Está bastante probado que
la maternidad redunda en una ralentización de la carrera laboral de las mujeres
que no se recupera completamente. Es lo que se llama ‘penalización por hijos’.
No
se dice tan a menudo que esta reducción de ingresos respecto de los potenciales,
aunque afecta sólo a la mujer, perjudica a la familia.
"un descenso general de los ingresos del hogar del 6-8% en el caso de los hogares heterosexuales, y esta penalización de los ingresos del hogar también persiste a lo largo del tiempo”.
Porque, aunque el
marido no experimenta una reducción de sus ingresos con la llegada del hijo, sí
lo hacen los ingresos del hogar. De modo que las políticas públicas de ayuda a la familia están más que justificadas:
it takes a village to raise a child. No es que los niños lleguen con
un pan debajo del brazo. Al contrario. Llegan con una reducción de los ingresos
de la familia.
Lo que no está claro es
qué causa concreta, asociada a la maternidad explica la brecha de ingresos con
los hombres. Se
han descartado las razones biológicas asociadas al embarazo, parto y
lactancia
“Las penalizaciones por hijos a corto plazo son ligeramente
mayores para las madres biológicas que para las adoptivas, pero sus
penalizaciones por hijos a largo plazo son prácticamente idénticas y se estiman
con precisión”.
Se han encontrado explicaciones en determinadas
profesiones por su particular forma de evolución de la carrera profesional. Así, por ejemplo, es
frecuente en muchas profesiones tituladas que coincida el período en el que los
trabajadores acumulan experiencia y demuestran su capacidad para generar
ingresos para la empresa en la que trabajan y la edad en las que las mujeres
tienen hijos. De manera que, por ejemplo, entre los abogados o los profesores
universitarios, las interrupciones debidas al cuidado de los hijos se producen
en la etapa en la que más productivos han de ser los trabajadores para
asegurarse el ‘ascenso’ y ‘la cátedra’ o la ‘sociatura’. O, en el caso de los
médicos, una reputación (v., Antecol, Heather, Kelly Bedard, and Jenna
Stearns. 2018. "Equal but
Inequitable: Who Benefits from Gender-Neutral Tenure Clock Stopping
Policies?" American
Economic Review, 108 (9):
2420-41 que explican que políticas para contrarrestar este resultado – que los
años post-parto no computen a efectos del acceso a una cátedra: ‘política de reloj
parado’ – no solo no son eficaces sino que perjudican a las mujeres porque los
hombres pueden usar ese período de tiempo para mejorar la calidad y la cantidad
de los trabajos que publican en los años siguientes:
“Los hombres tienen 17
puntos porcentuales más de probabilidades de obtener la cátedra en su primer
empleo una vez que se ha establecido una política de reloj parado neutral en
cuanto al sexo, mientras que las mujeres tienen 19 puntos porcentuales menos. Estas
políticas aumentan sustancialmente la brecha de género en las tasas de
permanencia. El principal mecanismo que impulsa estos efectos es el
aumento del número de publicaciones en las cinco primeras revistas por parte de
los hombres, sin que se produzca ese aumento por parte de las mujeres”.
Más
interesante: las mujeres que son madres no abandonan la carrera universitaria.
Se quedan, pero, como tardan más en llegar a la cátedra (llegan igual), tienen
peores sueldos más tiempo de su carrera, lo que explica por qué los hombres
acaparan porcentualmente los trabajos mejor pagados. Y más interesante todavía:
cuando las políticas de reloj parado se aplican sólo a mujeres, éstas tampoco
se benefician, pero, al menos, no resultan perjudicadas. Piénsese que la
mayoría de los profesores ayudantes – hasta un 75% - tienen hijos en los siete
años (a partir del doctorado) que son relevantes para evaluar su producción y
determinar si acceden a una cátedra.
