de las mismas con la acción de reclamación de los intereses de demora pactados


foto: JJBOSE

Por Esther González


Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, núm. 273/2026, de 20 de febrero de 2026

Se discute en este procedimiento si, en el juicio verbal de desahucio por falta de pago de la renta derivada de un contrato de arrendamiento, puede acumularse la reclamación de las cantidades devengadas en virtud de la cláusula penal pactada en el contrato para el caso de impago (en este caso, la aplicación del tipo de interés legal del dinero más tres puntos sobre los importes impagados por el arrendatario).

Tanto en primera como en segunda instancia se aceptó la acumulación, en aplicación del art. 437.4.3º LEC, declarando la resolución del contrato de arrendamiento, el desahucio del arrendatario y condenándole al pago de las rentas debidas más la penalización contractual (que se consideró “cantidades análogas” a los efectos del art. 437.4.3º LEC). El TS confirma este criterio: 
“El retraso en el impago de la renta por parte del arrendatario, lo que en este caso no se discute, da lugar […] al consiguiente devengo de los intereses pactados. En la medida en que se trata de cantidades debidas como consecuencia de la falta de pago de las rentas en el plazo contractualmente previsto, el pago de los intereses reclamados deriva del incumplimiento contractual, y guarda una clara conexión con el impago de la renta reclamada, por lo que debemos concluir que es posible su acumulación en el juicio verbal en el que se reclaman las rentas. En este caso, por lo demás, no se ha discutido que los retrasos en los pagos no le fueran imputables exclusivamente al arrendatario, que es el presupuesto de aplicación de la cláusula pactada, y no cabe duda de que su liquidación, a la vista de la cláusula contractual acordada, no suscita ninguna complejidad, por lo que no se ve inconveniente en que quede para ejecución de sentencia.”

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