Podría ser que
este tipo de explicaciones fuera suficiente para dar cuenta de toda la penalización por
hijos. Un estudio del caso español, (gracias Pablo)
Sólo detecta una penalización en
el salario en las mujeres con formación superior y que trabajan en empresas
medianas y grandes
es decir, en ámbitos donde la carrera profesional está
más estructurada y la planificación de la misma es de largo plazo. La
penalización salarial que sufren las mujeres profesionales está asociada “a
interrupciones en la carrera y a la consiguiente dificultad para mantener su capital humano tras la maternidad” (Ainhoa
Herrarte & Paloma Urcelay, The Wage Penalty for Motherhood in Spain
(2009-2017): The Role of the Male Partner’s Job Characteristics, Hacienda Pública Española/Review of Public
Economics, 2022), lo cual es compatible (v., entradas relacionadas) con una explicación de la penalización basada en la temporalidad de los contratos a los que acceden las madres.
Es más, según este estudio, si el padre es trabajador por
cuenta propia, la reducción salarial de la madre es mayor, lo que las autoras
explican diciendo que, en tal situación, el padre puede cooperar en menor
medida con la madre en el cuidado de los hijos, lo que es compatible también con la idea de que el nacimiento del hijo induce
al padre a trabajar más en el mercado, y a concentrar el ‘coste’ del cuidado
del niño en la madre. Y otro estudio en
la misma dirección indica que las mujeres valoran especialmente la flexibilidad
horaria (Alexandre Mas and Amanda Pallais, Valuing Alternative Work Arrangements American Economic Review. 2017;107 (12) :3722-3759)
“trabajar desde casa “vale” un 8%, especialmente para las madres
con hijos pequeños quienes también valoran mucho que el empleador no pueda
disponer discrecionalmente de su horario”
Pero, en general, quedan
dos tipos de explicaciones causales de la penalización por hijo: las normas
de género y las preferencias. En el trabajo que resumo a
continuación, a través de una comparación entre el tamaño y la persistencia de
la penalización por hijo en matrimonios heterosexuales y matrimonios lesbianos
se concluye que la explicación de la penalización por maternidad se debe, o
bien a las preferencias de las mujeres, o bien a las normas de género.
Normas de género son normas sociales sobre el papel del hombre y la mujer en relación con el cuidado de los niños muy pequeños y según la cual esa tarea corresponde, primariamente, a la mujer. V., Jamie M. Emery, Who Pays the Child Penalty? Evidence From
the Panel Study of Income Dynamics, 2022 quien proyecta alguna luz sobre la diferencia entre preferencias y
normas de género:
“las mujeres pueden preferir
un mayor equilibrio entre la vida laboral y la personal después de tener hijos
y la penalización es un reflejo de esa elección. Por otra parte, las decisiones
de las mujeres en el mercado laboral podrían estar influidas por las normas tradicionales
de género que prescriben que el hombre debe ser el principal sostén de la
familia y la mujer debe permanecer en el hogar. Estas normas se hacen más
evidentes durante la paternidad, ya que una carrera profesional refuerza la
noción de "buen padre" e interfiere con la de "buena
madre". Trabajar viola entonces la identidad de género”
En otro momento, los
autores definen estas normas de género como
“una desutilidad.. (que
experimentan los varones porque) las mujeres trabajen fuera de casa después
de que nazca el niño".
Pero en este caso, más bien se trataría de una
preferencia de los varones impuesta a las mujeres. Los varones prefieren que
la madre – su mujer – se ocupe del niño a que lo haga un tercero y a ¡hacerlo
ellos mismos! Y es esta – me parece – una preferencia configurada psicológicamente
por la evolución. El hombre, ‘elegido’ por la mujer para asegurar mejor el
cuidado de la prole debería reaccionar a la llegada de un hijo, no abandonando
el trabajo para cuidar de la criatura, sino trabajando más para ganar más y
poder así atender mejor al hijo ¡y a la madre! Pero esto no significa que el
hombre experimente una ‘desutilidad’ porque su mujer trabaje fuera de casa ni
que no quiera ocuparse de su hijo ni que tenga una preferencia porque su mujer
no trabaje. Significa que la llegada del hijo debe reforzar la motivación
del padre por trabajar en el mercado, esto es, por generar más ingresos. porque la llegada del hijo no es sólo una señal de gastos añadidos, sino una señal de reducción de los ingresos porque la madre no podrá contribuir con la misma intensidad a cubrir las necesidades de la familia. Este
cambio en las preferencias del padre puede explicar la persistencia en la
brecha salarial debida a la maternidad. Y, añadiría, no trabajar – el padre – viola también la identidad de género del padre.
Distinguir una de otra causa (normas de género/preferencias) es, según los autores, imposible. Por ejemplo:
“si las normas de género configuran las preferencias de los niños pequeños – las niñas juegan con muñecas y los niños con camiones -, entonces las preferencias capturarán también las normas de género”.
Es decir, que sea cual sea la causa – patrones sociales de conducta que se han interiorizado por las mujeres y los hombres respecto a la distribución del trabajo o preferencias genuinas y diferentes de las mujeres y de los hombres – las mujeres extraen más utilidad de cuidar a los niños que los hombres ceteris paribus. Y esto es lo que cree todo el mundo – que diría Rajoy -. En efecto, según los autores, los estudios demoscópicos disponibles muestran grandes diferencias en relación con las normas sociales relativas al trabajo de la mujer fuera del hogar cuando no tienen hijos – el 80 % de los norteamericanos cree que la mujer debe, en tal caso, trabajar fuera de casa a tiempo completo – y cuando los tienen – sólo el 15 % cree que las madres deban trabajar a tiempo completo mientras los niños no alcancen la edad de ir al colegio –. De manera que las madres pueden reducir su participación en el mercado laboral, bien porque obedecen a unas normas sociales sobre el comportamiento apropiado en Sociedad, bien porque la norma social coincide con sus preferencias y las normas sociales no hacen más que reforzar esas preferencias o puede ser que las preferencias son ‘forzadas’ sobre las mujeres por las normas sociales. Ante ellas, las mujeres se habrían ‘defendido’ reduciendo el número de hijos.
En todo caso, la
comparación entre unos y otros matrimonios es notable: en un matrimonio
heterosexual, hemos visto que se produce una reducción en los ingresos como consecuencia del nacimiento de un hijo. Pues bien, dicho descenso se concentra
en
las mujeres, que, en parejas heterosexuales, experimentan una caída de
ingresos del 22 % cuando tienen el primer hijo
y que esa caída persiste en
el tiempo. Los ingresos del varón no sufren una caída como consecuencia de
la llegada de un hijo.
En el caso de los
matrimonios lesbianos, existe la penalización, pero está repartida
equilibradamente entre la madre que da a luz y la cónyuge y la penalización
desaparece a los cinco años desde el parto. Eso quiere decir, probablemente,
que una mujer es muy buena sustituta de una madre en el cuidado de un niño, mientras
que un hombre es un mal sustituto de una madre. Y, de nuevo, es lógico que así
sea si tenemos en cuenta que el cuidado de los hijos entre cero y cuatro años
ha estado asignado a las mujeres desde hace millones de años y que fenómenos
tan destacados como la longevidad de las mujeres tras la menopausia se
explican, probablemente, por la contribución de las ‘abuelas’ al cuidado de sus
nietos.
En todo caso, dicen los
autores que
Si las mujeres tienen mayores preferencias por el cuidado de los hijos que
los hombres, el modelo predice que habrá penalizaciones por hijos para ambos
miembros de la pareja lesbiana y menor o ninguna penalización para el otro
miembro de las parejas masculinas del mismo sexo… Sin embargo, una
predicción del modelo es que si las mujeres tienen mayores preferencias por el
cuidado de los hijos, las penalizaciones por hijos para las madres lesbianas
será menor que la de las mujeres heterosexuales. Este resultado se debe a
que las mujeres heterosexuales pueden apoyarse en sus parejas masculinas, que
obtienen menos utilidad del tiempo con tiempo con los niños, para compensar el
tiempo que pasan en el hogar en vez de estar produciendo para el mercado.
Y los resultados que
obtienen parecen compatibles con estas hipótesis. En el caso de los matrimonios
lesbianos encuentran
una caída inicial del 13% en los ingresos de la pareja que
da a luz. Su pareja experimenta un descenso inicial de los ingresos del
5%. A pesar de experimentar una mayor caída inmediata de los ingresos, la
madre que da a luz alcanza a su pareja alrededor de dos años después del
nacimiento, y a partir de ese momento ambas experimentan penalizaciones
por hijos de tamaño similar que disminuyen con el tiempo, hasta que ya no hay
penalización por hijos cuatro años después del nacimiento. Mientras que la penalización inicial de los ingresos del hogar
experimentada por las parejas lesbianas al nacer el primer hijo es idéntica a
la de las parejas heterosexuales (aunque se reparte de forma más equitativa
entre los miembros de la pareja), a los cinco años del nacimiento las
parejas lesbianas ya no experimentan una penalización de los ingresos del
hogar.… Estos patrones sugieren que, aunque la biología desempeña un pequeño
papel en la penalización relativa de los hijos, la mayor parte de la
penalización relativa de los hijos experimentada por las parejas heterosexuales
se debe a las preferencias y a las normas de género.
No soy nadie para
discutir lo que se acaba de exponer, pero no creo que la comparación con los
matrimonios lesbianos permita llevar a cabo tal separación entre normas de
género y preferencias como causas explicativas de la penalización por hijo. Porque
no sabemos bastante de la homosexualidad femenina – ni de la masculina – como para
determinar si hay mujeres lesbianas que tienen preferencias más típicas
socialmente de los hombres (es decir, más adaptadas a las normas sociales que
atribuyen a los hombres el papel de ganador del sustento del hogar y a la mujer
el papel de cuidadora de la prole) y hombres homosexuales con preferencias más
típicas de las mujeres en ese mismo aspecto. Pero, al respecto, tendría que
leer mucho más.
A continuación, los
autores comparan dos políticas públicas dirigidas a reducir la
penalización relativa por hijo: las bajas por paternidad – que tratan de
incentivar a los padres para que se ocupen más del cuidado de los hijos – y subvenciones
para guarderías que proporcionan un bien sustitutivo del trabajo de la
madre en el hogar.
Para lo primero, utilizan
¡seis! Reformas legislativas en Noruega entre 2005 y 2014 que facilitaron la
baja paternal. El resultado es que, aunque los padres se cogían con más
frecuencia la baja por paternidad, “no se encuentra ningún impacto
significativo” de la baja por paternidad sobre “los ingresos laborales
de la esposa”. Esto significaría que el trabajo del marido en el hogar en
lo que se refiere al cuidado de los niños en los primeros meses de vida no es
sustitutivo del ‘trabajo’ de la madre. Probablemente aumenta el bienestar de
ambos (“los padres disfrutan de más tiempo de ocio con sus hijos”) pero
no permite a la madre volver más rápidamente al trabajo en el mercado. Y haber
cogido la baja de paternidad con el primer hijo no predice que el padre vaya a
cogerla con hijos sucesivos. La conclusión, “la baja por paternidad tiene un
potencial limitado para reducir la penalización por hijo”
Sin embargo, la mejora en
el acceso a guarderías para niños de 1-2 años sí que tuvo un efecto importante:
se redujo la penalización por hijo “alrededor del 25 % por cada año completo
adicional de utilización de la guardería”. Es decir, que poder tener al niño
en ‘buenas manos’ inducía a las mujeres a trabajar en el mercado rápidamente,
mientras que compartir las tareas de cuidado con el marido no parecía hacerlo. Pero,
“el impacto (del mayor acceso a guarderías) no son persistentes en el
largo plazo” aunque los autores concluyen que
“si los que diseñan la
política jurídica quieren reducir la penalización por hijos, deberían concentrarse
en crear y sostener guarderías para todos y no en ofrecer bajas por paternidad
a los padres”
En este contexto, quizá
sea preferible, desde el punto de vista de las políticas públicas, no
interferir en las relaciones entre particulares (esto es, no inducir desde el
Estado cambios en la conducta de los maridos o de las mujeres) y actuar sobre
el reparto de los ‘costes’ de tener hijos sobre ambos cónyuges. Si, como se ha
dicho, la reducción de ingresos – de la mujer – supone, efectivamente, una
reducción de ingresos de la familia, al margen de desplegar políticas
pro-familia subvencionando la crianza de los niños, lo que debería hacer el
Derecho de Familia – y el régimen económico-matrimonial – es establecer una
suerte de compensación por la pérdida de ingresos ¡futuros! para la mujer que
supone la maternidad. Esta ‘intervención’ es preferible desde dos puntos de
vista a cualquier forma de ingeniería social respecto al reparto de las tareas
domésticas o el cuidado y atención a los hijos o respecto a reglas que se apliquen
de forma diferente a hombres y mujeres que, en principio, son odiosas por
sospecha de discriminación. Igual que en el régimen económico-matrimonial de
participación, lo que habría que establecer es que cuando el matrimonio se
disuelva y se liquiden las relaciones patrimoniales entre los cónyuges, el
varón habría de compensar a la mujer que hubiera sido madre en una cuantía
equivalente a la capitalización de la mitad de la pérdida de ingresos ¡del
matrimonio! como consecuencia de que el matrimonio ha tenido hijos. Esta reflexión
llevaría a conceder en mayor medida pensiones compensatorias a favor de
las mujeres que trabajan y que han tenido hijos en caso de divorcio y una mayor
parte de los bienes gananciales a la muerte del cónyuge. Y tendría la ventaja
de que hace innecesario el ‘micromanagement’ de las relaciones conyugales. La
alternativa ‘perfecta’ (que el marido sustituya ‘perfectamente’ a la mujer
después del parto, esto es, que comparta eficazmente las tareas de cuidado de
los hijos con la mujer de manera que ésta pueda reincorporarse inmediatamente y
repartir, primero, equilibradamente la reducción de ingresos y eliminar, después,
el gap de ingresos que produce el parto como ocurre en los matrimonios
lesbianos) no es hacedera. Primero, porque fracasaría. Ninguna Administración
Pública sería capaz de asegurar el éxito de semejante política y los costes sobre
las empresas de implementarlas serían estratosféricos. Segundo y más importante,
porque había que cambiar la especie (ya saben lo de E. O. Wilson sobre el
comunismo: great idea, wrong species).
Así las cosas, desde el
punto de vista de política jurídica, no deberíamos desafiar a la Evolución. Si,
una vez garantizado que no se verá penalizada económicamente (en relación con
su marido, que es el único al que puede exigírsele algo en este asunto) a
través de las normas del Derecho de Familia, el sacrificio parcial de su
carrera profesional que supone tener hijos es inasumible para una mujer,
debería renunciar a tenerlos. Por supuesto que, como he dicho al principio,
esto no es obstáculo – al contrario – para poner en marcha todas las medidas
que favorezcan, en general, que la gente tenga más hijos (guarderías buenas y
baratas, extensión del horario escolar acompasándolo con el horario de trabajo y atención médica aneja a
la escolarización, flexibilidad de horarios etc). Pero cuando se piensa en
medidas correctoras de la desigualdad, es muy difícil que las que son muy
intrusivas puedan tener éxito. Son demasiadas las variables no controladas. ¡Ah! y si nuestros legisladores no quieren incurrir en sociología normativa, deberían olvidarse de lo de las bajas por paternidad o reconocer que es una política para favorecer la natalidad, no para favorecer la igualdad de sexos.
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